[13/06/2022] 'El Departamento de la Presidencia ha publicado hoy en el DOGC las convocatorias para el sistema selectivo excepcional del concurso de méritos del proceso de estabilización del empleo público temporal, para más de 9.700 plazas competencia de la Dirección General de Función Pública. Las plazas convocadas forman parte de la oferta de empleo público de estabilización aprobada por el Gobierno el pasado 24 de mayo para un total de 39.200 plazas, a las que deben añadirse 7.600 de personal estatutario de los servicios de salud de el ICS.
De estas 39.200 plazas objeto de estabilización, 11.800 corresponden a plazas de administración y servicios. Y de éstas, 9.700 son objeto de las convocatorias de concurso de méritos publicadas hoy.
Las 9.700 plazas corresponden a 6.700 plazas de personal funcionario de más de 51 cuerpos, escalas o especialidades y 3.000 plazas de personal laboral de más de 100 categorías profesionales.
Afectan a plazas tanto de personal funcionario como laboral ocupadas de forma temporal desde antes del 1 de enero de 2016 o bien ocupadas por personal con una relación temporal desde la misma fecha, según prevé la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En este concurso, de forma excepcional, los servicios prestados en la Administración computarán un 60% de la puntuación. En el 40% restante se valorará haber superado el concurso oposición sin obtener plaza en la última convocatoria de acceso al mismo cuerpo o categoría que la plaza a la que se opta (24 puntos), los conocimientos de catalán (hasta 10 puntos ), y la acreditación de competencias digitales ACTIC y equivalentes (hasta 6 puntos).
Las personas que quieran participar podrán realizar la inscripción a partir de mañana, martes, 14 de junio, a las 9 horas. Los formularios de inscripción estarán disponibles en el apartado de Proceso de estabilización de la ocupación temporal de la página web de Administración y función pública.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOGC de las convocatorias. Se podrá realizar el trámite durante las 24 horas del día y el orden en que se realice la inscripción no tendrá ningún impacto. Tanto si se hace la solicitud el primer día del plazo como el último, la participación está garantizada en igualdad de condiciones para todos, independientemente del momento en que se realice el trámite.
Para realizar la inscripción no se deberá aportar ninguna documentación, sólo será necesario rellenar el formulario correspondiente con los datos personales, firmarlo con identificación digital (idCAT Móvil u otros sistemas de identificación y firma electrónica) y realizar el pago de las tasas.
Toda la información sobre el proceso de inscripción está disponible en el apartado del Proceso de estabilización del empleo temporal de la página web de Administración y Función Pública.'
Fuente: Nota de prensa del Gob. de la Generalitat de Cataluña de 13/06/2022
Traducción al español de Google
Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: Publicaciones de las convocatorias en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña y baremos de los concursos de méritos:
- convocatoria
de los procesos de estabilización mediante el sistema selectivo
excepcional de concurso de méritos en relación con los cuerpos, escalas
o especialidades de personal funcionario de la Administración de la
Generalitat de Catalunya competencia de la Dirección General de Función
Pública
Requisitos
7. "No tener la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo, escala o especialidad de la Generalitat de Catalunya respecto de la cual se solicita la participación, ni de un cuerpo, escala o especialidad funcionarial de otra administración pública con funciones asimiladas en las del cuerpo, escala o especialidad respeto del cual se solicita participar.En caso de que, en virtud de la superación de otro proceso de selección vigente, una persona aspirante adquiera la condición de personal funcionario de carrera en los términos del párrafo anterior, quedará excluida del proceso de selección correspondiente y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación"
Méritos que se valoran.
La puntuación máxima del proceso de selección es de 100 puntos. Únicamente se valorarán los méritos que se indican a continuación que se hayan alcanzado hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
7.2.1 Servicios prestados.
Se valoran los servicios prestados hasta un máximo de 60 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Servicios prestados con la misma vinculación, con carácter temporal, en el mismo cuerpo, escala o especialidad funcionarial de la Administración de la Generalitat de Catalunya respecto del cual se solicita la participación, de acuerdo con la distribución siguiente:
- Hasta el año 2006: 0,166 puntos por mes completo.
- Del 1/1/2007 al 31/12/2015: 0,333 por mes completo.
