lunes, 6 de mayo de 2024

Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid este 6 de Mayo con Proposición No de Ley de Vox de Madrid para que se paralicen las convocatorias por concurso-oposición de médicos especialistas del SERMAS de la ley anterior de estabilización y se convoquenen a concurso de méritos

Este lunes 06/05/2024 desde las 16:30 tendrá lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con:

  • La Proposición No de Ley ante Comisión a (PNL 45/24) del Grupo Parlamentario Vox en Madrid para que la "Asamblea de Madrid inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:  
    • Paralizar las Ofertas Públicas de Empleo (OPES) de 2021. 
    • Convocar y resolver los concursos de méritos haciendo uso de las tasas de reposición ordinarias y extraordinarias, generales y especificas necesarias que permitan estabilizar a los 2719 médicos en abuso de temporalidad en sus plazas, sin necesidad de que pasen por una oposición"

  • La pregunta (PCOP 974/24) , de  Carlos Moreno Vinués, Diputado del
    Grupo Parlamentario Socialista, al Gobierno  regional: 
    "¿¿Cuáles son los criterios que motivan las externalizaciones de las pruebas de diagnóstico por imagen en los hospitales públicos de la Comunidad de Madrid?
  • La pregunta (PCOP 1278/24) , de  Sara Bonmati, Diputada del
    Grupo Parlamentario Socialista, al Gobierno  regional: 
    "¿Qué medidas va a adoptar la Consejería de Sanidad para fidelizar y atraer a nuevos profesionales sanitarios al Servicio Madrileño de Salud?
  • La pregunta (PCOP 2720/24) , de Marta Carmona Diputada del Grupo Parlamentario Más Madrid, al Gobierno  regional:  "planes del Gobierno para la equiparación de condiciones laborales del personal de las Fundaciones de Investigación Biomédica vinculadas al SERMAS con las categorías equivalentes de personal del SERMAS en cumplimiento del artículo 85 de la Ley de Investigación Biomédica
En la PNL 45/2024,  Vox se refiere a las convocatorias publicadas en Diciembre de 2021, d derivadas de las OPEs anteriores 2018 - y 2019, de plazas de 2.719 plazas de  de médicos especialistas , que fueron convocadas  como concurso oposición pocos días antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.
 
El Grupo parlamentario de Más Madrid ha presentado una enmienda de adición con este texto, para evitar que haya ningún cese de profesionales sanitarios del SERMAS por los procesos de estabilización:

 "en los sucesivos procesos de estabilización de profesionales sanitarios del Servicio Madrileño de Salud se recurrirá a la clonación de plazas para garantizar la indemnidad y continuidad de los servicios asistenciales así como las labores de investigación, participación en organismos y comisiones hospitalarias o cualquier otra actividad de valor que dichos profesionales realicen. De esta manera, de incorporarse al servicio vía proceso de estabilización un profesional que no formara previamente parte de la plantilla de ese centro, no desplazará a ningún profesional que ya esté ejerciendo sino que se duplicará esa plaza, preservándose tanto los derechos laborales de quien ha obtenido la plaza fija como las labores realizadas por el interino o eventual que ocupaba esa plaza hasta ese momento. Para compensar las disparidades en el dimensionamiento de las plantillas de los distintos centros sanitarios derivadas de este procedimiento, se llevará a cabo una armonización progresiva de la dotación de los servicios en el resto de centros
sanitarios, ajustando al alza el tamaño de las plantillas, favoreciendo así el crecimiento que precisan nuestros servicios sanitarios en paralelo al crecimiento de la población"


Recordemos que APISCAM ha presentado una carta abierta al Director General de  Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS solicitando enc uanto a los procesos selectivos de categorías de S.T.I. del SERMAS: que no haya ceses por el de concurso de méritos y que los siguientes de OPEs ordinarias sean también por concurso de méritos.
 
Recordemos también que recientemente  fue rechazada por el Pleno de la Asamblea de Maerid una  proposición no de ley del Grupo Socialista para que la Comunidad de Madrid modificara disposiciones incompatibles con la Directiva Europea y la reciente sentencia del tribunal europeo de 22 de Febrero sobre abuso de temporalidad en empleados públicos .
 

8 comentarios:

Anónimo dijo...



Es correcto. Parece que en VOX están entendiendo que es el abuso de temporalidad en el sector público.

Pero les falta entender que los votos de la familia de un médico, valen lo mismo que los votos de la familia de un Personal de Servicios Auxiliares en abuso de temporalidad.

Justicia para todos los trabajadores en abuso de temporalidad en el sector público.

Anónimo dijo...

Igualdad, mérito y capacidad.

Anónimo dijo...



13:57

En un Estado de Derecho hay que perseguir la delincuencia.

Y si se ha cometido una ilegalidad hay que sancionar.

FIJEZA como sanción al abuso de temporalidad en el sector público.

Cinco lobitos tenía la loba, y en cinco semanitas habremos llegado a la sentencia del TJUE .

Habéis perdido, la corrupción de incumplimientos de la normativa de la Unión Europea no mola.

Anónimo dijo...



El derecho a la vivienda 🏠 de la Constitución, no da derecho a ocupar la vivienda de otra familia.

Y la igualdad, mérito y capacidad, no dan derecho a ocupar el puesto de trabajo de un trabajador en abuso de temporalidad en el sector público de España.

FIJEZA como sanción al abuso de temporalidad.

Anónimo dijo...

Por mucha sentencia del TJUE, el examen se mantiene en octubre.

Anónimo dijo...

Abuso sin sanción es corrupción. Para el cesado abusado, la fijeza es lo justo y apropiado.

Anónimo dijo...

Lo justo es que el abuso se sancione pero además, no debe haber personas que se aprovechen del abuso de otras para obtener una plaza en un concurso como está ocurriendo. Si no, no es justo.

Anónimo dijo...

15:29 👏🏼👏🏼👏🏼👏🏼

15:43 No es más que confirmar la deriva en la que se ha convertido el NO prevenir NI sancionar el abuso en la temporalidad.

Cuando un abuso no se sanciona deriva en otros mucho más graves y perjudiciales tanto para el trabajador abusado como para la Administración Pública en general y los ciudadanos, demasiados perjudicados para un Estado que se supone de Derecho.

La no sanción del abuso en la temporalidad facilita que otras personas se beneficien del cese ilegal, gratuito y sorpresivo del temporal abusado, o que quien incomprensiblemente disfrutan incumpliendo la ley encuentren en esta injusta situación una fuente inagotable para saciar su sed de abuso de poder.