'El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto ley que regula los procesos derivados de la Ley estatal 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por los que se debe regir la estabilización de plazas en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la Administración General de la Junta. La norma establece en los casos que el concurso-oposición sea el sistema de acceso, el peso del examen y los méritos en cada caso, al tiempo que adopta medidas para agilizar la resolución de los procesos selectivos, entre ellos, también los de Educación.
El Decreto ley tiene como finalidad dotar de seguridad jurídica el marco normativo en el que se desenvolverán los distintos procesos de estabilización en cada ámbito concreto, ya que los mismos suponen en determinados aspectos una alteración del régimen ordinario que regula el proceso selectivo. Este proceso se agotará con su propia resolución pues, una vez concluidos, los sistemas de provisión y selección ordinarios que se utilicen posteriormente deberán ajustarse a lo establecido en las normas generales que, en desarrollo de la normativa básica estén vigentes en cada sector.
Así, para las convocatorias de estabilización del SAS y la Administración General de la Junta el texto establece que cuando el sistema de selección sea el concurso-oposición, este constará de una fase de oposición eliminatoria basada en un único ejercicio teórico-práctico.
En el caso de la Administración General, el examen valdrá un 60% y el concurso de méritos un 40%, mientras que en el SAS cada fase valdrá un 50%. En la baremación de méritos, los criterios profesionales pesarán 75% y 70% respectivamente -especialmente la experiencia como interino en un puesto del mismo cuerpo y categoría al que se desea optar, si bien el tiempo trabajado en un puesto diferente también se valorará-. Otros méritos (ejercicios superados en procesos selectivos del mismo cuerpo, cursos de formación o títulos académicos distintos al exigido) se valorarán hasta un 25% en el caso de la Administración General y un 30% en el SAS.
No obstante, el Decreto ley establece "con carácter excepcional y por una sola vez" la convocatoria de concurso de méritos para estabilizar aquellas plazas ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente con anterioridad al 1 de enero de 2016. En este caso, los méritos profesionales se valorarán hasta un 60% y el resto hasta un 40% tanto para plazas de la Administración General de la Junta como del SAS.
El texto también fija medidas para agilizar la resolución de los procesos selectivos de estabilización tal y como exige la norma estatal. Para ello, se acortan algunos plazos y se establece la vía telemática para la presentación de toda la documentación exigida, tanto para el acceso al examen como para la baremación de méritos, e incluso se prevé celebrar en un acto único la oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y la petición de destinos una vez publicadas las listas definitivas de los aspirantes seleccionados, así como la aportación de un autobaremo adjunto a la solicitud en los concursos.
Asimismo, estos criterios "inspirarán las propuestas que las entidades instrumentales sometan a la negociación colectiva" a la hora de convocar los procesos selectivos de estabilización en cada una de ellas.
En el caso de los procedimientos selectivos para estabilizar plazas de los cuerpos docentes, se modifica la Ley 17/2007 de Educación en Andalucía en materia de selección del profesorado, ya que la misma establece que la fase de prácticas tendrá una duración de un curso académico. Con este Decreto, podrá tener una duración inferior, a precisar en las correspondientes convocatorias, ya que de lo contrario no sería posible finalizar los procesos de estabilización en estos cuerpos antes del 31 de diciembre de 2024, fecha tope otorgada por la Ley estatal.
Resueltas antes del 31 de diciembre de 2024
De hecho, la Ley estatal 20/2021 obliga a las administraciones públicas a convocar procesos selectivos para estabilizar plazas estructurales ocupadas temporalmente de forma ininterrumpida durante al menos los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020. La norma obliga que las convocatorias de estas plazas deberán publicarse antes del 31 de diciembre y estar resueltas antes del 31 de diciembre de 2024, lo que exige aprobar las medidas necesarias para regular los procesos selectivos "con urgencia y rapidez" para cumplir los plazos establecidos. Ello justifica la vía del Decreto Ley para fijar los criterios comunes aplicables a los procesos selectivos.
Siguiendo la Ley 20/2021, la Junta ya ha aprobado la oferta de empleo público relativa a más de 17.800 plazas (14.316 del SAS, 2.960 de Educación y 578 de la Administración General de la Junta). A ellas hay que añadir 3.700 de los entes instrumentales (cuya regulación es objetivo de negociación colectiva en cada una de las entidades) y más de 500 de las agencias sanitarias integradas en el SAS.
En total, las convocatorias en que será de aplicación directa esta norma corresponden a más de 23.950 plazas dado que a las anteriores 17.800 plazas detalladas anteriormente se le suman las más de 6.100 plazas de estabilización pendientes de convocar del sector educativo y que serán también estabilizadas en procesos extraordinarios regidos por la ley estatal 20/2021 si bien el compromiso de la Junta de Andalucía con la reducción de la temporalidad en el empleo público es anterior a esta norma del Gobierno de España. Prueba de ello es que, mediante ofertas ordinarias y extraordinarias, en los últimos cuatro años se han estabilizado en Andalucía más de 61.000 plazas (4.200 de la Administración General, más de 42.000 de personal sanitario y más de 16.900 en el sector educativo).
Junto a estas plazas, de aquí al 31 de diciembre de 2024 y considerando el conjunto del sector público instrumental, pasaran a tener la condición de personal funcionario de carrera o laboral o estatutario fijo más de 27.000 trabajadores públicos
Colectivo prioritario para el nombramiento de interinos
Tal y como prevé la ley estatal, el Decreto regula la creación de bolsas de trabajo específicas derivadas de los procesos selectivos de estabilización con aquellas personas que se hayan presentado a los mismos y no lo hayan superado, pero sí hayan obtenido la puntuación que se considere suficiente en cada convocatoria. Estas bolsas tendrán preferencia respecto a las ordinarias vigentes para ocupar interinidades, si bien estarán operativas solo hasta que se convoque una nueva oferta de empleo público ordinaria del cuerpo, especialidad, opción o subopción correspondiente y se constituya la bolsa derivada de la misma.
La Junta de Andalucía es consciente de que la resolución de estos procesos selectivos y la consiguiente incorporación de nuevos funcionarios de carrera implicará el cese de interinos con amplia experiencia profesional que es necesario aprovechar en aras de la calidad y eficiencia de los servicios públicos. Por ello, el Decreto Ley establece, con carácter temporal, un colectivo prioritario para el nombramiento de interinos en la Administración General mientras se resuelven definitivamente los procesos de estabilización y se crean las bolsas específicas correspondientes.
Así, hasta el 31 de diciembre de 2024, tendrán preferencia aquellas personas con más de 15 años de experiencia que hayan cesado con posterioridad al 1 de enero de 2022 siempre que hayan participado en los procesos selectivos de estabilización convocados para el cuerpo y especialidad en el que desempeñaron su última labor en la Junta.'
Fuente: Nota de prensa del Gobierno de la Junta de Andalucía de 29/11/2022
Enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR [03/12/2022]: en el BOJA num 232 de 2022, de 02/12/2022 se publicó este Decreto-Ley 12/2022
Recordemos que , con anterioridad, siguiendo el primer Acuerdo
estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público que fue incluido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017
y que habilitaba a incluir en Ofertas Públicas de Empleo hasta el 90%
de los
puestos temporales más de 3 años computados a 31/123/2016 en una
relación de sectores (entre ellos Servicios de Salud, docentes y
administración de justicia) en "procesos de estabilización" - sin
restricción o normativa alguna más allá de la de cualquier OPE
convencional- y el 100% de los
puestos anteriores a 2005 para cualquier sector y AAPP - con las
posibilidades especiales de los "procesos de consolidación" de la
Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público", lLa junta de Andalucía ya había reconocido 37.115 puestos temporales de más de 3 años habilitados por ese primer acuerdo, computados así:
- 18.618 plazas de su Servicio de Salud incluidas en el Anexo III de la OPE extraordinaria de 2017 de la Junta de Andalucía, ya realizada , entre ellas
- 19 de Técnico Superior de la Función Administrativa, especialidad Sistemas y Tecnologías de la Información
- 8 de Técnico Medio de la Función Administrativa, especialidad Informática
- y 14 de Técnico Especialista de Informática
- 12.603 de docentes de Educación, con 6 mil ya incluidas en la OPE extraordinaria de 2017 de la Junta de Andalucía , ya realizada en gran parte
- 1.515 plazas de la Administración General incluidas en la OPE extraordinaria de 2017 , , en concreto 535 plazas de funcionario y 146 de personal laboral para estabilización y 185 de funcionario y 36 para consolidación, que acabó realizando y están en marcha en casos
- 388 puestos de la Administración de Justicia, cuya Oferta Pública y convocatorias son competencia del Estado, también realizadas o en marcha
- 3.991 del Sector Público Instrumental (empresas públicas) , 869 de ellas en Agencias Sanitarias, que quedaron pendientes de oferta
En 2018, llegaría el segundo Acuerdo estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público, con la normativa plasmada en el artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupustos Generales del Estado para 2018 y que universalizaba a todos los puestos temporales de más de 3 años computados a 31/12/2017 del restos de sectores la posibilidad de incluirlos en OPEs "de estabilización";y por la que la junta de Andalucía aprobó la "Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019" incluyendo plazas habilitadas "de estabilización" por ese segundo acuerdo así como las "de consolidación" o anteriores a 2005 del primer acuerdo que seguían pendientes, suponiendo:
- 2.692 plazas de la Administración General; 2.517 plazas de "estabilización" y 175 de consolidación de la Disposición Transitoria 4ª del EBEP.
