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miércoles, 14 de marzo de 2018

Recordatorio: INFORSALUD 2018. XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, del 13 al 15 de Marzo en Madrid.Ponentes de Sanidad de Madrid

 
Del 13 al 15 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD 2018 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "Salud Digital: un proyecto colaborativo"
Según el programa disponible los ponentes de Sanidad de Madrid serán:
  • Martes 13 17:30-19:00 Sesión Apertura de Autoridades Sanitarias. Enrique Ruíz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid

  • Miércoles, 14 09.30-11.00 - Sala 2  Soluciones Tecnológicas 1  Modera José Antonio Alonso Arranz, Director General de Sistemas de Información Sanitaria del  Servicio Madrileño de Salud
  • Miércoles, 14 11.30-13.00 - Sala 1 Sesión Debate 2La Salud Digital necesita líderesJoseba Barroeta Urquiza, Director Gerente del Hospital General Universitario Gregorio Marañón
  • Miércoles, 14 13.00 - 14.30 - Sala 1  Sesión Debate 3  “¿La imagen médica impulsora de la transformación digital?”  Moderador. César Pascual Fernández,  Director General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria del  Servicio Madrileño de Salud
  • Miércoles, 14 13.00 - 14.30 - Sala 3 Sesión de Comunicaciones 3Transformación de procesos para la optimización de la gestión de proyectos y soporte para el usuario” R. López Martínez, M. Pérez Vallina, V. Cuadrado Martínez, E. Maldonado Belmonte del H. Gregorio Marañón
  • Miércoles, 14 16.00 - 17.30 - Sala 3 Sesión de Comunicaciones de Enfermería 4Repositorio de uso secundario europeo “insite”: experiencia de implantación” P. Serrano Balazote, J. L. Bernal Sobrino, A. Gómez de la Cámara, Daniel Diez Mazuela,D. Pérez del Rey, del H. 12 de Octubre
  • Miércoles, 14 18.00 - 19.30 - Sala 1 Sesión Debate 5  “Minimizando el impacto asistencial de la Ciberseguridad” Ignacio Fernández Lozano, Unidad de Arritmias. Jefe de Sección Hospital Puerta de Hierro

La Comunidad de Madrid publica las convocatorias de la OPE extraordinaria de "estabilización" para secundaria con las basas fijadas por el Ministerio de Sanidad: concurso oposición primando un 60%% la oposición. La experiencia puntúa el 20% del total.

Ayer, 13/03/2018, publicábamos la entrada "Movilizaciones masivas de profesores interinos de Educación no universitaria en Andalucía para exigir un Plan de Estabilidad para sus interinos tras el "ERE encubierto" de la OPE extraordinaria" habilitada en cada CCAA desde el Gobierno del Estado por la Ley de presupuestos Generales de 2017 y tras el primer  acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  que permite que los miles de puestos ocupados por los interinos en Educación, Sanidad  y otro sectores durante muchos años, tras años y años de oposiciones muy raquíticas (y sin convocar por tanto lo obligado por el Estatuto Básico del Empleado Público), fueran convocados a una OPE normal sin fijar que fuera bajo algún sistema de consolidación ni indemnización alguna si el interino que ocupa la plaza

y, precisamente, ayer , la Comunidad de Madrid publicaba en el BOCM nº 62, de 13 de marzo).  las convocatorias de los proceso de concurso-oposición con las más de 1624 plazas de profesores de Secundaria, EOI , Técnicos de FP, Músicas y Artes Plásticas (es decir, todas menos las de maestros) incluidas en  la OPE 17 recogidas en el Decreto 144/2017, de 12 de diciembre,


Recordemos que en este caso de Profesorado de enseñanza no universitaria por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es el Ministerio de Educación quien fija el sistema selectivo y sus bases y así lo hizo hace unas semanas mediante la publicación del Real Decreto 84/2018 que modifica el Real Decreto 276/2007 ,, tras negociación con los sindicatos nacionales sin llegar a acuerdo,  el sistema selectivo y las bases que se utilizará para las convocatorias en Educación en todas  cada CCAA por estas OPEs extraordinarias que denominan "de estabilización". Así las bases que se utilizarán en todas las CCAA, incluida Madrid, salvo que haya algún cambio en respuesta a las movilizaciones serán:


martes, 13 de marzo de 2018

Recordatorio. NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

[Recordatorio de entrada publicada el 06/03/2018
 
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]


Movilizaciones masivas de interinos de Educación en Andalucía para exigir un Plan de Estabilidad para sus interinos tras el "ERE encubierto" de la OPE extraordinaria

Convocada por la Asamblea Andaluza de Docentes Interinos, apoyada por los sindicatos CGT y USTEA, el día  de ayer comenzaba dos semanas de huelga total en Educación de la Junta de Andalucía desde hoy lunes 12 de marzo para exigir un Plan de Estabilidad para sus interinos "en fraude de ley" por abuso de temporalidad (más de 3 años y muchos más en la mayoría de casos) y un sistema diferenciado de acceso a la fijeza (concurso de méritos) tras lo que vienen denunciando como posible "ERE encubierto": la OPE extraordinaria habilitada desde el Gobierno del Estado por la Ley de presupuestos Generales de 2017 y tras el primer  acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  habilitaba a que los más de 20 mil puestos ocupados por los interinos durante muchos años, tras años y años de oposiciones muy raquíticas (y sin convocar por tanto lo obligado por el Estatuto Básico del Empleado Público), fueran convocados a una OPE normal sin fijar que fuera bajo algún sistema de consolidación. La organización cifra en un paro casi total del personal interino, mientras que la Junta dice quel eparo fue seguido por menos del 3%.

Además, ayer tenía lugar en Sevilla la manifestación del personal interino desde el Palacio de San Telmo y hasta la sede de la Consejería de Educación, que tuvo una asistencia masiva, 10 mil personas:








lunes, 12 de marzo de 2018

INFORSALUD 2018. XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, del 13 al 15 de Marzo en Madrid.Ponentes de Sanidad de Madrid

Del 13 al 15 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD 2018 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "Salud Digital: un proyecto colaborativo"
Según el programa disponible los ponentes de Sanidad de Madrid serán:
  • Martes 13 17:30-19:00 Sesión Apertura de Autoridades Sanitarias. Enrique Ruíz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid

Dos semanas de huelga docente en Andalucía para exigir un Plan de Estabilidad para sus interinos tras el "ERE encubierto" de la OPE extraordinaria y las bases fijadas por el Ministerio de Educación. Manifestación #QuienesEstánSeQuedan hoy en Sevilla

La Asamblea Andaluza de Docentes Interinos, apoyada por los sindicatos CGT y USTEA, han convocado dos semanas de huelga total en Educación de la Junta de Andalucía desde hoy lunes 12 de marzo para exigir un Plan de Estabilidad para sus interinos "en fraude de ley" por abuso de temporalidad (más de 3 años y muchos más en la mayoría de casos) y un sistema diferenciado de acceso a la fijeza (concurso de méritos) tras lo que vienen denunciando como posible "ERE encubierto": la OPE extraordinaria habilitada desde el Gobierno del Estado por la Ley de presupuestos Generales de 2017 y tras el primer  acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  habilitaba a que los más de 20 mil puestos ocupados por los interinos durante muchos años, tras años y años de oposiciones muy raquíticas (y sin convocar por tanto lo obligado por el Estatuto Básico del Empleado Público), fueran convocados a una OPE normal sin fijar que fuera bajo algún sistema de consolidación.

Los interinos , que suponen casi el 25% en Andalucía, denuncia que fueron "sentenciados a muerte por estas OPEs masivas" una vez que el Ministerio de Educación fijaba , tras negociación con los sindicatos nacionales sin llegar a acuerdo, hace unas semanas el sistema selectivo y las bases que se utilizará para las convocatorias en Educación de cada CCAA por estas OPEs extraordinarias que denominan "de estabilización" mediante la publicación del Real Decreto 84/2018 que modifica el Real Decreto 276/2007 , y por el que la experiencia pasaba a puntuar solamente un 20% sobre el 12% usual, contando un 60% la nota de la fase de oposición con 3 pruebas obligatorias eliminatorias, la última de ellas la usual prueba de calificación subjetiva que tradicionalmente utilizan los tribunales para que muy pocos aspirantes por plaza pasen a la fase de méritos (donde se puntúa la experiencia).

domingo, 11 de marzo de 2018

Entradas más vistas de la semana 05/03/2018-11/03/2018 en este blog: estabilidad de los interinos del SERMAS al Tribunal Europeo, plataforma de interinos exige consolidación, nuevo acuerdo Estado-sindicatos aumenta el número de plazas de interinos longevos para OPEs,...

