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martes, 12 de abril de 2022

Publicadas las relaciones definitivas de antigüedades de los empleados temporales de varias categorías de Atención Primaria del SERMAS para determinar quienes serán cesados por los concursos de traslados y los procesos de "estabilización" de las OPE 2017 del SERMAS. Más de la mitad de los Auxiliares Adminstrativos temporales de Atencion Primaria del SERMAS suman temporalidades superiores a los 10 años, y el 16%, más de 20 años

Publicaba CSIF Sanidad el pasado 10/04/2022 las relaciones definitivas con la antigüedad de todos los profesionales de Atención Primaria que ocupan plaza vacante, en las categorías en las que el SERMAS va a resolver  y ya ha empezado a resolver ya en algún caso) procesos selectivos con plazas de estabilización derivados de las ley estatal de 2017,  de la OPE 2017 de SERMAS, y sus concursos de traslados:

  • Enfermera/o
  • Matrona
  • Fisioterapeuta
  • Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico
  • Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico
  • Grupo Auxiliar de la Función Administrativa
  • Técnico de Cuidados Auxiliares de Enfermería
  • Celador
  • Pinche

para determinar el orden de "cese" [de "desplazamiento" prefiere decir el SERMAS] de los temporales -sin recibir indemnización alguna, recordemos- , según los criterios establecidos por el SERMAS, al ser cubierta su plaza por un fijo previo por el Concurso de Traslados o por un fijo nuevo que haya obtenido plaza por el proceso selectivo.


Del listado de días trabajados del personal de la categoría de  Auxiliar Administrativo de Atención Primaria,  con 1.100 traabajdores, se desprenden estas revaladoras y enormes antigüedades como temporal en el SERMAS , (en todos los casos de personal que ocupa una vacante en la actualidad):

lunes, 11 de abril de 2022

[Federación de Enseñanza de CCOO Madrid] 'CCOO considera fraude de Ley las indicaciones de actuación de la circular de Función Pública [de la Comunidad de Madrid a la Consejería de Educación] sobre contratación de personal laboral temporal' [no contratar durante 3 meses y mantenerlo "no eligible· en las bolsas de trabajo a cualquier empleado público laboral que tenga un cese , para que no haya continuidad en la relación laboral]

 'El Gabinete Jurídico de la Federación de enseñanza de CCOO ha analizado la comunicación de la Dirección General de Recursos Humanos y ha emitido un informe en el que concluye que:

"Estamos, por tanto, en presencia de un verdadero fraude de ley así como una actuación que supone un abuso de derecho por parte de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, pretendiendo eludir las consecuencias jurídicas que se derivarían de la aplicación obligada de las normas tanto legales como convencionales citadas en el cuerpo de este escrito, acudiendo para ello a la vulneración del artículo 103.3 en relación con el artículo 14 de la Constitución Española, concretamente por la infracción de los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el artículo 37.1 de la Constitución Española relativo al derecho de Negociación Colectiva.”

El informe se puede consultar en este enlace (INFORME)

A la vista del este estudio de muestro Gabinete Jurídico, la Federación de Enseñanza de Madrid rechaza esta actuación de la Dirección General de Recursos Humanos. Y las indicaciones que está dando la Consejería de Educación manifestando a las direcciones de los centros que no van a mantener las bolsas de trabajo ya validadas y que actualmente son utilizadas.

jueves, 7 de abril de 2022

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto de los "jueces de paz" italianos: sus largas temporalidades , abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza viola la normaitva de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias

Tal y como estaba previsto el jueves 07/04/2022, la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia [traducción al español del TJUE] en otra  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión)  relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 1999/70/CE que lo regula, nuevamente de Italia: en concreto a la cuestión prejudicial del como Asunto C-236/20  o Asunto "Ministerio de Justicia y otros (Estatuto de los jueces de paz italianos)" o cuestión prejudicial  sobre si hay abuso de temporalidad en los jueces de paz  renovados durante años y si la normativa italiana. que prohíbe hacerles fijos pero tampoco  concede una sanción disuasoria, no viola la normativa europea.
 
