viernes, 19 de enero de 2024

Publicadas calificaciones definitivas para más categorías del concurso de méritos de estabilización del SERMAS, entre ellas la de Gestión de la Función Administrativa, Celador o las de Odontólogo. Odontólogas del asunto "Fernández Álvarez y otros" acumulado al de "Sánchez Ruiz" de la sentencia del Tribunal europeo de 19/03/2020 obtendrán la fijeza por este concurso de méritos

Este 19/01/2024 se han publicado en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos  en su apartado de las convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS  calificaciones definitivas del Concurso de Méritos según  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad  en el caso del Servicio Madrileño de Salud, para un segundo conjunto de categorías  tras el primerosegundotercero y cuarto publicados hace unos días, entre ellas

En concreto, se han publicado las calificaciones definitivas de las categorías:

SUBGRUPO A1 SANITARIO

  • Facultativo Especialista en Alergología
  • Facultativo Especialista en Endocrinología y Nutrición 
  • Facultativo Especialista en Estomatología  
  • Facultativo Especialista en Neumología
  • Facultativo Especialista en Neurología 
  • Facultativo Especialista en Oncología Médica 
  • Facultativo Especialista en Oncología Radioterápica 
  • Odontólogo

 

SUBGRUPO A2 SANITARIO

  • Logopeda (categoría del SERMAS que destaca por su nivel casi total de temporalidad, siendo junto con los Médicos de Urgencias Hospitalarias y los informáticos, las categorías que tenían niveles de temporalidad superiores al 80% por no haberse realizado nunca un proceso selectivo previo en el SERMAS; fueron convocadas 47 plazas, prácticamente todas las vacantes)

 

SUBGRUPO C1 SANITARIO


SUBGRUPO C2 SANITARIO


SUBGRUPO A2 DE GESTIÓN Y SERVICIOS

  • Grupo de Gestión Función Administrativa (que tenía 43 plazas , 3 de ellas a cupo de discapacidad, y han obtenido más de 21 puntos en experiencia más de 100 personas, siendo insuficiente el número de plazas convocadas al haber sido reducido el número de plazas convocadas a Concurso de Méritos porque se convocaron en Junio de 2021 una parte importante de las plazas antiguas a concurso-oposición )



GRUPO E DE GESTIÓN Y SERVICIOS

 junto con la nota de "el SERMAS ha publicado durante el proceso de estudio de las reclamaciones presentadas, las comisiones centrales de selección han procedido a revisar también aquellos expedientes afectados por reclamaciones de terceros o en las que se ha advertido algún error en la baremación" siendo el plazo para el posible recurso de alzada de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación.  21 puntos es la puntuación que se conseguía con 6 años de antigüedad en la categoría en el SERMAS.

 

Recordemos una vez más que en Mayo de 2022 se habían acordado en la Mesa Sectorial de Sanidad de la C de Madrid   9.574 plazas para dicho Concurso de Méritos según  la citada Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad  en el caso del Servicio Madrileño de Salud,  plazas aparte de las 23 mil de las OPEs de estabilización anteriores ya convocadas a concurso-oposición , que aún siendo de plazas anteriores a 2016, no se van a convocar al concurso de méritos de la nueva ley (por estar ya convocadas).  Y que la Ley estatal 20/2021 incorporando los procesos por méritos vino en reacción del del Estado tras la sentencia "esperanzadora" del Tribunal Europeo  de 19/03/2020 del asunto acumulado " "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"" - sobre casos del SERMAS precisamente , el principal "Sánchez Ruiz" por un informático nuestro- y el correspondiente procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea contra España. Se da la circunstancia de que ese informático de la Sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 está en las primeras posiciones del resultado provisional publicado semanas atrás en la categoría A1 de STI de este concurso de méritos que el SERMAS convocó por la ley estatal reacción a su sentencia.  

 
Y, precisamente, el asunto secundario de  dicha sentencia del Tribunal Europeo  de 19/03/2020, "Fernández Álvarez y otros", por el que se sumaron sus cuestiones a las del asunto principal -algunas esenciales como  la de que no podía ser válido como solución al abuso procesos selectivos de libre concurrencia o con oposición- si bien sólo se entraba en el detalle del caso personal  para el caso del asunto principal ,  correspondía a 5 casos de odontólogas del SERMAS con el apoyo del sindicato AMYTS (y defendidos también por el abogado Araúz). Y se da la circunstancia de que, tres de ellas, entre ellas la propia Fernández Alvarez, están en las primeras posiciones de las calificaciones definitivas ahora publicadas y alcanzarán por esta vía la condición de fijas que demandaban (las otras dos ya lo hicieron por un proceso con oposición anterior del SERMAS convocado en 2015).
 