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miércoles, 7 de marzo de 2018

Recordatorio. INFORSALUD 2018. XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, del 13 al 15 de Marzo en Madrid. Programa disponible

Del 13 al 15 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD 2018 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "Salud Digital: un proyecto colaborativo"
 
Ya existe un programa de detalle disponible, programa que cuenta con las habituales Mesas de Debate, este año con temas como el IOT, Ciberseguridad, Big Data, paciente digital,etc  ... y , como todos los años, existen con sesiones de presentaciones de comunicaciones  y proyectos de innovación.

martes, 6 de marzo de 2018

NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si es adecuado conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino durante más de 17 años en el mismo puesto al que accedió tras un proceso selectivo público de libre concurrencia y con formato de concurso-oposición para alcanzar la condición de interino de vacante, y que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]


domingo, 4 de marzo de 2018

Entradas más vistas de la semana 26/02/2018-04/03/2018 en este blog: carrera profesional del SERMAS, temporales longevos exigen consolidación, novedades jurídicas sobre indemnizaciones, ...

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jueves, 1 de marzo de 2018

INFORSALUD 2018. XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, del 13 al 15 de Marzo en Madrid. Programa disponible

Del 13 al 15 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD 2018 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "Salud Digital: un proyecto colaborativo"
Ya existe un programa de detalle disponible, programa que cuenta con las habituales Mesas de Debate, este año con temas como el IOT, Ciberseguridad, Big Data, paciente digital,etc  ... y , como todos los años, existen con sesiones de presentaciones de comunicaciones  y proyectos de innovación.




miércoles, 28 de febrero de 2018

Actualizado el documento del Gobierno a las AAPP sobre recomendación de criterios comunes para los procesos de estabilización: admite la posiblidad de concurso de méritos sólo para laborales; recomienda un límite del 40% en la fase de méritos de los concurso-oposición

Publicábamos el 09/01/2018 una entrada dedicada a la versión de "borrador" de 21/11/2017 del importante documento que el Ministerio de Hacienda y Función Pública estaba redactando sobre criterios comunes recomendados a las Administraciones Públicas para la aplicación de la normativa  publicada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de  2017 [PGE17] trasladando un acuerdo de estabilización en el empelo previo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa general estatal de la Función Pública.


Ahora [Febrero de 2018] ha trascendido una nueva versión ya sin categoría de borrador, que sería la enviada a las Administraciones Públicas , siempre con categoría de recomendación en muchos aspectos, y que con respecto a la anterior versión de borrador contiene como principales diferencia que
  • incluye la posibilidad de concurso de méritos para el personal laboral (salvo que no haya normativa o convenio específico que lo prohíba)
  • interpreta de la legislación vigente que para el personal estatuario de los Servicios de Salud debe ser concurso-oposición
  • especifica que deben pasar a la fase de concurso de méritos todos los que superen la fase de oposición [es decir, que no se fije el número de aspirantes que pasa, como fue el caso de la OPE 2015 del SERMAS por ejemplo, que lo fijaba en el doble del número de plazas convocadas
  • para los procesos de "estabilización" abre una posibilidad en la valoración de servicios prestados a poder diferenciar por administración de origen (además de por categoría): si "existen circunstancias objetivas que lo justifiquen"  y "así se hubiera acordado en negociación colectiva" [entendemos que para los procesos de consolidación según Disposición Transitoria 4ª esa posibilidad ya existe por ley, al incluir en su punto tercero: "se podrá valorar, entre otros, [...] la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria"]

Para mayor facilidad de interpretación, repetimos lo ya publicado en enuestra anterior entrada actualizado a la nueva versión de este importante documento:

Hay tener presente que la competencia última en muchas materias en el caso de las CCAA, así el documento menciona que su objetivo es "exponer unos criterios comunes de actuación que puedan servir de guía de actuación as las diferentes AAPP" reconociendo que "la competencia corresponde a la Administración correspondiente".

