martes, 21 de julio de 2026

[Araúz] Sección social plaza nº 23 de Madrid sentencia la nueva indemnización del Supremo , por abuso de temporalidad adicional a la del cese, por el despido de un empleado público laboral en abuso de temporalidad

'La Sección  de lo Social Plaza número 23 de Madrid ha dictado sentencia de fecha 16 de julio de 2026, en la que reconoce una doble indemnización a favor del personal temporal víctima de un abuso: una indemnización por el despido que cifra en 36.616,20 € y otra indemnización adicional por el abuso sufrido que cuantifica en 10.000 €.

 Aunque la sentencia va a ser recurrida, pues la indemnización de 10.000 € vulnera el derecho de Unión Europea, ya que es insuficiente e incompleta, no es proporcionada, no es disuasoria y está topada,esta sentencia supone otro avance a favor del personal temporal del sector público.'

Fuente: Nota del gabinete de Javier Araúz de 21/07/2026 recibida en APISCAM

 

NOTA DEL EDITOR: esta sección de lo social habŕia aplicado la nueva doctrina ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral  del pleno de la Sala de lo Social  que decidió el 11/05/2026    tras la  sentencia de 14/04/2026 del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto Obadal

  • fijeza si el empleado la demanda y tiene, antes de llegar a la situación de abuso, superada una fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza,
  • o si no, el derecho a una (nueva) indemnización presuntiva por abuso de temporalidad,  en concepto de daños morales, que fija la Sala de mil hasta  10 mil euros de la LISOS, adicional a la indemnización de extinción de 20 dias por año trabajado con tope de 12 mensualidades -idéntica a la que se concedía al cese del indefinido no fijo - más la siempre posible adicional sólo por daños demostrables  (imposible en la práctica)
  • junto con el derecho a llevar siempre la sentencia de abuso ante la Inspección de Trabajo competente (muchas veces, de la misma AAPP infractora) para que imponga, con posterioridad y en su caso, una sanción a la AAPP responsable del abuso

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7 comentarios:

Anónimo dijo...

Sentencia de una ídemnizacion adicional a qué? A la fijeza?
Para mí es confusa esta notica. La puede alguien explicar?

Anónimo dijo...

Entiendo que el denunciante no ha pedido fijeza si no indemnización, porque si la hubiera pedido el juzgado se la había concedido..

Anónimo dijo...

Está claro, en España robar al temporal público abusado se castiga con una cantidad tan irrisoria, y que además pagamos todos, que les sale a cuenta a las corruptas administraciones públicas seguir defraudando en rrhh.

Anónimo dijo...

.... Si el abusado hubiese aprobado una oposición sin plaza.

Anónimo dijo...

.... Si el abusado hubiese aprobado una oposición sin plaza.

Anónimo dijo...

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-15741

Anónimo dijo...

. muy bien por Javier Arauz