miércoles, 23 de octubre de 2019

[Arauz] 'Sobre las conclusiones de la Abogada General en los asuntos prejudiciales C-103/18 Y C-429/18 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'

'Evaluado con detenimiento el informe emitido por la Abogada General el pasado 17 de octubre, debemos informaros de los siguiente:

PRIMERO.- Consideramos que las conclusiones de la Abogada General son, en general, muy positivas. Solo hay que hacer el esfuerzo de pensar dónde se encontraba el personal publico temporal y dónde está ahora.
  • Antes de este informe:
    • No se reconocía en ningún caso el abuso en la temporalidad, razonado que con el mero hecho de estar en régimen de interinidad ya se cumplía la Directiva 199/70/CE.
    • Se decía que, por no haber impugnado sus nombramientos y ceses el personal publico temporal no podía reclamar.
    • Se argumentaba que los procesos de estabilización y las OPEs eran la solución y la sanción para acabar con el abuso.
    • Se alegaba que el indefinido no fijo era la sanción más acorde con la Directiva.
    • o Se había instalado un régimen de despido libre y gratuito.
  • Ahora, según el informe de la Abogada General
    • Se amplían los supuestos amparados por la Directiva, incluyendo tanto a los interinos de larga duración con un solo nombramiento como los que van modificando su situación y pasan de eventuales, a sustitutos, o a interinos o viceversa; así como todos los casos en los que se destina a un temporal a realizar funciones que no son provisionales, ni excepcionales, sino ordinarias y estructurales.
    • Se dice que los procesos de estabilización y las OPEs no son una medida sancionadora y por tanto, que estos procedimientos deben de ir precedidos de un régimen de sanciones para garantizar la compensación de los empleados públicos temporales y reprimir estos comportamientos abusivos y fraudulentos de las Administraciones empleadoras.
    • Se nos explica que los Tribunales no pueden ampararse en la no impugnación de los nombramientos y ceses para dejar de aplicar la Directiva y que el indefinido no fijo no puede ser la sanción ante el abuso.
    • Se acaba con el despido libre y gratuito pues, como sanción, el empleado temporal tiene derecho bien a la transformación de su relación temporal en una fija, bien a una indemnización disuasoria y completa, que necesariamente debe ir acompañada de otros mecanismos sancionadores efectivos y disuasorios.



SEGUNDO.- Resumamos lo que dice el informe de la Abogada:

[Diario de Sevilla/Europa Press] Interinos del Ayuntamiento convocan un paro parcial contralas convocatorias de sus puestos en OPEs libre y exigen un proceso de regularización interno [ como avala la Abogacía de la Unión Europea en el juicio sobre abuso de temporalidad en el Tribunal Europeo]


Informaba Diario de Sevilla este 21/10/2019 que interinos de larga duración del Ayuntamiento realizarán con el apoyo de CGT y el Sindicato Andaluz de Bomberos un paro parcial  de 3 horas este jueves para exigir la paralización de las convocatorias de sus puestos en OPEs libre y  un proceso de regularización interno por méritos.

Informa Europa Press este 22/10/2019 que el alcalde  de Sevilla ha dicho que comprende la "inquietud" de los interinos si bien tiene la  "obligación" de sacar en OPE estas plazas

[USTEA] 'USTEA valora el informe de la Abogacía General del TJUE sobre el abuso de temporalidad del personal interino.' [Reconocido el abuso de la temporalidad "sin ambages", no impone la fijeza mientras existan otras sanciones no valiendo como tales los procesos de estabilización de acceso libre ni la doctrina del Supremo de 26/09/2019 salvo que se acompañe de indemnizaciones adicionales]

'Lo primero que tenemos que decir es que el informe de la abogacía del Tribunal de Justicia de la UE es sólo un informe prejudicial a la sentencia, la cual se demorará unos meses más. Si bien es cierto que los medios de comunicación han centrado sus informaciones en una de las conclusiones de dicho informe según la cual “la cláusula 5 del Acuerdo Marco no se opone a la jurisprudencia de los tribunales nacionales conforme a la cual el uso abusivo de los sucesivos nombramientos temporales por parte de la Administración pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fijo”, poner únicamente el foco ahí es hacer una lectura bastante parcial de un informe que tiene más de 30 páginas y muchas otras consideraciones.
            Se reconoce sin ambages el abuso generalizado de la contratación temporal, lo cual debería ser corregido “por un mecanismo de sanciones efectivo y disuasorio”. La abogada general es muy crítica con las actuaciones tanto de las autoridades administrativas como judiciales españolas, que con la excusa de que la ley permite el nombramiento de funcionariado interino, ha permitido la cobertura de puestos y necesidades en las distintas Administraciones que no tenían carácter ni excepcional ni provisional, sino ordinario y permamente.

