Informa AMYTS este 29/06/2022 de la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid del mes de Junio que tuvo lugar este mismo día, , aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen detallado del que destacamos (con notas nuestras en cursiva entre corchetes):
- Información baremo concurso de méritos ley 20/21. RRHH informa que
- el martes 21 hubo reunión de la Comisión de Recursos Humanos del SNS [para tratar la modificación del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud por la nueva ley estatal 20/2021 sobre reducción de la temporalidad]
- se aprobará como Real-Decreto antes del 8 de Julio para cumplir con el plazo establecido
- se establecerán criterios homogéneos y baremos para disuadir que los profesionales se presenten en varias CCAA
- RRHH del SERMAS se esperará a ver que recoge el Real Decreto sobre esto y entonces empezará la negociación de las bases a partir de una propuesta que enviará la Dir. Gral de RRHH y las alegaciones de los sindicatos
- los servicios prestados será el punto más importante, teniendo más peso los del SERMAS que los prestados en otras CCAA
- AMYTS propone que no haya un tope de años
- procesos de estatutarización de personal laboral y funcionario de hospitales
- en junio se iniciará en todos los hospitales restantes, tras el proceso ya iniciado en el Hospital Gregorio Marañón
- negociación del proceso de reordenación de efectivos en el SUMMA 112
- entendiendo que no había negociación se abandona la mesa Sectorial por parte de las secciones sindicales del SUMMA 112 de todos los sindicatos
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que se acordaron en la Mesa Sectorial de Sanidad 9574 plazas a Concurso de Méritos para el caso del SERMAS, aparte de las 23 mil de las OPEs de estabilización anteriores ya convocadas a concurso-oposición , que aún siendo de plazas anteriores a 2016, no se van a convocar al concurso de méritos de la nueva ley (por estar ya convocadas). En la Mesa General de empleo se ratificó esa misma propuesta de plazas aprobada en la Mesa Sectorial , propuesta en la que se detalla no sólo cuántas plazas van a concurso-oposición sino cuáles de ellas son plazas que estaban incluidas en OPEs anteriores del SERMAS (que no habían sido convocadas), y que por tanto, en principio, quedan ahora absorbidas por esta nueva OPE extraordinaria que fue publicada en el BOCM de 30/05/2022 , si bien sin incluir la publicación ese desglose de plazas a concurso de méritos ni cuantas son de OPEs anteriores
La Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad. fija el 31/12/2022 como plazo para la convocatoria de los concursos de méritos excepcionales
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del 80% de los médicos de Urgencias de los hospitales de la Comunidad
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como solución, en base a normativa europea, a este abuso condenado por
la reciente sentencia del Tribunal Europeo
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5 comentarios:
A ver...
Para los procesos que se prevén de consolidación por méritos, nos estamos olvidando de los "paracaidistas" PIT que van a recoger ganancias en rio revuelto, provocando una promoción encubierta: personas que han disfrutado durante muchos años del beneplácito de las direcciones de los hospitales que han sumado muchos años y que ahora competirán con los trabajadores interinos en una posición de fuerza, siendo muchos los que queden desplazado por este motivo. Alguien debería tener en cuenta este asunto y tomar partido en la confección de méritos: que el tiempo trabajado en la plaza objeto de la convocatoria puntúe por encima de otros.
Antes de nada, naturalmente, un fijo de una categoría en una Promoción Interna Temporal en otra durante muchos años por no haber procedido la AAPP con la cobertura del puesto por proceso selectivo, pues es una situación de abuso de temporalidad más con los parámetros de la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020. Y, por supuesto, la plaza vacante cubierta de forma prolongada por una PIT debe ser tratada igual que si fuera por un interino, en la última ley del Gobierno en reacción a aquella sentencia (veremos si no la tienen que completar con algo más, está en curso una investigación de la Comisión Europea).
Y, sí, por el espíritu de la razón real de todo esto: una violación de la normativa europea y una sentencia que obliga una reparación a los "abusados", en la confección de méritos el tiempo trabajado en la categoría objeto de la convocatoria y en la misma AAPP debería puntuar muchos más que el tiempo trabajado en otras categorías u otras AAAPP empleadoras o incluso sólo en ese caso
Sólo que hay administraciones que no están incluyendo a las plazas PIT vigentes desde el 20216.
Por otro lado, sin cumplir la plaza el requisito de estar ocupada ininterrumpidamente desde el 2016, siempre existen personas con su correspondiente bagaje de PITs durante su vida laboral, que suma de cara a la plaza de estabilización.
Tal y como están las cosas, derecho tienen en España, otra cosa sería, como bien dices al final de tu intervención, el espíritu de corrección del abuso a los empleados temporales vigentes desde el 2016: en España son puestos y en Europa son personas.
Se puede hablar, debatir u opinar, pero la razón de ser de todo este proceso es salvaguardar la situación de indefensión y abuso en nuestro Paist que han tenido los trabajadores temporales.
Por si fuera de interés:
https://confilegal.com/20220630-el-tjue-confirma-que-el-personal-temporal-tiene-derecho-al-reconocimiento-de-la-carrera-profesional/
Nuevamente sale a la palestra algo inverosímil para la comunidad progresista europea: cómo es posible que ante sentencias firmes el INGESA, sucesor del INSALUD, se niegue a aceptarlo, incumpla con dichas sentencias y no quede más que ir a denunciarlos, con el consiguiente daño económico, temporal y enfrentamiento personal que ello supone.
El INGESA dice llamarse progresista y legal, pero sigue incumpliendo la normativa europea dando una imagen progre que no nos merecemos los trabajadores.
Ya avisaron desde Europa que España excede en demasía la judialización del las reclamaciones per se , vulnerando los derechos de los españoles, de los europeos.
Lástima del INGESA
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