martes, 29 de junio de 2021

[FSC CCOO] 'FSC CCOO valora el anuncio del Tribunal Supremo sobre abuso de temporalidad en personal laboral interino Es necesario aclarar que al ser la Sala de lo Social la que se ha pronunciado al respecto, la aplicación es únicamente para personal laboral' ["También da fuerza a la reivindicación de CCOO en cuanto a que deben salir todas las plazas en el proceso de estabilización que estamos negociando"]

 'A falta de ver la sentencia, el Tribunal Supremo (TS) vuelve a la interpretación de hace años respecto a la temporalidad y reconoce la figura de indefinido no fijo para el personal laboral interino que siga en su plaza después de un plazo de 3 años. Hasta ahora, el TS siempre ha añadido que seguirá siendo indefinido no fijo hasta que su plaza fuera cubierta por la convocatoria de una oferta de empleo público (OEP). Igualmente la persona trabajadora tendría derechos indemnizatorios, en principio a razón de 20 días por año trabajado, si se mantiene lo que venían marcando las sentencias. CCOO siempre ha defendido que esa interpretación general nunca debió abandonarse.

Para CCOO, la prioridad fundamental siempre es la estabilidad en el empleo y el incremento de las plantillas. No obstante, la comunicación del Tribunal Supremo va en la línea de la reivindicación de CCOO en las negociaciones con Función Pública en relación con las indemnizaciones, también para funcionariado interino, y que sean tanto para nombramientos futuros como para los anteriores. Esta es la medida que el sindicato ha venido defendiendo como compensatoria, disuasoria y sancionadora.

También da fuerza a la reivindicación de CCOO en cuanto a que deben salir todas las plazas en el proceso de estabilización que estamos negociando y que hay que eliminar la tasa de reposición para conseguir que las ofertas sean suficientes y de verdad se reduzca la temporalidad por debajo del 8%.'

Fuente: FSC de CCOO 28/06/2021

[Fesp UGT Nacional] 'EL TRIBUNAL SUPREMO ACLARA SU JURISPRIDENCIA CON RESPECTO AL PERSONAL LABORAL TEMPORAL CON CONTRATO DE INTERINIDAD'

'A  expensas de conocer el texto concreto de la resolución, la Sala 4ª del Tribunal Supremo (de lo social) rectifica puntualmente su jurisprudencia en relación con el personal laboral temporal (no funcionario o estatutario interino) en dos cuestiones muy importantes: duración máxima del contrato de interinidad (lo fija en 3 años) y computo temporal de aquellos años en los cuales no hubo OPE debido a las limitaciones derivadas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, para considerar que existe abuso.

 Hasta la fecha, el Tribunal Supremo (TS), tras reiterada jurisprudencia, venía reiterando lo siguiente: 

- El periodo comprendido entre 2009 y 2017, no se puede computar a efectos de declarar abuso en la contratación, pues las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, impidieron la convocatoria de OPES (tasa de reposición del 0% o muy reducida). 

- El plazo previsto en el artículo 70 del EBEP de 3 años máximo para organizar, desarrollar y realizar los procesos selectivos no es taxativo, siendo susceptible de variarse según las circunstancias. Lo que daba pie a las AA.PP. a disponer de una cuestión que no lo es. 

- Se precisa la existencia de varios contratos laborales a lo largo del tiempo para que exista abuso en la contratación. Es decir, no basta un solitario y largo interinaje para que exista abuso.


 Pues bien, a raíz de varias cuestiones prejudiciales planteadas al Tribunal de Justicia la Unión Europea (TJUE) que fueron vistas en la Sentencia del TJUE elpasado 3 de junio de 2021, este recriminó al TS la jurisprudencia arriba reproducida' 

[...]

Fuente y texto completo : Comunicado de la Federación de Servicios Públicos de UGT nacional de 28/06/2021


Enlaces en el texto nuestros

Publicadas las convocatorias de promoción interna de las OPE 2018 del SERMAS, entre ellas de categorías de la Función Administrativa

En el BOCM de 28/06/2021 se han publicado  convocatorias de promoción interna procesos selectivos de las (antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS c:

[TVE 1] Valoración de Trabajadores públicos temporales y del abogado Javier de Araúz de la sentencia del Supremo que establece que los trabajadores interinos de más de 3 años pasen a ser indefindos no fijos para cumplir con la normativa europea

Informa La 1 de Televisión Española en su Telediario de las 21h de este 28/06/2021 [audio íntegro] de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por la que cambia su  doctrina para pasar a establecer que los trabajadores laborales interinos públicos pasen automáticamente a ser indefinido no fijo cuando transcurran tres años, entrevistando a varias afectados de plataformas de interinos que les parece insuficiente al seguir siendo una figura temporal y al conocido abogado Javier de ARaúz, que afirma que para cumplir con la normativa europea la figura en la que se transforme debe ser realmente estable


lunes, 28 de junio de 2021

[Arauz] NOTA SOBRE LA NUEVA DOCTRINA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LOS CONTRATOS DE INTERINIDAD POR VACANTE EN EL SECTOR PÚBLICO

 'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo acaba de emitir una nota relativa a la incidencia de la STJUE de 3 de junio de 2021, asunto C-726/19, en la que anuncia una rectificación de su doctrina respecto a la duración del contrato de interinidad por vacante del Sector Público.'