            También establece que los procesos de estabilización y de acceso libre no son una medida sancionadora que cumpla con la directiva 1999/70 de la Comunidad Europea y por lo tanto no exoneran a las Administraciones Públicas de sancionar los abusos cometidos en la temporalidad, pese a que los distintos firmantes del Acuerdo de Estabilización no se han considerado siquiera mínimamente aludidos, ya que nos lo vendieron como la fórmula a todos los males del personal en interinidad.


martes, 22 de octubre de 2019

Nota de prensa ante el informe de la Abogada Gral de la Unión Europea en el juicio en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en la función pública, con asunto principal el caso de uno de nuestros informáticos: 1. Serio correctivo a la jurisprudencia del Supremo al reconocer la Abogacía que se da una clara situación de abuso según la norma europea en el caso de los funcionarios interinos de muchos años. 2. Jaque a las masivas Ofertas Públicas de Empleo decididas por el Gobierno con esos puestos: una OPE de libre cocurrencia no puede ser solución al abuso si no vienen acompañadas de fuertes indemnizaciones por año trabajado ahora inexistentes e inasumibles sin grave perjucio a los servicios públicos si hay oleadas de demandas masivas por parte del más del medio millón de afectados. 3. Gran decepción al no estimar la AG que la conversión a fijo como sanción sea posible más que por la vía procesos de concurso de méritos restringidos, en vez de por sentencia de cada caso. 4. Presumible "terremoto" en la función pública española si el Tribunal Europeo sigue en su sentencia las recomendaciones de la Abogacía General


La justicia europea se  pronunciará en próximas semanas o meses sobre el fraude del abuso de duración de temporalidad del Servicio Madrileño de Salud y por extensión de todas las Administraciones Públicas , por el caso de un informático interino casi 20 años y actual presidente de esta asociación de profesionales de informáticos propios de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, y por el caso de cinco odontólogas , todos del SERMAS, por el juicio en el Tribunal Europeo bajo la denominación de asunto “Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros”. Este 17 de Octubre, conocíamos el primer resultado: el informe de conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, y, que de seguir el Tribunal Europeo en su sentencia algunas de sus líneas, y respetar la justicia española el dictado europeo, estaríamos ante un “terremoto” en la función pública española.

La ley española sí contempla un límite de tres años para la duración de la temporalidad de un puesto en la administración pública, similar al de la empresa privada pero sólo contempla sanciones para las empresas privadas que lo incumplen, dictaminando la ley en el caso de trabajadores de las empresas privadasdirectamente la fijeza para el trabajador temporal en ese fraude de ley por exceso de duración de temporalidad.

Por si fuera poco, la jurisprudencia española, establecida por el Tribunal Supremo,  no contempla nada para los excesos de duración de temporalidad con el propio personal temporal de la Administración pública de tipo funcionario interino de "vacante" -es decir, en un puesto ya reconocido como permanente pero pendiente de oposición, que la administración no convoca o resuelve en esos 3 años. Tampoco contempla indemnizaciones  cuando se "cesa" a este personal tras muchos años si su puesto se cubre de forma ya fija por cualquier proceso (Oferta PÚblica de Empleo, traslados, reingreso,... ) o incluso si es suprimido directamente por una privatización.  Es decir, se da el despido libre y  gratuito que se prohíbe en la empresa.

De esta manera,  ante la falta de consecuencias visibles, muchas Administraciones Públicas, como es el caso del Servicio Madrileño de Salud, han acumulado miles de temporales en este fraude, estimándose  en 25 mil los empleados públicos en esta situación fraudulenta en el SErvicio Madrileño de Salud y más de medio millón en total en todo el Estado.


En contra de muchos titulares de prensa que pudimos ver este jueves asegurando "Doble varapalo al interino: ni fijeza ni indemnización" , el informe que ha presentado  la Abogacía de la UE en este asunto sobre sanciones ante abuso de temporalidad, es demoledor y todo un "varapalo" para la administración.  No hay que confundirlo, como muchos medios hicieron-con otro informe de la Abogacía General de la UE publicado el mismo día sobre otro asunto en el que fue examinado algo ya establecido en sentencia este mismo año por el Tribunal Europeo: no es ilegal no indemnizar cuando se demanda en base a la norma europea de "no discriminación con el fijo" plasmada en cláusula 4ª de la Directiva 1999/70/CE)

Pero en el asunto  “Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros”, lo que se debate es si hay abuso de temporalidad según la respectiva norma europea (la cláusula 5ª de la misma Directiva euroepa) en el caso de funcionarios interinos de muchos años y en ese caso cuál debe ser la sanción mientras que exige la Directiva europea exista.



