lunes, 21 de octubre de 2019

Convocatoria de Asamblea de APISCAM extraordinaria de informáticos del SERMAS el lunes 28/10/2019: postura de APISCAM ante OPEs "de estabilización"


SE CONVOCA a TODOS los SOCIOS de APISCAM Y A TODOS LOS MIEMBROS DEL COLECTIVO de profesionales de la informática de la sanidad pública madrileña, personal propio empleado público bajo la Consejería de Sanidad, recogidos en nuestro censo, SEAN O NO SEAN SOCIOS de APISCAM a la Asamblea Extraordinaria de APISCAM , privada y de acceso restringido [*], que tendrá lugar el próximo día Lunes 28 de Octubre a las 16:15 horas, en primera convocatoria y  a las 16:45 en segunda convocatoria, en el salón de actos del Edificio Externo del Hospital Ramón y Cajal , con este único punto del orden del día:

1. Postura de APISCAM ante OPE 2019 extraordinaria “de estabilización”

En Madrid a 21 de Octubre de 2019


Domingo Sánchez Ruiz
Presidente de APISCAM


[*] Para permitir la asistencia, se utilizará el censo de socios y el censo de miembros del colectivo que APISCAM mantiene para limitar el acceso a esta asamblea privada, por lo que se exigirá identificación con DNI. Si alguien no es socio, no ha asistido a alguna de las últimas asambleas y cree que puede que no figure en dicho censo de miembros del colectivo, por favor que se ponga en contacto con esta dirección de correo apiscam@gmail.com como tarde el DIA ANTES de la Asamblea, para ser incluido en dicho censo, una vez contrastada la información. Se podrá realizar inscripciones de socio de APISCAM en la propia Asamblea , quedando automáticamente.al corriente de pagos, no debiendo abonar cuota anual hasta la del año siguiente.

[FesP UGT C. Valenciana - Sector Administración y Justicia] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea censura con dureza la alta temporalidad de las administraciones públicas españolas y considera que no cabe la automaticidad en la condición de “fijeza”. [Pero contempla la transformación en relación fija mediante procedimiento ordenado]. 'El TJUE deberá proponer dobles o triples indemnizaciones como medidas disuasorias en los supuestos de abusos de temporalidad' [ y 'no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia']

'La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) (Sra Julianne Kokotz), ha evacuado las conclusiones, respecto a los asuntos acumulados C-103/18 Y C-429/18, procedentes de cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados de lo contencioso número 8 y 14 de Madrid, que versan sobre el abuso de la temporalidad de los empleados públicos en las Administraciones Públicas españolas.

Texto completo de las conclusiones en el siguiente enlace, o en la página web de FeSP-UGT-PV: Conclusiones Abogacía General sobre sentencia de interinos

Os comunicamos, tras un primer análisis, aquello que de interés tiene dicho documento para los miles de empleados públicos interinos y temporales que prestan servicios en la Administración valenciana en fraude de ley / abuso de la temporalidad; recordamos que, aunque este documento no tiene carácter vinculante y próximamente se producirá una Sentencia del TJUE -que sí es
obligatoria para los Estados Miembros-, el Tribunal europeo normalmente sigue las conclusiones de su Abogacía General.


Antes de valorar el dictamen, debemos aclarar que en el día de hoy también se ha emitido otro dictamen sobre personal interino, que no afecta a los asuntos acumulados pero que ha generado una gran confusión tanto a nivel de prensa como de los afectados: se trata del asunto C-177/18 sobre un trabajador interino de un Ayuntamiento madrileño, y que declara la no indemnización para el caso de los trabajadores interinos en situación de no abuso de la temporalidad -como se ve, contrario al dictamen que nos ocupa-.


Centrándonos en el dictamen de la Sra. Kokotz queremos destacar lo siguiente:

Análisis FeSP-UGT-PV acerca del dictamen
1. A la problemática expuesta en las cuestiones prejudiciales (personal interino -estatutario o funcionario- que ha sufrido un abuso de la temporalidad) le es aplicable sin ningún género de duda la cláusula 5a del Acuerdo Marco sobre "Medidas destinadas a evitar la utilización abusiva".