Recordemos que se  trataba de una cuestión planteada por el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Emilia Romaña ante el caso de una  jueza de paz  contratada por  el Ministerio de Justicia italiano desde 2002 y hasta 2016, es decir, temporal durante 14 años, fecha en la que interpuso demanda solicitando que se reconozca una relación de empleo fija, alegando que los jueces de paz italianos -jueces que son contratados "de forma discrecional" por 4 años prorrogables en principio a otros 4 , pero sin límites ni sanciones contempladas a las sucesivas renovaciones en la legislación italiano- son equiparables en cuanto a las funciones con los jueces de carrera -seleccionados mediante una oposición-  y se encuentra también protegidos por la cláusula de abuso de temporalidad de la Directiva europea de empleo: la famosa Directiva 1999/70/CE.
 
 

miércoles, 6 de abril de 2022

[Recordatorio] Este 07/04/2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en el asunto de los "jueces de paz" italianos: si sus largas temporalidades pueden ser abuso de temporalidad y si la normativa italiana que, no concediendo la fijeza tampoco plantea sanciones disuasorias, viola la normativa europea

 [Recordatorio de entrada publicada el 07/04/2022] Según consta ya en el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el jueves 07/04/2022 a las 09:30, la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en otra  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión)  relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 1999/70/CE que lo regula, nuevamente de Italia: en concreto a la cuestión prejudicial del como Asunto C-236/20  o Asunto "Ministerio de Justicia y otros (Estatuto de los jueces de paz italianos)" o cuestión prejudicial  sobre si hay abuso de temporalidad en los jueces de paz  renovados durante años y si la normativa italiana. que sin hacerles fijos tampoco les concede una sanción disuasoria. no viola la normativa europea.

martes, 5 de abril de 2022

[AMYTS] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid extraordinaria de 04/04/2022 sobre nuevos procesos de interinización: automáticos paa los eventuales de más de 2 años en misma plaza, por méritos para plazas con diferentes eventuales, total de mil plazas se convierten en plantilla orgánica

Informa AMYTS este 04/04/2022 de la reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que  tuvo lugar este mismo día, la segunda monográfica sobre "Propuesta de plazas para procesos de la Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad", aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen  del que destacamos (con notas nuestras en cursiva entre corchetes):

  • RRHH informa que
    •  transformarán directamente en interinos [de vacante] todas las personas con nombramientos evetuales acumulados más de 2 años a fecha de 31/12/2021  en la misma plaza: 691
    • además, vía bolsa de méritos, las plazas que hayan estado ocupadas por diferentes eventuales más de 2 años a fecha de 31/12/2021: 366
    • haciendo un total de 1057 plazas que pasan a ser reconocidas como estructurales

lunes, 4 de abril de 2022

Este 07/04/2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en el asunto de los "jueces de paz" italianos: si sus largas temporalidades pueden ser abuso de temporalidad y si la normativa italiana que, no concediendo la fijeza tampoco plantea sanciones disuasorias, viola la normativa europea

Según consta ya en el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el jueves 07/04/2022 a las 09:30, la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en otra  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión)  relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 1999/70/CE que lo regula, nuevamente de Italia: en concreto a la cuestión prejudicial del como Asunto C-236/20  o Asunto "Ministerio de Justicia y otros (Estatuto de los jueces de paz italianos)" o cuestión prejudicial  sobre si hay abuso de temporalidad en los jueces de paz  renovados durante años y si la normativa italiana. que sin hacerles fijos tampoco les concede una sanción disuasoria. no viola la normativa europea.
 
Recordemos que se  trata de una cuestión planteada por el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Emilia Romaña ante el caso de una  jueza de paz  contratada por  el Ministerio de Justicia italiano desde 2002 y hasta 2016, es decir, temporal durante 14 años, fecha en la que interpuso demanda solicitando que se reconozca una relación de empleo fija, alegando que los jueces de paz italianos -jueces que son contratados "de forma discrecional" por 4 años prorrogables en principio a otros 4 , pero sin límites ni sanciones contempladas a las sucesivas renovaciones en la legislación italiano- son equiparables en cuanto a las funciones con los jueces de carrera -seleccionados mediante una oposición-  y se encuentra también protegidos por la cláusula de abuso de temporalidad de la Directiva europea de empleo: la famosa Directiva 1999/70/CE.
 
