En dicha orden, se especifica que las funciones informáticas "están siendo desarrolladas en la práctica por distinto personal que integra las categorías ... de Función Administrativa".
Las categorías creadas son 4, según la titulación exigida:
- Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información, para la que se exige "Título académico de Ingeniería Superior Informática o equivalente"
- Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, para la que se exige "Título académico de Ingeniería Técnica Informática o equivalente"
- Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información, para la que se exige "Título académico de formación profesional de segundo grado (rama informática), formación profesional específica de grado medio en informática, o equivalente"
- Técnico Auxiliar de Sistemas y Tecnologías de la Información, para la que se exige "Título académico de formación profesional de primer grado (rama informática) o equivalente"
Fuente: Federación de Asociaciones de Informáticos de Sanidad