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lunes, 5 de febrero de 2018

Instrucciones del SERMAS para elegir plazas afectadas y personal que cesa por procesos selectivos y concursos de traslados convocados que se resuelvan. Proceso de baremación necesario del personal temporal para determinar el orden de cese en categorías en las que vaya a haber incorporaciones por procesos selectivos convocados que se hayan desarrollado y sus concursos de traslados previos

El 29/01/2018 se publicaba por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] sus importantes "Instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de fecha 25 de enero de 2018 sobre criterios de desplazamiento del personal temporal por procesos selectivos y concursos de traslados", es decir, las instrucciones que establecen cómo se eligen finalmente las  plazas afectadas -y en su caso, qué personal temporal va a ser "cesados - por la resolución final de procesos selectivos  convocados como los procesos selectivos de 2015 (de la OPE 2015 -y anteriores, algunas convocatorias "blanqueadas" en la OPE 2016) de las categorías para las que se acabaron desarrollando, y los concursos de traslados previos correspondientes, próximos a su resolución final.

Estas instrucciones trasladan el Acuerdo de Mesa Sectorial del Sanidad de la Comunidad de Madrid de  8/11/2005, sobre "criterios de cese por incorporación del personal fijo procedente de procesos selectivos o de movilidad", acuerdo que fue incluido en el punto 11 del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud estableciéndose que ante un concurso de traslados o los nombramientos de personal fijo tras la resolución final de procesos selectivos, antes de cesar a personal temporal deben elegirse las plazas vacantes libres (o "vacantes puras") - de existir-, y después las plazas vacantes cubiertas temporalmente, primero las plazas del personal "interino" y de menor a mayor antigüedad, después  las de las Comisiones de Servicios y por último las de las promociones internas temporal por vacante [PITV].

Recordemos que la OPE 2015 fue concebida inicialmente para elegir solamente plazas vacantes ocupadas por personal temporal interino y también las utilizadas para personal temporal eventual, si bien en la Mesa sectorial extraordinaria de 22/12/2017, el Dir. Gral de RRHH ofrecía , presumiblemente para reducir el número de personal temporal que sería cesado tras tantos años de servicio sin oposiciones periódicas perdiéndose además una valiosa experiencia , ofertar en primer lugar algunas plazas vacantes - las de las "nuevas acciones" , es decir, sólo "ciertas" recién creadas , y a la hora de cesar al personal temporal afectado para el resto de plazas, aplicar los criterios de orden del citado Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, habiendo solicitado los sindicatos en esa reunión de la Mesa Sectorial que se aplicara el PORH en toda su extensión, incluyendo el punto de primero elegir las vacantes "puras" y que, además se interpretara a la hora de saber si hay vacantes o no en la categoría que debe mirarse en todo el SERMAS y no sólo justo en el centro, en aplicación del "Área única" existente en el Servicio Madrileño de Salud.

 
Finalmente, las instrucciones emitidas por la DGRRHH del SERMAS adoptan el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud en toda su extensión, pero sin esa interpretación de "vacantes libres en todo el SERMAS". 

Así, las plazas elegidas y orden de cese según instrucciones serían:

miércoles, 31 de enero de 2018

Publicadas las calificaciones finales de las convocatorias 2015 de Odontológos

En el día de ayer se  se publicaron las relaciones definitivas de méritos de la Fase de Concurso y por tanto  la puntuación final alcanzada de los proceosis selectivos de la categoría de Odontólogos de Atención Primaria convocados en 2015 en base a plazas ofertadas en la OPE 2015 y anteriores (de hecho de OPE de más del plazo máximo de 3 años establecido por el Estatuto Básico para el desarrollo de una OPE, resultando  "blanqueadas" en la OPE 2016, ¡posterior a las convocatorias!):
 
Recordemos también que las 36 plazas convocadas (23 libres, 10 de promoción interna y 3 de discapcidad) correspondían con la casi totalidad de interinos de este colectivo (colectivo que tiene más del 40% de temporalidad),  que llevaban en su gran mayoría  más de 10 y 15 años trabajando sin haber tenido nunca  una oposición en el SERMAS de la categoría, y que estos procesos establecían injustamente  en sus bases que sólo puntuaría su enorme antigüedad en una fase de méritos si se quedaban entre los 46 mejores calificaciones  del examen de entre los csi 700 presentados al turno libre.


martes, 30 de enero de 2018

[Redacción Médica] Documento del Ministerio de Sanidad con el nº de plazas de personal temporal , casi 100 mil, enviadas por las CCAA para su "OPE extraordinaria" establecida en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017, procesos selectivos convencionales con puestos temporales desde antes de 2014

Publicaba Redacción Médica el pasado 26/01/2018 un documento  provisional del Ministerio de Sanidad  que agruparía las cifras recibidas por el momento  de cada comunidad autónoma, entre ellas la Comunidad de Madrid, del número de plazas potenciales por categorías  para las ofertas públicas de empleo extraordinarias según lo  publicado en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017,  [que habilita a los Servicios de Salud de las CCAA a ofertar para convocatorias de procesos selectivos de estabilización "del empleo",  procesos selectivos convencionales sin límites por tasa de reposición en cuanto al número de plazas, hasta 2019 incluido,  hasta el 90% de los puestos ocupados por sus temporales durante más de 3 años a fecha de 31/12/2016 y  el 100% de los anteriores a 2005, junto con todas las plazas de los "indefinidos no fijios"  por sentencia, a postestad de decisión final por parte de cada CCAA], haciendo un total de 98.406 plazas repartidas así por cuerpos:
  • 23.400 plazas de personal licenciado sanitario 
  • 50.452 plazas de personal diplomado (A2) y técnico (C1/C2) sanitario
  • 24.554 plazas de personal de gestión y servicios, entre ellos
    • 115 de Técnico Titulado  Superior en Informática (grupo A1)  o equivalente, 18 de ellas de la CCAA de Madrid
    • 172 de Técnico Titulado  Superior en Informática (grupo A2) o equivalente, 29 de ellas de la CCAA de Madrid
    • 128 de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnología de la Información (grupo C1) o equivalente, 35 de ellas de la CCAA de Madrid
    • 14 de  Técnico Auxiliar de Sistemas, y Tecnología de la Información (grupo C2), categoría existente sólo en Navarra

El medio avisa que el documento recoge cifras provisionales que pueden sufrir correcciones.


sábado, 27 de enero de 2018

Últimas plantillas orgánicas publicadas en la web por el SERMAS y proyección de vacantes libres a partir de las plantillas efectivas publicadas

Desde hace más de un año y medio el SERMAS está actualizando en el Portal de Salud de la web de la Comunidad de Madrid, dando datos por cada categoría y gerencia (o Atención Primaria, SUMMA y centro hospitalario) de :

  1. Las plantillas orgánicas, es decir, el total de plazas reconocidas como estables presupuestariamente y cubiertas por personal fijo o bien vacantes tanto cubiertas de carácter interino  como libres: ver aquí la página web de las plantillas orgánicas ,  con un PDF por cada gerencia/hospital ("centro de gasto"), siendo la última actualización, de Diciembre de 2017
  2. las plantilla "efectivas" o el número real de personal fijo, temporal interino y temporal eventual por cada categoría y centro : ver aquí la página web con la información completa en un solo fichero de hoja de cálculo diferenciada por categoría y centro de gasto, siendo la última actualización de 31/12/2017, y cuyos datos globales comentábamos ayer
El número de vacantes libres de cada categorías por centro puede obtenerse, necesariamente de forma aproximada dado que se pueden crear nuevas o amortizar, restando al número total de la plantilla orgánica el número de fijos e interinos.


viernes, 26 de enero de 2018

El 39% de los empleados del SERMAS son temporales: actualización a 31/12/2017 de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad

Tal y como establece el art. 32 de  la Ley 9/2015 Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid , o "ley de acompañamiento de los presupuestos para 2016" sobre las "medidas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno en el Servicio Madrileño de la Salud", la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid puso en marcha en  Julio de 2016  el Portal Estadístico de Personal publicando por primera vez  la información detallada sobre el número del personal fijo, interino y eventual -es decir la "plantilla efectiva" o real, por cada categoría y centro de las instituciones sanitarias del SERMAS, por aquel entonces con datos a fecha 31/05/2016.
Desde entonces ha ido actualizado casi cada mes la información detallada siendo los últimos datos publicados, a fecha de 31/12/2017, de interés ya que recoge las plantillas reales antes de los nuevos nombramientos a 1/1/2018 como interinos de un número importante de eventuales como ejecución de la 2ª fase de interinizaciones del SERMAS , proceso que, evidentemente, no cambia las cifras totales de temporalidad, sino su reparto entre interinos y eventuales

Precisamente, los porcentajes de temporalidad son muy elevados en el SERMAS:  agregando los datos de personal estatutario (el mayoritario con 61.530 [60917 antes] empleados), laboral (8.952 [9.062] empleados) y funcionario (318 [334]) -siempre de las instituciones sanitarias del SERMAS -es decir de la Atención Primaria y centros hospitalarios de gestión directa-, y sobre un total de 70.800 empleados (aparte de 270 directivos de libre designación) se tiene a 31/12/2017:
  • un 60,9% de personal fijo (43.121 empleados)
  • un 39,1% de temporales: el 27% de interinos (19.108) y el 12,1% de eventuales (8.571 eventuales)

Creación (de nuevo) de las categorías estatutarias de informátca del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha e integración de su personal estatutario con funciones de informática

El  8 de Noviembre se ha publicaba en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto 79/2017, de 31 de octubre, por el que  crean en el ámbito del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha las nuevas categorías estatutarias de  Tecnologías de la información y por el que se establece la "reclasificación"  en las nuevas categorías las funciones de Tecnologías de la Información, es decir, de sus "informáticos" actuales..

En concreto, las categorías de personal estatutario del SESCAM  creadas con ámbito todo el Servicio de Salud, son las usuales en otras CCAA, como en la Comunidad de Madrid, con esta denominación y titulación exigida:
a) Técnico Superior de Tecnologías de la Información, para la que se exige titulación de "Ingeniería o Licenciatura en: Informática, Telecomunicación, Industrial, Automática y Electrónica Industrial, Electrónica, Física, Matemáticas o Grado en área de conocimiento equivalente"
b) Técnico de Gestión de Tecnologías de la Información, para la que se exige titulación de "Informática de Gestión, Informática de Sistemas, Telecomunicación, Industrial especialidad Electrónica Industrial o Industrial especialidad Eléctrica o Grado en área de conocimiento equivalente"
c) Técnico Especialista de Sistemas de Información, para la que se exige titulación de " Bachiller, Técnico o título equivalente en formación profesional encuadrable en el subgrupo de clasificación C1 "

El número de informáticos estatutarios en el SESCAM es de aproximadamente 180-200 (compárese con los menos de 140 en el SERMAS pese a contar con más del triple de población la Comunidad de Madrid que la de Castilla-LaMancha), la inmensa mayoría personal temporal interino, y estaba encuadrado en las categorías de la Función administrativa o en las de Personal Técnico (de grupos A1, A2 y C1 , no dándose la anomalía de personal informático en categorías de Auxiliar Administrativo o Celador como ocurre de forma importante en la Comunidad de Madrid).


martes, 16 de enero de 2018

Convocadas las oposiciones del cuerpo de grupo A1 de informáticos del Estado de la OPE 2017

El pasado 10/01/2018 se publicaba en el BOE (nº 9 de 2018)  las convocatorias de oposiciones del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información del Estado (cuerpo del subgrupo A1), correspondientes todas a plazas de la Oferta de Empleo Público 2017 del Estado, en concreto, 80 plazas de acceso libre (4 reservadas para discapacidad)  y 25 plazas de promoción interna.
Recordemos que esta OPE 2017 del Estado incluía además plazas de los Cuerpos de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (cuerpo del subgrupo A2) y de Técnicos Auxiliares de Informática (cuerpo del subgrupo C1)

lunes, 15 de enero de 2018

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce la indemnización como indefinidos no fijos, a un grupo de personal estatutarios sanitarioS cesados por oposiciones tras 6 años de temporalidad

Ha trascendido en días pasados  la importante sentencia de una sala de lo Contencionso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por la que, en el caso de un grupo de 18 médicos y enfermeros de Atención Primaria demandantes, estatutarios temporales durante más de 6 años que fueron cesados por la cobertura de su puesto, tras una OPE que incluyó su vacante, que aplicando las famosas sentencias del Tribunal europeo sobre abuso de la  temporalidad en empleo público , se debe considerar que tenían una condición de "indefinidos no fijos" cuando el cese con efectos en tener el derecho a la indemnización, que el juez fija en los 20 días por año trabajado (con límite en 1 año) fijados como jurisprudencia por el Supremo para ese tipo de casos.


Los sanitarios habían recurrido la sentencia que perdieron en la  primera instancia , cuyo juez desestimó sus pretensiones argumentando que esas sentencias no eran de aplicación al personal estatutario sino sólo al laboral y que además en este caso no había habido fraude de ley.



Según resumen la sentencia, en el recurso de apelación de los sanitarios , se recuerda que una de las sentencias europeas [la sentencia del asunto C-16/15, sobre un caso  del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo  nº 4 de Madrid) sobre una demanda de una  empleada del SERMAS, María Elena Pérez López, que llevaba concatenados varios nombramientos estatutarios ] versa evidentemente el ámbito estatutario y, en la sentencia se señala explícitamente que el Acuerdo marco europeo sobre temporalidad en el que se basan las tres sentencias, por supuesto incluye al personal empleado público cuya relación se rige por el Derecho Administrativo [el funcionario y estatutario de Sanidad]. También argumentaban que dicho Acuerdo Marco y las sentencias establecen claramente que deben establecerse medidas compensatorias para el personal temporal en situación de abuso en su temporalidad que sean sanción para la administración respectiva, si bien en las sentencias no establecen las sanciones específicas.



[EFE] Demanda en el Tribunal Supremo de la asociación de interinos ANIL contra las OPEs extraordinarias por convocar los puestos de los temporales longevos sin reconocer sus derechos establecidos por las sentencias europeas sobre abuso de temporalidad

Informa  EFE vía El Diario este 14/01/0217 que el Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda colectiva de más de 3 interinos agrupadas en  la asociación ANIL [Asociación Nacional de Interinos y Laborales] contra el  acuerdo entre Gobierno central y los sindicatos UGT, CCOO y CSIF, publicado y vigente por la Ley de Presupuestos del Estado de 2017, que  habilita a todas Administraciones Públicas tanto nacionales, como regionales o locales, a convocar a ofertas públicas de empleo extraordinarias   hasta el 90% de los puestos ocupados por sus temporales durante más de 3 años, [y el 100% de los anteriores a 2005] , situación de exceso de temporalidadque , para ANIL, conlleva en base a la normativa y recientes sentencias europeas sobre abuso en la temporalidad en las AAPP españolas  derechos laborales que no son reconocidos en este acuerdo - que se limita a indicar que se deben valorar méritos de antigüedad en la posible segunda fase de concurso- y que sin esos derechos peligra el puesto de trabajo de los 350 mi interinos afectados.
Su presidente  y abogado,  Manuel Martos, informa que han solicitado la suspensión cautelar de la norma [lo que implicaría la paralización de todas las OPEs extraordinarias en base a ese acuerdo y sus convocatorias por ahora pendiente hasta la resoluicón del juicio] e indica que los ceses masivos de este tipo de temporales de más de 3 años podría llegar a suponer el pago de hasta 4 mil millones de euros en indemnizaciones si tras las demandas se les reconoce  como personal "indefinido no fijo " con derecho a indemnización.

jueves, 11 de enero de 2018

El Anexo III de Carrera Profesional del SERMAS o carrera para el personan "no sanitario" y el sanitario de FP

Desde hace unas semanas es público  en su web el resumen de AMYTS de la importante reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el  29 de Noviembre y de la que ya expusimos una entrda sobre los resúmenes de AMYTS y CSIT-UP aquí.

Así, cómo destácabamos, en esa Mesa Sectorial tenía lugar la firma de un Acuerdo sobre Carrera Profesional para extender el modelo de carrera profesional del personal sanitario al personal no sanitario (el denominado Anexo III) y para incluir  al persona estatutario temporal del SERMAS  así como el personal laboral de las empresas públicas (hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y  Unidad Central de Radiodiagnóstico) .

El texto íntegro de ese Anexo III  o "Modelo de Carrera Profesional para el Personal de Formación Profesional del Área Sanitaria y Personal de Gestión y Servicios de Régimen Estatutario del Servicio Madrileño de Salud" estaba incluido en el resumen de AMYTS que extraemos  por separado en este adjunto para mayor facilidad de su consulta. Los Anexos I y II aprobados en 2007 son para personal estatutario de categorías de nivel licenciado y diplomado, ambos sanitarios, respectivamente.


martes, 9 de enero de 2018

Documento del gobierno a las AAPP sobre criterios comunes para los procesos de estabilización plantea que las convocatorias deben ser oposiciones o concurso-oposición con un límite del 40% en la fase de méritos

Publicaba CSIF  Generalitat Valenciana el pasado 26/11/2017  un documento "borrador" de 21/11/2017  [descargar], que es el que parece hacer referencia la noticia de El Independiente de 23/11/2017 , y que contendría criterios planteados por el Gobierno del Estado a las Administraciones Públicas para la aplicación del acuerdo de estabilización aprobado y publicado como norma en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de  2017 [PGE17]y que según opinaba el medio de prensa "pueden suponer más de un chasco para aquellos que aspiren a una de estas plazas fijas".


Así el documento, del que hay tener presente que es un borrador, de Noviembre y que la competencia última en muchas materias en el caso de las CCAA,  menciona que su objetivo es "exponer unos criterios comunes de actuación que puedan servir de guía de actuación as las diferentes AAPP" reconociendo que "la competencia corresponde a la Administración correspondiente".

Empieza recordando los 3 tipos de plazas que la ley aprobada permite,  lLtal y como avanzábamos cuando su publicación, ofertar en convocatorias para personal fijo a las AAPP sin aplicar los límites de la tasa de reposición:
  • hasta el 90% de las plazas ocupadas de forma temporal más de 3 años a fecha de 31/12/2017
  • hasta el 100% de aquellas plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público [sobre Consolidación de Empleo Temporal] , estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal" 
  • las del personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial

Del primero tipo, aclara  en cuanto al sistema de cómputo de plazas que deben incluirse:
  • el 90% es un máximo, quedando a discreción de la AAPP el número total que finalmente convoque
  • la fecha para el cálculo es el 31/12/2016

[AMYTS] Personal "desplazado" por la resolución del proceso de elección de la "OPE 2015"

Publia AMYTS una entrada recordando los criterios comunicados por RRHH del SERMAS para la selección de las plazas que se adjudicarán tras las resolución de los procesos de convocatorias de 2015 [y por tanto las plazas de a los posibles temporales finalmente  afectados], que ya incluía en su Informe de la Mesa sectorial extraordinaria de 22/12/2017
  • primero las plazas ocupadas por los  aprobados que ya fueron interinas en vacantes 
  • después las de eventuales y laborales aprobados si hay vacantes en sus servicios
  • después las de nuevas acciones del año 2018
  • si no hay suficientes, las plazas vacantes usadas por temporales  [no aprobados,que cesarían] , eligiendo primero la de los servicios con mayor tasa de temporalidad, en vez de un criterio de menor antigüedad único en el Área ünica, como demanda AMYTS [según su interpretación del Plan de Ordenación de Recursos  Humanos]

lunes, 8 de enero de 2018

[El Independiente] Tras la respuesta de la Abogada General de la Unión Europea, posible rectificación del Tribunal Europeo en contra del derecho a indemnizaciones ante ceses de interinos

Informaba El Independiente el pasado 22/12/2017 de la respuesta que ha dado la Abogada General de la Unión Europea, Juliane Kokott, a la cuestión prejudicial elevada al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] por ell Juzgado de los Social nº 33 de Madrid ante el caso de una empleado pública laboral de la Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid, que tras 9 años de temporalidad, los 8 últimos en un contrato laboral de cobertura interina de una plaza vacante, fue cesada cuando su vacante fue cubierta de forma definitiva tras un proceso selectivo y que solicitaba indemnización similar a la de un trabajador con contrato indefinido tras un despido procedente apelando a la doctrina en una de las 3 famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público -en concreto la del caso Diego Porras -.

La Abogada General ahora dice que no reconoce ese derecho y opina que los temporales deben cobrar una indemnización menor que los indefinidos y  los trabajadores interinos, ninguna, dado que un trabajador interino sabe que su trabajo llegará a fin en el momento en el que salga a concurso su plaza, dejando de lado el argumentario en que se apoyaban  las sentencias del TJUE del año pasado:  el abuso en la situación de temporalidad.

miércoles, 3 de enero de 2018

Presupuestos 2018 de la Comunidad de Madrid publicados - I: articulado de Recursos Humanos : congelación de sueldos salvo norma del Estado y del reconocimiento de carrera profesional salvo acuerdo en Mesa Sectorial sobre 25 millones para 2018, tasa de reposición limitada al 100% en Sanidad salvo los puestos temporales de más de 3 años por norma del Estado

Del texto finalmente aprobado tras su tramitación en  la Asamblea de la ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2018 aprohpublicado en el BOCM de 28/12/201 queremos empezar una serie de entradas dedicadas a ellos por ésta que señala de su Libro I "Articulado de la ley" algunas partes relevantes sobre recursos humanos de Sanidad.

Puede resumirse en  congelación de sueldos mientras no se dicte un aumento desde los presupuestos generales del Estado y de los nuevos  reconocimientos de niveles de carreras profesionales pero ya incluida con la famosa salvedad introducida con la  enmienda pactada entre PP y C's acompañada de una nueva partida 25 millones a costa de la partida reservada para posibles acuerdos, el mantenimiento de las condiciones restrictivas de años anteriores  en la contratación de personal temporal y en los procesos selectivos a personal fijo (tasa de reposición), salvo  lo ya previsto en el acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público y ya publicado en normativa del Estado de 2017, que permite saltarse en Sanidad y algunos sectores específicos esos límites de la tasa de reposición para poder convocar la inmensa mayoría de los puestos temporales que estuvieran ocupados más de 3 años a fecha de 31/12/2016, y del que ya ha empezado a hacer uso el SERMAS con la publicación de una parte extraordinaria en la OPE 2017:



SUELDOS
  • [Tit. II Art 21.1]las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes.
  • [Disposición adicional19ª] si bien podrán tener un incremento con límite  máximo el porcentaje que, en su caso, sea fijado en  normativa aprobada por el Estado (como es de prever en los pendientes Presupuestos Generales del Estado para 2018)
  • [Tit. II Art.23]  en especial para el personal estatutario: no habrá ningun incremento de sueldo ni en las retribuciones complementarias

[MSSSI] 'El Ministerio de Sanidad extiende a 14 CCAA el sistema de prescripción de receta electrónica interoperable'. 'Autoriza la incorporación de Asturias, Cantabria, Cataluña, Murcia y el País Vasco'

'El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha validado el sistema de prescripción electrónica de recetas interoperables en cinco comunidades autónomas más: Asturias, Cantabria, Cataluña, Murcia y el País Vasco. De este modo, son ya catorce las comunidades que cuentan con este servicio común,  con el que ya estaban trabajando Aragón, Canarias, Castilla y León, Castilla La Mancha, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y  La Rioja.

https://www.msssi.gob.es/profesionales/recetaElectronicaSNS/MAPA_CCAA_CERTIFICADAS_29_12_17.pdf



viernes, 29 de diciembre de 2017

[Gobierno CM] 'La Comunidad ha estabilizado el empleo de 10.175 eventuales de la Sanidad madrileña.Este mes de diciembre, 2.340 profesionales verán consolidada su estabilidad laboral con la segunda fase del proceso.Se trata de los profesionales que llevan más de dos años con contratos sucesivos en hospitales y en el SUMMA 112.La Consejería de Sanidad ha aprobado una OPE histórica de 19.700 plazas para los próximos tres años'

'La Comunidad de Madrid ha estabilizado el empleo de 10.175 profesionales eventuales de la sanidad madrileña al completar la segunda fase del proceso de conversión de personal eventual en interino en el Servicio Madrileño de Salud. A esto hay que añadir la OPE histórica de 19.700 plazas en la sanidad madrileña aprobada para los próximos tres años, con la que la Consejería prevé reducir la temporalidad en torno a un 8%.

En la primera fase, se nombraron 5.448 trabajadores estatutarios interinos, de los que más de 4.000 corresponden a personal sanitario: Facultativos Especialistas en diferentes especialidades; profesionales de formación universitaria del grupo A2, Matronas, Fisioterapeutas, Terapeutas Ocupacionales, Ópticos y Logopedas, profesionales sanitarios de Formación Profesional (Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería, Auxiliares de Farmacia; Técnicos Superiores Especialistas en Anatomía Patológica, Documentación Sanitaria, Laboratorio, Radiodiagnóstico, Radioterapia y Medicina Nuclear).

También, en esta interinización, se han incluido las categorías de personal de gestión y servicios, entre las que se incluyen Informáticos, Trabajadores Sociales, Ingenieros Técnicos, personal de Función Administrativa (Técnicos, Gestión, Administrativos y Auxiliares Administrativos), Pinches, Planchadoras y Telefonistas.

El número de contratos interinos realizados en estas fases casi dobla la estimación realizada en un principio. El aumento se ha producido teniendo en cuenta el número de eventuales que realmente cumplían el criterio de permanencia de dos años tras la revisión de los expedientes profesionales, y a la generación de nuevas plazas vacantes por causas naturales; lo que demuestra la apuesta de la Comunidad de Madrid por la estabilización del empleo como garante de la calidad de los servicios.

jueves, 28 de diciembre de 2017

Publicada la Ley de Presupuestos Generales de la Com.de Madrid de 2018 y en el BOAM con la relación de enmiendas al proyecto aprobadas: 25 millones para la excepción a la excepción de nuevos pagos de carrera profesional a costa de la partida reservada para posibles acuerdos, sin presupuesto iinicial para plantilla de informáticos en Servicios Centrales del SERMAS, elaboración de Plan Estratégico del SERMAS con evaluación de necesidades y racionalización de su TI, ...

Este 27/12/2017 se publicaba en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid nº159 de la X legislatura  la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2018 aprobada por el Pleno de la Asamblea, en la sesión celebrada los días 21 y 22 de Diciembre de 2017), incluyendo la relación de enmiendas aprobadas durante la tramitación parlamentaria del proyecto y que se incorporan  a la ley, quedando ya ayer mismo enviada para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid [BOCM], que ha tenido lugar hoy mismo .

En cuanto a enmiendas aprobadas que mencionen los sistemas de información sanitaria [SSII] y las tecnologías de la informaición [TI] , no ha existido ninguna enmienda de gasto (ni un año más, en la partida original del Proyecto presentado por el Gobierno ) que dedique presupuesto en la Dirección y Serv. Generales del Servicio Madrileño de Salud para la nueva plantilla de las categorías estatutarias de informática en sus Servicios Centrales de SSII que fue anunciada por la Consejería de Sanidad en la Mesa Sectorial de 22/07/2016  y  que sigue "pendiente", si bien sí han existido un par de enmiendas de actividad que mencionan los SSII y las TI: (las enmiendas de actividad en sí no son de gasto sino que simplemente se añaden a la lista de actividades que se propone realizar en el respectivo centro de gasto, pudiendo llevar o no partida presupuestaria específica):
  • Enmienda de actividad, transaccional entre varios grupos, al  Programa: 312A  TENCIÓN HOSPITALARIA (312A) en el SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (centro de gasto 17118):“Elaborar y publicar un indicador que refleje con precisión las consultas realizadas a través de  los distintos servicios de telemedicina en la Comunidad de Madrid.”
  • Enmienda de actividad del Gupo Socialista al Programa "DIRECCIÓN Y SERV.GEN.SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD" (311P) en el- SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (centro de gasto 17118): "Elaborar, tendiendo a la Resolución 17/2016 del Pleno de la Asamblea del 3/3/2016, un Plan Estratégico del Servicio Madrileño de Salud para los próximos cuatro años que, entre otras cosas, incluya: (1) previsiones económico-presupuestarias; (2) la planificación territorial-poblacional de los recursos con criterios de equidad, retomando el concepto de Áreas de Salud; (3) el fortalecimiento de la Atención Primaria en personal, equipamiento e instalaciones; (4) las necesidades de camas de media y larga estancia; (5) la Racionalización de los servicios de alta complejidad; (6) un Plan de Inversiones de alta tecnología; (7) la evaluación de las necesidades de TICs del SERMAS y su racionalización, así como su interoperabilidad en el SNS."



En cuanto a enmiendas aprobadas definitivamente sobre Recursos Humanos destacan las relacionadas con pagos de nuevos reconocimientos de Carrera y Promoción profesional a personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud: por un lado la enmienda de gasto "transaccional" entre las originales de Ciudadanos y Partido Popular, de destinar 25 millones en la sección de "Créditos centralizados" en una nueva partida con la denominación “FINANCIACIÓN CARRERA Y PROMOCIÓN PROFESIONAL PERSONAL" (y código 18015) si bien se obtienen de la partida de esos mismos créditos centralizados "FINANCIACIÓN POSIBLES ACUERDOS ÁMBITOS" (código 18012) que, de hecho, se reducen de los 50 millones del proyecto de presupuestos a 15 millones, es decir, en 35 millones.

Y por otro lado la enmienda al texto del articulado propuesto  de la ley, que en cuanto a la carrera profesional ha quedado definitivamente con un articulado en una forma básicamente como la planteada en la enmmienda presentada por el Grupo Popular y que el portavoz del grupo socialista calificó en el debate en Comisión de Presupuestos de "una excepción sobre una excepción" [en vez de simplemente retirar la excepción de no reconocer los nuevos niveles de carrera] :

miércoles, 27 de diciembre de 2017

[CSIT-UP] Informe de la Mesa sectorial extraordinaria de 22/12/2017: plaza afectadas por la OPE 2015 y ceses; renovación de eventuales anuales no sanitarios de 3 meses por error administrativo

Publica CSIT-UP este 26/12/2017 su resumen de la  reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid del 22 de Diciembre, del que destacamos:

  • OPE 2015 adjudicación de Plazas: ya se ha publicado en el BOCM del 26l  la resolución de plazas ofertadas y de fechas de llamamiento para su elección para un primer grupo de categorías (Grupo Administrativo de la Función Administrativa, Fisioterapeuta, Terapeuta Ocupacional y Técnicos Superiores Especialistas) y el 3 de enero de 2018 se publicará las del resto que han finalizado las fases de concurso-oposición.
  • OPE 2015 criterios de selección de las plazas y ceses correspondientes: DGRRHH quiere reducir al "mínimo posible" el impacto en los centros  y "desplazar" al mínimo de trabajadores
    • primero las plazas ocupadas por interinos aprobados
    • después las de eventuales aprobados si ocupaban vacantes y laborales aprobados
    • después las de nuevas acciones del año 2018
    • después. plazas vacantes en centro según su grado de temporalidad  [por tanto de temporales no aprobados,que cesarían]
  • concursos de traslados convocados: se publicarán los listados provisionales de adjudicaciones el 4 de Enero pudeindo coincidir la incorporación con la de la OPE 2015
  • renovación eventuales que finalizan el 31/12: serán renovados anualmente salvo el personal no sanitario que lo será en un inicio por 3 meses "por un error adminsitrativo", renovándose después hasta 31/12/2018

[Consejera de Hacienda] Información nómina de diciembre.[Explicaciones y disculpas por el retraso del abono de la paga extra a parte de los empleados públicos]

'Estimado compañero,

Permíteme que te escriba unas líneas para pedirte disculpas por los incidentes y retrasos que algunos empleados públicos estáis teniendo en el abono de la nómina del mes de diciembre. Como todos los años, la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda ha dado la orden de pago de la misma con fecha 22 de diciembre, con el objetivo de que todos los empleados públicos dispongan de dicho importe antes de que comience la Navidad, como viene siendo habitual.

Sin embargo, aunque hemos realizado la orden de pago en dicha fecha, hemos cometido un error de previsión, ya que sabiendo que este año el día 24 de diciembre era festivo, y teniendo en cuenta que los bancos tienen dos días hábiles para realizar el abono de las nóminas, deberíamos haber adelantado la orden de pago al día 20 de diciembre.

martes, 26 de diciembre de 2017

[AMYTS] Informe de la Mesa sectorial extraordinaria de 22/12/2017: criterios de selección de plazas afectadas por la adjudicación de la OPE 2015 y ceses



Informa AMYTS  de la  reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid del 22 de Diciembre, aportando su habitual amplio resumen temporalmente de forma restringida a sus afiliados, resumen del que destacamos:

  • OPE 2015 adjudicación de Plazas: se publicará en BOCM inminente la resolución de plazas ofertadas y de llamamiento para su elección , salvo Odontología que lleva retraso
  • OPE 2015 criterios de selección de las plazas:
    • primero las plazas ocupadas por los  aprobados que ya fueron interinos en vacantes
    • después las de eventuales y laborales aprobados si hay vacantes en sus
      servicios
    • después las de nuevas acciones del año 2018
    • si no hay suficientes, las plazas vacantes de temporales  [no aprobados,que cesarían] , eligiendo primero la de los servicios con mayor tasa de temporalidad