 
Es decir,  el SERMAS había reconocido 32 mil plazas de larga temporalidad y finalmente sólo el 30% fueron al concurso de méritos, al haber convocado el otro 70% previamente a los concurso-oposición de los anteriores procesos de estabilización.En la Mesa General de Empleo de la Comunidad de Madrid se ratificó días después esa misma propuesta de plazas aprobada en la Mesa Sectorial , propuesta en la que se detallababa no sólo cuántas plazas iban a la nueva y correspondiente OPE 2022 de estabilización por ley 20/2021  sino además cuáles de ellas eran plazas que estaban incluidas en OPEs anteriores del SERMAS (que no habían sido convocadas), y que por tanto, iban a quedar absorbidas por esta nueva OPE extraordinaria 2022 de estabilización del SERMAS , que fue publicada en el BOCM de 30/05/2022. La  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad fijaba el 31/12/2022 como plazo para las convocatorias de los concursos de méritos excepcionales.

Después se acordó el baremo aplicable a estas convocatorias de concurso de méritos de la Ley 20/2021 en el SERMAS: 70% la experiencia solamente en la misma categoría con el máximo con 23 años de antigüedad si es en el SERMAS, puntuando la mitad por mes si es en otro servicio de salud, y no pudiendo participar personal ya fijo en la categoría de cualquier servicio de salud.  Por tanto, en aquellas categorías (muy pocas) donde el número de plazas al concurso de méritos sí coincida con las de personal temporal de larga duración porque no estuvieran en marcha convocatorias de concurso-oposición con plazas de larga duración, se producirá consolidación del propio personal que tenga una temporalidad alta, estando en riesgo el personal de poca temporalidad si en su categoría existe personal temporal de otros servicios de salud de muy larga temporalidad que se presente.

Así finalmente en el  BOCM de  16/12/2022, se publicaron 6 convocatorias con los procesos selectivos por Concurso de Méritos de la Ley 20/2021 en el SERMAS, con el baremo  acordado.

 

En cuanto a las plazas de informáticos en las categorías de STI, teniendo en cuenta que:
  1. por un lado, todas las 110 plazas de las 3 categorías de S.T.I:  de la OPE 2019 de estabilización anterior del SERMAS no llegaron a convocarse a concurso-oposición y han sido finalmente convocadas por este concurso de méritos, y que ese número sí coincide básicamente con el número de personal en categorías de S.T.I. con temporalidad en la categoría de más de 7 años a día de hoy más algunos pocos más de menor temporalidad en plazas antiguas
  2. por otro lado , existe personal de categorías estatutarias de STI o equivalentes de muy larga temporalidad en, al menos los servicios de Salud de Castilla y León y Andalucía
  3. el baremo de méritos finalmente aplicado en las convocatorias, donde puntúa la mitad en antigüedad en categorías STI de otros servicios de salud
era de esperar una consolidación masiva integral del personal informático del SERMAS que lleva en las categorías S.T.I. del SERMAS desde la primera integración en ellas en 2011, estando en riesgo de no consolidar e incluso de cese el personal en categorías de S.T.I. con antigüedades en dichas categorías de menor duración -en algún caso, pese a haber sido contabilizadas sus plazas para el concurso de méritos-, dependiendo del personal de larguísima temporalidad de esos otros servicios de salud que se haya presentado y que no consiga plaza en sus procesos de méritos (de reducidas plazas en el caso de Castilla y León y muy reducidas en el  caso de Castilla-La Mancha). 
 
Por otro lado, el personal informático del SERMAS que sigue fuera de las categorías de S.T.I. tenía un pronóstico incierto, al no ser los concursos de méritos de sus categorías, fundamentalmente administrativas, procesos integrales de la larga temporalidad existente en su categoría: finalmente, a la vista de los resultados provisionales, parece que va a obtener plaza algo más de la mitad del personal en este caso.


Por supuesto, la ley estatal 20/2021 NO garantiza la estabilidad de todo el personal en abuso, al no forzar a incluir en procesos por méritos todas las plazas del temporal en abuso de temporalidad (de más de 3 años ) ni obligar a bases que garanticen la estabilización de ese personal ni contar con una indemnización específica para el abuso o suficiente. Por tanto, desde nuestro punto de vista, por sí sola, no vale para cumplir con la jurisprudencia y normativa europea. De hecho, están pendientes de nuevo en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto.

 

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