'El Juzgado de lo Social ha condenado al Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) de la Comunidad de Madrid a indemnizar a un trabajador con 14.000 euros tras la declaración de Incapacidad Permanente en el grado total para la profesión habitual.
El trabajador, personal laboral interino acogido al Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, según recoge su artículo 150, tenía derecho, tras la resolución de incapacidad por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, a extinguir su relación laboral con la Comunidad de Madrid y a una indemnización de 14.000 euros.
El trabajador solicitó a IMIDRA la indemnización correspondiente, pero le fue denegada con la excusa de que este tipo de indemnizaciones era exclusivamente para el personal laboral fijo.
El trabajador recurrió esta decisión alegandoque se vulneraba una Directiva Europea en la que se especifica “que no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos”.
Ahora, el Juzgado de lo Social da la razón a los Servicios Jurídicos de CSIF Madrid, considerando que no puede existir discriminación entre el personal laboral.'
Fuente: Comunicado de CSIF Madrid de 06/05/2024
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