[Recordatorio de entrada publicada el 26/03/2026]
Tal y como estaba previsto, este 25 de Marzo tuvo lugar el segundo día de sesiones del Pleno del Congreso , figurando en su orden del día actualizado, en el apartado de preguntas que respondía el Ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, la pregunta de Ione Belarra, de Podemos en el Grupo Parlamentario Mixto, dirigida inicialmente a la Vicepresidenta Primera y Ministra de Hacienda: "¿Qué va a hacer el Gobierno para acabar con la precariedad y la inestabilidad en la Administración pública?" (iniciativa de núm. expte 180/000974).
Hay una retransmisión de la sesión en este enlace.
En su turno de respuesta, el Ministro de Función Pública, Óscar López afirmó [audio íntegro]
- hicimos una ley, la 20/2021, para acabar con esa precariedad
- hemos estabilizado 400 mil plazas, 100 mil plazas más que las que comprometimos con Bruselas
- el congreso de los Diputados tiene encima de la mesa una ley de Función Pública con enmiendas de los grupos
- la verdad es que nos preocupa
- pero para lo que usted me plantea faltaría aprobar esa ley que está en el Congreso
En su turno de réplica, Ione Belarra [audio íntegro]:
- la empresa que más abuso de temporalidad ha cometido es la AAPP
- ha llegado tan lejos que la Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción y ha retenido 626 millones de euros de los fondos europeas
- no se trata de plazas, se trata de personas
- se trata de reparar el abuso
- hable con la ministra de Hacienda
- los votos de Podemos a la ley de Función Pública sólo van a estar si se garantiza fijeza ya
En el turno de contrarréplica, el Ministro afirmó [audio íntegro ]:
- me gustaría que Vd mantuviera la misma posición que mantenía cuando era Ministra
- hubo dos acuerdos con la Comisión Europea, una reforma legal - que se aprobó en este parlamento- y se adquirió un compromiso de estabilizar 300 mil plazas y se han estabilizado 400 mil plazas
- el problema está sobre todo en las CCAA
- con las medidas que ha hecho este gobierno se ha reducido la temporalidad al 4% en la Administración General del Estado frente al 38,6% de las entidades locales y el 38,8% de la CCAA
- con esto no los culpo a ellas, es verdad que hemos estado negociando en conferencia sectorial
- "que todo el mundo haga su trabajo: que lo hagan las CCAA" [estabilizando] y "que lo hagan también los grupos parlamentarios" , que hay una ley en este parlamento
Recordemos que Junts , Podemos y SUMAR piden en sus enmiendas al citado Proyecto de Ley de Función Pública que se hagan "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea. En cuanto al estado de la tramitación parlamentario del aludido proyecto por el ministro, precisamente hace unos días se cumplía ya un año del inicio del plazo para que una Ponencia -o panel de 15 miembros - de la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso aprobara su Informe o primera oportunidad de incorporar enmiendas al Proyecto de Ley de la Función Pública del Estado.
La Ponencia se formó y tuvo una primera reunión en Septiembre de 2025 en medio de una una gran expectación por esaa posible inclusión de medidas contra el abuso de temporalidad en todas las AAPP para poder recuperar los fondos europeos , que semanas antes había declarado la Comisión Europea suspendidos mientras no se disponga de normativa válida para sancionar el abuso de temporalidad pública, dando un plazo de 6 meses para ello. Desde entonces, no ha vuelto a publicarse reunión de la Ponencia en la agenda del Congreso.
Recordemos a este respecto que, por un lado, la Comisión Europea mantenía y mantien un procedimiento de infracción contra España desde hace años en relación al abuso de temporalidad en personal empleado público temporal (o "interino" en jerga periodística usual) y con la decisión de generar un procedimiento de denuncia múltiple y llevar el procedimiento de infracción a un ámbito general a raíz del asunto y después sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, la sentencia del TJUE de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" (un informático nuestro) :el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , en el que el último paso dado, por ahora, fue el 03/10/2024, cuando la Comisión Europea envió una carta de emplazamiento complementaria
Naturalmente, la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , CHAP(2013)01917, también sigue abierta y vinculada al resultado de ese procedimiento de infracción.
En reacción a esa sentencia del TJUE de 19/03/2020 (sobre casos de personal de tipo funcionario/estatutario) y la psoterior de junio de 2021 del asunto IMIDRA (sobre casos de personal público de contrato laboral) el Gobierno español reaccionó con la aprobación en la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización como medida para la temporalidad de larga duración existente, incluyendo finalmente la posibilidad de alcanzar la condición de funcionario de carrera/estatutario fijo/laboral fijo por procesos por concursos de méritos, si bien abiertos y con plazas y bases a decidir por cada AAPP competente. Precisamente, las sentencias europeas de 2024 dictaminaron que no valen esos procesos de estabilización de la ley 20/2021 como la exigida parte reparadora de la sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP ( y de forma masiva).
