Recabamos en esta entrada la reacción en la prensa general a la sentencia del asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE de este 14/04/2026, sobre abuso de temporalidad en empleados públicos españoles, donde , a nuestro juicio, el alto tribunal europeo ha declarado que no vale como sanción al abuso de temporalidad del empleado público la doctrina del indefinido no fijo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ni las medidas que indicó el propio Tribunal Supremo, ni sueltas ni en su conjunto: indemnizaciones topadas al cese ni elevadas a 33 días por año con tope de 24 mensualidades , el régimen de responsabilidad de las AAPP existente si es inconcreto (como lo es ni la convocatoria de procesos mientras sean abiertas a personal no en abuso y de futuro incierto para el personal en abuso (como lo son los procesos de estabilización de la ley 20/2021, y, por supuesto, todos los ordinarios), reiternando en el texto de la sentencia que la prohibición de fijeza como sanción de una norma nacional o interpretada por su Supremo, no es conforme con la normativa UE si no existen medidas válidas de sanción al abuso:
- [RTVE] La Justicia europea considera insuficiente que España convierta a los interinos en indefinidos no fijos. Dictamina que supone "mantener una relación laboral temporal" y la situación de "precaridad" del trabajador. Gobierno recuerda que la sentencia es solo "aclaratoria" y no obliga a hacerlos fijos
- [El País] La justicia europea exige a España mayores compensaciones por abusar de la temporalidad en el sector público. El Tribunal de Justicia de la UE deja la puerta abierta a la conversión de eventuales a fijos, indemnizaciones más altas o procesos específicos de estabilización
- [El Mundo] La Justicia europea critica las medidas de España ante la temporalidad en el sector público y no cierra la posibilidad a una gran conversión de temporales en fijos, pero Función Pública ya la ha rechazado
- [El Economista] El TJUE abre la puerta a hacer fijos a 900.000 interinos con contratos temporales abusivos. Señala que el Estado no tiene ninguna medida que repare el daño a estos afectados Asegura que hacer a los trabajadores indefinidos no fijos es insuficiente porque siguen siendo temporales. Concluye que las indemnizaciones para compensarles son escasas
- [El Diario.es] La Justicia europea dicta que España no
cuenta con medidas para sancionar la contratación abusiva de interinos
en el sector público. El TJUE señala que tranformar los contratos
temporales en una relación laboral indefinida no fija, el pago de
indemnizaciones al trabajador y la convocatoria de procesos selectivos
no son suficientes para acabar con el abuso de temporalidad
- [20 Minutos] La justicia europea falla a favor de los interinos y sentencia que España no sanciona correctamente la temporalidad abusiva. El TJUE considera que ninguna de las medidas que incluye la legislación nacional es suficiente para resarcirles ni sancionar a la administración. La pelota pasa ahora al tejado del Supremo español, que tendrá la última palabra sobre cómo proceder en estos casos.
- [20 Minutos] El Gobierno sostiene que la sentencia del TJUE no obliga a España a hacer fijos a los interinos
- [El Confidencial] El TJUE sentencia que hacer indefinidos a los interinos sin darles la plaza es insuficiente. Las medidas que vienen aplicando las administraciones públicas y los tribunales españoles contra la temporalidad en el sector público no permiten sancionar adecuadamente su uso ni reparar el daño causado
- [Diario Sabemos] Interinos: la sentencia Obadal da el golpe casi definitivo al gobierno y al Supremo. Según la sentencia conocida hoy, las medidas previstas en España para sancionar la utilización abusiva de contratos temporales en el sector público no son conformes con el Derecho de la Unión Europea
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- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La
Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la
duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público
tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que
duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo
dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una
duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente
larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la
condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización
al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser
considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por
superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El
Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en
indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de
sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función
pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
- [22/02/2024 El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [31/05/2024] [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la directiva europea no conceder la fijeza por los principios constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido no fijo es una medida suficiente]
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- [28/02/2025] [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo declara que el ordenamiento jurídico español no permite convertir en funcionario fijo o equiparable a quien ha recibido nombramientos temporales abusivos sin que medien los procesos selectivos previstos por la ley Destaca que este criterio no se opone a la jurisprudencia del TJUE sobre la materia'
- [16/06/2025] Actualizado
el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas por Función Pública con datos a Enero de 2025. I - Datos
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muy lejos del 8% exigido por la UE; casi 1 millón de empleados públicos
temporales entre todas las AAPP , pese a los procesos de
"estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 48% de temporalidad
en instituciones sanitarias
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2 comentarios:
Todo depende de que los jueces del Tribunal Supremo hagan caso del TJUE o no.
Y no creo que hagan nada de caso del TJUE.
Los del Contencioso Administrativo, se han reído mucho y no van a sancionar el abuso de temporalidad en el Sector Público.
Barra libre para el abuso de temporalidad en el Sector Público en España.
A mi me parece normal que un Gobierno de la Fachosfera se niegue a aplicar la normativa laboral de la Unión Europea y sentencias del TJUE
25 años de servicio, eligen tu plaza en comisión de servicios, al paro sin ninguna indemnización al abuso de temporalidad.
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