Empieza recordando los 3 tipos de plazas que la ley de PGE de 2017 aprobada permite,  tal y como avanzábamos cuando su publicación, ofertar en convocatorias para personal fijo a las AAPP sin aplicar los límites de la tasa de reposición:
  • hasta el 90% de las plazas ocupadas de forma temporal más de 3 años a fecha de 31/12/2017 sólo para personal de Servicios de Salud y una relación específica de sectores concretos como educación, funcionarios de Justicia, Policía Local, ...  o puestos con funciones de una lista publicada en la Ley de Presupestos citada
  • hasta el 100% de todas aquellas plazas de cualquier sector y AAPP que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público [sobre Consolidación de Empleo Temporal] , estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal" 
  • las del personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial en cualquier sector y AAPP
avisando que el documento se centra principalmente en las del primer tipo, que denomina "de estabilización", sin perjuicio de que se puedan sumar a los mismos procesos plazas de los otros tipos. En todo caso, el documento señala que en las OPEs debe especificarse cuántas plazas corresponden a cada uno de los 3 tipos, tal y como ha hecho el SERMAS para un conjunto inicial de categorías estatutarias en la OPE 2017 recientemente publicada.

Así, aclara en cuanto al sistema de cómputo de plazas que deben incluirse:
  • el 90% es un máximo, quedando a discreción de la AAPP el número total que finalmente convoque
  • la fecha para el cálculo es el 31/12/2016
  • el cómputo debe incluir todas las plazas temporales de más de 3 años, incluidas las de sustitución de un fijo en reserva de plaza, si bien, estas plazas por su naturaleza no se pueden convocar
  • se deben incluir las plazas que atienden a necesidades estructurales aunque no haya "vacante" preexistentes, por lo que se crearán en caso necesario
  • en ningún caso puede suponer un incremento de efectivos [así, si en una categoría hay sustituciones,  el número de plazas temporales que se pueden convocar pues lógicamente sería ser más del 90% de las plazas estrictamente interinas o eventuales, que serían las que se convocarían]
  • se computan las plazas no las personas; así si un puesto lleva cubierto de forma temporal durante más de 3 años (a 31/12/2016)  por personas diferentes, debe computarse
  • si se ha utilizado personal laboral temporal para cubrir funciones de personal funcionario o estatutario debe ofrecerse como funcionario o estatutario
  • la cifra máxima  una vez calculada, debe ser fija  [salvo corrección de errores, claro] pero puede utilizarse reapartida en varios tramos durante los años 2017, 2018 y 2019
  • el plazo límite para la aprobación de OPE que las incluya (fuera del límite de la tasa de reposición es el 31/12/2019
  • debe siempre especificarse en la OPE cuántas plazas vienen 

En cuanto a las convocatorias en sí de los procesos selectivos  considera el Gobierno que
  • podrán acumularse a las de los procesos ordinarios con plazas de reposición, o convocarse por separado
  • con la legislación vigente del EBEP  hay un plazo de 3 años para publicarlas tras la publicación de la oferta  [realizando una interpretación menos restrictiva del límite que parece contener el artículo 70 del EBEP: "En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años"]

En cuanto al sistema selectivo que utilizar en esas convocatorias el Gobierno "considera", teniendo en cuenta el artículo 61 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] y doctrina jurídica que :
  • deben ser abiertos,  es decir no restringidos en su participación al propio personal cuyos puestos de trabajo son los que se ofertan
  • bajo los sistemas de oposición o de concurso-oposición para el personal funcionario  por el artículo 61.6 , de concurso-oposición para el personal estatutario por su Estatuto Marco más específico [descartando por tanto el concurso de méritos únicamente, pese que sí es una posibilidad contemplada excepcional para el personal funcionario/estatutario por ese mismo artículo 61.6, si bien  virtud de que venga recogido en una ley como podría haber sido precisamente la de presupuestos, pero no lo fue] , a elegir por cada administración
  • bajo los sistemas de oposición o de concurso-oposición o concurso de méritos para el personal laboral , por el artículo 61.7 del EBEP[que recoge esta posibilidad como excepcional para el personal laboral sin necesidad de una ley ] , a elegir por cada administración
  • si para grupos de personal hay normativa específica que precise un sistema deberá aplicarse
  • si es concurso-oposición, las personas que pasen a la fase de concurso serán todas las que superen la fase de oposición, sin fijar un número máximo
  • en el caso de existir fase de concurso, no debe ser eliminatorio ni superar el 40% del total  de la puntuación [nótese que el EBEP sólo establece lo primero y sobre lo segundo sólo que la puntuación de la fase de concurso debe "ser proporcionada"]
  • que los servicios prestados se valoren únicamente los prestados en la misma categoría profesional o cuerpo de funcionarios, o que, al menos tengan mayor valoración; eso sí, sin poder diferenciar por administración de origen "salvo que existan circunstancias objetivas que justifiquen lo contrario y así se hubiera acordado en negociación colectiva"
  • además, para los procesos que se deriven de la citada disposición transitoria 4º de procesos de consolidación del EBEP  deberán desarrollar los procesos selectivos conforme a esa disposición [que , nos gustaría recalcar, entre otras, abre la posibilidad en su punto tercero de valorar, entre otros méritos,"la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria"]
Se recuerda que se busca la estabilidad de las plazas y no de las personas. Así , en caso de no superar el proceso selectivo deberá procederse al cese al quedar cubierta su plaza.
En cuanto a personal temporal cuyos puestos se convoquen se considera pertinente que le sea comunicado al trabajador este hecho, y obligado para el indefinido no fijo por criterio jurisprudencial.

