[Recordatorio de entrada publicada el 29/12/2023]
Así, la exposición de motivos del Decreto reza literalmente:
"Por otra parte, el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, [...] incorpora en su artículo 217 la autorización a las Administraciones Públicas de una tasa adicional para convocar procesos selectivos conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público, es decir, que se desarrollará mediante concurso de méritos.
El número de plazas de la tasa adicional será el equivalente a aquellas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado el proceso de estabilización convocado con un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Para la ejecución de esta tasa adicional, de carácter potestativo para las Administraciones Públicas, se ha llevado a cabo un exhaustivo análisis de los puestos de trabajo que cumplían con dicho requisito de temporalidad en su ocupación para, posteriormente, comprobar si el personal temporal que ocupaba dichos puestos de trabajo cumplían el requisito de no haber superado el proceso de estabilización convocado con un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021. Se establecen 313 plazas que se convocan en virtud del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Para determinar el número de plazas ofertables a incluir en la tasa de reposición ordinaria y en la tasa adicional para reducir la temporalidad del empleo público, se han tenido en cuenta los criterios derivados tanto del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, como de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, una vez realizado el cómputo de las plazas ha sido necesario cruzar dicha información con el número total de puestos existentes que se consideren susceptibles de ser ofertados en función de la disponibilidad de puestos de trabajo en las distintas categorías y clases de especialidad. Para que dicho cálculo sea fidedigno es preciso, además, tener en cuenta el número de plazas ofertadas en ofertas de empleo público en vigor, incluyendo las derivadas de tasa de reposición, y de las tasas de estabilización aprobadas en años anteriores y todavía en ejecución o en plazo para ser ejecutadas. Asimismo, se ha tenido en cuenta los puestos que han quedado vacantes como consecuencia de la Resolución de 24 de noviembre de 2023, del Director General de la Función Pública, por la que se resuelve definitivamente el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados y no singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, ofertados mediante Resolución de 6 de octubre de 2022, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, y derivados de la convocatoria de concurso de méritos abierto y permanente, aprobada por Resolución de 4 de octubre de 2022."
Nótese que el Gobierno regional afirma que el artículo 217 no obliga a la publicación de una Oferta de Empleo Público [dice que es "de carácter potestativo"], pese a que la exposición de motivos del propio RDL 5/2023 de ese artículo dice que regula un "mandato" para las AAPP.
En todo caso, estas 313 plazas para nuevo concursos de méritos de establización quedan muy lejos de las casi 3.500 denunciadas por STEPA que no se habrían convocado en el primer concurso de méritos de la ley 20/2021 en Aragón pese a ser de temporales de antes de 2016, si bien, en el mismo Boletín Oficial de Aragón se ha publicado la "LEY 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024" ha incluido el siguiente punto en su dispositción transitoria sexta:
"6. El Gobierno de Aragón publicará un listado de todas las plazas, de todos los cuerpos, escalas y especialidades, que a fecha 30 de diciembre de 2021 cumplían con los requisitos señalados en el artículo 2.1. y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En dicho listado, en la información de cada plaza, se indicará si la plaza está incluida en alguna de las convocatorias en vigor en el momento de emisión del listado o si ya sido cubierta por algún proceso de selección."
que abre la posibilidad a una corrección de errores de Oferta de Empleo Público para el año 2022 para la estabilización de empleo temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón según la ley 20/2021, publicada el 30/05/2022 con !sólo 275 plazas para el concurso de méritos de estabilización!,
así como a ésta misma Oferta publicada hoy de de 2023 según el RDL
5/2023, si en dicho listado se llega a reconocer que faltan ,
efectivamente, plazas para ser convocadas a concurso de meŕitos,
posibilidad que se ha denominado "vía lenta". Nótese que el artículado
de la ley comprome publicr un listado y no incluye el compromiso de una
tal corrección.
Por otro lado, también se ha publicado en el BOA de este 29/12/2023 el "DECRETO 300/2023, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023 en el ámbito de
personal estatuario del Servicio Aragonés de Salud", no
contemplando ninguna plaza adicional para concursos de méritos de los
de la ley 20/2021 en base al artículo 217 del RDL 5/2023.
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8 comentarios:
En Aragón, no hay transparencia en nada.
Ha habido categorías en las que no se han incorporado ni una sola plaza adicional a las que ya fueron convocadas. Categorías en las que no ha salido ninguna plaza y otras en las que el número es ridículo, pero otras, alguna, en las que en proporción han salido bastantes. Veáse la oep.
Es una auténtica vergüenza lo que se cuece en esta Comunidad Autónoma.
Los veterinarios echan humo!
Pues en Administración General ni te cuento.
Es todo una milonga!!!
Aquí cada uno mira por sus intereses y en la oep se ha visto claro. La consolidación será para unos cuantos.
Los demás a reclamar y a dejarnos la pasta.
Completamente de acuerdo lo de Aragon es de traca, un primer concurso de plazas ridiculas y escasa, vease solo 1 de administrativo en TODO ARAGON, y asi todo yo 0 plazas con gente llevando 20 años en la misma RPT, pero lo gordo es que vuelven a sacar otra ope de segun RD y añaden algunas plazas otros seguimos con 0 plazas , de laborales ni una sola plaza y de otras categoria sospechosamente muchas plazas que parecen ser un regalo para que no den mucho mal y callen un poquito, es todo un desproposito supino, no via lenta ni via rápida, el RD es una milonga osea q la ley depende de lo rapido o lento que hayan hecho los examenes del montorazo, los q se examinaron rapido y lo elegido tendran un segundo concurso los que lo han hecho lento y por culpa de la propia DGA no hay ni listas aun esos ni un primer concuros por la Ley 20 y el segundo por el RD, todo muy legal oye, que se sabe de sobra que plazas cumplen la DA8, saqeunlas y dejen de robar y jugar con las vidas de las personas que no somos numeros tenenemos vida y familia....
Pues ahora con la denuncia por la vía penal presentada por los Veterinarios e interinos contra los responsables de Función Pública veremos si se mueve la cosa en la dirección correcta.
Supongo que STEPA también se sumará a la acción penal después de la OEP de risa que ha sacado Función Pública.
Es todo una auténtica vergüenza.
La oep en general, algunas categorías en concreto cantan demasiado, por defecto y otras por exceso.
Los ceses de los administrativos habiendo firmado el compromiso...
Están actuando de forma que se tiene que empezar otra vez el circuito de todas las cosas que se han hecho durante estos 4 años.
La denuncia de la fiscalía debería haber sido apoyada y secundada por TODOS, y no solo por un grupo de personas. Es lo único que les puede remover. Lo demás es perder el tiempo.
Han mentido como bellacos y por escrito, y ante la prensa.
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