El pasado 02/03/2020 informaba La Voz de Almería
de la toma de posesión como personal fijo de 33 empleados del
Ayuntamiento de Almería pertenecientes al Grupo E "Agrupaciones
profesionales" ,que hasta entonces eran interinos y que habían
consolidado tras la convocatoria de un
proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de 30
funcionarios y 3 laborales de la Oferta de Empleo Público de
"estabilización" del Ayuntamiento de Almería del año 2018 , de "conformidad" con lo dispuesto en la Disposición Transitoria 4ª de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP)
Así las bases establecían que el proceso selectivo consistía
- en un concurso de méritos eliminatorio (de 40 puntos) y en la defensa de una memoria funcional (60 puntos) sobre las funciones del servicio.
- en el concurso de méritos puntúaba 38 de los 40 puntos en antigüedad, pesando 0,25 puntos por mes en el propio Ayuntamiento de Almería y 0,15 en otra administración; mientras que un punto era por formación y otro si se habían superado pruebas en el pasado
- para pasar esta primera fase de concurso de méritos se exigía un mínimo de 10 puntos, es decir , 3 años y 3 meses en el Ayuntamiento de Amería o casi 6 años en otra AAPP
por
tanto, el proceso ha
consistido "casi" en un proceso de méritos restringido al personal
propio del ayuntamiento en la situación de abuso de temporalidad si éste
se fija en los 3 años que exige el artículo 70.1 del eBEP para que una
necesidad permanente quede cubierta de forma fija, si bien realmente
habría sido un proceso de consolidación de los contemplados en el EBEP,
de libre concurrencia, pero con las posibilidades de consolidación del
propio personal "al máximo".