martes, 29 de noviembre de 2022

[Comisión Europea] 'Infracciones: Preguntas frecuentes' ["La principal finalidad del procedimiento de infracción es garantizar que los Estados miembros hacen efectivo el Derecho de la UE en interés general, no proporcionar una reparación individual"]

'¿Cuándo inicia la Comisión un procedimiento de infracción? La Comisión es responsable de supervisar si el Derecho de la UE se aplica de manera correcta y puntual. Por esta razón, se denomina a la Comisión «guardiana de los Tratados».

La política de la Comisión en materia de control del cumplimiento de la legislación ha evolucionado a lo largo del tiempo para que se pueda utilizar de la manera más eficaz posible. La Comunicación de 2016 «Derecho de la UE: mejores resultados gracias a una mejor aplicación» y la Comunicación de 2022 «Controlar el cumplimiento del Derecho de la UE para una Europa que ofrezca resultados» exponen un enfoque más estratégico y selectivo en lo que respecta al uso de los procedimientos de infracción. Se da prioridad a la lucha contra las infracciones que tienen mayor impacto en los intereses de los ciudadanos y las empresas, incluidas las infracciones del Derecho de la UE, que obstaculizan el cumplimiento de importantes objetivos de las políticas de la UE o que amenazan con socavar las cuatro libertades fundamentales de la UE.

Hay cuatro tipos principales de infracciones del Derecho de la UE:

  1. falta de comunicación: un Estado miembro no comunica a tiempo a la Comisión sus medidas para incorporar una directiva a la legislación nacional;
  2. no conformidad: la Comisión considera que la legislación de un Estado miembro no está en consonancia con los requisitos de las directivas de la UE;
  3. infracción de los tratados, reglamentos o decisiones: la Comisión considera que las leyes de un Estado miembro no están en consonancia con los requisitos de los tratados, los reglamentos o las decisiones de la UE;
  4. aplicación incorrecta: las autoridades nacionales no aplican el Derecho de la UE, o no lo aplican correctamente.

La principal finalidad del procedimiento de infracción es garantizar que los Estados miembros hacen efectivo el Derecho de la UE en interés general, no proporcionar una reparación individual. Los casos aislados de posible aplicación incorrecta del Derecho de la UE, que no plantean cuestiones de principios generales y en los que se carece de pruebas de una práctica general o de deficiencias sistémicas, son abordados de manera más eficaz por órganos de recurso más cercanos a quienes se vean afectados por la infracción. A escala de la UE, una alternativa a la reparación individual en situaciones transfronterizas puede ser la red SOLVIT.

Si bien la Comisión inicia procedimientos de infracción, con arreglo a su política de control del cumplimiento de la legislación, también da gran importancia a la prevención. La cooperación entre la Comisión y los Estados miembros es fundamental y, mediante diversos instrumentos, la Comisión les ayuda de forma sistemática a implementar y aplicar de forma correcta el Derecho de la UE, con miras a evitar que se produzcan infracciones, en primer lugar.

¿Cuáles son las distintas fases de un procedimiento de infracción?
Según el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Comisión podrá emprender acciones legales contra los Estados miembros que incumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE.

El procedimiento de infracción comienza con el envío al Estado miembro correspondiente de una solicitud de información (carta de emplazamiento), a la que este deberá responder en un plazo determinado, normalmente dos meses.

Si la Comisión no está satisfecha con la información recibida y concluye que el Estado miembro en cuestión incumple las obligaciones que le incumben en virtud del Derecho de la UE, podrá enviarle una petición oficial de que cumpla la legislación de la UE (dictamen motivado), instándole a informar a la Comisión, en un plazo determinado, normalmente dos meses, acerca de las medidas adoptadas al respecto.

Si el Estado miembro persiste en el incumplimiento del Derecho de la UE, la Comisión puede decidir llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Si el Tribunal emite una sentencia contraria al Estado miembro, este deberá tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a tal sentencia. Sin embargo, en alrededor del 90 % de los casos de infracción, los Estados miembros cumplen las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE antes de que el asunto llegue al Tribunal.

¿Qué sucede cuando un Estado miembro no da cumplimiento a la sentencia del Tribunal?
Si, a pesar de la primera sentencia, el Estado miembro sigue sin respetar la legislación, la Comisión podrá continuar el procedimiento de infracción de conformidad con el artículo 260 del TFUE, con el envío de un apercibimiento por escrito (carta de emplazamiento) antes de llevar de nuevo al Estado miembro ante el Tribunal.