Pues bien, la Abogada General recomienda al Tribunal que sentencie lo que podría suponer  todo un vuelco a la jurisprudencia española y un "terremoto" en la función pública:

[ATOS] 'El Ministerio de Defensa británico elige a Atos para la transformación digital de su asistencia sanitaria El contrato, cifrado en 25 millones de libras, se enmarca en el Programa CORTISONE del Ministerio de Defensa, cuyo principal objetivo es es ofrecer un conjunto de Servicios de Información Médica (Med IS) utilizando equipos y soluciones disponibles en el mercado.'

'El Ministerio de Defensa del Reino Unido ha contratado a Atos para la transfomación digital de sus servicios de asistencia  sanitaria.  El contrato, cifrado en 25 millones de libras, se enmarca en el Programa CORTISONE del Ministerio de Defensa, cuyo principal objetivo es ofrecer un conjunto de Servicios de Información Médica (Med IS) utilizando equipos y soluciones disponibles en el mercado.

A través del programa CORTISONE y como proveedor de servicios 3D, Atos utilizará sus capacidades de gestión de información sostenible, integrada, cohesionada y duradera para facilitar la prestación de servicios médicos, dentales y sanitarios basados en la evidencia médica por parte del Ministerio de Defensa.

[CCOO Sanidad Madrid] 'El Gobierno de Madrid reprivatiza los análisis clínicos de la ciudadanía y se los entrega a una empresa que rebaja 1 millón de euros el servicio CCOO Sanidad Madrid exige que se revierta la privatización y vuelva a manos públicas'

'El Gobierno de la Comunidad de Madrid (PP y Ciudadanos) ha reprivatizado el Laboratorio Central de Análisis Clínicos y se lo ha entregado a la empresa Analiza que ha hecho una oferta económica para la gestión de un millón de euros menos que la anterior BRSalud, a pesar de tener que dar servicio a una población asistencial mucho mayor que hace 11 años, cuando lo el Gobierno de Esperanza Aguirre (PP) lo dejó en manos privadas.

CCOO Sanidad Madrid lleva años exigiendo la reversión de la privatización de éste y otros servicios que la Consejería de Sanidad privatizó. Sin embargo, el nuevo gobierno del PP y Ciudadanos lejos de solucionar esta anomalía que perjudica a todos los ciudadanos/as, continúa dejando en manos privadas las analíticas y otras pruebas clínicas de laboratorio de los madrileños y madrileñas y para ello rebaja el montante económico del contrato, con riesgo de baja temeraria.


[AMYTS] 'Rueda de prensa 23 de octubre, sede de AMYTS sobre el informe de la Abogada General de la UE en el caso del abuso de temporalidad'

'AMYTS CONVOCA RUEDA DE PRESA SOBRE EL INFORME DE LA ABOGADA GENERAL DE LA UNION EUROPEA 



El miércoles 23 de octubre AMYTS convoca rueda de prensa a la 10:00 h. en la sede central en la calle Santa Cruz de Marcenado nº 31 donde, Javier Araúz, abogado que está llevando el caso ante TJUE, informará sobre la situación.

Contaremos con la presencia de Julián Ezquerra, secretario general de AMYTS, y uno de los afectados.

lunes, 21 de octubre de 2019

Convocatoria de Asamblea de APISCAM extraordinaria de informáticos del SERMAS el lunes 28/10/2019: postura de APISCAM ante OPEs "de estabilización"


SE CONVOCA a TODOS los SOCIOS de APISCAM Y A TODOS LOS MIEMBROS DEL COLECTIVO de profesionales de la informática de la sanidad pública madrileña, personal propio empleado público bajo la Consejería de Sanidad, recogidos en nuestro censo, SEAN O NO SEAN SOCIOS de APISCAM a la Asamblea Extraordinaria de APISCAM , privada y de acceso restringido [*], que tendrá lugar el próximo día Lunes 28 de Octubre a las 16:15 horas, en primera convocatoria y  a las 16:45 en segunda convocatoria, en el salón de actos del Edificio Externo del Hospital Ramón y Cajal , con este único punto del orden del día:

1. Postura de APISCAM ante OPE 2019 extraordinaria “de estabilización”

En Madrid a 21 de Octubre de 2019


Domingo Sánchez Ruiz
Presidente de APISCAM


[*] Para permitir la asistencia, se utilizará el censo de socios y el censo de miembros del colectivo que APISCAM mantiene para limitar el acceso a esta asamblea privada, por lo que se exigirá identificación con DNI. Si alguien no es socio, no ha asistido a alguna de las últimas asambleas y cree que puede que no figure en dicho censo de miembros del colectivo, por favor que se ponga en contacto con esta dirección de correo apiscam@gmail.com como tarde el DIA ANTES de la Asamblea, para ser incluido en dicho censo, una vez contrastada la información. Se podrá realizar inscripciones de socio de APISCAM en la propia Asamblea , quedando automáticamente.al corriente de pagos, no debiendo abonar cuota anual hasta la del año siguiente.

