Como consecuencia de la demanda
presentada por la FSS-CCOO, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha declarado que “la
exclusión del modelo de carrera profesional y desarrollo profesional
del personal estatutario y funcionario con nombramiento temporal es injustificada”.
En consecuencia, el Tribunal declara contraria a derecho
la Resolución 9/2017, de 24 de febrero, de la Presidencia del Servicio
Riojano de Salud, por la que se aprobaba el modelo y se regulaba el
procedimiento de reconocimiento de los grados I, II, III y IV
correspondiente al periodo ordinario de la carrera y desarrollo
profesional del personal estatutario y funcionario al servicio de los
centros e instituciones sanitarias del Servicio Riojano de Salud.