Si la Comisión lleva de nuevo a un Estado miembro ante el Tribunal, podrá proponer que este imponga sanciones financieras al Estado miembro en cuestión en función de la duración y la gravedad de la infracción, así como de la capacidad de pago del Estado miembro. Las sanciones financieras constan de dos elementos:

  • una suma a tanto alzado basada en el tiempo transcurrido desde la primera sentencia del Tribunal;
  • y una multa diaria a partir de la fecha de la segunda sentencia y hasta que finalice la infracción.

En el caso concreto de un Estado miembro que no haya transpuesto una directiva dentro del plazo establecido en la misma, la Comisión puede solicitar al Tribunal que imponga sanciones financieras a dicho Estado miembro la primera vez que se pronuncie al respecto (no habrá una segunda remisión al Tribunal). Esta posibilidad está prevista en el artículo 260, apartado 3, del TFUE. Tales sanciones financieras consisten también en una suma a tanto alzado y una multa diaria, calculadas sobre la base de un método establecido por la Comisión.

¿Quién decide sobre las sanciones?
La Comisión propone al Tribunal sanciones financieras basadas en un método públicamente disponible, pero el Tribunal decide sobre los importes definitivos en su sentencia.

¿Cuál es el papel de la Comisión?
La Comisión es la guardiana de los Tratados y, en general, del Derecho de la UE. De conformidad con el artículo 17 del Tratado de la Unión Europea, tiene la función y la obligación de garantizar la protección del interés de la Unión y de supervisar la aplicación del Derecho de la UE, bajo el control del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El procedimiento de infracción es una herramienta para tal fin, y está recogido en los artículos 258 y 260, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Permite a la Comisión emprender acciones formales contra los Estados miembros sospechosos de haber vulnerado el Derecho de la UE, a los que se concede un plazo determinado para que corrijan la situación. Esto tal vez implique remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una fase posterior.

¿Cuál es el papel de los Estados miembros?
Los Estados miembros son los principales responsables de transponer, aplicar y ejecutar correctamente el Derecho de la UE. Asimismo, han de proporcionar suficientes vías de recurso para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la UE. Los órganos jurisdiccionales nacionales desempeñan un papel especialmente importante en la cadena de aplicación de la ley. Cuando los ciudadanos o las empresas de la UE ven afectados sus derechos en los Estados miembros, deben tener acceso a vías de recurso nacionales rápidas y eficaces, en consonancia con el principio de tutela judicial efectiva. Esta es la razón por la que dichos órganos jurisdiccionales deben ser independientes, imparciales y estar establecidos por la ley.

La Comisión trabaja en estrecha colaboración con los Estados miembros, y les ayuda a implementar y ejecutar correctamente el Derecho de la UE. A tal fin, la Comisión utiliza diversos instrumentos, desde medidas para prevenir las infracciones del Derecho de la UE, pasando por el control del cumplimiento en forma de procedimientos de infracción, hasta la remisión de los Estados miembros al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.   

Cuando la Comisión inicia un procedimiento de infracción, el Estado miembro del que se trate debe responder a la carta de emplazamiento en un plazo determinado, normalmente de dos meses. Para poner fin a la infracción planteada por la Comisión, el Estado miembro puede, por ejemplo, adoptar medidas nuevas, poner fin a determinadas prácticas administrativas o derogar medidas existentes.

Si la Comisión está satisfecha con la respuesta o la solución del Estado miembro, puede archivar el asunto sobre la base de un análisis jurídico realizado por los servicios de la Comisión. Si la Comisión no está satisfecha con la información recibida y concluye que el Estado miembro en cuestión incumple las obligaciones que le incumben en virtud del Derecho de la UE, podrá enviarle una petición oficial de que cumpla la legislación de la UE (dictamen motivado), instándole a informar a la Comisión, en un plazo determinado, normalmente dos meses, acerca de las medidas adoptadas al respecto.

¿Qué es un paquete de procedimientos de infracción?
El Colegio de Comisarios es el que toma la decisión de iniciar un procedimiento de infracción o de dar el siguiente paso en un procedimiento ya iniciado contra un Estado miembro. Esa decisión se basa en el análisis jurídico realizado por los servicios de la Comisión, que es respaldado por los documentos y la información presentados por los Estados miembros, los servicios de la Comisión o los denunciantes.

La Comisión adopta decisiones sobre procedimientos de infracción varias veces al año en los distintos ámbitos de actuación que sus servicios supervisan, y estas decisiones se agrupan por razones organizativas. Dichas decisiones se hacen públicas.

