martes, 6 de marzo de 2018

NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si es adecuado conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino durante más de 17 años en el mismo puesto al que accedió tras un proceso selectivo público de libre concurrencia y con formato de concurso-oposición para alcanzar la condición de interino de vacante, y que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]




Precisamente, la jueza del nº8 reconoce en su escrito  que "no encuentra norma nacional capaz de alcanzar el objetivo que pretende la Directiva" para el caso del empleado temporal del sector público "sometido al derecho administrativo" [es decir, el  funcionario y el estatutario de los servicios de Salud temporales] , es más aprecia que la aplicación de la legislación nacional existente es "incompatible" con esos objetivos de la Directiva Europea contra la temporalidad, de lo que deduce "evidente" que en la legislación española "no se ha traspuesto" la directiva europea sobre temporalidad en estos casos de empleados temporales del sector público o que "y de estarlo lo está de forma insuficiente o con deficientes resultados, no consiguiendo ni alcanzando los objetivos resultados". De hecho, en su repaso a la jurisprudencia y normativa, la jueza recuerda que hay investigaciones y expedientes abiertos por infracción en estema de la Comisión Europea contra el gobierno español.


Precisamente, estos días, la Plataforma nacional de Interinos PI, que agrupa a diferentes asociaciones de interinos de todos los ámbitos de la Administración Pública, ha denunciado públicamente que el acuerdo firmado entre el Gobierno y sindicatos nacionales el 29/03/2017 denominado "Plan para la mejora del empleo público" , publicado en la Ley de Presupuestos del Estado, y que permite la convocatoria de Ofertas Públicas de Empleo [OPE]extraordinarias pero "convencionales" en sus bases con los puestos de los más de 250 mil puestos temporales de más de 3 años en varios sectores de todas las AAPP de España, entre ellos más del 90% de los 100 mil que hay en Sanidad entre todas las CCAA, puede suponer el mayor ERE en España mientras se presenta como la solución a una obligación impuesta a España por la Unión Europea de reducir la temporalidad en la Administración Pública en base a esa misma Directiva 1999/70/CE y así evitar una sanción de 100 millones de euros ya impuesta por la Unión Europa por no haber traspuesto su directiva al empleo público. Esta Plataforma sostiene en su manifiesto, que precisamente en base a esa directiva, los temporales de más de 3 años han adquirido derechos y, exigen que sus puestos sean convocados a consolidación por concurso de méritos en vez de por OPEs convencionales.

En cuanto al SERMAS en este caso, según el auto judicial, habría argumentado que la jurisprudencia española impide convertir un interino en un fijo, que no hay fraude de ley por ser "nombramientos" y no contratos y que en el caso de considerarlo que lo hay pues que a lo sumo podrían transformarse nombramientos eventuales encadenados en nombramientos interinos o a la condición equivalente de "indefinidos no fijo" hasta la cobertura de la plaza por procesos selectivos o su amortización, y que sobre pretensiones idénticas ya ha sentado jurisprudencia nacional negativa el Tribunal Supremo  y la Audiencia Nacional.

Como curiosidad en estos momentos que se está negociando la extensión de la carrera profesional a "todo" el personal del SERMAS (aunque no hay que perder de vista el contexto de estas declaraciones: la defensa en un proceso judicial) el SERMAS habría argumentado que la carrera profesional es una condición de trabajo que debe limitarse al personal fijo. Nótese que hay un 39% de temporalidad en el SERMAS, y que de sus 70 mil empleados., 20 mil tendrían estarían en puestos de más de 3 años de antigüedad, que son los que precisamente RRHH piensa convocar en las OPE extraordinarias correspondientes (según la propia información enviada por el SERMAS al Gobierno nacional) en principio mediante concursos-oposición convencionales, aunque todavía no se han publicado bases ni convocatoria alguna. Una sentencia favorable del tribunal europeo en este caso provocaría -como sucedió con los trienios- un aluvión de demandas de fijeza, para empezar de entre l@s 20 mil afectad@s del SERMAS, y para continuar con una buena parte de los 700 mil temporales empleados públicos en fraude de ley, con lo que se podría generar un gasto público no asumible con la duplicación de plazas al sumar los que aprobaran "de fuera" las oposiciones más los que ganaran la fijeza por sentencia si continúa.

