El consejo de la UE aprobó el pasado 7 de Mayo, ratificando la decisión previa de la Comisión Europea, el Plan de Recuperación y Resiliencia modificado que España había solicitado el 19/03/2024.
Tal y como indica el propio documento del Consejo de la UE con la decisión, las modificaciones del Plan pedidas por España afectan finalmente sólo a 16 medidas, entre ellas la medida de reforma 4 incluida en el Componente 18 sobre Sanidad (o C18.R4), si bien sólo para corregir un "error técnico" sobre la forma de implementación de los cambios normativos sobre profesionales de servicios de Salud. Finalmente, no hay modificación alguna de la importante, reforma 1 del componente 11, la de la modernización y digitalizacion de la AAPP, en cuanto a temas de temporalidad dle empleo público.
Y también se ha publicado , actualizado con fecha de Marzo de 2024 ,el Anexo I del Plan, el que detalla los
hitos , objetivos e indicadores de seguimiento y cumplimento de dichos hitos y objetivos, medida por medida en cada componente. El anterior Anexo I, revisado en Julio de 2021, ya lo analizamos en esta entrada en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud.
Así, en cuanto a la reforma 4 del Componente 18 sobre Sanidad (C18.R4) y el hito de cumplimiento correspondiente, el n 276, se describían así ya en la revisión de Julio de 2021 :
"El objetivo de la reforma es abordar la escasez de enfermeras y médicos, reducir el uso de personal temporal contratos, mejorar las condiciones de trabajo y potenciar la formación y el desarrollo profesional.
La reforma abarcará dos áreas:
1. La modificación de la ley que regula el personal sanitario en España (Estatuto Marco) para reducir el empleo temporal, garantizar la cobertura de puestos en determinados
áreas geográficas no suficientemente atendidas a través de medidas de incentivo, mejorar la
medio ambiente y las condiciones de trabajo a través de medidas que contribuyan al desarrollo profesional
desarrollar y retener el talento en el sistema español, con mejoras no sólo en
condiciones económicas, sino también abriendo posibilidades en la enseñanza y la investigación.
En el proceso de modificación de la Ley se deberán realizar informes sobre su impacto económico y, en particular, sobre los efectos a largo plazo de la Ley sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.
2. La entrada en vigor de un Real Decreto Ley para mejorar la formación sanitaria especializada sistema. La Ley regulará la formación transversal en las especialidades de ciencias de la salud, áreas de formación específicas y el procedimiento de convalidación y reconocimiento del especialista titulaciones en ciencias de la salud.
Esta reforma está relacionada con la Reforma 1 del Componente 11 (C11.R1).
La aplicación de la medida finalizará a más tardar el 31 de diciembre de 2023."
Ahora el texto del área 1 de reforma y la descripción del hito 1 se modifican ligeramente para proporcionar una "alternativa mejor" para su "implementación" normativa :
"1. La modificación de la ley que regula el personal sanitario en España (Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud) con el fin de reducir la temporalidad. En el
proceso de modificación de la Ley, se deberán realizar informes sobre su impacto económico y, en
En particular, sobre los efectos a largo plazo de la Ley sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.
La modificación se complementará con otras normas jurídicamente vinculantes y medidas de acompañamiento para:
i. Garantizar el despliegue de profesionales en determinadas zonas geográficas no suficientemente atendidos mediante medidas de incentivos.
ii. Mejorar el medio ambiente y las condiciones de trabajo mediante medidas que contribuir al desarrollo profesional y retener el talento en el sistema español, con mejoras no sólo en las condiciones económicas, sino también con la apertura posibilidades en el ámbito sanitario, docente e investigador."
Es decir, se procede con la corrección técnica que sólo la normativa de reducción de la temporalidad del personal sanitario es la que se debe plasmar a nivel del Estatuto marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud), como ya se hizo un año después de la publicación de la ley general 20/2021, siendo el resto de medidas exigidas implementadas por otro tipo de normas.
Recuérdese que en la revisión de Julio de 2021 de las reformas ya desapareció lo que se planteaba como compromiso originalmente en el documento enviado por el Gobierno en Abril : que la reforma del Estatuto Marco del personal sanitario pasara a incluir que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" con especialidades y accesos tipo MIR fuera el del concurso puro de méritos , mecanismo que se indicaba "podría estar ya disponible" para los "que lleven un período de tiempo" en e marco de los proceso de estabilización comprometidos.
