' Con la sentencia n.º 17141/2025, el Juez Civil del Tribunal de Roma confirmó una vez más su postura respecto al uso abusivo y reiterado de los contratos temporales, reconociendo el derecho de los demandantes a una indemnización por daños y perjuicios que asciende a más de 3.700.000 €.
"Seguimos trabajando para respetar y proteger los derechos de los profesores de religión temporales", declaró Orazio Ruscica, Secretario Nacional de Snadir y Presidente Nacional de FGU, "y esta nueva sentencia confirma el valor de nuestro compromiso y los resultados concretos de nuestra acción sindical".
Ruscica continúa: «Estamos satisfechos. El Tribunal avala las conclusiones del TJUE del 13 de enero de 2022, la sentencia del Tribunal Supremo n.º 18698/2022, y las 52 decisiones posteriores que las acogieron. Asimismo, reitera el razonamiento de la reciente sentencia del Tribunal Supremo n.º 31343/2025, reiterando que el procedimiento extraordinario previsto en el artículo 1 bis del Decreto Legislativo 126/2019 —aunque presentado por el Ministerio como una medida de estabilización— no es un remedio adecuado para eliminar los abusos que sufre el profesorado. Por lo tanto, es necesaria una intervención estructural y verdaderamente eficaz para poner fin al abuso reiterado de los contratos temporales». «El camino a seguir es claro», concluye Ruscica, «: la permanencia anual en todos los puestos vacantes y disponibles y un aumento del porcentaje de puestos con permanencia al 95 %. Esto no es solo una petición sindical, sino una necesidad legal y organizativa, ahora reconocida por los jueces, para evitar que se siga abusando de los contratos temporales».'
Fuente y original en italiano: comunicado del sindicato Snadir de Gilda-UNAMS de 19/12/2025
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