A día de hoy el Gobierno español no ha regulado normativa alguna en relación, ni tampoco Empleo la Comisión Europea ha avanzado el procedimiento de infracción si bien Economía de la Comisión Europea sí que decidió el verano pasado, tras dichas sentencias del TJUE de 2024, suspender 626 millones de los fondos europeos del Plan de Recuperación español al considerar que no se había cumplido con el hito nº 144 del Plan de disponer de una ley española (en 2021) para reducir la temporalidad pública que incluyera medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad. La razón explícita para ese incumplimiento aducida por la Comisión Europea en su el comunicado oficial de la suspensión de fondos fue la falta de medidas efectivas para sancionar el abuso incluso con la citada Ley 20/2021.
La Comisión Europea detalló en su comunicado que esos 626 millones de fondos sólo podrán acabar siendo recibidos si España establece normativa válida en el plazo de 6 meses, plazo que ya finalizó . Según la normativa de funcionamiento del Plan de Recuperación, la Comisión Europea tiene que enviar un primer comunicado al país con la decisión de la retirada definitiva de los fondos, ante la ausencia de normativa alguna válida publicada, dándole un plazo de dos meses para el Gobierno pueda presentar alegaciones contra dicha decisión. En principio, podríamos encontrarnos ahora en el citado plazo de alegaciones. Por tanto, ante la parálisis de la tramitación del proyecto de ley de Función Pública, salvo que el Gobierno español apruebe un Real Decreto-Ley con una medida de fijeza (o con unas inasumibles indemnizaciones válidas) que presente como alegación, la Comisión Europea sólo podrá ratificar su decisión y los fondos europeos se habrán perdido definitivamente.
Con
toda probabilidad, el Gobierno habrá presentado a la Comisión Europea
como propuesta de un tal RDL de cambios legislativos para intentar
recuperar los fondos suspendidos, su propuesta de posibles medidas legislativas que presentó la anterior Secretaria de Estado de Función Pública a
las CCAA y entidades locales el 17/09/2025 en Conferencia Sectorial de las AAPP, y que recordemos , incluía:
- en 1 año, se reduciría a 2 años estrictos la duración máxima de los futuros nombramientos y contratos de interinos de vacante
- se
concederían un plazo de 3 años a las AAPP para que los empleados
públicos temporales con nombramientos anteriores a la ley 20/2021 (sin
derecho a indemnización alguna en su cese) que pudieran seguir en ese
futuro, sí tuvieran el derecho a la misma indemnización al cese que el
resto de los temporales nombrados/contratados después de la ley 20/2021.
Esta medida podría provocar una inclusión masiva de las plazas del
enorme volumen de personal público en abuso de temporalidad en todo tipo
de procesos (muchos restringidos a ya fijos) para poder cesarlos sin
indemnización
- en todo caso esas indemnizaciones seguirían siendo de 20 días por año trabajado con topo de 1 año de sueldo
- no se proponen indemnizaciones mayores ni proceso de estabilización alguno
- y se incluía una cláusula de supeditar posibles cambios adicionales a la ley 20/2021 en función de la futura sentencia del TJUE del asunto Obadal , el asunto de cuestión prejudicial que fue elevado por la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo español sobre las sanciones al abuso de temporalidad del empleado público español (que sea competencia de esa Sala, en principio el laboral al menos), insistiendo en la figura del indefinido no fijo (que ya fue declarada como no válida como sanción en esa sentencia Sánchez Ruiz del TJUE de 19/03/2020), precisamente se ha anunciado recientemente que la sentencia del asunto Obadal será el 14/04/2026 d
Con mucha probabilidad, la Comisión Europea no habrá aceptado esa propuesta del Gobierno español como válida para cumplir con las sentencias del TJUE de 2024 y así aceptar la devolución de los fondos suspendidos, por razones obvias:
- las "indemnizaciones" incluidas siguen siendo al cese , de baja cuantía (20 dias por año trabajado) y encima con un tope
- se
deja la posibilidad de que las AAPP dejen fuera de esa "indemnización"
-y sin ningún tipo de reparación- al enorme volumen de empleados
públicos temporales en abuso de temporalidad en la AAPP (probablemente más de medio millón)
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Mentirosillo
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