[FesP UGT C. Valenciana - Sector Administración y Justicia] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea censura con dureza la alta temporalidad de las administraciones públicas españolas y considera que no cabe la automaticidad en la condición de “fijeza”. [Pero contempla la transformación en relación fija mediante procedimiento ordenado]. 'El TJUE deberá proponer dobles o triples indemnizaciones como medidas disuasorias en los supuestos de abusos de temporalidad' [ y 'no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia']

'La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) (Sra Julianne Kokotz), ha evacuado las conclusiones, respecto a los asuntos acumulados C-103/18 Y C-429/18, procedentes de cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados de lo contencioso número 8 y 14 de Madrid, que versan sobre el abuso de la temporalidad de los empleados públicos en las Administraciones Públicas españolas.

Texto completo de las conclusiones en el siguiente enlace, o en la página web de FeSP-UGT-PV: Conclusiones Abogacía General sobre sentencia de interinos

Os comunicamos, tras un primer análisis, aquello que de interés tiene dicho documento para los miles de empleados públicos interinos y temporales que prestan servicios en la Administración valenciana en fraude de ley / abuso de la temporalidad; recordamos que, aunque este documento no tiene carácter vinculante y próximamente se producirá una Sentencia del TJUE -que sí es
obligatoria para los Estados Miembros-, el Tribunal europeo normalmente sigue las conclusiones de su Abogacía General.


Antes de valorar el dictamen, debemos aclarar que en el día de hoy también se ha emitido otro dictamen sobre personal interino, que no afecta a los asuntos acumulados pero que ha generado una gran confusión tanto a nivel de prensa como de los afectados: se trata del asunto C-177/18 sobre un trabajador interino de un Ayuntamiento madrileño, y que declara la no indemnización para el caso de los trabajadores interinos en situación de no abuso de la temporalidad -como se ve, contrario al dictamen que nos ocupa-.


Centrándonos en el dictamen de la Sra. Kokotz queremos destacar lo siguiente:

Análisis FeSP-UGT-PV acerca del dictamen
1. A la problemática expuesta en las cuestiones prejudiciales (personal interino -estatutario o funcionario- que ha sufrido un abuso de la temporalidad) le es aplicable sin ningún género de duda la cláusula 5a del Acuerdo Marco sobre "Medidas destinadas a evitar la utilización abusiva".


[CCOO Nacional] 'El Gobierno convoca a una reunión a los sindicatos tras la concentración del Área Pública de CCOO' [Reunión el Jueves de Función Pública con los 3 sindicatos firmantes del Acuerdo]

'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha convocado a una reunión, este jueves 24 de octubre, a los tres sindicatos firmantes de los acuerdos para la mejora del empleo público y condiciones de trabajo -CCOO, UGT y CSIF-, como respuesta a la concentración del Área Pública de CCOO, que tuvo lugar el pasado 17 de octubre.

[La verdad de Ceuta] UGT de Ceuta, tras el informe de la Abogacía General UE en el juicio sobre abuso de temporalidad en empleo público: debe hacerse una consolidación por concurso de méritos de antigüedad

Informaba La Verdad de Ceuta  este 18/10/2019 que tras conocer el Informe de Conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el  asunto  en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad , aunque esté teniendo diferentes interpretaciones, UGT de Ceuta  insiste que se realicen consolidaciones por concurso de méritos por antigüedad para que ningún trabajador se vea en la calle  a mostrándose contrario por la indemnizaciones como la solución al, abuso, dado que implicaría despidos que no quieren , pero si  ésta  es la solución final recogida en la sentencia lucharía porque fuera la  máxima indemnización posible.

