jueves, 9 de julio de 2026

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Julio. 'La Comisión lleva a Irlanda, España, Francia y los Países Bajos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto las normas sobre ciberseguridad'

'La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a Irlanda, España, Francia y los Países Bajos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber notificado las medidas de transposición al Derecho nacional de la Directiva SRI 2 sobre la seguridad de las redes y los sistemas de información [Directiva (UE) 2022/2555].

La Directiva refuerza la ciberseguridad de la UE al establecer normas estrictas para las entidades que operan en dieciocho sectores críticos, como la salud, la energía, el transporte y el sector público. Su plena aplicación es esencial para mejorar la resiliencia de la UE y las capacidades de respuesta en caso de incidentes de las entidades públicas y privadas que operan en estos sectores críticos y de la UE en su conjunto.

Los Estados miembros tenían de plazo hasta el 17 de octubre de 2024 para transponer esta Directiva. Aunque la mayoría cumplieron con esa fecha límite, España, Francia, Irlanda y los Países Bajos aún no han notificado la plena transposición. La Comisión envió cartas de emplazamiento el 28 de noviembre de 2024 y dictámenes motivados el 7 de mayo de 2025. Las remisiones incluyen una solicitud al Tribunal para que imponga sanciones financieras consistentes en una cantidad a tanto alzado y multas diarias hasta la notificación de la transposición completa.

Contexto

La ciberseguridad implica la protección de las redes y los sistemas de información, los usuarios y las personas afectadas frente a incidentes y amenazas cibernéticos. Dado que las ciberamenazas van en aumento, la Directiva SRI 2 exige a los Estados miembros que refuercen sus capacidades de ciberseguridad e introduzcan medidas de gestión de riesgos y obligaciones de notificación de incidentes para las entidades de dieciocho sectores críticos.

El 20 de enero de 2026, como parte de un paquete de ciberseguridad, la Comisión propuso modificaciones específicas de la Directiva SRI 2 para aportar una mayor claridad jurídica. Las modificaciones facilitan el cumplimiento de las normas de ciberseguridad y los requisitos de gestión de riesgos por parte de las empresas que operan en la UE.

Más información

Procedimiento de infracción de la UE  

Directiva SRI 2

Base de datos de las decisiones sobre infracciones y mapa y gráficos de infracciones  

Paquete de procedimientos de infracción de julio de 2026

Procedimiento de infracción contra Irlanda [INFR(2024)0279]

Procedimiento de infracción contra España [INFR(2024)0270]

Procedimiento de infracción contra Francia [INFR(2024)0274]

Procedimiento de infracción contra los Países Bajos [INFR(2024)0288] '

Fuente : Nota de prensa de la Comisión Europea de 08/07/2026 (traducción al español automática suya)

 


NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea mantiene esto dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumpliento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  en verano de 2024 enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional", y del que hace ya más de dos meses decidió dar el paso a Dictamen motivad

  2. y este procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , del que del también hace ya más de dos meses decidió dar el paso a Dictamen Motivado,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , y que se extendió al empleo público en general tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917 y la sentencia el TJUE de 19/03/2020 " Sánchez Ruiz", y por el que el Gobierno aprobó   la Ley 20/2021, con medidas a futuro como con unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva. El Gobierno tenía  de plazo,  en principio, dos meses para aprobar una medida correctora del incumplimiento . Ante el fin del plazo de la CE el Gobierno español  decidió  pedir una prórroga de 9 meses y convocar  un encuentro con las administraciones autonómicas y locales  en Santander el 8 de julio

La Coordinadora Estatal de Trabajadores Públicos Temporales presentó ante la Comisión Europea un informe para esre Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público que desmonta las tesis actuales del Estado español sobre la temporalidad ilícita de Empleados Públicos solicitando el paso a Dictamen Motivado del procedimiento

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Hasta ahora se permitían aquí continuas prórrogas solicitadas por lso EStados o retrasos, pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que incluye que pase a ser una excepción la concesión de una prórroga aquí, y a fijar en 6 meses máximo el paso al Dictamente motivado.

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber plazos complementarios, habitualmente los países lo solicitaban y era habitual que la Comisión Europea concediera hasta un año de prórroga para ver esa nueva normativa publicada, antes de decidir pasar al siguiente paso,
pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que estipula  que sí se concederán prórrogas al plazo de los dos meses pero sólo si  en esos dos primeros meses el gobierno ha reconocido la infracción y presentado un plan normativo para resolverla, siendo la prórroga máxima de 3 meses

Es éste el estado en el que se encuentran desde hoy el procedimiento de infracción INF(2014)4334 y
el procedimiento de infracción INF(2014)4224

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


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