En el BOCM de ayer 04/04/2018
y en el BOCM de hoy 05/05/2018 se han publicado las resoluciones de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud por las
que se nombra personal estatutario fijo tras procesos selectivos
del SERMAS convocados en 2015 en las especialidades de la categoría de Facultativo Especialista del SERMAS, disponiéndose de un mes para la
toma de posesión a partir del día siguiente de su publicación: Anestesiología y Reanimación, Anatomía Patológica, Obstetricia y
Ginecología, Neurología, Neumología, Microbiología y Parasitología,
Neurofisiología Clínica, Medicina Interna, Medicina Intensiva,
Cardiología, Cirugía Ortopédica y Traumatología, Aparato Digestivo, Medicina Física y Rehabilitación.
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jueves, 5 de abril de 2018
miércoles, 4 de abril de 2018
[Fabián Valero en zeres.es] La figura del indefinido no fijo en la AAPP [puede ser cesado por OPE convencional de su puesto, indemnización de 20 días, asentado en el ámbito laboral, primeras sentencias en el ámbito funcionarial]
Publica el conocido abogado Fabián Valero en Zeres.es este 28/03/2018 un amplio repaso a la figura compleja del empleado púbilco indefinido no fijo [a su experto entender], repaso del que realizamos
algunos extractos con apuntes nuestros entre corchetes
- es una
figura exclusivamente jurisprudencial: se ha creado mediante sentencias
de la justicia española al máximo nivel del Tribunal Supremo- de [OJO]
la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [la Sala de lo Social es la
que cubre los casos de los empleados públicos con relación de empleo de
contrato laboral, en especial no cubre los casos de empleados públicos
con relación de empleo de caracter administrativo o "funcionarial" (esto
incluye al personal estatutario de los servicios de salud) cuyas
demandas laborales van por el Orden y Salas de lo
Contencioso-Administrativo]
- la obtiene el empleado
público [laboral en principio] en compensación a su situación de fraude de ley por
abuso de temporalidad (por su duración excesiva o por la concatenación
excesiva de sucesivos contratos o nombramientos) tras reclamarlo
judicialmente y ganarlo en sentencia
- la jurisprudencia española ha establecido que conceder la fijeza sería contraria a
la legislación española cuando establece que "el acceso al
empleo público -tanto funcionarial, como laboral- debe cumplir
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad" [pero un juzgado de Madrid ha trasladado al Tribunal de Justicia
Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad
por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años al entender que la esa jurisprudencia se basa en una legislación española que no cubre lo exigido por la superior legislación europea]
- la egislación europea sobre el trabajo de duración determinada ["no fijo"]
es la Directiva 1999/0/CE estipula en su cláusula 5ª que los Estados
deben incluir en su ley nacional "medidas destinadas a evitar la
utilización abusiva de los contratos temporales", como fijar la duración
máxima o razones "objetivas" que justifiquen la renovación [o
prolongación] de esos contratos temporales, que además deben ser
"eficaces" y suficientemente "disuasorias"
- la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público [EBEP] traspone sólo algunos aspectos de la
Directiva 1999/70 y además de forma "muy laxa" [ al no fijar
compensaciones para el personal en situación de abuso temporal y al
fijar sólo duraciones máximas a la situación de vacante cubierta de
forma interina sin sacar a oferta de empleo público ("en la oferta de
empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y,
si no fuera posible, en la siguiente") o a los nombramientos interinos
para programas de carácter temporal ("tres años") o de exceso o
acumulación de tareas de fecha de fin o de refuerzo (seis meses, dentro
de un periodo de doce meses".) , estos dos últimos casos son los
"eventuales" en la terminología estatutaria de Sanidad]
- la sala de lo Social del Tribunal Supremo
ha establecido [sentencia de 14/10/2014, recurso 711/2013) en tres años
el plazo límite
para que una vacante quede cubierta mediante el correspondiente proceso
selectivo, siendo fraude de ley cualquier prolongación
- el
reconocimiento de la condición de indefinido no fijo lleva ligada la
vinculación del trabajador a una plaza vacante estructural, existente o
de nueva creación
- el indefinido no fijo puede ser cesado por
amortización de su plaza si se justifica suficientemente la pérdida de
necesidad (algo muy remoto) o, (algo probable) por la cobertura
definitiva de la plaza en un proceso de selección "que garantice, en
todo caso, el derecho del
indefinido a poder obtener en propiedad la plaza que viene cubriendo"
[es decir sí por una convocatoria de turno libre de una OPE] y así no puede
ser cesado por un concurso de traslados o una promoción interna
reservadas a personal fijo (sentencias de la Sala de lo Social del
Tribunal Supremo de 20 de julio de 2017 y de la Sala de lo Social de la
Audiencia
Nacional de 2 de enero de 2015) [y si fuera cesado por estos dos casos, tendría oportunidad de ganar la readmisión o el reconocimiento de despido improcedente -con su indemnización más fuerte- siempre sólo tras demanda judicial]