Si a este posible escenario sumamos el ya real de la consecución de indemnizaciones por sentencias judiciales también para el personal estatutario temporal  (siempre en abuso de más de 3 años de temporalidad) cesados tras procesos selectivos (ver los recientes casos en el SaCyL con indemnizaciones de 20 días por año trabajado ya por sentencias de primera instancia sin posibilidad de recurso  tras la sentencia de su Tribunal Superior) nos encontramos con que las Administraciones Públicas podrían incurrir en una situación de grave perjuicio económico hasta el quebranto del erario público (por los miles de millones de euros de indemnizaciones o duplicidad de puestos) y mala gestión de sus recursos cuando podrían apostar por una solución sin coste económico alguno : la de la consolidación de su propio personal temporal de más de 3 años (y no la de sus puestos) mediante proceso excepcional de concurso de méritos (como ya contempla por la excepcionalidad y en virtud de ley la propia normativa nacional: el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público). Precisamente, una de las reclamaciones perennes de esta asociación desde su constitución ha sido la de un proceso extraordinario de consolidación del personal  informático del SERMAS, que en su gran mayoría, sufre de una elevada y muy prolongada temporalidad como la del informático cuyo caso pasa de forma pionera a Europa.

Parece, por tanto, que estamos ante una cuestión de trascendencia. A este respecto, la jueza de este trascendental auto recuerda que sobre los Jueces y Tribunales españoles "pesa la obligación"a conseguir los objetivos" de la directiva comunitaria de forma "prevalente sobre la normativa nacional"  hasta el punto de que en la batería de cuestiones vinculantes que traslada al TJUE no sólo se encuentra la fijeza (cuestión 6ª) y la igualdad en condiciones de trabajo , como derecho a carrera, traslados, excedencias, etc (cuestión 7ª)  sino que también pregunta si pueden revisarse sentencias judiciales/actos administrativos que no hayan aplicado la jurisprudencia europea (cuestión 8ª) e incluso pregunta al Tribunal Europeo si se podría condenar a las autoridades españolas por no haber traspuesto la normativa europea (cuestión 9ª)

[Auto judicial]

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AGREGADO DE NOTICIAS SOBRE SENTENCIAS


10 comentarios:

Anónimo dijo...

Este señor ha tenido 17 años para presentarse a muchas oposiciones. ¿Por qué no lo ha hecho y quiere que le regalen la plaza?

Anónimo dijo...

¿Porque no las había? Ése es el fraude de ley que se demanda: en su cuerpo no se convocaban las plazas de interinos a oposiciones al año siguiente de crearlas, y se superaban los 3 años para cubrirlas que fija la ley. O ni se creaban y se hacían contrato por años para necesidades permanentes.

Y así, más de 700 mil puestos entre varias administraciones públicas diferentes, con personas que no son de usar y tirar.

En este caso, no ha habido oposiciones hasta ahora en esos 17 años. En otros la ha habido, como en en Educación de Andalucía , pero 50 , 100 plazas al año de los más de 20 mil interinos que ha llegado a haber, cada año más, al no convocar lo debido. Y al gobernante no le pasaba nada. Y también hay puestos con antigüedades de 17 años. Y más. Fraudes de ley que requerirían unos procesos selectivos diferenciados, por eso vamos a la huelga la semana que viene:

http://ustea.es/new/huelga-general-de-ensenanza-en-andalucia/

(se ruega difusión, gracias)

Fer dijo...

Me gustaría estar informado de la evolución de este caso para tenerlo en cuenta. Yo también soy interino desde hace 13 años.
¿Donde y cómo se puede seguir las novedades de este caso?

Anónimo dijo...

Aparte de lo que vayan colgando en este blog de los informáticos del SERMAS, evidentemente muy enterados del caso, pues oficialmente aquí

Anónimo dijo...

Alguna novedad en el caso tras la sentencia del tribunal europeo de marzo?

Anónimo dijo...

Saltando de entrada relacionada a entrada relacionada desde la de la última prejudicial he llegado a esta entrada ¡de hace 7 años! Y el tema veo que ha avanzado, pero muy lentamente desde esto de hace 7 años.

Muy interesante las previsiones que hacían en caso de sentencia favorable. Muy llamativa esa mención de "la consolidación de su propio personal temporal de más de 3 años (y no la de sus puestos) mediante proceso excepcional de concurso de méritos como ya contempla por la excepcionalidad".

La sentencia a esto ya la he visto tirando para atrás, pero ¿qué pasó con vuestro informático?

Y gracias por iniciar esto

Anónimo dijo...

Pues como el resto de los 21 informáticos de esa demanda inicial, apaleados por la justicia española, cosidos a costas , en la calle sin un duro y tirados por Araúz que se lsrgó con la pasta de muchos que cayeron

Apiscam dijo...

Es ABSOLUTAMENTE FALSO que el abogado Araúz dejara "tirados" a los 21 informáticos del SERMAS - que eran parte junto con otros empleados del SERMAS y algún caso suelto de otro servicio de salud del grupo de demandas judiciales original de 2016 de abuso de temporalidad y fijeza como sanción según directiva y jurisprudencia europeas ya existente entonces, con solicitud explícita al juzgado de que planteara cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE, iniciativa conjunta que acabó dando lugar a la sentencia europea de 19 de marzo de 2020 del asunto Sánchez Ruiz- como es igual de FALSO que acabaron "en la calle"

Es un BULO que lleva circulando más de 3 años por diferentes foros, como hemos visto en algunos foros, especialmente de opositores.

De hecho, es justo al revés:

1. El gabinete de Araúz presentó y ha estado presentando recursos judiciales hasta las últimas instancias (salvo expreso deseo en contra del afectado) en todos los casos y como parte de la defensa jurídica inicialmente contratada, pese a su ajustado precio (muy bajo a nuestro entender para un contencioso y abogado especializado) y sin obligación de hacerlo sólo por el pago inicial. Es más, no sólo no ha dejado tirado a ninguno de los 21 informáticos sino que su implicación ha llegado mucho más allá no sólo de lo exigible sino de lo esperable llevando sin más los recursos de amparo al Tribunal constitucional en los casos ya de sentencia firme (siempre firmes sólo tras agotar todos los recursos, reiteramos), preparando escritos de los afectados y presentándolos en el procedimiento de infracción vinculado por la Commisión Europea al asunto Sánchez Ruiz tras su sentencia de 19/03/2024, asistiendo en reuniones con políticos de plataformas donde APISCAM era parte, etc.

2. Ninguno de esos 21 informáticos del SERMAS ha sido cesado. De hecho, TODOS los informáticos de las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información del SERMAS que formaron parte de esa iniciativa judicial de 2016 han obtenido nombramiento de personal estatutario FIJO por el proceso excepcional de estabilización por concurso de méritos de esas categorías del SERMAS por ley 20/2021..

Y difícilmente se puede decir que haya podido estafar este gabinete a esos 21 informáticos: fuimos nosotros quienes en 2015, y tras exponer en asambleas de informáticos las escasas posibilidades de victoria judicial, en especial, por el Supremo Contencioso que tenemos, pero aún así con posibilidades de provocar cambios normativos si con esta iniciativa se pasaba al TJUE y se acompañaba de movilizaciones en plataformas de afectados que debían formarse, quien gestionó a esos 21 informáticos el contacto con el gabinete tras asumir los 21 informáticos personalmente el "riesgo", y fuimos nosotros quienes buscamos un gabinete como el de Araúz

Anónimo dijo...

Vosotros, y gente normal, la que se ha partido la cara por sus compañeros.

Ya está bien de tanto chuleo de algunos.
Tuvimos y tenemos la razón desde el principio. Nuestra desgracia , es q hay demasiado mala baba suelto en nuestro país.

Anónimo dijo...

Entonces , vuestro informático de esta cuestión prejudicial pionera entiendo que como esos 21 ¡ha acabado fijo por un concurso de méritos excepcional que no habría tenido lugar sin su "arriesgada" iniciativa!

Me alegro mucho!