 

jueves, 17 de marzo de 2022

Más del 85% de los informáticos de las instituciones sanitarias del SERMAS no está fijo en las categorías de informática. Más de un centenar en puestos temporales de las categorías desde antes de 2016. Sigue pendiente personal para regularizar en las categorías de informática

El personal informático del SERMAS y sus categorías estaturias de de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] cuenta con uno de los índices más elevados de temporalidad, sumándose que además sigue habiendo personal informático, en torno a 25 personas, con nombramientos en categorías diferentes de las de informática pese a realizar funciones de las categorías de informática durante años  (la integración que se hizo en las nuevas categorías cuando se crearon dejó fuera al personal que estuviera entonces en sustituciones, fijos en situaciones especiales o en categorías de grupos C2 e inferior aunque tuviera la función y la titulación)

 En concreto, el reparto es el siguiente, en cuanto al personal con servicio por alguna de las 3 categorías estatutarias de S.T.I. del SERMAS:

miércoles, 9 de marzo de 2022

[CSIT-UP] 'Compensación económica o indemnización por incumplir el plazo máximo de interinidad y cese, tras la Ley de reducción de la temporalidad 20/2021'

'Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, como ya os avanzábamos, publicamos una serie de hojas informativas para aclarar las dudas sobre reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la ley 20/2021. En este caso y tras solventar las dudas relativas a la contratación de personal interino dentro del recopilatorio que hemos elaborado, nos centramos en la compensación económica o indemnización por incumplir el plazo máximo en la relación de interinidad y cese:

El personal funcionario interino y el laboral temporal, tiene derecho a compensación económica o indemnización en el caso de que se incumpla el plazo máximo de permanencia en la relación de empleo temporal. El derecho a compensación económica o indemnización, es aplicable al personal interino y temporal nombrado o contratado a partir del día siguiente a la publicación en el BOE de la Ley 20/2021, es decir, desde 30 de diciembre de 2021

martes, 8 de marzo de 2022

[CSIT-UP] 'Contratación de personal interino y control de temporalidad ( Sobre la reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la ley 20/2021)'

'Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, como ya os avanzábamos, editamos una serie de hojas informativas para aclarar las dudas sobre reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la ley 20/2021. En este caso, en concreto, nos centramos en la contratación de personal interino y control de temporalidad, dentro del recopilatorio que hemos elaborado.

Tras la Ley 20/2021, de Medidas urgentes para reducción de la temporalidad en el empleo público, a través de estas tres preguntas con sus respectivas respuestas, intentamos aclarar algunas dudas que se plantea gran parte del personal afectado, con respecto a cómo han de actuar las Administraciones Públicas desde el 30 de diciembre de 2021 en la contratación o nombramiento de su personal temporal.

¿Cuándo se puede contratar personal funcionario interino?

Por razones de necesidad y urgencia, para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera en alguna de las siguientes circunstancias:

miércoles, 23 de febrero de 2022

Más de la mitad (el 56%) de los empleados del SERMAS son temporales: actualización de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad a 31/12/2021, antes de que haya finalizado alguno de los "procesos de estabilización" , concursos con oposición eliminatoria realmente, en el SERMAS derivados de la ley estatal de 2017 de los que ya se han convocado la inmensa mayoría de sus más de 20 mil plazas temporales ahora más de 8 años. Temporalidad de casi el 80% en las categorías estatutarias de informática del SERMAS, con un centenar de sus 120 temporales con temporalidad anterior a la fecha de 1/1/2016 de la nueva ley y sin haberse publicado las convocatorias de las 110 plazas incluidas en la OPE 2019 con las plazas de estabilización derivadas de la ley anterior de reducción de temporalidad.

Tal y como establece el art. 32 de  la Ley 9/2015 Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid , o "ley de acompañamiento de los presupuestos para 2016" sobre las "medidas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno en el Servicio Madrileño de la Salud", la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid puso en marcha en  Julio de 2016  el Portal Estadístico de Personal publicando por primera vez  la información detallada sobre el número del personal fijo, interino y eventual -es decir la "plantilla efectiva" o real, por cada categoría y centro de las instituciones sanitarias del SERMAS, por aquel entonces con datos a fecha 31/05/2016.

