[Recordatorio de entrada publicada el 03/08/2023] Se ha publicado en el B.O.J.A. de este 02/08/2023 el "Decreto 197/2023, de 27 de julio, por el que se aprueba laa Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2023" con 778 plazas , por las plazas "de naturaleza estructural" que estaban ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no hubiera superado los procesos selectivos de las anteriores OPEs de estabilización de 2017 y 2019 de la Junta de Andalucía en el sector de la Administración General, "de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023", recientemente aprobado por el Gobierno del Estado y que seguirá en vigor tras la convalidación por el Congreso hace unos pocos días. Y, de acuerdo con el RDL, este Decreto de OPE de un sector autonómico especifica en su artículo 4 que "el sistema selectivo será el de concurso y consistirá en calificar los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes". En cuanto a sus bases, "les será de aplicación la regulación contenida en el artículo 4 del Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021" para el caso de concurso de méritos, fijando que pesen 60% los méritos profesionales "estableciendo las convocatorias una diferente valoración en función de que los servicios se hayan prestado en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción de la Administración General de la Junta de Andalucía al que se desee acceder o en cuerpos o escalas de otras AAPP".
Se trata, que sepamos, de la primera aplicación en un sector autonómico del artículo 217 del RDL 5/2023 que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de "repesca" de la ley 20/2021 convocando un número de plazas igual al número de plazas de los temporales que siguieran a 30/12/2021y que lo fueran desde antes de 2016, cuyas plazas hayan sido convocadas en otros procesos "de estabilización" previos con sistema selectivo diferente al concurso puro de méritos de la ley 20/2021 y que los temporales no lo hayan superado.
Recordemos una vez más que siguiendo el primer Acuerdo
estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público que fue incluido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017
y que habilitaba a incluir en Ofertas Públicas de Empleo hasta el 90%
de los
puestos temporales más de 3 años computados a 31/12/2016 en una
relación de sectores (entre ellos Servicios de Salud, docentes y
administración de justicia) en "procesos de estabilización" de puestos- sin
restricción o normativa alguna más allá de la de cualquier OPE
convencional- y el 100% de los
puestos anteriores a 2005 para cualquier sector y AAPP - , la junta de Andalucía ya había reconocido entonces 37.115 puestos temporales de más de 3 años (ahora serían de más de 9 años), computados así:
- 18.618 plazas de su Servicio de Salud incluidas en el Anexo III de la OPE extraordinaria de 2017 de la Junta de Andalucía, ya ejecutada, y con la mayoría de los despidos antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021
- 12.603 de docentes de Educación, con 6 mil ya incluidas en la OPE extraordinaria de 2017 de la Junta de Andalucía , ya ejecutada
- 1.515 plazas de la Administración General incluidas en la OPE extraordinaria de 2017
, , en concreto 535
plazas de funcionario y 146 de personal laboral para estabilización y
185 de funcionario y 36 para consolidación, de las que acabó realizando
convocatorias de concurso-oposición, con una gran parte de personal
temporal cesado en años anteriores, si bien puede que algunas hayan
tenido su
resolución final recientemente y sea su personal parte del millar de
ceses
de personal temporal
de larga
duración de las noticias recientes y para los que ahora , en parte, se
plantea esta
solución
- 388 puestos de la Administración de Justicia, cuya Oferta Pública y convocatorias son competencia del Estado, también realizadas o en marcha
- 3.991 del Sector Público Instrumental (empresas públicas)
, 869 de ellas en Agencias Sanitarias, que quedaron pendientes de
oferta o convocatoria y acabaron pasando a ser absorbidas por la nueva
Ley 20/2021 para ser convocadas en 2022 como concurso de méritos
así como 613 plazas de
indefinidos no fijos que también quedaron pendientes de oferta (y absorbidas por la nueva ley 20/2021).
En 2018, llegaría el segundo Acuerdo estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público, con la normativa plasmada en el artículo 19.Uno.9 de la Ley
de Presupustos Generales del Estado para 2018 y que universalizaba a
todos los puestos temporales de más de 3 años computados a 31/12/2017
del restos de sectores (ahora serían puestos de más 8 años) la
posibilidad de incluirlos en más OPEs "de estabilización" y por la que la junta de Andalucía aprobó la "Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019"
incluyendo más plazas habilitadas "de estabilización" de puestos por ese segundo
acuerdo así como las "de consolidación" o anteriores a 2005 del primer
acuerdo que seguían pendientes, suponiendo:
- 2.692 plazas de la Administración General; 2.517 plazas de "estabilización" y 175 de consolidación de la Disposición Transitoria 4ª del EBEP., , de las que acabó realizando convocatorias de concurso-oposición, , entre ellas varias de las que su resolución final reciente han implicado la mayor parte del millar de ceses de personal temporal de larga duración de las recientes noticias y a los que ahora se plantea esta solución
- 4.500 de la Administración Educativa, ya realizada en una parte
pero ninguna más de estabilización para el Servicio Andaluz de Salud.
Después
llegaría el Real Decreto Ley 14/2021 del Estado habilitando más OPEs de
"estabilización", convencionales, para las plazas temporales de más de 3
años a 31/12/2020 (más de 5 años ahora) . Así
- se publicó en el BOJA 247 num 247 de 28 de Diciembre de 2021 el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General de la Junta de Andalucía para 2021. .
- en el BOJA, num 250 de 2021, 30 de Diciembre de 2021 , con el Decreto 296/2021, se había publicado la OPE de estabilización del Servicio Andaluz de Salud para 2021, originalmente según el Real Decreto Ley 14/2021.1.
Luego llegó la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre que modificó el RDL 14/2021 para introducir el concurso de méritos excepcional para plazas temporales de antes de 2016 y las de personal temporal de antes de 2016. En aplicación por la Junta de Andalucía de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se aprobaron los Decretos:
- Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022;
- Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la
Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022
y, en la que no incluyó, para los concursos de méritos excepcionales, los puestos de temporales de antes de 2016 que estaban ya convocados por los procesos de estabilización anteriores - y el Decreto 93/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración Educativa de la Junta de Andalucía para el año 2022.
es decir, sin ninguna plaza del Servicio Andaluz de Salud.
Así, se publicó en
el B.O.J.A de 30/12/2022, entre muchas otras como otras de personal
laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía la convocatoria del concurso de méritos para la estabilización de empleo temporal de cuerpos de funcionarios de la
Administración General de la Junta de Andalucía, con plazas de las dos OPE de estabilización de
empleo temporal para 2021 y 2022 de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en las que no incluyó, los
puestos de temporales de antes de 2016 que estaban ya convocados por los
procesos de estabilización anteriores en marcha. (también hubo una convocatoria de concurso-oposición)
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- [09/07/2018] Publicada en el BOE
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Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
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las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
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1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
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estabilización anteriores
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