[CCOO Nacional] 'El Gobierno convoca a una reunión a los sindicatos tras la concentración del Área Pública de CCOO' [Reunión el Jueves de Función Pública con los 3 sindicatos firmantes del Acuerdo]

'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha convocado a una reunión, este jueves 24 de octubre, a los tres sindicatos firmantes de los acuerdos para la mejora del empleo público y condiciones de trabajo -CCOO, UGT y CSIF-, como respuesta a la concentración del Área Pública de CCOO, que tuvo lugar el pasado 17 de octubre.

[La verdad de Ceuta] UGT de Ceuta, tras el informe de la Abogacía General UE en el juicio sobre abuso de temporalidad en empleo público: debe hacerse una consolidación por concurso de méritos de antigüedad

Informaba La Verdad de Ceuta  este 18/10/2019 que tras conocer el Informe de Conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el  asunto  en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad , aunque esté teniendo diferentes interpretaciones, UGT de Ceuta  insiste que se realicen consolidaciones por concurso de méritos por antigüedad para que ningún trabajador se vea en la calle  a mostrándose contrario por la indemnizaciones como la solución al, abuso, dado que implicaría despidos que no quieren , pero si  ésta  es la solución final recogida en la sentencia lucharía porque fuera la  máxima indemnización posible.

[Iniciativa Sindical Andaluza] 'El pronunciamiento del abogado del TJUE favorece la ILP de los interinos'

'Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) considera que el pronunciamiento de la abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, favorece la aprobación de la proposición de ley que impulsan los interinos de la Junta de Andalucía para que se realice un concurso específicamente de méritos para regularizar a los interinos en fraude de ley.
Las conclusiones presentadas hoy jueves, Szpunar [Kokott] señala que “para sancionar adecuadamente tal uso abusivo y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo, debido a sus modalidades, sea imprevisible e incierto, y la normativa nacional pertinente  no establezca ninguna otra medida sancionadora”.


[Sindicato Médico de Baleares] 'Valoración de SIMEBAL de las conclusiones de la abogada general TJUE: FALSA ALARMA, en realidad suponen una mejora.

'SIMEBAL quiere aclarar las noticias que están apareciendo en los medios sobre las conclusiones de la Abogada General de la UE en el tema interinos/eventuales, pues la prensa las ha distorsionado, creando una alarma injustificada, porque la Abogada sigue dejando abierta la posibilidad de hacer fijos a los que hayan superado un proceso de selección y, además, añade la indemnización por despido improcedente que hasta ahora se estaba negando.

Tratemos de explicarlo:
I.- DOS PRECISIONES PREVIAS, pues hay que entender dos cosas básicas para saber cómo afectan las conclusiones a la reclamación de SIMEBAL:

NO ES LA SENTENCIA DEFINITIVA, SOLO UN TRÁMITE. En primer lugar, hay que recordar que lo que se ha comunicado NO ES LA SENTENCIA definitiva, sino un trámite previo de alegaciones que no vincula al Tribunal, de modo que las opciones de conseguir la fijeza siguen intactas.


[UGT Sanidad Madrid] 'La Comunidad de Madrid acepta una oferta temeraria para gestionar el Laboratorio Central de Análisis Clínicos, un millón de euros más barata que la actual.'

'El Partido Popular ha convertido la Comunidad de Madrid en una subasta de servicios públicos, vendiéndolos a la baja para beneficio de los especuladores. Ahora le toca el turno al Laboratorio Central de Análisis Clínicos, que continuará siendo un lucrativo negocio para la empresa privada que puja más bajo. Está en juego la salud de más de un millón y medio de madrileños.

