martes, 5 de diciembre de 2023

[Araúz] Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoce abuso de temporalidad a 6 empleados estatutarios temporales del Servicio Canario de Salud y su derecho a no ser discriminados con respecto al persomnal estatutario fijo en retribuciones y antigüedad

'Poco a poco vamos torciendo la voluntad de los Tribunales españoles en relación con la Directiva 1999/70, y obteniendo por primera vez éxitos trascendentes para el personal temporal.


En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado sentencia del 3 de noviembre de 2023, referida a 6 empleados estatutarios temporales del Servicio Canario de Salud, respecto los cuales:

  •  1. Por un lado, reconoce que se encuentran objetivamente en una situación de abuso en su contratación temporal;
 
  • 2. Por otro lado, les reconoce el derecho a no ser discriminados respecto al personal estatutario fijo en materia de retribuciones, régimen de la seguridad social, vacaciones, permisos y posibilidades de formación profesional y carrera horizontal, y en cuanto a la antigüedad, que le sea reconocida si en el futuro llegaran a adquirir la condicion de personal estatutario fijo.
 

En consecuencia, _a todos los empleados públicos temporales que adquieran la condición de fijo se les tiene que reconocer la antigüedad desde la fecha en la que empezaron a trabajar como temporales_, lo que es clave a efectos de movilidad horizontal y vertical.'

 Fuente: Nota del gabinete de Javier Araúz de 05/12/2023 recibida en APISCAM


 

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Sala de lo Contencioso del Supremo sigue manteniendo su doctrina de Diciembre de 2021 sobre el abuso de temporalidad en personal funcionario/estatutario interino de larga duración: reconoce el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza y la indemnización como sanción, por no estar contemplada por la ley nacional para personal estatutario interino y defender que de las sentencias europeas no se sigue que "sea ineludible" aplicar una sanción.

 

Y que están pendientes de sentencia en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea importantes cuestiones prejudiciales que cuestionan como válida ante la normativa y jurisprudencia europea esta doctrina del Supremo , así como la reacción normativa estatal de la ley 20/2021]

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