[Iniciativa Sindical Andaluza] 'El pronunciamiento del abogado del TJUE favorece la ILP de los interinos'

'Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) considera que el pronunciamiento de la abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, favorece la aprobación de la proposición de ley que impulsan los interinos de la Junta de Andalucía para que se realice un concurso específicamente de méritos para regularizar a los interinos en fraude de ley.
Las conclusiones presentadas hoy jueves, Szpunar [Kokott] señala que “para sancionar adecuadamente tal uso abusivo y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo, debido a sus modalidades, sea imprevisible e incierto, y la normativa nacional pertinente  no establezca ninguna otra medida sancionadora”.


[Sindicato Médico de Baleares] 'Valoración de SIMEBAL de las conclusiones de la abogada general TJUE: FALSA ALARMA, en realidad suponen una mejora.

'SIMEBAL quiere aclarar las noticias que están apareciendo en los medios sobre las conclusiones de la Abogada General de la UE en el tema interinos/eventuales, pues la prensa las ha distorsionado, creando una alarma injustificada, porque la Abogada sigue dejando abierta la posibilidad de hacer fijos a los que hayan superado un proceso de selección y, además, añade la indemnización por despido improcedente que hasta ahora se estaba negando.

Tratemos de explicarlo:
I.- DOS PRECISIONES PREVIAS, pues hay que entender dos cosas básicas para saber cómo afectan las conclusiones a la reclamación de SIMEBAL:

NO ES LA SENTENCIA DEFINITIVA, SOLO UN TRÁMITE. En primer lugar, hay que recordar que lo que se ha comunicado NO ES LA SENTENCIA definitiva, sino un trámite previo de alegaciones que no vincula al Tribunal, de modo que las opciones de conseguir la fijeza siguen intactas.


[UGT Sanidad Madrid] 'La Comunidad de Madrid acepta una oferta temeraria para gestionar el Laboratorio Central de Análisis Clínicos, un millón de euros más barata que la actual.'

'El Partido Popular ha convertido la Comunidad de Madrid en una subasta de servicios públicos, vendiéndolos a la baja para beneficio de los especuladores. Ahora le toca el turno al Laboratorio Central de Análisis Clínicos, que continuará siendo un lucrativo negocio para la empresa privada que puja más bajo. Está en juego la salud de más de un millón y medio de madrileños.

La empresa Analiza ha sido propuesta para la adjudicación de la explotación de los análisis clínicos de los madrileños por un millón de euros menos que la actual empresa BRSalud. La Comunidad de Madrid, lejos de haber recuperado este servicio público para gestionarlo directamente, prefiere entregar el dinero público para que otro lo haga.

Desde UGT ya hemos denunciado en reiteradas ocasiones que el beneficio empresarial sale necesariamente de la merma de la calidad del servicio y de las condiciones laborales de sus profesionales. Estos trabajadores que actualmente tienen menos derechos laborales que el resto del personal del Servicio Madrileño de Salud, no tienen ninguna garantía de mantener su puesto de trabajo ni su situación laboral.

Ahora la Unidad de Contabilidad Financiera y Análisis de Costes de la Comunidad de Madrid, concluye que no hay baja temeraria en la oferta de la empresa Analiza, que ha presentado un presupuesto mucho más barato que las demás, cuando en la actualidad ya son escasos los recursos con los que trabajan estos profesionales, causando falta de personal y de innovación tecnológica. La rebaja del presupuesto, sin duda afectará a la calidad del servicio y a la salud de los madrileños.

La Comunidad de Madrid, nunca ha explicado la eficiencia de privatizar este servicio, malgastando el dinero público en favor de intereses particulares y en detrimento del servicio y los derechos laborales de sus trabajadores y trabajadoras.


[Gob Com. de Madrid] 'Modernizamos la plataforma tecnológica de urgencias del SUMMA-112 por 2,7 millones'

''El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy la contratación, por procedimiento abierto, de la actualización, atención al mantenimiento y soporte de la plataforma tecnológica del servicio de urgencias médicas de Madrid, SUMMA-112, con un gasto de 2019 a 2022 de 2.713.199,01 euros

Esta plataforma está formada por los sistemas y herramientas informáticas que dan soporte a cada paso de la cadena asistencial, desde la llamada del ciudadano hasta el envío del recurso asistencial más adecuado en cada caso.
La llamada del ciudadano al 112 se recibe en el servicio coordinador de urgencias, que establece la prioridad y la transfiere a un médico que determina la asistencia que se precisa y, si es necesario, se envía el recurso más adecuado y decide si es necesario traslado a un hospital.

El nuevo contrato incluye la central de telefonía, el sistema de grabación de llamadas, las tecnologías de comunicaciones en red local y de radio y el sistema de geolocalización, para lo que se requiere un equipo específico. También se incluye la atención al mantenimiento y soporte del sistema de información del transporte sanitario no urgente.