La empresa Analiza ha sido propuesta para la adjudicación de la explotación de los análisis clínicos de los madrileños por un millón de euros menos que la actual empresa BRSalud. La Comunidad de Madrid, lejos de haber recuperado este servicio público para gestionarlo directamente, prefiere entregar el dinero público para que otro lo haga.

Desde UGT ya hemos denunciado en reiteradas ocasiones que el beneficio empresarial sale necesariamente de la merma de la calidad del servicio y de las condiciones laborales de sus profesionales. Estos trabajadores que actualmente tienen menos derechos laborales que el resto del personal del Servicio Madrileño de Salud, no tienen ninguna garantía de mantener su puesto de trabajo ni su situación laboral.

Ahora la Unidad de Contabilidad Financiera y Análisis de Costes de la Comunidad de Madrid, concluye que no hay baja temeraria en la oferta de la empresa Analiza, que ha presentado un presupuesto mucho más barato que las demás, cuando en la actualidad ya son escasos los recursos con los que trabajan estos profesionales, causando falta de personal y de innovación tecnológica. La rebaja del presupuesto, sin duda afectará a la calidad del servicio y a la salud de los madrileños.

La Comunidad de Madrid, nunca ha explicado la eficiencia de privatizar este servicio, malgastando el dinero público en favor de intereses particulares y en detrimento del servicio y los derechos laborales de sus trabajadores y trabajadoras.


[Gob Com. de Madrid] 'Modernizamos la plataforma tecnológica de urgencias del SUMMA-112 por 2,7 millones'

''El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy la contratación, por procedimiento abierto, de la actualización, atención al mantenimiento y soporte de la plataforma tecnológica del servicio de urgencias médicas de Madrid, SUMMA-112, con un gasto de 2019 a 2022 de 2.713.199,01 euros

Esta plataforma está formada por los sistemas y herramientas informáticas que dan soporte a cada paso de la cadena asistencial, desde la llamada del ciudadano hasta el envío del recurso asistencial más adecuado en cada caso.
La llamada del ciudadano al 112 se recibe en el servicio coordinador de urgencias, que establece la prioridad y la transfiere a un médico que determina la asistencia que se precisa y, si es necesario, se envía el recurso más adecuado y decide si es necesario traslado a un hospital.

El nuevo contrato incluye la central de telefonía, el sistema de grabación de llamadas, las tecnologías de comunicaciones en red local y de radio y el sistema de geolocalización, para lo que se requiere un equipo específico. También se incluye la atención al mantenimiento y soporte del sistema de información del transporte sanitario no urgente.


Convocada provisión de nuevo puesto de informático de gestión de análisis de datos, cuadros de mando y Bussiness Inteligence en los Servicios Centrales de la Dir. Gral de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios del SERMAS , otra vez posiblemente abierto a personal estatutario de las categorías de informática del SERMAS

El pasado 17/10/2019 se publicaba en el BOCM la convocatoria por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Técnico de Apoyo del Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria en la Subdirección General Servicios de Sistemas de Información de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS  [DGSIS], viniendo descrito el puesto en el listado de la publicación del Boletín Oficial como de nivel retributivo 28  de grupo A ( es decir A1) y para personal funcionario o estatutario de la Comunidad de Madrid u otra CCAA o de la Administración del Estado, si bien en el punto 3ª.2 de la Orden se dice que "podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación", siendo posible que sea una convocatoria restringida a funcionario.

[CEGID] 'Cegid anuncia la finalización de la adquisición de Meta4, proveedor español líder en soluciones de Nómina y RRHH en la nube'

 'Cegid, compañía líder en soluciones de gestión para las áreas de Auditoría Contable, Fiscalidad, Nómina y Recursos Humanos, ERP y Retail, que anunció el pasado 2 de agosto la adquisición de Meta4, ha confirmado la finalización del proceso de compra. Cegid se convierte así en líder del sector con un total de 22 millones de personas gestionadas con sus soluciones. Así mismo, la adquisición de Meta4 permite a Cegid completar su actual alcance y la apertura a cuentas clave en España, Portugal y Latinoamérica.