- Del 1/1/2016 a la fecha de la convocatoria: 0,666 por mes completo.
b) Servicios prestados con la misma vinculación, con carácter temporal, en otras administraciones públicas en cuerpos, escalas o especialidades funcionariales asimilados al de la Administración de la Generalitat de Catalunya respecto del cual se solicita la participación, de acuerdo con la distribución siguiente:
- Hasta el año 2006: 0,055 puntos por mes completo.
- Del 1/1/2007 al 31/12/2015: 0,111 por mes completo.
- Del 1/1/2016 a la fecha de la convocatoria: 0,222 por mes completo.
En los apartados a) y b), en relación con la prestación de servicios en días, se computará como un mes completo 30 días naturales.
7.2.2 Superación sin plaza de procesos selectivos de acceso.
Se valora haber superado un proceso selectivo sin haber obtenido plaza de la última convocatoria finalizada por acceder al mismo cuerpo, escala o especialidad funcionarial de la Administración de la Generalitat de Catalunya, con 24 puntos.
7.2.3 Conocimientos de lengua catalana.
Se valoran los conocimientos de lengua catalana, hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Certificado de nivel de conocimientos de lengua catalana superior al exigido, como requisito de participación, en la convocatoria: 2,5 puntos.
b) Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo: 2,5 puntos.
c) Certificado “J”, de conocimientos de lenguaje jurídico: 2,5 puntos.
d) Certificado “K”, de capacitación para la corrección de textos orales y escritos: 2,5 puntos.
7.2.4 Competencias.
Se valoran los certificados de acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) y los certificados declarados equivalentes, con un máximo de 6 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Certificado de nivel avanzado: 6 puntos.
b) Certificado de nivel medio: 4 puntos.
c) Certificado de nivel básico: 2 puntos.
En caso de disponer de varios certificados, se valorará únicamente el de nivel más alto.
7.2.5 Sin perjuicio del previsto en los apartados anteriores de esta base común 7.2, se han tener en cuenta las especificidades previstas, si procede, en las bases específicas contenidas en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
- convocatoria de los procesos de estabilización mediante el sistema
selectivo excepcional de concurso de méritos, en relaciónn con las
categorías profesionales de personal laboral de la Administración de la
Generalitat de Catalunya competencia de la Dirección General de Función
Pública
Requisitos
8 "No tener la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional laboral de la Administración de la Generalitat de Catalunya respecto de la cual se solicita la participación, ni de una categoría profesional laboral de otra administración pública con funciones asimiladas en las de la categoría profesional laboral respecto de la cual se solicita participar.En caso de que, en virtud de la superación de otro proceso de selección vigente, una persona aspirante adquiera la condición de personal laboral fijo en los términos del párrafo anterior, quedará excluida del proceso de selección correspondiente y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación."
Méritos que se valoran
La puntuación máxima del proceso de selección es de 100 puntos. Únicamente se valorarán los méritos que se indican a continuación que se hayan alcanzado hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
7.2.1 Servicios prestados
Se valoran los servicios prestados hasta un máximo de 60 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Servicios prestados con la misma vinculación, con carácter temporal, en la misma categoría profesional laboral de la Administración de la Generalitat de Catalunya respecto de la cual se solicita la participación, de acuerdo con la distribución siguiente:
- Hasta el año 2006: 0,166 puntos por mes completo.
- Del 1/1/2007 al 31/12/2015: 0,333 por mes completo.
- Del 1/1/2016 a la fecha de la convocatoria: 0,666 por mes completo.
b) Servicios prestados con la misma vinculación, con carácter temporal, en otras administraciones públicas en categorías profesionales laborales asimiladas a la de la Administración de la Generalitat de Catalunya respecto de la cual se solicita la participación, de acuerdo con la distribución siguiente:
- Hasta el año 2006: 0,055 puntos por mes completo.
- Del 1/1/2007 al 31/12/2015: 0,111 por mes completo.
- Del 1/1/2016 a la fecha de la convocatoria: 0,222 por mes completo.
En los apartados a) y b), en relación con la prestación de servicios en días, se computará como un mes completo 30 días naturales.
7.2.2 Superación sin plaza de procesos selectivos de acceso
Se valora haber superado un proceso selectivo sin haber obtenido plaza de la última convocatoria finalizada por acceder a la misma categoría profesional laboral de la Administración de la Generalitat de Catalunya, con 24 puntos.
7.2.3 Conocimientos de lengua catalana
Se valoran los conocimientos de lengua catalana, hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Certificado de nivel de conocimientos de lengua catalana superior al exigido, como requisito de participación, en la convocatoria: 2,5 puntos.
b) Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo: 2,5 puntos.
c) Certificado “J”, de conocimientos de lenguaje jurídico: 2,5 puntos.
d) Certificado “K”, de capacitación para la corrección de textos orales y escritos: 2,5 puntos.
7.2.4 Competencias
Se valoran los certificados de acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) y los certificados declarados equivalentes, con un máximo de 6 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Certificado de nivel avanzado: 6 puntos.
b) Certificado de nivel medio: 4 puntos.
c) Certificado de nivel básico: 2 puntos.
En caso de disponer de varios certificados, se valorará únicamente el de nivel más alto.
NOTA DEL EDITOR: en varias convocatorias de estos concursos de méritos publicados se menciona que se han ampliado el número de plazas convocas al concurso de méritos e, como trabajadores sociales o educación infantil, en aplicación del artículo 6 de la OPE, que reaza "esta oferta de empleo pública de estabilización puede ser ampliada por lo que respecta a las plazas objeto de convocatoria en el concurso de méritos en cumplimiento del objetivo de estabilización detrayendo las plazas objeto de convocatoria en el concurso oposición de estabilización y al revés. Las plazas de esta oferta de los cuerpos, escalas y categorías laborares que tienen convocatorias vigentes de procesos selectivos de acceso y de provisión pueden ser objeto de adecuación en función de su vinculación con los procesos de estabilización. Así mismo, las convocatorias vigentes de procesos selectivos no iniciados y de provisión pueden ser objeto de adecuación"
Entradas relacionadas:
- [29/07/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados públicos
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada
en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo
acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores
de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años
y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de
"estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio
personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [15/11/2021] [Diputación
de Sevilla] 'Nota de prensa: la Diputación revocará los procesos
selectivos que afectan a interinos de larga duración, tal y como
prescribirá la nueva norma que prepara el Gobierno. La entidad ya
trabaja en este asunto con los sindicatos en la Mesa General de
Negociación'
- [29/12/2022] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [07/02/2022] [El Periodic] El Ayuntamiento de Orihuela desiste de varias convocatorias de procesos selectivos con plazas de interinos de larga duración para poder aplicar la nueva ley de reducción de temporalidad
- [11/02/2022] [Murcia Plaza/La Verdad de Murcia] El Ayuntamiento de Murcia paraliza (casi) todas las oposiciones convocadas para estudiar cómo les afecta la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad
- [28/02/2022] El Ayuntamiento de Molina de Segura publica la revocacion del concurso-oposición de Auxiliares Administrativos, convocado en 2020 con plazas temporales de antes de 2016, para poder aplicar el sistema de concurso de méritos de la nueva ley de reducción de temporalidad
- [28/02/2022] El Ayuntamiento de Badajoz publica la revocacion de sus convocatorias con oposiciones con plazas anteriores a 01/01/2016 para poder aplicar "la mejora en relación al sisttema selectivo" del concurso de méritos de la nueva ley 20/2021, y así evitar el tratamiento desigual con plazas de igual antigüedad todavía no convocadas.
- [28/02/2022] [CCOO Diputación de Granada] 'ESTABILIZACIÓN EN LA DIPUTACIÓN DE GRANADA' [Bases para su cncurso de méritos de la nueva ley 20/2021: 90% peso de la antigüedad, y puntua 5 veces la antigüedad en la categoría en la propia Diputación que en otra AAPP]
- [28/03/2022] Publicada en el Boletín oficial la nueva OPE de estabilización de la Diputación de Sevilla aplicando la nueva Ley 20/2021 : 464 plazas a concurso de méritos tras haber revocado anteriores convocatorias de concurso-oposición de las leyes anteriores
- [30/03/2022] [Noticias para municipios] El Ayuntamiento de Móstoles aprueba un proceso de"regularización y estabilizacíón" de personal temporal con 120 plazas por concurso de méritos según la nueva ley 20/2021 de reducción de temporalidad
- [31/03/2022] [Diputación de Sevilla] 'Aprobada la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal de la Diputación mediante Resolución 1342/22 de 22 de marzo. Villalobos: "Hoy es un día grande para más de medio millar de trabajadores de la Diputación que alcanzarán la estabilización de su empleo" ' [Concurso de méritos con 464 plazas de las 492 contabilizadas por la Ley 20/2021]
- [01/04/2022] [ABC] El Ayuntamiento de Sevilla acuerda con los sindicatos una OPE de estabilización de 644 plazas según la nueva ley de reducción de temporalidad, casi todas al concurso de méritos que obliga la ley para temporalidades de la plaza o de la persona de antes de 2016
- [08/04/2022] [Generalitat de Cataluña] 'El Gobierno presenta el plan de reducción de la temporalidad en la Administración de la Generalitat más importante jamás realizado. Afecta a 59.000 puestos de trabajo y tiene el objetivo de situar la temporalidad por debajo del 8% antes de finales de 2024' [39 mil puestos por los procesos de estabilización de la Ley 20/2021, 26 mil de ellos por concurso puro de méritos]
- [20/04/2022] Publicadas las bases del concurso de méritos excepcional de la Diputación de Sevilla, obligado por la ley 20/2021. Puntúa sólo la experiencia en la misma categoría, 3 veces la experiencia en la propia Diputación con respecto a en otras AAPP
- [25/04/2022] Publicadas bases de concursos de méritos excepcional de la Diputación de Córdoba, de los obligados por la ley 20/2021, para plazas de una OPE de estabilización anterior de la Diputación. Puntúa primordialmente la experiencia en la misma categoría, casi 3 veces la experiencia en la propia Diputación con respecto a en otras AAPP
- [09/05/2022] [UGT Servicios Públicos Madrid ] 'UGT dice no a la propuesta de Oferta de Empleo' [del sector de la Administración y Servicios de la C. de Madrid , que propone 2.348 plazas, 642 de ellas de estabilización por la nueva ley 20/2021 con solo 29 plazas por concurso de méritos , al no incluir, entre otros, los más de 8 mil puestos de la OPE de estabilización de la ley anterior que convocó días antes de la entrada en vigor de la ley]
- [10/05/2022]] [Gob. de la Xunta de Galicia] 'El Sergas oferta más de 2.500 plazas a favor de la estabilización en el empleo La oferta recoge un total de 2.524 plazas de las que 1.650 serán por concurso de méritos y 840 por concurso oposición' [Ya se convocaron por OPEs anteriores y ejecutaron o están en proceso otras 3 mil plazas por concurso-oposición]
- [10/05/2022] [Gob. de la Gen. de Cataluña] 'El Govern y los sindicatos acuerdan la oferta de empleo público de estabilización de la Generalitat con un total de 46.828 plazas. 27.584 plazas se convocarán por la vía del concurso de méritos y 19.244, por concurso oposición' [en aplicación por la Gen Cat. de la ley estatal 20/2021 incluyendo tanto sus D.A. 6ª y 8ª para el concurso excepcional de méritos]
- [26/05/2022] Publicadas las OPE extraordinarias de estabilización de la CCAA de Catalulña , según la ley estatal 20/2021, de personal de Administración General -con 9.700 plazas al concurso de méritos- y docente - con 12.504 plazas a concurso de méritos-
4 comentarios:
¿Que motivación técnica tiene puntuar diferente la experiencia profesional según el año?. Por que vale mas puntos la experiencia desarrollada después del año 2016 que antes?. De lo de la lengua o dialecto catalán ni hablamos.
sin duda, creo que debe de ser para puntuar más por los servicios RECIENTES y ACTUALIZADOS que los desarrollados hace 25 años. Además, así benefician a los que ocupan las vacantes en la actualidad.
por eso es todo una chapuza para colocar a los suyos y los demás que se jodan.
la trampa del concurso de méritos... y la gente a verlas venir
que os están engañando...
Pregunto: Y si te han cesado ilegalmente estando en abuso de Temporalidad cómo y cuándo se puede computar ese tiempo? Se tendrá en cuenta a posteriori, una vez que se estime la nulidad o la improcedencia del cese, si ya se han repartido las plazas en el concurso?
Publicar un comentario