Por último aclara que pueda haber además criterios específicos comunes en los ámbitos donde hay Mesa especial de negociación, como los Servicios de Salud



 Entradas relacionadas:





lunes, 26 de febrero de 2018

Recordatorio: Especial de la Revista de la SEIS sobre el "Impacto del Nuevo Reglamento de Protección de Datos en el ámbito sanitario", el RGPD que entra en vigor el próximo 25 de Mayo

[Recordatorio de entrada publicada el 15/02/2018]

El  nº 127 de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] de Febrero de 2018 es un especial titulado  "Impacto del Nuevo Reglamento de Protección de Datos en el ámbito sanitario" que , ante la cuenta atrás que finaliza el próximo 25/05/2018 con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Protección de Datos , de obligado cumplimiento tras los dos años  establecidos a las organizaciones para su adaptación , y ante las dudas de "cómo  afecta a las organizaciones sanitarias, a sus profesionales o los recursos necesarios para su cumplimiento", incluye una serie de artículos informativos de la  Agencia Española de Protección de Datos con estos temas:

  • El Reglamento General de Protección de Datos y su aplicación en el ámbito sanitario. 
  • El Delegado de Protección de Datos.
  • RGPD: Evaluaciones de impacto
  • Seguridad, Análisis de Riesgos y Auditorías en el RGPD
  • Guías y Herramientas de Apoyo para Adaptarse al RGPD
  • Resultados del Plan de Inspección Sectorial de Oficio de Hospitales Públicos desarrollado por la Agencia Española de Proteccion de Datos (Año 2016- 2017)
  • Tutelas y Denuncias Relevantes del Sector Sanitario. La praxis sanitaria: singularidades del contexto en referencia a la protección de los datos personales
  • Elementos clave del RGPD: Inventario de tratamientos y Evaluación de impacto
  • El Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal
  • Nuevos retos normativos para el ámbito sanitario. RGPD y PIC, casi nada
  • RGPD, un Reglamento que Afecta a todas las Organizaciones, Públicas y Privadas, en Europa ¿Estamos Preparados?
  • Una “hoja de ruta” para la Adecuación de las Organizaciones Sanitarias Públicas al #RGPD

domingo, 25 de febrero de 2018

Entradas más vistas de la semana 19/02/2018-25/02/2018 en este blog

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jueves, 22 de febrero de 2018

Publicada las plazas para elegir destino de las convocatorias de 2015 de Odontólogos de Atención Primaria

El pasado 13 de Febrero se publicaba en el BOCM la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud con la relación de aspirantes que han superado definitivamente el proceso selectivo y la relación de plazas ofertadas para su elección,  para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Odontólogo de Atención Primaria, de las convocatorias de 2015 (de la OPE 2015 y también anteriores , que fueron  "blanqueadas" tras su caducidad en la OPE 2016 manteniendo las convocatorias en curso) de las categorías :relaciones de aprobados con plazas adjudicadas de las convocatorias de la OPE 2015 (y anteriores) para estas categorías:
 