En cuanto a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP (C11.R1) , se mantiene todo intacto, en especial, los hitos relacionados con la temporalidad pública:
- [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
- Fecha de cumplimiento [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
- Descripción:
"Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para
reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas
para prevenir y sancionar abusos, incluida la obligación de publicar
todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de personal
temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo
será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y
locales."
, - [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público"
- Fecha de cumplimiento [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
- Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
- Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
- Mecanismo
de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las
convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el
"número de puestos estabilizados"]
El hito 150, sólo exige reducción de puestos temporales, utilizando como indicador la publicación antes del 31/12/2024 en boletines oficiales de declaraciones de superación de procesos selectivos de estabilización (por tanto, derivados de las leyes estatales de PGE 2017, PGE 2018, RDL 14/2021. la Ley 20/2021 y el RDL 5/2023) La Federación de Servicios Públicos de UGT, en un reciente informe ha asegurado que "ya van estabilizadas 225.082 plazas"
Recordemos, en cuanto al procedimento de infracción citado, que, según la propia Comisión Europea:
- la Comisión Europea abrió el procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4334, por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas
- y lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple CHAP (2013)01917 (registrado como múltiple en 2018 unificando las denuncias previas desde una de 2013), a partir de la sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020
"Sánchez Ruiz y otros", a la que previamente había vinculado la denuncia múltiple
- "la Comisión Europea está evaluando la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021"
- y decidirá la acción que tomar en el marco de dicho procedimiento de
infracción INF(2014)4334" tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los"asuntos C-59/22, Consejería de Presidencia; C-110/22, UNED; C-159/22, Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid; C-331/22, DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya; y C-332/22, Generalitat de Catalunya" (es
decir , los 3 que se ya fueron sentenciados por TJUE el pasado 22 de Febrero y
los otros dos restantes que son los que tendrán su sentencia el 13 de
Junio)
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [5 de mayo de 2021] El Gobierno publica el plan de reformas que presentó a la Comisión Europea el 30/04/2021. Sobre la exigida reducción de temporalidad pública a menos del 8%: va a ampliar los procesos de estabilización con las plazas temporales más de 3 años a 31/01/2020 y deberán publicarse todas las convocatorias de las OPEs de estabilización -existentes y las nuevas- antes de 31/12/2021 teniendo que finalizar antes de 31/12/2024. Sin mención alguna a que dicha temporalidad existente pueda ser ya abusiva ni a la sentencia europea que dictaminó que las convocatorias a procesos selectivos del puesto de los abusados no pueden valer como la sanción que debe haber para la AAPP.
- [10 de noviembre de 2021] Divulgado el "acuerdo de funcionamiento" entre el Gobierno Español y la Comisión Europea con hitos y plazos de cumplimiento firmados de las reformas comprometidas en el Plan de Recuperación a cambio de los fondos europeos. Sobre temporalidad pública, comprometida ley que regule una reducción de la temporalidad vía "procesos de estabilización de puestos" así como "disposiciones efectivas para prevenir y sancionar abusos" .
- [14 de diciembre de 2021] Plan de recuperación UE: "Evaluación preliminar positiva del
cumplimiento satisfactorio del hito de norma para reduciir la
temporalidad con el RDL 14/2021 "sin perjuicio del del procedimiento de
infracción INFR(2014)4334."
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública. Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [29/06/2023] IMPORTANTE Publicado Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado con medidas de "estabilización del empleo público" para "dar cumplimiento" a normativa europea : mandato para que las AAPP cumplan la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y se haga un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no haya "superado" un proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021. También se amplían permisos como el de accidente o enfermedad grave,cuidado parental, ...
- [13/07/2023] IMPORTANTE: La
Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple
abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra
España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos
españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su parte hasta que
el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie en las cuestiones
prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de
temporalidad en empleo público
- [03/10/2023] [Gob. de España] 'La Comisión Europea aprueba la Adenda al Plan de Recuperación, que movilizará la totalidad de recursos asignados a España de los fondos Next Generation EU' [50 millones más al PERTE de Salud de Vanguardia para enfermedades rarasNuevos fondos para Ciberseguridad ]
- [26/01/2024] [Gob. de España/Min. de Hacienda] 'España recibirá 1.383 millones de euros de la prefinanciación de la Adenda del Plan de Recuperación' [Se inicia 2ª fase de los fondos UE, se modifica el calendario y algunos hitos]
- [22/02/2024] [Comisión Europea] 'Ya transcurrida la mitad de su duración, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia sigue funcionando en toda la UE con ambiciosas reformas e inversiones'
- [20/03/2024] [Comisión Europea] 'España presenta una solicitud para una revisión específica de su plan de recuperación'
- [24/04/2024] [Comisión Europea] 'La Comisión aprueba la solicitud de España de una revisión específica de su plan de recuperación'
- [09705/2024] Publicada en la agenda del Tribunal de Justicia de la UE la fecha del jueves 13 de Junio para la sentencia de los dos asuntos prejudiciales del juzgado de Barcelona donde se cuestiona que la actual doctrina del Contencioso del Supremo y los procesos de estabilización de la ley 20/2021 valgan para el abuso de temporalidad en el empleo público. Dictará sentencia la misma Sala que la de la sentencia del 22 de Febrero.
- [13/05/2024] [UGT Servicios Públicos] 'Hacemos balance de la Negociación Colectiva en los Servicios Públicos' [ Acuerdo de 5/07/2021 de temporalidad materializado con cambios en la Ley 20/2021: el compromiso del gobierno era estabilizar al menos 300 mil plazas, ya van estabilizadas 225.082 y restan 9 meses , permiten ser optimistas en el cumplimineto del objetivo; Sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024: "se debe seguir con los procesos de estabilización", en ningún momento y bajo ningún precepto legal podemos concluir la procedencia de la fijeza del personal abusado por temporalidad", " solo está en cuestión la Disposición adicional 17ª" de la Ley 20/2021
6 comentarios:
Ostia segura el 13J.
Ya, pero antes del 13J viene el 9J, las elecciones europeas.
Los interinos estamos quejándonos muchos años por lo que nos ningunean algunos políticos y todas las barbaridades que nos han hecho, por eso dependemos ahora del TJUE.
El Próximo 9 de Junio tenemos la oportunidad de "agradecer" a esos partidos cómo nos han tratado a los interinos.
Por ejemplo al Sr. Escrivá y su "sensibilidad" con los interinos, por ejemplo también al PP y cómo nos están tratando en las comunidades donde gobiernan.
Sólo tenemos 1 voto, utilicemóslo para dar nuestra confianza a los partidos que apoyaron desde un principio a los interinos, en especial los que empujaron en la negociación in-extremis para que la ley 20/21 aunque, descafeinada y mala, saliera mucho mejor que lo que pretendían el PP y el PSOE, que en esto si estaban de acuerdo atendiendo a las presiones de los 3 sindicatos mayoritarios.
Esta bien tener memoria, y sólo tenemos una oportunidad cada 4 años.
Ya
Y aun así, habrá unos 5 millones de personas , con relación con alguno de los perjudicados q les seguirán votando el 9J.
La única forma real, era haber montado un partido y acudir a las elecciones, que tiempo ha habido.
Pero somos un grupo desunido y lleno de vagos para pelear por sus derechos.
Por ejemplo votar a la del PP que tiene su cajón lleno de nuestras denuncias es lamentable.
Al final es como en Madrid, que se vota a la "comePeras" a pesar de estar jodidos y apaleados.
Nuestro pais elige menos de un 10% de los diputados del Parlamento Europeo.
Lo interesante es quien de estos 5 dirigirá a los Comisarios.
https://www.youtube.com/watch%3Fv%3DFvRBST7PiRw&ved=2ahUKEwjgyvapm6SGAxV4RPEDHUxlCroQwqsBegQIEBAF&usg=AOvVaw3JJhRF7oP30tPhEYxxsWf5
https://www.youtube.com/live/FvRBST7PiRw
Yo nunca he estado en Canarias (lo tengo pendiente para cuando pueda). Pero mi mujer, los hijos yo pensábamos votar a Coalición Canaria.
Coalición Canaria después de la sentencia del TJUE de 22 de febrero, pidió que se cumpliera y se diese FIJEZA.
Me gustaría saber de algún trabajador en abuso de temporalidad, si es cierto que Coalición Canaria apoya a los trabajadores en abuso de temporalidad.
Un saludo y buen finde.
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