¿Por qué existe un paquete separado de decisiones sobre procedimientos de infracción por falta de comunicación de las medidas de transposición?
La transposición puntual y completa de las directivas es una prioridad para la Comisión. Por lo tanto, también es prioritario perseguir los casos de no transposición. Cada dos meses se adopta un paquete de decisiones mediante la habilitación de un comisario, con el objetivo de facilitar y acelerar el proceso de toma de decisiones relacionado con infracciones indiscutibles del Derecho de la UE.

Todo Estado miembro que no haya comunicado medidas de transposición antes de la adopción del paquete, o que haya declarado que su comunicación es parcial, recibirá una carta de emplazamiento. Los Estados miembros afectados disponen entonces de dos meses para cumplir la obligación de transponer plenamente las directivas. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.

¿Cómo obtiene la Comisión información sobre las infracciones del Derecho de la UE?
La Comisión inicia procedimientos de infracción por propia iniciativa, como seguimiento de una denuncia o de forma automática cada dos meses. Este último grupo hace referencia a los casos de falta de comunicación debidos al incumplimiento por parte de los Estados miembros de la obligación de transponer plenamente las directivas de la UE en el plazo fijado.

La Comisión recibe numerosas denuncias de particulares y organismos relativas a una infracción del Derecho de la UE. También recibe un número elevado de peticiones relacionadas con el Derecho de la UE, transmitidas por la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo. Aunque la Comisión no puede investigar, ni investiga, cada posible caso de aplicación incorrecta del Derecho de la UE, sigue valorando las denuncias, las preguntas formuladas por escrito y las peticiones como fuente de información en casos más amplios relacionados con infracciones sistémicas o estructurales del Derecho de la UE en los Estados miembros.

¿Cómo supervisa la Comisión la transposición de las directivas al Derecho nacional?
La Comisión evalúa, para cada directiva, si la transposición por parte de los Estados miembros se realiza a tiempo, es completa (comprobación de la integridad) y correcta (comprobación de la conformidad). Los Estados miembros deben notificar las medidas nacionales de transposición a la Comisión en el plazo establecido en la directiva. A menudo, los Estados miembros deben incorporar las medidas a un marco jurídico nacional complejo. Por lo tanto, el ejercicio resultante puede dar lugar a gran número de medidas que la Comisión debe examinar. En el caso de algunas directivas, la Comisión recibe de media más de diez medidas de transposición por Estado miembro.

Los Estados miembros deben proporcionar documentos explicativos para que la Comisión entienda cómo transponen las directivas. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reconocido la importancia de los documentos explicativos. En su sentencia de 8 de julio de 2019 (Comisión/Bélgica, C-543/17), el Tribunal aclaró que, al notificar las medidas nacionales de transposición a la Comisión, los Estados miembros deben proporcionar información suficientemente clara y precisa. También deben señalar, para cada disposición de la directiva, las disposiciones nacionales que garantizan su transposición.

La mayoría de los Estados miembros publican el texto de sus medidas de transposición en EUR-Lex.

¿Qué es el diálogo EU Pilot?
Cuando la Comisión detecta una posible infracción del Derecho de la UE, puede decidir utilizar un procedimiento previo a la infracción, conocido como «EU Pilot».

Se trata de una herramienta que puede utilizarse cuando es probable que dé lugar a un cumplimiento más rápido que un procedimiento de infracción formal. Permite a la Comisión resolver ciertos casos en la fase EU Pilot sin necesidad de pasar a un procedimiento de infracción. Esto puede suceder, por ejemplo, si los problemas en cuestión son de carácter técnico. También puede resultar útil cuando la Comisión desee recabar la información fáctica o jurídica necesaria para llevar a cabo su evaluación. No se utiliza cuando la infracción del Derecho de la UE está suficientemente demostrada, es evidente o se reconoce por sí misma, ni tampoco para cuestiones más delicadas en las que los debates a nivel técnico tienen menos probabilidades de conducir a un resultado satisfactorio.

¿Por qué es importante controlar el cumplimiento del Derecho de la UE?
La Unión Europea es una comunidad de Derecho basada en valores comunes compartidos por los Estados miembros. Entre sus fundamentos figuran la aplicación y el control del cumplimiento del Derecho de la UE y el respeto del Estado de Derecho. El Derecho es el mejor activo con el que cuenta la UE para trasladar los beneficios de la UE a las personas, las empresas y al medio ambiente. El principio de primacía del Derecho de la UE se basa en el principio de igualdad ante los Tratados. Garantiza la igualdad de derechos para todas las personas en toda la UE, lo que quiere decir que todas las disposiciones del Derecho de la UE deben tener el mismo significado y aplicarse de la misma manera en todos los Estados miembros. La legislación es la base sobre la que la UE puede sacar el máximo provecho del mercado interior, impulsar nuestra transición hacia una Europa más ecológica y más digital, y proteger y promover nuestros valores, una cooperación judicial eficaz y la seguridad de nuestra Unión. Esta es la razón por la que el sistema basado en normas es fundamental para la visión de la UE, tanto en Europa como en todo el mundo, un requisito previo para la equidad, la democracia y el respeto de los derechos fundamentales. La Comisión se ha comprometido a intensificar su labor de promoción y defensa de los derechos de las personas, las libertades fundamentales y el Estado de Derecho. Controlar el cumplimiento del Derecho de la UE es fundamental para este objetivo.'

Fuente: Nota de prensa informativa de la Comisión Europea de 28/11/2022



NOTA DEL EDITOR:  Recordemos que,  según la propia Comisión Europea,

  • la Comisión Europea  abrió un procedimiento de infracción contra España,INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas 
  • lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple   CHAP (2013)01917  y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz y otros", a la que vinculó la denuncia múltiple
  • "la Comisión Europea sigue  evaluando actualmente la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021" y "decidirá los próximos pasos a dar en el marco del procedimiento de infracción INF(2014)4334" ,  que sigue a día de hoy todavía en el paso inicial de "Carta de emplazamiento" enviada ¡el  26/02/2015!
  • en especial, "está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas"
  •  también mantiene abierto el procedimiento de infracción contra España,INFR(2014)4224 por discriminaciones del personal temporal público con el fijo

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra el
procedimiento de infracción INF(2014)4334

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas

 

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3 comentarios:

Anónimo dijo...

CHAP(2013)01917. dicha denuncia dio lugar al inicio de un procedimiento de infracción contra España [INFR(2014)4334] que continúa abierto.

Anónimo dijo...

Si la Comisión Europea hiciera su trabajo en vez de mirar hacia otro lado, políticos, jueces y comegambas se ponían firmes.
Por cierto, ahora hay elecciones sindicales, si os parece votais a CCOO, UGT, CSIF y demás asimilados para que se sigan riendo de nosotros. O no votais para que igualmente se sigan riendo de nosotros.

Anónimo dijo...

Las víctimas de abusos de las Administraciones Públicas tienen que pedir todos y todas CAUTELARES DE PARALIZACIÓN DE OPOSICIONES Y CONCURSOS.
La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ya está concediendo este tipo de CAUTELARES Y PARANDO OPOSICIONES Y CONCURSOS.
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/11/15/legal/1668500129_431677.html

EL TJUE Tribunal de Justicia de la UNIÓN EUROPEA tarda 24 meses en resolver cuestiones prejudiciales si es por sentencia, y si es por AUTO tarda 12 meses. En todo caso si es por sentencia, las conclusiones del abogado general están en 12 meses aproximadamente.
Quedan 5 bloques de cuestiones prejudiciales por resolver en el TJUE, que estarán es los siguientes plazos:
- el primer bloque del TSJ de Madrid sala de lo social: estará en enero de 2023 si es por auto y en enero de 2024 si es por sentencia. Conclusiones del abogado general si es por sentencia en enero de 2023.
- el segundo bloque de la sala de lo social del TSJ de Madrid: estará en febrero de 2023 si es por auto. Y en febrero de 2024 si es por sentencia, las conclusiones del abogado general en este caso serán en febrero de 2023.
- el tercer bloque del TSJ de Madrid sala de lo social: estarán en marzo de 2023 si es por Auto, y si es por sentencia las conclusiones del abogado general estarán en marzo de 2023 y la sentencia en marzo de 2024.
- el primer bloque de cuestiones prejudiciales del juzgado de lo contencioso-administrativo numero 17 de Barcelona. Estarán en mayo de 2023 si es por Auto, y si es por sentencia las conclusiones del abogado general estarán en mayo de 2023 y la sentencia en mayo de 2024.
- el segundo bloque del juzgado de lo contencioso-administrativo numero 17 de Barcelona: lo mismo que la anterior.
Con un poco de suerte si es por Auto estarán en 2023. Por lo tanto todas las víctimas de abuso de las Administraciones Públicas tienen que pedir MEDIDAS CAUTELARES DE PARALIZACIÓN DE OPOSICIONES Y CONCURSOS.