- la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (sentencia de 2/2/2017) ha establecido que la Administración está obligada a acreditar
que la plaza que ocupa el indefinido no fijo es una de las vacantes
incluida en un proceso selectivo [así , si no se le notifica
adecuada y expresamente que su plaza es una de las incluidas en una OPE , el indefinido no fijo que sea cesado por perder
su plaza en una convocatoria derivada de dicha OPE, podría ganar la readmisión o el reconocimiento de despido improcedente -con su indemnización más fuerte- siempre sólo tras demanda judicial; a este respecto nótese que el Decreto de OPE 2017 de la Comunidad de Madrid, con la 1ª fase de plazas de OPE de "estabilización" de esta CCAA incluye plazas de los indefinidos no fijos de las categorías de esta primera fase y además establece en su artículo 9.3 la obligación de comunicar a todo empleado público temporal afectado que su plaza ha sido incorporada a los proceso de estabilización de empleo temporal correspondientes al ejercicio de 2017, lo que podría ser una medida de protección jurídica de la Comunidad de Madrid para que los indefinidos no fijos, actuales y los presumibles futuros de entre los temporales afectados, vea disminuidas sus opciones judiciales de obtener la improcedencia del cese por no notificación adecuada; en esa línea, sería de prever que esta notificación se realice antes de la publicación de las órdenes de las convocatorias y de forma notoriamente expresa para los ya indefinidos no fijos]
Publicado el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2018: se extiende la posibilidad de convocatorias de los puestos temporales de larga duración sin fijar que sean de consolidación ; se habilita a convocar en OPE sin límites todos los puestos de indefinidos no fijos, cuy nombramiento administrativo se prohibe
Ya está disponible en la web de la Administración Presupuestaria del Estado
el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado que entre su articulado del Título II "De los gastos de personal", las disposiciones adicionales y las disposiciones finales contiene importante normativa de recursos humanos, gran parte de ella tomada del recientemente suscrito recientemente suscrito acuerdo con sindicatos nacionales para "la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo".
Así, el proyecto de presupuestos recoge (todavía admite enmiendas):
- subida salarial , también para el personal estatutario [artículo 28] en los tres próximos años de entre un 6,1% y 8,8% repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y una parte variable en función de la evolución del PIB de hasta un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
- [artículo 19.Uno.2 ] tasas de reposición que limitan el número de plazas normales a incluir en OPEs [se computa como la diferencia entre el personal fijo que ha dejado en el ejercicio anterior de prestar servicios y el que se ha incorporado no procedente de una oferta de empleo público o de un reingreso con reserva de plaza]
- el 100% en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
- del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
- los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse si hay jubilaciones masivas, nuevos servicios públicos o picos de servicio por turismo
- [artículo 19.Uno.7 ] además, y, como en 2017, se habilita incluir en ofertas de Empleo Público, sin en ese límite de tasas de reposición y en todos los sectores, todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de temporalidad], es decir, su principal motivo de cese "objetivo". Además se prohíbe en la Disposición adicional 40.2 a las Administraciones Públicas el nombramiento de esta figura de indefinido no fijo, reservándolo por tanto para las sentencias judiciales tras demandas personales
- [artículo 19.Uno.9] procesos adicionales de "estabilización del empleo público" con plazas ocupadas por temporales durante más de 3 años [pes decir, en situación de "fraude de ley" según la normativa europea y española por exceso de duración de la temporalidad]
- se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud y los centros educativos , por la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores
"personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.", es decir, se universaliza la habilitación de convocar estos puestos a todos los servicios públicos
- se extiende esta posibilidad a las las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas, fundaciones públicas, etc
- y se fija como nueva fecha para computar la antigüedad de 3 años de los puestos el 31 de
diciembre de 2017 (antes era el (pudiendo repartirse como deseen las AAPP)
[AMYTS] 'Nota de Prensa de AMYTS. “El Gobierno de Cifuentes hace dejación de sus funciones ante la huelga de médicos de pasado mañana 6 de abril”. #HAYRAZONES '
'Así lo ha manifestado el Dr. Julián Ezquerra, secretario general de AMYTS,
esta mañana en rueda de prensa, para informar sobre la huelga convocada
el viernes 6 de abril que afecta a 16.000 médicos asistenciales y 5.000
MIR de la sanidad pública madrileña.
[Xunta Galicia] 'Sanidad presenta la aplicación para móviles denominada VACGAL que permite obtener información personalizada sobre el calendario vacunal
'El centro de salud de Vite acogió hoy el
acto de presentación de la herramienta informática VACGAL, una
aplicación gratuita de la Consellería de Sanidad, mediante la que se
ponen a disposición de la ciudadanía información fiable y personalizada
sobre el calendario vacunal por medio de sus dispositivos móviles,
convirtiéndose así en un canal ágil y dinámico de comunicación entre el
Programa gallego de vacunaciones y sus usuarios.
El acto de presentación de esta nueva aplicación corrió a cargo del director general de Salud Pública, Andrés Paz-Ares, y del subdirector general sobre Salud y Epidemiología, Xurxo Hervada; los cuales señalaron que está aplicación posibilitará mejorar la concienciación de las gallegas y gallegos respecto del valor de las vacunas, así como un incremento de coberturas. Además, favorecerá la comodidad del propio proceso de vacunación.
El acto de presentación de esta nueva aplicación corrió a cargo del director general de Salud Pública, Andrés Paz-Ares, y del subdirector general sobre Salud y Epidemiología, Xurxo Hervada; los cuales señalaron que está aplicación posibilitará mejorar la concienciación de las gallegas y gallegos respecto del valor de las vacunas, así como un incremento de coberturas. Además, favorecerá la comodidad del propio proceso de vacunación.
martes, 3 de abril de 2018
Publicados en el BOCM los nombramientos de personal estatutario fijo en varis categorías de las convocatorias 2015 del SERMAS: Promoción Interna de Administrativo, Técnicos Superiores, Terapeutas y Trabajador Social
En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy 03/04/2018 se hanpublican
las resoluciones de 8 de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la
que se nombra personal estatutario fijo tras los procesos selectivos
convocados en 2015 de estas categorías, disponiendo de un mes para la
toma de posesión de su destino adjuciado:
Comisión de Sanidad HOY en la Asamblea de Madrid: interoperabilidad de la receta electrónica de Madrid con la del Sistema Nacional de Salud
Este martes 03/04/2018 por la tarde hay Comisión de Sanidad de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y entre los diversos puntos de su Orden del Día se tratará una Pregunta de Contestación Oral en Comisión del portavoz de Sanidad del grupo Socialista , José Manuel Freire,
al Gobierno,
sobre la "situación actual de la receta electrónica interoperable del Sistema Nacional de Salud en la Comunidad de Madrid".
lunes, 2 de abril de 2018
[El Boletín] Constituida una Plataforma Nacional, Pi, que une a empleados públicos temporales para levantarse contra la Administración y las OPEs con sus puestos y en demanda de estabilidad por abuso de temporalidad
Informa El Bolein este 01/04/2018 que se ha constituido la Plataforma nacional de empleados públicos Temporales PI
que está denunciando la situación de fraude de ley en la que se sitúan
más de 700 mil empleados públicos temporales de larga duración por abuso de temporalidad por parte de sus administraciones
públicas al no convocar a procesos selectivos para personal fijo su
puesto en el tiempo debido, y que esta plataforma exige que se paralicen las ofertas de
empleo público que se han anunciado o iniciado con sus puestos como Ofertas Públicas de Empleo habituales
desde su habilitación en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017
tras el acuerdo
estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo públicol, OPEs que la Plataforma califica de "EREs
encubiertos", solicitando que en su lugar se convoquen sus puestos bajo la fórmula
excepcional de concurso de méritos.
Publicadas en el Boletín oficial las adjudicaciones definitivas y tomas de posesión de los concursos de traslados de convocatorias de 2015 del SERMAS
Se se han publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy lunes 02/04/2018 las siguientes RESOLUCIONES de la Dirección General de
Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud,
por la que se resuelve de forma definitiva los concurso de traslados y se abre el plazo para la toma de posesión de las categorías:
- Técnico Superior Especialista en Medicina Nuclear
- Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico
- Técnico Superior Especialista en Radioterapia
- Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico
- Técnico Superior Especialista en Higiene Bucodental
- Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica
- Terapeuta Ocupacional
- Fisioterapeuta
[El Diario] El hospital de Alzira deja de estar gestionado por Ribera Salud para pasar a ser de gestión directa
Informa El Diario.es este 30/03/2018
que este domingo 1 de Abril el hospital de Alzira, junto con todo el
departamento sanitario de La Ribera pasa a depender de forma directa de
la Conselleria de Sanidad, es decir, a gestión pública directa, tras la
reversión de la privatización su gestión que ha tenido desde el primer
contrato 1 de enero de 1999, en Ribera Salud.
El medio recuerda que tras las pérdidas iniciales del grupo empresarial la Comunidad Valenciana ealizó un "rescate" mediante la compra al grupo de las instalaciones mientras modificaba el contrato para encarecer la cuota per cápita un 68%, el de tal forma que se habrían abonado a la empresa privada más de 2 mil millones de euros en todo este tiempo.El último contrato, de 1 de abril de 2003 , tenía un plazo de 15 años y posibilidad de prórroga que el nuevo gobierno valenciano ha decidido no ejercer.
El medio recuerda que tras las pérdidas iniciales del grupo empresarial la Comunidad Valenciana ealizó un "rescate" mediante la compra al grupo de las instalaciones mientras modificaba el contrato para encarecer la cuota per cápita un 68%, el de tal forma que se habrían abonado a la empresa privada más de 2 mil millones de euros en todo este tiempo.El último contrato, de 1 de abril de 2003 , tenía un plazo de 15 años y posibilidad de prórroga que el nuevo gobierno valenciano ha decidido no ejercer.
domingo, 1 de abril de 2018
Entradas más vistas de la semana 26/03/2018-01/04/2018 en este blog
Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés
en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog,
además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
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Ayer fue cesada la Directora-Gerente del Área 9 de Atención Primaria, María Luisa Illescas Sánchez, y en su lugar ha sido nombrada Carmen ...
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Del 12 al 13 de Abril tendrá lugar en Tomelloso el I Foro de Enfermería Digital , organizado por la Sociedad Española de Informática de la ...
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Acaba de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (nº74 de 26 de Marzo), -para su conocimiento público y aún quedando pendiente su entr...
miércoles, 28 de marzo de 2018
El Proyecto de la fase III de la centralización de los SSII del SERMAS, el de las aplicaciones departamentales o "Athene@ Fase III", finalista a los premios ASLAN en la categoría de infraestructuras
El proyecto "Athene@ Fase III: Healthcare Enterprise Private Cloud" ha llegado a la final de los X Premios @asLAN de proyectos de Transformación Digital en Administraciones y Organismos Públicos en la categoría de Infraestructuras Digitales, estando el plazo abierto para la votación hasta el 6 de abril. Los premios ser entregarán el 11 de abril.
Como explica el propio resumen de este importante proyecto, un paso más ya casi definitivo en la homogeneización y centralización de las tecnologías de la información del Servicio Madrileño de Salud , tanto en aplicativos como recursos, es el siguiente (ver más detalles en el PDF presentado al proyecto):
'[...] Para la consecución de los objetivos estratégicos del SERMAS, y en base a un modelo asistencial centrado en el ciudadano y con un horizonte temporal de diez años, la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria (DGSIS) decidió elaborar en el año 2010 el Plan Director de Sistemas de Información.
Dentro de dicho Plan Director, se elaboraron varios planes de sistemas, entre ellos, uno de los más relevantes es el Plan Athene@ (ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA DE HOSPITALES EN LA ERA DIGIT@L) que consiste en la selección de las herramientas e infraestructuras TI que permitan la implantación de HCE en los hospitales del SERMAS, incorporando las nuevas tecnologías y las más innovadoras herramientas existentes en ese momento.
El objetivo final de dicho Plan es conseguir prestar desde la Data Center Centrales del SERMAS los servicios TI sanitarios (IaaS, PaaS, SaaS) en un modelo de Cloud privada a la extensa red de centros hospitalarios públicos de la Comunidad de Madrid.
Dicho objetivo se culmina con la Fase III del proyecto Athene@, que permite al SERMAS consolidar los Sistemas de Información departamentales, por citar algunas, Farmacia, Dietética, Triaje de Urgencias, Cardiología, Unidad de Críticos, Laboratorios… (de 25 a 40 según los servicios que presta cada hospital) de los hospitales públicos de la Comunidad de Madrid, en los dos Data Center Centrales del SERMAS en modo activo-activo, utilizando las más innovadoras tecnologías de Software Defined Data Center (SDDC), de automatización y auto aprovisionamiento de infraestructuras y plataformas. Además dicha transformación se ha conseguido con las máximas garantías de seguridad, disponibilidad y rendimiento, disminuyendo el TCO, facilitando la administración y el manteniendo, y con un importante ahorro en la factura eléctrica, lo que supone también contribuir a la reducción de la huella de carbono.
Como explica el propio resumen de este importante proyecto, un paso más ya casi definitivo en la homogeneización y centralización de las tecnologías de la información del Servicio Madrileño de Salud , tanto en aplicativos como recursos, es el siguiente (ver más detalles en el PDF presentado al proyecto):
'[...] Para la consecución de los objetivos estratégicos del SERMAS, y en base a un modelo asistencial centrado en el ciudadano y con un horizonte temporal de diez años, la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria (DGSIS) decidió elaborar en el año 2010 el Plan Director de Sistemas de Información.
Dentro de dicho Plan Director, se elaboraron varios planes de sistemas, entre ellos, uno de los más relevantes es el Plan Athene@ (ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA DE HOSPITALES EN LA ERA DIGIT@L) que consiste en la selección de las herramientas e infraestructuras TI que permitan la implantación de HCE en los hospitales del SERMAS, incorporando las nuevas tecnologías y las más innovadoras herramientas existentes en ese momento.
El objetivo final de dicho Plan es conseguir prestar desde la Data Center Centrales del SERMAS los servicios TI sanitarios (IaaS, PaaS, SaaS) en un modelo de Cloud privada a la extensa red de centros hospitalarios públicos de la Comunidad de Madrid.
Dicho objetivo se culmina con la Fase III del proyecto Athene@, que permite al SERMAS consolidar los Sistemas de Información departamentales, por citar algunas, Farmacia, Dietética, Triaje de Urgencias, Cardiología, Unidad de Críticos, Laboratorios… (de 25 a 40 según los servicios que presta cada hospital) de los hospitales públicos de la Comunidad de Madrid, en los dos Data Center Centrales del SERMAS en modo activo-activo, utilizando las más innovadoras tecnologías de Software Defined Data Center (SDDC), de automatización y auto aprovisionamiento de infraestructuras y plataformas. Además dicha transformación se ha conseguido con las máximas garantías de seguridad, disponibilidad y rendimiento, disminuyendo el TCO, facilitando la administración y el manteniendo, y con un importante ahorro en la factura eléctrica, lo que supone también contribuir a la reducción de la huella de carbono.
I Foro de Enfermería Digital de la SEIS del 12 al 13 de Abril en Tomelloso
Del 12 al 13 de Abril tendrá lugar en Tomelloso el I Foro de Enfermería Digital, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] bajo ellema "La enfermería digital : un proceso transformador en los cuidados" y
con el objetivo de "dar a conocer y compartir temas actuales de interés
para la profesión, relacionados con la práctica de la enfermería y con
las TIC Tecnologías de la Información y la Comunicación]".Ya existe un programa preliminar disponible.
[FeSP UGT Madrid] 'Cambio en el sistema de gestión y control de los procesos por Incapacidad Temporal en los primeros 365 días de su duración.'
'Por fin, después de más de tres años de su publicación, se hace efectivo
el nuevo sistema de gestión de las Bajas por Incapacidad Temporal
recogido en el R.D. 625/2014 de 18 de julio, y la Orden ESS/1187/2015,
de 15 de junio.
Como ya os dijimos en varios informas anteriores cuando se publicó el R.D, así como la Orden de S.S., el nuevo sistema de aplicación supone una simplificación en la expedición y entrega de los partes de baja, confirmación y alta, lo que a su vez supone un beneficio para los trabajadores y trabajadoras enfermos, puesto que supone un menor número de trámites y visitas a los centros de salud. Asimismo, supone una mayor información para los mismos, puesto que el facultativo, en el parte de baja, deberá poner la fecha de la siguiente revisión y la duración estimada de la enfermedad.
Como ya os dijimos en varios informas anteriores cuando se publicó el R.D, así como la Orden de S.S., el nuevo sistema de aplicación supone una simplificación en la expedición y entrega de los partes de baja, confirmación y alta, lo que a su vez supone un beneficio para los trabajadores y trabajadoras enfermos, puesto que supone un menor número de trámites y visitas a los centros de salud. Asimismo, supone una mayor información para los mismos, puesto que el facultativo, en el parte de baja, deberá poner la fecha de la siguiente revisión y la duración estimada de la enfermedad.
martes, 27 de marzo de 2018
Publicado en el BOE el acuerdo del Gobierno del Estado y sindicatos nacionales para la subida de sueldo de empleados públicos y la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años e "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del personal
Acaba de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (nº74
de 26 de Marzo), -para su conocimiento público y aún quedando pendiente
su entrada en vigor las medidas hasta que no se incluyan y publiquen en la futura Ley
de Presupuestos Generales del Estado de 2018-, el "II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo"
que suscribieron el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los
sindicatos mayoritarios del área pública (CC.OO., UGT y CSIF) el pasado 9 de Marzi y que
supondría entre varias cosas:
- subida salarial en los tres próximos años de entre un 6,1% y 8,8% repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y una parte variable en función de la evolución del PIB de hasta un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
- tasas de reposición
- 100% en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
- del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
- los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse si hay jubilaciones masivas, nuevos servicios públicos o picos de servicio por turismo
- procesos de "estabilización del empleo público" [pero no de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]
- se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud, mediante la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores para los que podrán convocarse procesos extraordinarios fuera de la tasa de reposición , y que siguen denominando de "estabilización del empleo público" [pero no son de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]: "administración y servicios generales, investigación, salud pública, universidades públicas, y otros servicios públicos" [es decir, parece que se extiende a toda la administración pública] ,
- se extiende a todos los puestos temporales más de 3 años de antigüedad antes del 31 de diciembre de 2017 y a todas las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas [por lo que sumado a lo autorizado el año pasado se estaría hablando de entre medio millón y 700 mil puestos de empleo público (en puestos en fraude de ley según la normativa española, y ocupados en su inmensa mayoría por personal con abuso de temporalidad según la normativa de la Unión Europea que ya habría emitido una primera sanción al Gobierno de 100 millones de euros por este hecho, siendo ésta la respuesta del Gobierno Español para evitarla)]
- las OPEs respectivas de los nuevos puestos a incluir se pueden publicar en los años 2018. 2019 y 2020.
- nuevamente no se fija en el acuerdo que las convocatorias sean consolidaciones del propio personal mediante los concursos de méritos que contempla excepcionalmente -siempre aprobándolo con una ley- el Estatuto Básico del Empleado Publico en sus artículos 61.6 (para el personal público de relación funcionaria o administrativa) y 61.7 (para el empleado público de relación laboral) o ni siquiera procesos de consolidación en el sentido del Estatuto Básico del Empleado Público, como exige la Plataforma Nacional de Temporales, que agrupa a las plataformas de interinos y temporales de muchas APP afectados. Solamente consta que se "podrá" valorar la antigüedad si es que existe fase de concurso, dando opción por tanto incluso a sistemas selectivos sólo con fase de oposición, e incidiendo que las bases de las convocatorias serán competencia de cada Administración, pudiendo ser diferentes por ejemplo las de los Servicios de Salud de diferentes CCAA (como ya está sucediendo: ver casos de bases ya publicadas del Servicio Extremeño de Salud , Servicio Balear de Salud y Servicio de Salud de Castilla y León mientras que otras CCAA, como Madrid, todavía no ha publicado convocatoria ni bases algunas, sólo decreto de OPE)
- como en 2017, se habilita incluir en las Ofertas de Empleo Público, fuera de tasas de reposición y sin limitación alguna , todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la
"figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales
españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de
temporalidad], como si fueran un interino o temporal más (a este respecto)
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