Gracias a su oferta integrada de software en el mercado de gestión de Nómina y Recursos Humanos, su innovación centrada en las personas y los conocimientos de su equipo, Meta4 cuenta con casi 30 años de experiencia exitosa, innovación y excelencia puestas al servicio de sus clientes, pertenecientes principalmente a los sectores de servicios, industria, telecomunicaciones, finanzas, turismo y educación.

Entrada ampliada. Informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la fijeza.

[Ampliación de la entrada publicada el 17/10/2019] En la mañana de este jueves 17/10/2019  tuvo lugar la presentación del Informe de Conclusiones [ver PDF íntegro] de Juliane Kokott, la Abogada General de la Unión Euopea en el  asunto acumulado " Sánchez Ruiz, Fernández  Álvarez y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que reconozca el abuso en la interinidad de vacante prolongada 17 años y se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público ante la ausencia de medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-.


Resumen sumarísimo esquemático
Conclusiones Abogada General Unión Europea en asunto #SanchezRuiz y otros" en Tribunal europeo sobre abuso de temporalidad en empleo público: 
1. Hay abuso también en interino de vacante longevo 
2. Fijeza es sanción válida pero vía procesos restringidos de méritos 
3. Ni OPE libre ni doctrina actual del Supremo para funcionarios/estatutarios valen como sanción si no se indemniza además de por daños y perjuicios por los años trabajados como el despido improcedente de los trabajadores convencionales
4. Es ilegal UE exigir para obtener la declaración del abuso que se haya presentado recurso contencioso-adminsitrativo a todos los nombramientos y ceses previos ni desde el momento pasado que se estime  se pasó a tener la sitaución de abuso


Aclaraciones sobre el procedimiento
Hay que aclarar que este informe de la Abogada General de la UE en el asunto acumulado,  NO es la sentencia europea  ni es vinculante para ella. La sentencia la emitirá la Sala encargada del Tribunal Europeo a la vista de lo aportado en el juicio previo por las partes interesadas: el  demandante del caso local (empleado), la demandada (Comunidad de Madrid), el Gobierno Español y la Comisión Europea; y, por fin, de este informe de la Abogacía General, cuya opinión se le suele conceder mucha importancia por ser una opinión jurídica de una parte independiente que ha tenido acceso al juicio y que además suele coincidir la mayoría de las veces su propuesta de respuesta a las preguntas con las de la sentencia del Tribunal.
 
Además también hay que aclarar una vez más el Tribunal Europeo, en su sentencia posterior da respuesta razonada a las preguntas planteadas por el juez nacional, no la sentencia final de cada caso, es decir no dicta si estima o no ni cómo la demanda específica del demandante en el procedimiento judicial local (en estos casos todos en la primera instancia de sendos Juzgados de lo contencioso-administrativo). Se limita a dar respuesta a las cuestiones planteadas que pueden ser más o menos concretas en función del tipo de preguntas planteadas.


domingo, 20 de octubre de 2019

Entradas más vistas de la semana 14/10/2019-20/10/2019 en este blog: informes de los abogados generales UE en asuntos "Sánchez-Ruiz y otros" y "Baldonedo Martín" sobre sanción al abuso de temporalidad e indemnizaciones al cese de funcionarios interinos; el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no suspende sus casos de demanda de sanción al abuso de temproalidad para esperarse a la sentencia europea, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

[Arauz] 'Sobre una segunda lectura del informe' [de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de duración de temporalidad en empleados público: también hay abuso en interinidades de vacante prolongadas para la que no valen las oposiciones como solución y, contra lo dicho en primeros titulares, para la que la Abogada dice que no existen medidas de sanción válidas en España y que son necesarias indemnizaciones y otras medidas de sanción no existentes, entre la que sigue sin descartarse la fijeza]

Una vez realizada una lectura sosegada del Informe de conclusiones de la Abogada General, entendemos positivos los aspectos fundamentales que del mismo se derivan, muy lejanos a los primeros titulares de prensa que fueron apareciendo el día 17 de octubre y que, además de realizar una interpretación tremendamente precipitada del mismo, mezclaban dos cuestiones perjudiciales sobre asuntos que nada tenían que ver.

