viernes, 25 de noviembre de 2022

[CCOO FSC nacional - Justicia] 'El principio constitucional de igualdad en el acceso al empleo público no está garantizado en la convocatoria de concurso de méritos prevista para los procesos selectivos de estabilización' [Y le parece insuficiente la puntuación en la experiencia en otros cuerpos en las bases de los procesos de estabilización de la ley 20/2021 de los cuerpos generales de la Administración de Justicia]

 'Aunque el Ministerio de Justicia ha aceptado alguna de las propuestas formuladas por CCOO en relación con la valoración de algunos méritos (una de ellas, sin bien de forma parcial, corregir la desproporcionada diferencia de puntuación entre servicios prestados en el mismo cuerpo o en el inmediatamente inferior o superior), las bases de convocatoria del concurso de méritos que se propone publicar, podrían ser objeto de un aluvión de impugnaciones judiciales

Además, para CCOO ha sido y sigue siendo un escollo insalvable la inaceptable negativa del Ministerio de Justicia a incluir plazas de promoción interna añadidas a las convocadas para el turno libre de estabilización. Y seguimos denunciando (y actuando para su eliminación) la intolerable e injustificada discriminación y penalización de los procesos de promoción interna.'

 

Fuente: Comunicado del Sector de Justicai de la Federación de Servicios a la Ciudadania de CCOO acional de 24/11/2022

Resaltados en negrita cursivas y enlaces en el texto nuestros

 
 


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9 comentarios:

Anónimo dijo...

Hay ahora elecciones sindicales, echemos a sindicatos como este, tenemos una buena oportunidad.

Anónimo dijo...

Sorpresa!

No nos habíamos dado cuenta de que estos procesos son totalmente inconstitucionales

Anónimo dijo...

https://okdiario.com/economia/ugt-ofrece-interinos-rtve-sus-cursos-formacion-siendo-parte-del-tribunal-oposiciones-10044767

Ya sabemos los que van a aprobar y los que no

Cómo no, la ugT metida en el ajo ajajajjajaja

Anónimo dijo...

Los grupos de opositores contrarios a estos procesos de estabilización por méritos (no todos) dice que es inconstitucional el acceso a ser fijo en la función pública sin pasar una oposición en esta situación de largas temporalidades, y los grupos de personal temporal de larga druación dicen que también son inconstitucionales al no respetar la normativa y jurisprudencia europea -respeto consagrado en la Constitución- por no dar una reparación vaĺida al abuso de temporalidad (un proceso de selección abierto de futuro incierto no sería válido y la indemnización es sólo para ciertos casos -ceses por los nuevos procesos pero no otros- y pírrica)

¿Quién tiene razón jurídica? ¿A quién le daría la razón el Tribunal Constitucional concreto que tenemos?

(antes decía no todos los opositores porque hay algunos que no han visto mal la movida de los interinos y sentencias europeas con solución aparte para los empleados en abuso de temporalidad, porque gracias a esa presión ahora España tendrá que sacar toda plaza pública de jubilado y va a haber más plazas ser fijo en oposiciones que nunca)

Anónimo dijo...

Dependerá de las mayorías del Constitucional que está en proceso de renovación.

Es como las bajadas de pena de la ley del solo sí es sí

Anónimo dijo...

¿De verdad las sentencias de inconstitucionalidad pueden depender de la constitución del Tribunal Constitucional?

Anónimo dijo...

Menudo desastre de ley y bases

Hasta los comegambas reconocen que es un bodrio inconstitucional aunque ellos mismos lo negocian mientras se comen el marisco

Anónimo dijo...

Las víctimas de abusos de las Administraciones Públicas tienen que pedir cautelares de paralización de oposiciones y concursos. La sala de lo contencioso-administrativo del tribunal superior de justicia de Castilla-La Mancha ya las está concediendo.
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/11/15/legal/1668500129_431677.html

Anónimo dijo...

lo suyo es que se animen los otros 16 Tribunales Superiores