[...]

'La figura del indefinido no fijo, tal y como está concebida en nuestro país, en cuanto cesa -al igual que el trabajado interino que no ha sido víctima de un abuso- cuando se provee su plaza a través de un proceso selectivo con personal fijo, no puede ser concebida como una medida sancionadora que garanticen el cumplimiento de los objetivos de la Directiva 1999/70, ya que: 1) perpetua a le victima del abuso, en el abuso y en la precariedad en el empleo; 2) su aplicación no tendría ningún efecto negativo para el empleador; y 3) avoca al cese del indefinido fijo a través de procesos selectivos que se constituyen en la sanción aunque no se ajustan a la Directiva, toda vez estos procesos también están abiertos a los candidatos que no hayan sido víctimas de ese abuso y no confieren a los empleados públicos víctimas de tal abuso ninguna garantía de adquirir la condición de personal estatutario fijo'

Fuente y texto completo: nota de Javier Araúz de 28/06/2021

[Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]

'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo reunida en pleno para examinar la incidencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de junio de 2021 en diversos recursos, ha decidido, por unanimidad, rectificar la aplicación que venía haciendo de su propia doctrina en relación a la duración del contrato de interinidad por vacante en el sector público. 


En aplicación de las previsiones legales y reglamentarias sobre el referido contrato, su duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica. 


A falta de previsión normativa la Sala entiende, con carácter general, que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo


[MI15F] Conferencia de Javier de Araúz el 30 de Junio en Madrid para explicar la situación actual y sentencia y auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público español

'CONFERENCIA DE ARAUZ 30 DE JUNIO EN MADRID PARA EXPLICAR SITUACIÓN ACTUAL Y SENTENCIA Y AUTO TJUE.

domingo, 27 de junio de 2021

Entradas más vistas de la semana 21/06/2021-27/06/2021 en este blog: en pregunta en el Congreso de Coalición Canaria sobre solución a abuso de temporalidad Ministro Iceta responde que procesos de estabilización de concurso-oposición, rechazada PNL de PP de que sea siempre concursos-oposición abiertos, ......

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

sábado, 26 de junio de 2021

[El País] Negociaciones "a contrarreloj" con los sindicatos y las CCAA de la reforma para reducir la elevada tasa de temporalidad en la Administración Pública, comprometida ante la Comisión Europea

Informa El País este 26/06/2021 de las negociaciones "a contrarreloj" con los sindicatos y las CCAA de la reforma para reducir la elevada tasa de temporalidad en la Administración Pública, comprometida ante la Comisión Europea.

Para el enorme volumen de temporales de larga duración,  el Gobierno propone más procesos de selección de "estabilización" en la forma de  concursos-oposición con todos los puestos estructurales ocupados por temporales más de 3 años a 31/12/2020 y bolsas de contratación para los que no los superen y acaben cesados. El concurso, tras la oposición eliminatoria, pesaría un 40% y puntuaría ,especiaxlmente la antigüedad en el puesto

Según el medio, [que omite mención alguna a las movilizaciones de las plataformas de interinos y las sentencias europeas condenando el abuso de temporalidad y la necesidad de una sanción para la que no valen procesos selectivos], "las posturas entre el ministerioy los sindicatos están próximas, pero aún hay que acercar posiciones con las comunidades autónomas" y detalla que CSIF pide que la fase de oposición no debería ser eliminatoria y en la valoración de méritos, la experiencia laboral sea el 80%


viernes, 25 de junio de 2021

Coalición Canaria, tras su pregunta urgente, presenta una moción en el Congreso para la regularización administrativa de los empleados públicos en abuso de temporalidad creando la categoría de personal estabilizado con la condición de fijo a extinguir y excluyendo su puesto de toda OPE.

 Tras la pregunta urgente en el Congreso de ayer sobre "la solución que va a dar el Gobierno a la situación de fraude de ley por abuso de temporalidad de los empleados públicos",  y donde el ministro de Función Pública respondió que procesos de estabilización de concurso-oposición dando la posibilidad adicional a las CCAA de concursos de méritos, Coalición Canaria ha presentado una moción consecuencia de la interpelación urgente en la que plantea que se inste al Gobierno a que reforme el EBEP para regularizar administrativamente a los empleados públicos en abuso de temporalidad, definidos como los que lleven más de 3 años al servicio de una AAPP en funciones estructurales,  creando la categoría de personal estabilizado con la condición de fijo a extinguir y excluyendo su puesto de toda OPE.

