Recordemos que previamente el Gobierno del Estado ya había expresado una serie de discrepancias en la forma de un previo a un recurso de inconstitucionalidad a estas medidas de la ley de acompañamiento que establecían
- el artículo 24 con la esencial para el futuro de este colectivo extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática a los Servicios Centrales del SERMAS (ante la centralización de la función informática en el SERMAS a esos SSCC que están prácticamente al 100% ya externalizados) medidas que APISCAM había conseguido que atendieran los grupos de la oposición, y que fue aprobada con los votos de la oposición y contó con el rechazo del partido del Gobierno d e la Comunidad
- una Disposición Adicional, (dependiente del anterior artículo pero no al revés) para la consiguiente posibilidad de realizar un proceso de estatutarización del escaso personal laboral y funcionario que ejerce función de informática en dichos SSCC
- la disposición adicional sobre un procedimiento extraordinario de interinización del personal estatutario eventual del SEMAS que lleve más de dos años, siempre y cuando existan vacantes libres,
- y el artículo 27 con la integración como personal estatutario del SERMAS del personal de la Empresa Pública Hospital de Fuenlabrada, de la Fundación Hospital Alcorcón y de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico.