Se ha publicado en el BOCM de este 30/07/23026 el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 26 de junio de 2026 "sobre determinados aspectos retributivos del personal estatutario de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud" con los incrementos de conceptos retributivos de Atención continuada y Jornada complementaria de guardias del personal estatutario de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
Según expone el propio boletín:
- "El primer punto del Acuerdo viene referido al incremento retributivo de los complementos de atención continuada de aplicación a jornada complementaria para el personal de Facultativos/a Especialista de Atención Hospitalaria, Licenciados/as Sanitarios en Formación (MIR), Enfermero/a Interno Residente (EIR), Supervisoras/es, Enfermero/a de equipos de trasplantes, perfusionistas, hemodinámica e histocompatibilidad y al incremento de los complementos de atención continuada dentro de la jornada ordinaria en el ámbito de Atención Hospitalaria, Atención Primaria y SUMMA 112, valor por cada jornada para los subgrupos A2, C1, C2, E, A1 SUMMA 112 y Atención Primaria, así como la cuantía de noches festivas para el personal turno fijo nocturno de los siguientes subgrupos: A2, C1, C2 y E."
- "El segundo punto del Acuerdo se refiere a la creación para el ejercicio 2027 de un nuevo complemento de atención continuada por la prestación de servicios en sábados dentro de la jornada ordinaria, en horario de mañana o tarde, a percibir por el personal que realiza turno rotatorio o diurno de los siguientes subgrupos: A2, C1, C2, E y A1 SUMMA 112 y Atención Primaria."
- "El tercer punto del Acuerdo señala la entrada en vigor de los nuevos importes en el mes de su aprobación por el Consejo de Gobierno para el ejercicio 2026 y con pago a mes vencido. En cuanto a los cambios previstos para 2027 serán de aplicación a la atención continuada realizada a partir del 1 de enero de 2027, sin perjuicio de las actualizaciones salariales que procedan."
- "El cuarto punto del Acuerdo establece que las guardias afectadas por dicho Acuerdo en modalidad de localización aumentarán en la misma proporción que las de presencia física."
- "El quinto punto del Acuerdo, en relación con los módulos de mayores de 55 años de aplicación a personal facultativo especialista de Atención Hospitalaria, fija un importe por cada módulo de 4 horas, o fracción equivalente."
- "El sexto punto del Acuerdo indica la creación de una comisión de seguimiento formada por la administración sanitaria y las organizaciones sindicales firmantes con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad para vigilar el cumplimiento e interpretar el contenido del mismo."
- "Por último, el séptimo punto del Acuerdo establece el compromiso de elevar el acuerdo a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para su informe favorable, previo a su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, informe que fue solicitado y emitido con fecha 7 de julio de 2026"
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