[ADDENDUM] la moción ha quedado registrada con el número de iniciativa 173/000088


Publicadas las convocatorias que faltaban de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización (salvo las de facultativos especialistas), entre ellas las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa

En el BOCM de este 24/06/2021 se han publicado las convocatorias de procesos selectivos de las (antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización que estaban pendientes de convocar, salvo las categorías de Facultativos Especialista, previsto para el segundo semestre, convocatorias  todas ellas con plazas computadas de dos fomas diferentes:
  1. por un lado con las previsoines del artículo 19.Uno.6. de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017", que recordemos habilitó a los Servicios de Salud, entre otros sectores de la AAPP,  ha incluir en OPEs convencionales, sin límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016 y todos los puestos temporales antes de 01/01/2005 según la Disposición Transitoria 4ª del EBEP, pero no habilitó ninguna fórmula extraordinaria o especial de consolidación.
  2. y por otro, de la tasa de reposición autorizada en el año en cuestión ,m yque pueen inclluyen  al menos ese 10% de los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016, no computado por el apartado anterior
convocadas conjuntamente pese a los 3 tipos de computación de plazas: reposición, 90% temporales más de 3 años o "estabilización" y "estabilización DT4 del EBEP" o "consolidación". En algunos categorías se incluyen en la misma convocatoria también las plazas de reposición de las OPES 2019 y 2020 del SERMAS

[AIESalud/360 Medics]'Desde la crisis de la COVID19 El 81% de los profesionales sanitarios españoles ya no pueden prescindir de las herramientas digitales en su práctica diaria 9 de cada 10 médicos utilizan al menos una herramienta digital frente a 7 de cada 10 antes de la pandemia'


 

'La pandemia ha acelerado la digitalización de los profesionales sanitarios españoles hasta tal punto que el 81% reconocen que ya no pueden prescindir de las herramientas digitales en su práctica diaria.  Esta es una de las principales conclusiones del informe Crisis sanitaria COVID-19: ¿Se ha acelerado la digitalización de tu práctica médica?, realizado por la aplicación médica 360 medics, en colaboración con la web de salud Doctoralia y la Asociación de Innovadores en eSalud (AIES).

jueves, 24 de junio de 2021

Recordatorio. Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para EVITAR el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para SANCIONAR el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/05/2021]

El Informe de Conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, por el abogado general Evgeni Tanchev , como paso previo a la sentencia del Tribunal europeo en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" sobre los profesores públicos de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos de docentes temporales de larga duración realizada en Italia tras la sentencia del Tribunal Europeo del Asunto "Mascolo" en 2014, contiene lo que el propio abogado llama repaso a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad (en el empleo público en especial), y que ya trasladamos en la entrada que publicamos sobre dicho informe.

Por su evidente interés, extraemos a esta entrada independiente, lo que entendemos que a juicio de dicha Abogacía General de la UE (entrecomillando párrafos literales del informe del abogado General y dejando de lado las apreciaciones sobre el derecho a la no discriminación religiosa) son los  principios relacionados con la sanción del recurso abusivo a la temporalidad que están bien establecidos en la jurisprudencia" del Tribunal Europeo:

[El Diario.es] El Gobierno retrasa una semana la reforma contra el abuso de los interinos para intentar un acuerdo con comunidades y sindicatos

  Informa El Diario.es este 24/06/2021que el ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, no ha logrado el acuerdo de las CCAA en  la Conferencia Sectorial de la Administración Pública de hoy a su propuesta para reducir la temporalidad en las administraciones públicas y ha decidido retrasar una semana la reforma tanto para evitar el abuso de temporalidad  futuro como contra el abuso actual.


Y ha cancelado la reunión con los sindicatos dado que quiere tenerla con el acuerdo previo alcanzado con las CCAAs

[Europa Press] El Ministro Iceta presenta su propuesta para reducir la temporalidad a las AAPP en la Conferencia Sectorial y les emplaza a nueva reunión en una semana . También pospone la reunión prevista hoy con los sindicatos

 Informa Europa Press este 24/06/2021 que el ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, ha presentado hoy en la reunión que anunció ayer de la Conferencia Sectorial de la Administración Pública su propuesta para reducir la temporalidad en las administraciones públicas y ha convocado otra reunión para el próximo jueves 1 de julio dando de plazo hasta el 29 de Junio para que las CCAA y la FEMP realicen aportaciones. 

El medio informa también que ha sido aplazada reunión prevista por la tarde con los sindicatos de Función Pública