Las 36 plazas convocadas (23 libres, 10 de promoción interna y 3 de discapacidad) correspondían , incluidas las de promoción interna, con la inmensa mayor parte  de los interinos de este colectivo , (41 a 30/11/2017, colectivo que además tiene más del 40% de temporalidad),  y que llevan en su gran mayoría más de 10 y 15 años trabajando sin haber tenido nunca  una oposición en el SERMAS de la categoría -por tanto, en total fraude de ley y en una situación de "abuso de temporalidad" como el denunciado por la Unión Europea, y que estos procesos establecían injustamente  en sus bases que sólo puntuaría su enorme antigüedad en una fase de méritos si se quedaban en el turno libre, el único al que se podían presentar,  un número muy limitado ( 46 en principio) de las  mejores calificaciones del examen de entre los casi 700 presentados al turno libre.


miércoles, 21 de febrero de 2018

Incorporadas las citas de revisión de 3 hspitales en la "Carpeta de Salud" o HCE por internet del SERMAS

Informa la Consejería de Sanidad en su página web dedicada a "Mi Carpeta de Salud" que con fecha 20 de febrero de 2018, se ha incorporado la posibilidad de consultar las citas de revisión del Hospital Clínico San Carlos, Hospital Universitario La Paz y Hospital Universitario de La Princesa.

martes, 20 de febrero de 2018

Comisión de Sanidad HOY en la Asamblea de Madrid: cafetería del hospital Ramón y Cajal

Este martes 20/02/2018 por la tarde hay Comisión de Sanidad de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y entre los diversos puntos del Orden del Día se tratará una Pregunta de Contestación Oral en Comisión de la portavoz adjunto de Sanidad del grupo Podemos , Carmen San José, al Gobierno,  sobre la "valoración que hace el Gobierno de la situación de la cafetería del Hospital Ramón y Cajal", donde presumiblemente, se abordará el despido de la mitad de su plantilla tras la quiebra de la anterior empresa y no subrogarse el personal a la nueva

domingo, 18 de febrero de 2018

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jueves, 15 de febrero de 2018

Especial de la Revista de la SEIS sobre el "Impacto del Nuevo Reglamento de Protección de Datos en el ámbito sanitario", el RGPD que entra en vigor el próximo 25 de Mayo

El  nº 127 de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] de Febrero de 2018 es un especial titulado  "Impacto del Nuevo Reglamento de Protección de Datos en el ámbito sanitario" que , ante la cuenta atrás que finaliza el próximo 25/05/2018 con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Protección de Datos , de obligado cumplimiento tras los dos años  establecidos a las organizaciones para su adaptación , y ante las dudas de "cómo  afecta a las organizaciones sanitarias, a sus profesionales o los recursos necesarios para su cumplimiento", incluye una serie de artículos informativos de la  Agencia Española de Protección de Datos con estos temas:
  • El Reglamento General de Protección de Datos y su aplicación en el ámbito sanitario. 
  • El Delegado de Protección de Datos.
  • RGPD: Evaluaciones de impacto
  • Seguridad, Análisis de Riesgos y Auditorías en el RGPD
  • Guías y Herramientas de Apoyo para Adaptarse al RGPD
  • Resultados del Plan de Inspección Sectorial de Oficio de Hospitales Públicos desarrollado por la Agencia Española de Proteccion de Datos (Año 2016- 2017)
  • Tutelas y Denuncias Relevantes del Sector Sanitario. La praxis sanitaria: singularidades del contexto en referencia a la protección de los datos personales
  • Elementos clave del RGPD: Inventario de tratamientos y Evaluación de impacto
  • El Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal
  • Nuevos retos normativos para el ámbito sanitario. RGPD y PIC, casi nada
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  • Una “hoja de ruta” para la Adecuación de las Organizaciones Sanitarias Públicas al #RGPD

martes, 13 de febrero de 2018

Recordatorio. XV Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS del 14 al 15 de Febrero en Valencia Programa y Ponentes de Sanidad de Madrid

[Recordatorio de entrada publicada el 05/02/2018]

Del 14 al 15 de Febrero tendrá lugar en Valencia el XV Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "RGPD: ¿Que nos exige a las Organizaciones Sanitarias?"

El programa cuenta entre sus  sesiones, con espacio dedicado al nuevo Reglamento General de Protección de Datos que recordemos será de obligada aplicación el ya muy próximo  25 de Mayo de 2018.
Entre los ponentes participarán de Sanidad de Madrid: