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miércoles, 11 de abril de 2018

[AMYTS] Reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid el jueves 12 de Abril

Informa ayer el sindicato AMYTS  que la Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha convocado  Reunión  de la Mesa Sectorial de Sanidad para juevess 12/04/2018 con este orden del día previsto:
 
1.- Lectura y aprobación del acta anterior
2.- Impacto del nuevo Reglamento General de Protección de Datos.
3.- Alianza estratégica entre los hospitales Universitarios La Princesa y Gregorio Marañón para la realización de PET/TAC.
4.- Nombramiento de Personal Estatutario Interino en Atención Primaria: Bolsas de Empleo Temporal.

viernes, 6 de abril de 2018

Acta de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22/12/2017: el Ministerio propone 60% oposición y 40% méritos, RRHH y sindicatos SERMAS 50/50, para las OPEs extra con los puestos de los temporales de más de 3 años

Según el Acta de la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 22/12/2017, recientemente publicada , en su punto 1. del orden del día  "Informe OPE 2015 – Adjudicación de plazas", se trató -además de lo ya trasladado o aquí sobre criterios de selección de las plazas afectadas por la adjudicación de la OPE 2015 y ceses- por vez primera sobre bases en el SERMAS de los procesos extraordinarios de estabilización autorizados por la Ley de Presupuestos del Estado de 2017 , que recordemos habilitaban a realizar OPEs de 2017 a 2019 con el 90% de las plazas en los servicios de Salud (y otros servicios públicos) de más de 3 años de temporalidad a fecha de 31/12/2016 y el 100% de las anteriores a 2005.
 
Ya se había publicado el Decreto de OPE extraordinaria con el número de plazas para una "1ª fase" de categorías y eran conocidos el documento del Ministerio de Snaidad con el nº de plazas antiguas de cada CCAA informado desde el Servicio de Salud de cada CCAA, entre ellas Madrid que informaba de un total de 23.243 (4909 de Titulados Sanitarios + 12.747 de Diplomado y Técnico Sanitario + 5.587 de No Sanitario), y el documento del gobierno a las AAPP de recomendaciones de criterios comunes para estas OPEs extraordinarias, entre ellos que las convocatorias deben ser oposiciones o concurso-oposición con un máximo del 40% en la fase de méritos .


miércoles, 4 de abril de 2018

[Fabián Valero en zeres.es] La figura del indefinido no fijo en la AAPP [puede ser cesado por OPE convencional de su puesto, indemnización de 20 días, asentado en el ámbito laboral, primeras sentencias en el ámbito funcionarial]

Publica el conocido abogado Fabián Valero en Zeres.es este 28/03/2018 un amplio repaso a la figura compleja del empleado púbilco indefinido no fijo [a su experto entender], repaso del que realizamos algunos extractos con apuntes nuestros entre corchetes
  • es una figura exclusivamente jurisprudencial: se ha creado mediante sentencias de la justicia española al máximo nivel del Tribunal Supremo- de [OJO] la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [la Sala de lo Social es la que cubre los casos de los empleados públicos con relación de empleo de contrato laboral, en especial no cubre los casos de empleados públicos con relación de empleo de caracter administrativo o "funcionarial" (esto incluye al personal estatutario de los servicios de salud) cuyas demandas laborales van por el Orden y Salas de lo Contencioso-Administrativo]

  • la obtiene el empleado público [laboral en principio] en compensación a su situación de fraude de ley por abuso de temporalidad (por su duración excesiva o por la concatenación excesiva de sucesivos contratos o nombramientos) tras reclamarlo judicialmente y ganarlo en sentencia

  • la jurisprudencia española ha establecido que conceder la fijeza sería contraria a la legislación española cuando establece que "el acceso al empleo público -tanto funcionarial, como laboral- debe cumplir principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad" [pero un juzgado de Madrid ha trasladado al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años al entender que la esa jurisprudencia se basa en una legislación española que no cubre lo exigido por la superior legislación europea]

  • la egislación europea sobre el trabajo de duración determinada ["no fijo"] es la Directiva 1999/0/CE estipula en su cláusula 5ª que los Estados deben incluir en su ley nacional "medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de los contratos temporales", como fijar la duración máxima o razones "objetivas" que justifiquen la renovación [o prolongación] de esos contratos temporales, que además deben ser "eficaces" y suficientemente "disuasorias"

  • la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]  traspone sólo algunos aspectos de la Directiva 1999/70 y además de forma "muy laxa" [ al no fijar compensaciones para el personal en situación de abuso temporal y al fijar sólo duraciones máximas a la situación de vacante cubierta de forma interina sin sacar a oferta de empleo público ("en la oferta de empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente") o a los nombramientos interinos para programas de carácter temporal ("tres años") o de exceso o acumulación de tareas de fecha de fin o de refuerzo  (seis meses, dentro de un periodo de doce meses".) ,  estos dos últimos casos son los "eventuales" en la terminología estatutaria de Sanidad]

  • la sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido [sentencia de 14/10/2014, recurso 711/2013) en tres años el plazo límite para que una vacante quede cubierta mediante el correspondiente proceso selectivo, siendo fraude de ley cualquier prolongación


  • el reconocimiento de la condición de indefinido no fijo lleva ligada la vinculación del trabajador a una plaza vacante estructural, existente o de nueva creación

  • el indefinido no fijo puede ser cesado por amortización de su plaza si se justifica suficientemente la pérdida de necesidad (algo muy remoto) o, (algo probable) por la cobertura definitiva de la plaza en un proceso de selección "que garantice, en todo caso, el derecho del indefinido a poder obtener en propiedad la plaza que viene cubriendo" [es decir sí por una convocatoria de turno libre de una OPE] y así no puede ser cesado  por un concurso de traslados o una promoción interna reservadas a personal fijo (sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2017  y de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 2 de enero de 2015) [y si fuera cesado por estos dos casos, tendría oportunidad de ganar la readmisión o el reconocimiento de despido improcedente -con su indemnización más fuerte- siempre sólo tras demanda judicial]

  • la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (sentencia de 2/2/2017) ha establecido que la  Administración está obligada a acreditar que la plaza que ocupa el indefinido no fijo es una de las vacantes incluida en un proceso selectivo [así , si no se le notifica adecuada y expresamente que su plaza es una de las incluidas en una OPE , el indefinido no fijo que sea cesado por perder su plaza en una convocatoria derivada de dicha OPE, podría ganar la readmisión o  el reconocimiento de despido improcedente -con su indemnización más fuerte- siempre sólo tras demanda judicial; a este respecto nótese que el Decreto de OPE 2017 de la Comunidad de Madrid, con la 1ª fase de plazas de OPE de "estabilización" de esta CCAA incluye plazas de los indefinidos no fijos de las categorías de esta primera fase y además  establece en su artículo 9.3  la obligación de comunicar a todo empleado público temporal afectado que su plaza ha sido incorporada a los proceso de estabilización de empleo temporal correspondientes al ejercicio de 2017,  lo que podría ser una medida de protección jurídica de la Comunidad de Madrid para que los indefinidos no fijos, actuales y los presumibles futuros de entre los temporales afectados, vea disminuidas sus opciones judiciales de obtener la improcedencia del cese por no notificación adecuada; en esa línea, sería de prever que esta notificación se realice antes de la publicación de las órdenes de las convocatorias y de forma notoriamente expresa para los ya indefinidos no fijos]


Publicado el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2018: se extiende la posibilidad de convocatorias de los puestos temporales de larga duración sin fijar que sean de consolidación ; se habilita a convocar en OPE sin límites todos los puestos de indefinidos no fijos, cuy nombramiento administrativo se prohibe


el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado que entre su articulado del Título II "De los gastos de personal", las disposiciones adicionales y las disposiciones finales contiene importante normativa de recursos humanos, gran parte de ella tomada del recientemente suscrito recientemente suscrito acuerdo con sindicatos nacionales para "la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo".
 
Así, el proyecto de presupuestos recoge (todavía admite enmiendas):

  • subida salarial , también para el personal estatutario [artículo 28] en los tres próximos años de  entre un 6,1%  y  8,8%  repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y  una parte variable  en función de la evolución del PIB de hasta  un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
  • [artículo 19.Uno.2 ] tasas de reposición que limitan el número de plazas normales a incluir en OPEs [se computa como la diferencia entre el personal fijo que ha dejado en el ejercicio anterior de prestar servicios  y el que se ha incorporado no procedente de una oferta de empleo público o de un reingreso con reserva de plaza]
    • el 100% en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
    • del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
    • los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse si hay jubilaciones masivas, nuevos servicios públicos o picos de servicio por turismo
  • [artículo 19.Uno.7 ] además, y, como en 2017, se habilita incluir en ofertas de Empleo Público, sin en ese límite de tasas de reposición y en todos los sectores, todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de temporalidad], es decir, su principal motivo de cese "objetivo". Además se prohíbe en la Disposición adicional 40.2 a las Administraciones Públicas el nombramiento de esta figura de indefinido no fijo, reservándolo por tanto para las sentencias judiciales tras demandas personales
  • [artículo 19.Uno.9] procesos adicionales de "estabilización del empleo público"  con plazas ocupadas por temporales durante más de 3 años [pes decir, en  situación de "fraude de ley" según  la normativa europea y española por exceso de duración de la temporalidad]
    • se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud y los centros educativos , por la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores "personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.", es decir, se universaliza la habilitación de convocar estos puestos a todos los servicios públicos
    • se extiende esta posibilidad a las las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas, fundaciones públicas, etc
    • y se fija como nueva fecha para computar la antigüedad de 3 años de los puestos el 31 de diciembre de 2017 (antes era el (pudiendo repartirse como deseen las AAPP)

lunes, 2 de abril de 2018

[El Boletín] Constituida una Plataforma Nacional, Pi, que une a empleados públicos temporales para levantarse contra la Administración y las OPEs con sus puestos y en demanda de estabilidad por abuso de temporalidad

Informa El Bolein este 01/04/2018 que se ha constituido la Plataforma nacional de empleados públicos Temporales PI que está denunciando la situación de fraude de ley en la que se sitúan más de 700 mil empleados públicos temporales de larga duración por abuso de temporalidad por parte de sus administraciones públicas al no convocar a procesos selectivos para personal fijo su puesto en el tiempo debido, y que esta plataforma exige que se paralicen las ofertas de empleo público que se han anunciado o iniciado con sus puestos como Ofertas Públicas de Empleo habituales desde su habilitación en la  Ley de Presupuestos del Estado de 2017 tras el  acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo públicol, OPEs que la Plataforma califica de "EREs encubiertos", solicitando que en su lugar se  convoquen sus puestos bajo la fórmula excepcional de concurso de méritos.

Publicadas en el Boletín oficial las adjudicaciones definitivas y tomas de posesión de los concursos de traslados de convocatorias de 2015 del SERMAS

Se se han publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy lunes 02/04/2018 las siguientes RESOLUCIONES de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se resuelve de forma definitiva los  concurso de traslados y se abre el plazo para la toma de posesión de las categorías:

miércoles, 28 de marzo de 2018

[FeSP UGT Madrid] 'Cambio en el sistema de gestión y control de los procesos por Incapacidad Temporal en los primeros 365 días de su duración.'

'Por fin, después de más de tres años de su publicación, se hace efectivo el nuevo sistema de gestión de las Bajas por Incapacidad Temporal recogido en  el R.D. 625/2014 de 18 de julio, y la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio.

Como ya os dijimos en varios informas anteriores cuando se publicó el R.D, así como la Orden de S.S., el nuevo sistema de aplicación  supone una simplificación en la expedición y entrega de los partes de baja, confirmación y alta, lo que a su vez supone un beneficio para los trabajadores y trabajadoras enfermos, puesto que supone un menor número de trámites y visitas a los centros de salud. Asimismo, supone una mayor información para los mismos, puesto que el facultativo, en el parte de baja, deberá poner la fecha de la siguiente revisión y la duración estimada de la enfermedad.


martes, 27 de marzo de 2018

Publicado en el BOE el acuerdo del Gobierno del Estado y sindicatos nacionales para la subida de sueldo de empleados públicos y la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años e "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del personal

Acaba de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (nº74 de 26 de Marzo), -para su conocimiento público y aún quedando pendiente su entrada en vigor las medidas hasta que no se incluyan y publiquen en la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018-, el "II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo"  que suscribieron el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los  sindicatos mayoritarios del área pública (CC.OO., UGT y CSIF) el pasado 9 de Marzi y que supondría entre varias cosas:

  • subida salarial en los tres próximos años de  entre un 6,1%  y  8,8%  repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y  una parte variable  en función de la evolución del PIB de hasta  un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
  • tasas de reposición
    • 100%  en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
    • del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
    • los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse si hay jubilaciones masivas, nuevos servicios públicos o picos de servicio por turismo
  • procesos de "estabilización del empleo público" [pero no de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]
    •  se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud, mediante la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores para los que podrán convocarse procesos extraordinarios fuera de la tasa de reposición , y que siguen denominando de "estabilización del empleo público" [pero no  son de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]: "administración y servicios generales, investigación, salud pública, universidades públicas, y otros servicios públicos" [es decir, parece que se extiende a toda la administración pública] ,
    • se extiende a todos los puestos temporales más de 3 años de antigüedad antes del 31 de diciembre de 2017 y a  todas las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas [por lo que sumado a lo autorizado el año pasado se estaría hablando de entre medio millón y 700 mil puestos de empleo público (en puestos en fraude de ley según la normativa española, y ocupados en su inmensa mayoría por personal con abuso de temporalidad según la normativa de la Unión Europea que ya habría emitido una primera sanción al Gobierno de 100 millones de euros por este hecho, siendo ésta la respuesta del Gobierno Español para evitarla)]
    •  las OPEs respectivas de los nuevos puestos a incluir se pueden publicar en los años 2018. 2019 y 2020.
    • nuevamente no se fija en el acuerdo que las convocatorias sean consolidaciones del propio personal mediante los concursos de méritos que contempla excepcionalmente -siempre aprobándolo con una ley- el Estatuto Básico del Empleado Publico en sus artículos 61.6 (para el personal público de relación funcionaria o administrativa) y 61.7 (para el empleado público de relación laboral) o ni siquiera procesos de consolidación en el sentido del Estatuto Básico del Empleado Público, como exige la Plataforma Nacional de Temporales, que agrupa a las plataformas de interinos y temporales de muchas APP afectados. Solamente consta que se "podrá" valorar la antigüedad si es que existe fase de concurso, dando opción por tanto incluso a sistemas selectivos sólo con fase de oposición, e incidiendo que las bases de las convocatorias serán  competencia de cada Administración, pudiendo ser diferentes por ejemplo las de los Servicios de Salud de diferentes CCAA (como ya está sucediendo: ver casos de bases ya publicadas  del Servicio Extremeño de Salud , Servicio Balear de Salud y   Servicio de Salud de Castilla y León mientras que otras CCAA, como Madrid, todavía no ha publicado convocatoria ni bases algunas, sólo decreto de OPE)
    • como en 2017, se habilita incluir en las Ofertas de Empleo Público, fuera de tasas de reposición y sin limitación alguna , todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de temporalidad], como si fueran un interino o temporal más (a este respecto)

jueves, 22 de marzo de 2018

Recordatorio : [CGT / SAS / SummAT / SUSH , 23/3/2017] Escrito a los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid 'La temporalidad en el SERMAS compromete la calidad asistencial. Hay que dar estabilidad laboral a quienes llevan 5, 10, 15 y hasta 20 años encadenando contratos temporales sin poder consolidar como fijos, y son parte esencial e imprescindible de la Sanidad Pública madrileña' [proponen Concurso de méritos excepcional]

[Recordatorio de entrada publicada el 27/03/2017]

'Las organizaciones CGT Sanidad MadridSindicato Asambleario de Sanidad -SAS-Sindicato SUMMATE, y  Sindicato Único de Sanidad e Higiene -SUSH- hemos entregado en el registro de la Asamblea de Madrid un escrito dirigido a cada uno de losgrupos parlamentarios, en el que damos datos de la intolerable situación de temporalidad de las plantillas del SERMAS y su más que probable agravamiento debido a la previsión de jubilaciones y la carencia de ofertas de empleo público suficientes.
Ofrecemos propuestas para valorar y hacemos hincapié en que una situación excepcional requiere una solución también excepcional


Recordatorio: [MATS 02/12/2016] 'Contra la precariedad laboral: EMPLEO FIJO Y DE CALIDAD, CONCURSO DE MÉRITOS YA'

[Recordatorio de entrada publicada el 02/12/2016]

'La sanidad pública madrileña sufre constantes pérdidas de empleo (casi 7.000 puestos de trabajo desde el inicio de la crisis económica); y una precariedad laboral que ya ronda el 35,7% sobre el total de las plantillas.

Esta situación afecta negativamente tanto a la calidad de los servicios, como a l@s trabajador@s que la sufrimos: temporalidad, inestabilidad, desigualdad salarial y manipulación de nuestros derechos.

Esta situación se tiene que acabar ¡YA!


Por eso el MATS propone:


  • CONVERSIÓN EN FIJAS DE TODAS LAS PLAZAS ESTRUCTURALES -con más de dos años- cubiertas actualmente por interin@s o eventuales (de todas las categorías profesionales),
  • Que el procedimiento a seguir,de manera excepcional, sea UN CONCURSO DE MÉRITOS basado en un estricto criterio de igualdad, mérito y capacidad. Y a partir de ese momento se saquen OPEs anuales.
  • Que el plazo para llevarse a cabo no exceda de 2017.
  • Que se pongan todos los recursos económicos necesarios en la próxima ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid.
Así mismo el MATS propone:

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO ha instado a la Dirección General de Función Pública a dar cumplimiento inmediato, del II Acuerdo para la mejora del empleo público'

'En la reunión celebrada hoy, de la Mesa General de los Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid, CCOO como primer sindicato en las Administraciones Públicas, ha instado a la Dirección General de Función Pública a dar cumplimiento inmediato, del II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo.

[AMYTS] Nota de prensa. 'Un 70% de los médicos de la Sanidad pública madrileña secunda la huelga “harto” del maltrato del Gobierno regional'

'AMYTS, sindicato convocante de la huelga de médicos en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) entre las 8 y las 21 horas de hoy, ha constatado que, dependiendo de los centros, ente el 50 y el 70% de los médicos han secundado el paro.
 
A las 12 de la mañana acudirán a la manifestación de médicos de toda España convocada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), a la que pertenece AMYTS, que realizará un recorrido entre la sede del Ministerio de Sanidad en el Paseo del Prado y las Plaza de las Cortes.

Los motivos de la huelga médica en Madrid responden a un larguísimo proceso de agravios y maltrato profesional a los médicos que se remonta al inicio de las crisis económica, cuando se aplicaron recortes salariales de entre el 25 y el 30%, que ahora la Administración se niega recuperar cuando la economía crece más de las propias previsiones del Gobierno y el Banco de España acaba de revisar al alza sus pronósticos para 2019.

martes, 20 de marzo de 2018

Instrucciones de RRHH del SERMAS sobre tomas de posesión de las convocatorias de 2015 y sus concursos de traslados

La Dir. Gral de Recursos Humanos el SERMAS ha publicado sus instrucciones para el momento de la toma posesión del personal que ha resultado adjudicatario como consecuencia de la resolución de los concursos de traslado voluntario y los procesos selectivos convocados en 2015 para el acceso a plazas de personal estatutario fijo, incluyendo las "diligencias de cese" del personal temporal afectado

[Diario Médico] El Presidente de la SEIS avanza los resultados de su informe de gasto TIC en Sanidad: se estanca en el 1,2% del total y se pierden 185 profesionales propios

Informaba Diario Médico el pasado 13/03/2018 de la Sesión de Inaguración del XXI Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD que tuvo lugar del 13 al 15 de Marzo en Madrid.organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS), trasladando el avance de su presidente, Luciano Sáez, de los resultados del informe anual que realiza la SEIS en colaboración con el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas:sobre el gasto agregado en recursos TIC en Sanidad  tanto del Ministerio como el más importante de las CCAA ,destacando por un lado un aumento del gasto en  un 3,18% para alcanzar los 695 millones, pero menor que el crecimiento del gasto sanitario total (un  3,91% ), con lo que la proporción de gasto relativo TIC en Sanidad se reduce al 1,22% y por otro que continúa la reducción de personal informático propio, en concreto se redujo en 185 profesionales, suponiendo un 6,7% menos.


[AFEM] Comunicado AFEM: Huelga y Manifestación del 21 de Marzo de 2018. Recuperar la dignidad profesional. #HAYRAZONES





[AMYTS] Huelga y manifestación el 21 de marzo de médicos y residentes del SERMAS por la jornada, carrera, situación de los MIR y la sobrecarga asistencial

Informa Amyts  que ha convocado a huelga a los 16 mil médicos y 5 mil residentes para este miércoles 21 de marzo, coinciendo con una protesta nacional reivindicando "la aplicación de la jornada anual, plasmar en un acuerdo la carrera profesional para los facultativos no fijos, suscribir un convenio para el personal MIR y poner en marcha medidas encaminadas a dar solución a la sobrecarga asistencial" así como una  manifestación que partirá a las 12 de la mañana frente al Ministerio de Sanidad y concluirá en la Plaza de la Cortes

viernes, 16 de marzo de 2018

[FeSP UGT] 'UGT ratifica un Acuerdo que permitirá recuperar poder adquisitivo por primera vez desde 2009'. 'El proceso de estabilización se universaliza'

'La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT ratifica en Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas el acuerdo Gobierno-sindicatos que establece las condiciones laborales de los empleados públicos para los próximos tres años.

El pacto asegura una subida del 6,1% fijo hasta 2020, que detiene la sangría de poder adquisitivo que los trabajadores de las administraciones públicas han sufrido durante la crisis. El acuerdo incluye fondos adicionales para distintos colectivos. El incremento salarial alcanzaría el 8,79% si se cumplen varias previsiones económicas como el crecimiento del PIB en 2019 y 2020 y el cumplimiento de déficit. En 2018 los empleados públicos percibirán un 1,75%, el siguiente año podrán llegar a percibir un 2,75% más en sus nóminas y en 2020 la subida salarial se podría situar en 3,85%. Al final del acuerdo, los empleados públicos tendrían una subida de 8,79% de salario.


[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO acuerda la recuperación de empleo, salarios y negociación colectiva en el sector público'

[9 de Marzo de 2018] 'CCOO, primer sindicato de las Administraciones Públicas, firma hoy un acuerdo global con el Ministerio de Hacienda y Función Pública que supondrá el incremento de los salarios entre un 6,1 y un 8,8% en tres años, la recuperación de empleo y estabilización de las plazas temporales en todas las Administraciones, y la reposición de la negociación colectiva para aproximadamente tres millones de trabajadoras y trabajadores.

Para CCOO, el acuerdo supone “el inicio de la recuperación de los derechos arrebatados a este colectivo, pero seguiremos exigiendo y movilizándonos  para recuperar absolutamente todo lo que han perdido con la excusa de la crisis”.


lunes, 12 de marzo de 2018

[CSIF Madrid] 'CSIF pide la convocatoria urgente de la Mesa de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para abordar el histórico acuerdo firmado el pasado viernes con el ministro de Hacienda'

'La Unión Autonómica de Madrid de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones, ha remitido una carta al consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, en la que le solicita la convocatoria urgente de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos para abordar los distintos puntos del histórico acuerdo firmado el pasado viernes, 9 de marzo, por CSIF y el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

“Como usted seguro que conocerá, el pasado viernes el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las tres organizaciones sindicales más representativas del conjunto de las Administraciones públicas, entre ellas CSIF, firmaron un acuerdo en el que junto con la subida salarial general para los próximos tres años se establecen una serie de cláusulas cuyo contenido se remite al desarrollo de las mismas y a la negociación en el ámbito de las Mesas de negociación respectivas”, indica la carta remitida por el presidente de CSIF Madrid, Manuel González Molina.


viernes, 9 de marzo de 2018

El Estado y sindicatos nacionales firman acuerdo con la subida de sueldo para 2018 a 2020, aumento de tasa de reposición y la universalización de la inclusión de los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" en procesos denominados de "estabilización" , pero no fijados a consolidación . Texto íntegro del acuerdo

El Ministerio de Hacienda y Función Pública y los  sindicatos mayoritarios del área pública (CC.OO., UGT y CSIF) acaban de firmar este viernes el "II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo"  que incluye entre varias cosas:
  • subida salarial en los tres próximos años de  entre un 6,1%  y  8,8%  repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y  una parte variable  en función de la evolución del PIB de hasta  un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
  • tasas de reposición
    • 100%  en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
    • del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
    • los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse a alguna de estas circunstancias
      • jubilaciones masivas
      • nuevos servicios públicos
      • picos de servicio por turismo
  • procesos de "estabilización del empleo público" [pero no de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]
    •  se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud, mediante la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores para los que podrán convocarse procesos extraordinarios fuera de la tasa de reposición , y que siguen denominando de "estabilización del empleo público" [pero no  son de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]: "administración y servicios generales, investigación, salud pública, universidades públicas, y otros servicios públicos" [es decir, parece que se extiende a toda la administración pública] ,
    • se extiende a todos los puestos temporales más de 3 años de antigüedad antes del 31 de diciembre de 2017 y a  todas las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas [por lo que sumado a lo autorizado el año pasado se estaría hablando de entre medio millón y 700 mil puestos de empleo público (en puestos en fraude de ley según la normativa española, y ocupados en su inmensa mayoría por personal con abuso de temporalidad según la normativa de la Unión Europea que ya habría emitido una primera sanción al Gobierno de 100 millones de euros por este hecho, siendo ésta la respuesta del Gobierno Español para evitarla)]
    •  las OPEs respectivas de los nuevos puestos a incluir se pueden publicar en los años 2018. 2019 y 2020.
    • nuevamente no se fija que las convocatorias sean consolidaciones mediante concursos de méritos como exigen Plataformas de interinos afectados para que consolide el personal actual sino solamente que se podrá valorar la antigüedad si existe fase de concurso, incidiendo que las bases de las convocatorias serán  competencia de cada Administración
    • como en 2017, se habilita incluir en las Ofertas de Empleo Público, fuera de tassa de reposición , todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de temporalidad]