'Al no haber sido aún convocado ningún proceso de estabilización para la Judicatura Interina, hemos presentado una instancia ante el Ministerio de Justicia y en el Consejo General del Poder Judicial en la que solicitamos una convocatoria de estabilización inmediata y urgente.
Consideramos que es una discriminación que, aun permitiéndolo la Ley 20/2021, no se haya posibilitado un procedimiento extraordinario de concurso para nuestro cuerpo de la Administración de justicia. Un procedimiento que ayudaría a cubrir el déficit estructural de 563 plazas que a día de hoy existe en la carrera judicial y que, se estima, será de 1899 en la próxima década.
Tanto el Ministerio de Justicia como el CGPJ tienen hasta el 31/12 para dar una respuesta a nuestra solicitud y para cumplir lo establecido en la Ley 20/2021.'
Fuente: Comunicado de la Plataforma de la Judicatura Interina de 14/12/2023 en su cuenta de Twitter
Enlaces en el texto nuestros
Entradas relacionadas:
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [29/12/2022] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [29/06/2023] IMPORTANTE Publicado Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado con medidas de "estabilización del empleo público" para "dar cumplimiento" a normativa europea : mandato para que las AAPP cumplan la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y se haga un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no haya "superado" un proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021. También se amplían permisos como el de accidente o enfermedad grave,cuidado parental, ...
PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Entradas relacionadas:
- [07/11/2022] [CCOO Justicia - nacional] 'Comienzan las negociaciones de las bases de convocatoria de los procesos selectivos de estabilización de los cuerpos generales. En cumplimiento de la Ley 20/2021, estas convocatorias (una por el sistema de concurso-oposición y otra por el sistema de concurso de méritos) tienen que publicarse en el BOE antes del 31 de diciembre de este año' [De la C. de Madrid a concurso de meritos: 541 plazas]
- [07/11/2022] [Arauz] 'Nota sobre el borrador de bases del Ministerio de Justicia' [para los procesos de estabilización Ley20/2021 de la Administración de Justicia del Estado y las CCAA]
- [10/11/2022] [CSIF nacional - Justicia] 'El Ministerio presenta los borradores de las bases de estabilización. Los borradores contemplan la forma de acceso por los dos sistemas que se establecen en la ley 20/21: concurso oposición (968 plazas) y concurso de méritos (4.977 plazas). Una ley que no es fruto de ningún acuerdo sindical sino de un acuerdo político y que plantea muchas dudas sobre su legalidad y constitucionalidad.' [En el Concurso de Méritos, peso de la experiencia de sólo el 50%]
- [24/11/2022] [UGT Servicios Públicos -Justicia] 'El Ministerio remite los borradores definitivos de las bases de los procesos de estabilización de cuerpos generales derivados de la ley 20/2021 ' [ En el Concurso de Méritos, sube peso de la experiencia del 50 al 60%; también se aumenta la experiencia en otro cuerpo a 1/2]
- [25/11/2022] [CCOO FSC nacional - Justicia] 'El principio constitucional de igualdad en el acceso al empleo público no está garantizado en la convocatoria de concurso de méritos prevista para los procesos selectivos de estabilización' [Y le parece insuficiente la puntuación en la experiencia en otros cuerpos en las bases de los procesos de estabilización de la ley 20/2021 de los cuerpos generales de la Administración de Justicia]
- [16/12/2022] [DJusticia] Presentación del sindicato de personal de la Administración de Justicia DJUSTICIA. Su "objetivo inmediato": impugnar el concurso de méritos ley 20/21 previsto para este sector
- [02/03/2023] [FETAP de CGT] 'CGT impugna todas las convocatorias de la Administración de Justicia' [ "No es una estabilización de las personas, sino de las plazas, además, no de todas" ]
No hay comentarios:
Publicar un comentario