- 4.500 de la Administración Educativa
pero ninguna más de estabilización para el Servicio Andaluz de Salud.
Después llegaría el Real Decreto Ley 14/2021 del Estado habilitando más OPEs de "estabilización", convencionales, para las plazas temporales de más de 3 años a 31/12/2020 (más de 5 años ahora) . Así:
- se publicó en el BOJA 247 num 247 de 28 de Diciembre de 2021 el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para 2021.
- en el BOJA, num 250 de 2021, 30 de Diciembre de 2021 , con el Decreto 296/2021, se había publicado la OPE de estabilización del Servicio Andaluz de Salud para 2021, originalmente según el Real Decreto Ley 14/2021.
Luego, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se aprobaron los Decretos:
- Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022;
- Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022
- y el Decreto 93/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración Educativa de la Junta de Andalucía para el año 2022.
es decir , sin ninguna más del Servicio Andaluz de Salud.
Este Decreto-Ley 12/2022 regula a ese respecto, que "además, se deben incluir en los procesos de estabilización de empleo
temporal derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aquellos que
resultan de la aplicación de los decretos por los que se aprobaron
ofertas de empleo público en desarrollo del Real Decreto-ley 14/2021, de
6 de julio"
NOTA DEL EDITOR [23/01/2023]: Se han publicado en el B.O.J.A, extraordinario de 30/12/2022, en cuanto a procesos de estabilización del Servicio Andaluz de Salud:
- del concurso de méritos con plazas de esa OPE de estabilización de
empleo temporal para 2021 del SAS
- bases generales : BOJA 30/12/2022 Resolución de 21 de diciembre de 2022, que regulan que además se incluirán en la misma convocatoria plazas de personal indefinido no fijo
- convocatoria: BOJA 30/12/2022 Resolución de 22 de diciembre de 2022, con 8.405 plazas de la OPE de estabilización para 2021 y las de indefinidos no fijos, incluyendo entre otras:
- 8 de Técnico Superior de la Función Administrativa, opción Sistemas y Tecnologías de la Información
- 34 de Técnico Medio de la Función Administrativa, opción Informática (16 de Indefinidos no Fijos)
- y 28 de Técnico Especialista de Informática (24 de indefinidos no fijos)
- del concurso oposición con plazas de esa OPE para estabilización de empleo temporal para 2021:
- bases generales : BOJA 30/12/2022 Resolución de 21 de diciembre de 2022,
- convocatoria: BOJA 30/12/2022 Resolucion de 22 de diciembre de 2022, incluyendo entre otras:
- 3 de Técnico Superior de la Función Administrativa, opción Sistemas y Tecnologías de la Información,
- 9 de Técnico Medio de la Función Administrativa, opción Informática
- y 18 de Técnico Especialista de Informática
En cuanto a estabilización por concurso de méritos de la Administración General se ha publicado una convocatoria de 495 plazas.
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1 comentario:
Y l@s compañer@s que no tienen 15 años de
antigüedad y no convocan plazas de su cuerpo?.
Función Pública tomad conciencia del daño.
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