'La Comisión Europea ha constatado hoy de forma preliminar que TikTok incumple la Ley de Servicios Digitales por su diseño adictivo. Esto incluye características como desplazamiento infinito, reproducción automática, notificaciones push y su sistema de recomendación altamente personalizado.
La investigación preliminar de la Comisión indica que TikTok no evaluó adecuadamente cómo estas características adictivas podrían dañar el bienestar físico y mental de sus usuarios, incluidos menores y adultos vulnerables.
Por ejemplo, al «recompensar» constantemente a los usuarios con nuevos contenidos, ciertas características de diseño de TikTok alimentan la necesidad de seguir desplazándose y cambiar el cerebro de los usuarios al «modo piloto automático». La investigación científica muestra que esto puede conducir a un comportamiento compulsivo y reducir el autocontrol de los usuarios.
Además, en su evaluación, TikTok ignoró indicadores importantes del uso compulsivo de la aplicación, como el tiempo que los menores pasan en TikTok por la noche, la frecuencia con la que los usuarios abren la aplicación y otros indicadores potenciales.
Medidas de reducción del riesgo
TikTok parece no aplicar medidas razonables, proporcionadas y eficaces para mitigar los riesgos derivados de su diseño adictivo.
Por ejemplo, las medidas actuales sobre TikTok, en particular las herramientas de gestión del tiempo de pantalla y las herramientas de control parental, no parecen reducir eficazmente los riesgos derivados del diseño adictivo de TikTok. Las herramientas de gestión del tiempo no parecen ser efectivas para permitir a los usuarios reducir y controlar su uso de TikTok porque son fáciles de descartar e introducir fricción limitada. Del mismo modo, los controles parentales pueden no ser efectivos porque requieren tiempo y habilidades adicionales de los padres para introducir los controles.
En esta fase, la Comisión considera que TikTok necesita cambiar el diseño básico de su servicio. Por ejemplo, desactivando características adictivas clave como el «desplazamiento infinito» a lo largo del tiempo, implementando «interrupciones de tiempo de pantalla» efectivas, incluso durante la noche, y adaptando su sistema de recomendación.
Estas conclusiones preliminares no prejuzgan el resultado de la investigación.
Las opiniones preliminares de la Comisión se basan en una investigación en profundidad que incluyó un análisis de los informes de evaluación de riesgos de TikTok, datos y documentos internos y las respuestas de TikTok a múltiples solicitudes de información, una revisión de la extensa investigación científica sobre este tema y entrevistas con expertos en múltiples campos, incluida la adicción al comportamiento.
Próximos pasos
TikTok tiene ahora la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa. Podrá examinar los documentos de los expedientes de investigación de la Comisión y responder por escrito a las conclusiones preliminares de la Comisión. Paralelamente, se consultará al Comité Europeo de Servicios Digitales.
Si finalmente se confirman las opiniones de la Comisión, esta puede emitir una decisión de incumplimiento, que puede dar lugar a una multa proporcional a la naturaleza, gravedad, recurrencia y duración de la infracción y alcanzar hasta un máximo del 6 % del volumen de negocios anual mundial total del proveedor.
Antecedentes
Las conclusiones preliminares de la Comisión forman parte de sus procedimientos formales para investigar el cumplimiento por parte de TikTok de la Ley de Servicios Digitales, iniciados el 19 de febrero de 2024. Además del diseño adictivo, esta investigación abarca el «efecto de agujero de conejo» de los sistemas de recomendación de TikTok, el riesgo de que los menores tengan una experiencia inadecuada para su edad debido a una tergiversación de su edad y las obligaciones de las plataformas de garantizar un alto nivel de privacidad, seguridad y protección para los menores.
La investigación también incluyó el acceso a datos públicos para los investigadores, para los que se adoptaron conclusiones preliminares en octubre de 2025, y la transparencia publicitaria, que se cerró mediante compromisos vinculantes en diciembre de 2025.'
Fuente: Comunicado de la Comisión Europea de 06/02/2026
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