jueves, 1 de marzo de 2018

Recordatorio. [blog de Ignasi Beltrán] Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid traslada cuestión judicial a Europa sobre si tiene derecho a inmdenización una funcionaria temporal. Sigue pendiente la sentencia del Supremo sobre el caso de los estatutarios eventuales

[Recordatorio de entrada publicada el 19/02/2018] 
Informa Ignasi Beltrán en su blog este 13/02/2018 que se ha planteado una nueva cuestión prejudicial a Europa , es decir una consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo, sobre el derecho al cobro de indemnizaciones en el caso de empleados públicos temporales  de larga duración si son cesados por cobertura normal de su plaza, en este importate caso, se trata de la cuestión planteada por una jueza del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid sobre el caso de una funcionaria temporal del Ayuntamiento de Madrid  con abuso en su temporalidad.


La jueza duda del argumento muy usual sobre que los empleados públicos sujetos al derecho administrativo (el caso del personal funcionario y estatutario de Sanidad) no tengan derecho a indemnización por aplicación del principio europeo de no discriminación al no tener ese concepto el personal fijo funcionario y estatutario [porque precisamente no puede ser cesado por causas como un nuevo proceso selectivo o concruso de traslados] y ante el hecho que se derivaría de que serían los únicos trabajadores sin derecho a indemnización, la jueza plantea al tribunal Europeo si para aplicar la normativa europea en este caso no habría que comparar con los trabajadores  laborales, que sí tendrían derecho a esta indemnización. 
 
Además, Ignasi Beltrán  también informa  que está pendiente de resolución por parte del Tribunal Supremo un recurso de casación es decir, que  aunque proviene de un caso, sentaría jurisprudencia generalizada en España, al respecto del personal estatutario eventual afectado por una "utilización abusiva de nombramientos temporales" [en la práctica,  nombramientos encadenados más de 3 años], en estas dos cuestiones:
  1. si la "única solución jurídica aplicable es la conversión del personal estatutario eventual en personal indefinido no fijo, aplicando de forma analógica la jurisprudencia del orden social, o bien si cabe afirmar que en nuestro ordenamiento jurídico existen otras medidas de aplicación preferente e igualmente eficaces para sancionar los abusos cometidos respecto de dicho personal"
  2. si tiene o no derecho a indemnización, por qué concepto y en qué momento

Entrada recordada:


Entradas relacionadas:





AGREGADO DE NOTICIAS SOBRE SENTENCIAS


1 comentario:

José Gómez dijo...

https://www.redaccionmedica.com/secciones/derecho/la-sentencia-que-permite-a-los-interinos-optar-a-plaza-fija-sin-opositar-8454