Las Conclusiones, de una manera expresa, y a lo largo de todo el documento, declaran sin ningún tipo de duda la situación fraudulenta y de abuso existente sobre las distintas contrataciones temporales, incluyendo el supuesto de interinos con un solo nombramiento. Además declara que ni los procesos de estabilización ni los procesos selectivos pueden ser concebidos como una medida compensatoria para paliar el abuso que padece el  empleado público. No sólo eso, sino que por primera vez se impone en España el deber de sancionar tales prácticas abusivas de un modo ejemplar y disuasorio, acabando con el régimen actual de despido libre y gratuito.

Y es más, propone de una manera tajante tales sanciones, y para ello, en primer lugar, -pese a lo que se ha escrito y se ha dicho- impone la  fijeza, si como sucede España no existieran indemnizaciones ni medidas sancionadoras disuasorias adicionales (que no existen en España)- y, en cualquier caso, propone activamente el derecho de los empleados públicos perjudicados a percibir indemnizaciones a tanto alzado, y no necesariamente a las correspondientes con motivo del cese, (Resultado 3. del Informe ), que a su vez deben ir acompañadas de otras medidas sancionadoras a los responsables del abuso, que como decimos, no existen en nuestro país, ….lo que nos avoca a la fijeza como única sanción posible frente al abuso en la temporalidad.


La SEIS abre el plazo a sus socios de presentación de candidaturas para los XXV Premios Nacionales de Informática y Salud, Edición 2019

La Sociedad Española de Informática y Salud [SEIS] acaba de abrir el plazo  y hasta el día 1 de Diciembre de 2019, para que sus socios puedan presentar candidaturas (en este enlace) para la XXV Edición de los Premios Nacionales de Informática y Salud

sábado, 19 de octubre de 2019

Reflejo en los medios de prensa del Informe de la Abogada General sobre el asunto en el Tribunal Europeo "Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" sobre si hay abuso de duración de temporalidad en la temporalidad excesiva en personal de tipo funcionario y sus sanciones correspondientes en base a la cláusula de la Directiva Europea contra el abuso de temporalidad, así como del informe sobre el otro asunto, Baldonedo Martín, sobre indemnización al cese del funcionario interino por OPE en base a la cláusula de no discriminación como el fijo [como ya se trató en las sentencias Montero Mateos y De Diego Porras II]

Reflejo en los medios de prensa de las noticias de la publicación del informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público (antes del cese y en base a la cláusula 5ª contra los abusos de duración de la temporalidad de la Directiva europea sobre empleo temporal 1999/0/CE, siendo el informático estatutario interino de vacante del asunto principal informático del SERMAS nuestro ) y de la publiación del informe de conclusiones del Abogado General de la Unión Europea en el asunto "Baldonedo Martín", sobre el derecho a indemnización tras el el cese por la cobertura fija del puesto (como una OPE) de un funcionario interino de larga duración  (finalmente visto en fundamentación a la cláusula 4ª de no discriminación de la Directiva europea), con medio entre corchetes y negrita,  y titulares hasta el subtitular literales entre apóstrofes, algún resumen nuestro de lo dicho del cuerpo entre paréntesis, y,  en su caso, notas nuestras entre corchetes  en cursiva. (OJO: muchos medios ocultan los bombazos de la Abogada General sobre la obligación de sanción adicional como las indemnizaciones o que las oposiciones puedan ser solución en el titular, pero algunos comentan algún aspecto en el cuerpo de la noticia; otros se confunden con el otro asunto sobre indemnización el cese por discriminación con el fijo en vez de por abuso de temporalidad para concluir que "doble varapalo al interino: ni fijeza ni indemnización")