viernes, 15 de diciembre de 2023

Enmiendas presentadas por el Partido Aragonés al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2024 de procesos de estabilización con todas las plazas de temporales de antes de 2016 según ley 20/2021 y Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado

 'a) ENMIENDA NÚM. 232

La A.P. Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
ENMIENDA DE ADICIÓN AL ARTICULADO
 
Adición de una nueva Disposición Adicional quedando el texto de la siguiente forma: DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA CUARTA. Consolidación empleo temporal 
 
El Departamento de Hacienda y Administración Pública deberá proceder a la identificación inmediata de todos los puestos que, a fecha 30 de diciembre de 2021, cumplían con los requisitos señalados en el artículo 2.1 y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021. Dichos puestos computados por especialidades y categorías, determinan el número global de plazas que cumplen con los requisitos definidos en la Ley 20/2021, y por tanto, en el caso de que difieran de las plazas ofertadas en el Decreto 75/2022, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, se deberá proceder a su modificación, incluyendo todas las plazas que cumplen con la Ley.
 
Los puestos identificados, no podrán ofrecerse para su cobertura de forma provisional ni definitiva por ningún otro sistema de provisión de puestos, hasta que se hayan ejecutado definitivamente los procesos selectivos de estabilización derivados del Decreto 75/2022, bien sea por concurso de méritos o bien por concurso oposición. Caso de existir puestos de esta naturaleza incluidos en alguna clase de concurso de traslados, habilitaciones o promoción interna en curso, se procederá a su exclusión inmediata de los mismos. Cualquier adjudicación provisional o definitiva de puestos que, cumpliendo a fecha de diciembre de 2021 con los requisitos previstos en el artículo 2.1 o disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, no lo sean a través del proceso regulado en la citada Ley, será nulo de pleno derecho.
MOTIVACIÓN: Medida de reducción de la temporalidad.
El Portavoz: ALBERTO IZQUIERDO VICENTE
 

b) ENMIENDA NÚM. 236
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
 
La A.P. Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
ENMIENDA DE ADICIÓN AL ARTICULADO
 
Adición de una nueva Disposición Adicional quedando el texto de la siguiente forma: DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA QUINTA. Tasa de estabilización de empleo. 
 
El Departamento de Hacienda y Administración Pública convocará una tasa adicional de plazas para la estabilización de empleo temporal conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público al objeto de garantizar el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad, en cumplimiento del RDL5/2023. El número de plazas de la tasa adicional será el equivalente a aquellas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado el proceso de estabilización convocado con un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Las ofertas de empleo público deberán estar aprobadas antes del 31 de diciembre de 2023, y las convocatorias resueltas antes del 31 de diciembre de 2024, ajustándose a los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia, según establece el artículo 217 del RDL5/2023. Las plazas ofertadas se irán incrementando conforme se vayan resolviendo los procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público de Estabilización, todavía sin finalizar de 2017 y 2018, en tantas plazas como personas que, cumpliendo la Disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021, no hayan superado un proceso selectivo anterior a los previstos en la Ley 20/2021.
MOTIVACIÓN: Garantizar el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad.
El Portavoz: ALBERTO IZQUIERDO VICENTE

c) ENMIENDA NÚM. 240
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
La A.P. Izquierda Unida de Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
 
ENMIENDA DE ADICIÓN AL ARTICULADO
Se añade una disposición adicional nueva con la siguiente redacción: 
« ción de plazas a la convocatoria excepcional de consolidación de empleo temporal de larga duración. El Departamento de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de dos meses, procederá a la identificación de todas aquellas plazas que, a fecha 30 de diciembre de 2021, cumplían con los requisitos señalados en el artículo 2.1 y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, que debían ser objeto de inclusión en una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal, o bien, ser objeto de convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal. Para lo que se asimilan los conceptos de plaza y puesto de trabajo (R.P.T). Los anexos contenidos en el Decreto 75/2022, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, se modificarán conforme a la identificación de plazas, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, incluyendo todas las plazas que cumplían con estos requisitos a la entrada en vigor de la citada Ley. Las plazas, que a fecha 30 de diciembre de 2021 cumplían con los requisitos establecidos en las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, no serán objeto de ofrecimiento para su cobertura de forma definitiva mediante ningún concurso de traslados de funcionarios, de promoción interna o de cualquier otra clase. Tampoco podrán ofrecerse a funcionarios de nuevo ingreso consecuencia de convocatorias de empleo público anteriores a la entrada en vigor de la Ley 20/2021. Caso de existir plazas de esta naturaleza incluidas en alguna clase de concurso de traslados para personal funcionario o promoción interna en curso, se procederá a su exclusión inmediata de los mismos».
MOTIVACIÓN Por considerarlo más oportuno.
Zaragoza, 4 de diciembre de 2023.
El Portavoz : ÁLVARO SANZ REMÓN

d) ENMIENDA NÚM. 269
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
La A.P. Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
ENMIENDA DE SUPRESIÓN DEL ARTICULADO
Supresión de la disposición transitoria sexta.
MOTIVACIÓN Por considerarlo más oportuno.
Zaragoza, 21 de noviembre de 2023.
El Portavoz ALBERTO IZQUIERDO VICENTE

e) ENMIENDA NÚM. 270
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
El G.P. VOX en Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
ENMIENDA DE ADICIÓN AL ARTICULADO
A la disposición transitoria sexta se le añade una nueva letra f) con el siguiente texto:
f) Después de la resolución del 2º concurso abierto y permanente para el personal funcionario de carrera indicado en el apartado a), y antes del 30 de junio de 2024, el Gobierno de Aragón publicará un listado de todas las plazas, de todos los cuerpos, escalas y especialidades, que a fecha 30 de diciembre de 2021 cumplían con los requisitos señalados en el artículo 2.1. y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En dicho listado, en la información de cada plaza, se indicará si la plaza está incluida en alguna de las convocatorias en vigor en el momento de emisión del listado o si ya sido cubierta por algún proceso de selección.
MOTIVACIÓN: Conforme al apartado segundo, punto 10 del acuerdo por la gobernabilidad de Aragón PP-VOX , relativo a los cuerpos de funcionarios de la enseñanza no universitaria. Respecto al resto de cuerpos proponemos esta enmienda 1608 Boletín Oficial de las Cortes de Aragón. Número 28. Fascículo 1.º. 13 de diciembre de 2023 por no crear agravios comparativos entre diferentes cuerpos de funcionarios de la administración. También se propone esta enmienda para facilitar el cumplimiento de la ley 20/2021.
Zaragoza, 7 de diciembre de 2023.
El Portavoz SANTIAGO MORÓN SANJUÁN

f) ENMIENDA NÚM. 272
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
La A.P. Podemos, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
ENMIENDA DE ADICIÓN AL ARTICULADO
Añadir disposición transitoria con el siguiente texto: «El Departamento de Hacienda y Administración Pública deberá proceder a la identificación en el plazo de tres meses de todos los puestos que, a fecha 30 de diciembre de 2021, cumplían con los requisitos señalados en el artículo 2.1 y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021. Dichos puestos computados por especialidades y categorías, determinan el número global de plazas que cumplen con los requisitos definidos en la Ley 20/2021, y por tanto, en el caso de que difieran de las plazas ofertadas en el Decreto 75/2022, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, se deberá proceder a su modificación, incluyendo todas las plazas que cumplen con la Ley».
 
MOTIVACIÓN Por considerarlo más adecuado.'
 
Fuente: nota recibida del Partido Aragónes de 14/12/2023
 
 
 


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