martes, 30 de diciembre de 2014

[AMYTS] 'Información importante en relación con la renovación de eventuales.'

' La situación a la que nos enfrentamos en estos meses, con elecciones a la Comunidad de Madrid, de resultado poco previsible a día de hoy, y OPEs en vías de resolución, con sus traslados asociados,  hace que la decisión de contratar por un año sea buena, pues se manejaron alternativas que eran del todo improcedentes, pues se habló de renovaciones de tres o seis meses' [N.E: de los nombramientos estatutarios eventuales]

'La incorporación de personal fijo con el traslado o los nuevos propietarios, podrían causar ceses de interinos, que en principio y con el acuerdo que han aplicado, serían los de mas antigüedad de los actuales eventuales en casi todos los casos. Por ello, la Administración decidió introducir una clausula nueva en el contrato, según la cual podría rescindirse un contrato antes de la fecha de finalización, y todo ello ajustado al Estatuto Marco. Esta situación, es decir, que un fijo bien por traslado, nueva incorporación o reingreso provisional, ocupe una plaza, implicaría la salida de uno de los no fijos.

Nuestra sorpresa es que cuando vemos uno de los contratos, la citada clausula dice lo siguiente: “No obstante, este nombramiento finalizará con anterioridad a la fecha indicada siempre que desaparezca la necesidad de Recursos Humanos de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria, como consecuencia del incremento de los efectivos existentes a la fecha de la firma del presente nombramiento en la categoría objeto del mismo”


Esta clausula, tal y como esta redactada entendemos que puede ser aplicada no solo por la llegada de un fijo, como hemos dicho, por traslado, nueva incorporación o reingreso provisional, sino que también podría interpretarse que un nuevo contrato eventual incrementa los efectivos y puede desplazar a otro eventual. Esto entendemos que sería ilegal y por ello solicitamos a nuestros servicios jurídicos emitan un informe al respecto y en caso necesario se inicien los trámites para su impugnación.'

Fuente y noticia completa: AMYTS 29/12/2014

Visto en  twitter de PalabritaNiñoJesús

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