Desde entonces ha ido actualizado casi cada mes la información detallada siendo los últimos datos publicados, a fecha de 31/12/2021, siendo la anterior que comentamos en este blog de fecha de 31/05/2021, y por tanto ya durante la pandemia de COVID y en un período en el que aunque se han convocado masivos procesos selectivos (los de "estabilización" de puestos temporales ) no se ha acabado resolviendo ninguno, con lo que apenas se han nombrado fijos más allá de procesos de promoción interna en este tiempo..

Ahora que se acerca la resolución final del primer grupo de convocatorias de dichas OPEs de estabilización, las de la OPE 2017 del SERMAS, resulta de interés recoger antes en una entrada el reparto de fijos, interinos y eventuales.


Agregando los datos las diferentes vinculaciones jurídicas   31/12/2021 del SERMAAS -es decir  sólo en los centros de gestión directa-,
  • personal estatutario , el mayoritario con 75.017  empleados [74.964 antes]
  •  laboral 8.011 [8.372 antes]
  • y funcionario 198  [213 antes]
sobre un total de 83.479 profesionales del SERMAS  [ 83.549 antes] (aparte de 253 directivos de libre designación) en cuanto a temporalidad  se tiene  a 31/12/2021:
 
  •  un 44,0% de personal fijo (36.780 empleados [38.023 antes])
  •  un 56,0% de temporales: el 39,2% de interinos en vacante (32.724, [31.335 antes]) y el 16,4% de eventuales (13.722 [14.190 ])
 Es decir, la temporalidad del personal del SERMAS se sitúa  en el 56%, más de la mitad de la plantilla  con, a buen seguro, una gran mayoría de esos 32  mil puestos interinos de  temporales de más de  3 años de antigüedad. De hecho 22 mil de esos puestos fueron reconocidos en 2017 como ya temporales de más de 3 años, ahora por tanto temporales de más de 8 años. En comparación con la anterior entrada se aprecia un ligero descenso del número de fijos, fruto de las jubilaciones.

lunes, 10 de enero de 2022

[ASEPAT] 'Comunicado de la rueda de prensa hoy en la sede de Asepat-Cádiz por la admisión a trámite de la denuncia ante el parlamento europeo. ASEPAT-Cádiz plantea que la Ley de reduccón de la temporalidad en el empleo público es contraria a la normativa y sentencias comunitarias'

 


[Parlamento Europeo en España] 'La situación de los interinos en la administración pública española, a debate en la comisión de Peticiones. Este lunes 10 de enero, la comisión de Peticiones del Parlamento Europeo analizará una serie de denuncias entre las que se encuentra una presentada por un peticionario español.'

'En la primera reunión de la comisión de Peticiones de este año 2022, los eurodiputados estudiarán una serie de denuncias entre las que se encuentra una petición española que reclama mayor protección para los trabajadores interinos empleados por la administración pública en España.

La petición señala que el decreto ley 14/2021 del 6 de julio de 2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público promulgado por el gobierno de España no es efectivo y no sería consecuente con la Directiva Europea 1999/70/CE o con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el estatus de empleo de los trabajadores interinos.

El debate sobre esta petición, que tendrá lugar a partir de las 16:45 horas, podrá seguirse en directo aquí.

El Gobierno italiano, tras la 1ª sentencia europea estableciendo sque son trabajadors quen o pueden ser discriminados con respecto al juez de carrera y el procedimiento de infracción de la Comisión Europea, regularizará los 6 mil jueces de paz con procesos de evaluación restringidos y una indemnización de hasta 50 mil euros si no se presentan o no los superam

 Informa este 02/01/2022 el Portal  GiudicediPace.it que tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 16 de julio de 2020 en el asunto C‑658/18 -en el que estableció que  un juez de paz italiano o "magistrado honorario" además de ser un juez de la unión europea por sus funciones, está comprendido en el concepto de trabajador de la Directiva 1999/70/CE, con lo que le es de aplicación en especial la cláusula 4ª sobre no discriminación con las condiciones del personal fijo- y tras la correspondiente apertura de un procedimientos de infracción en Julio de 2021 por la Comisión Europea, el Gobierno italiano ha introducido en su ley de Presupuestos para 2022 una reforma a futuro de esta figura para hacerla conforme a la directiva europea , estableciendo que se realice un procedimiento de "regularización" de los más de 6000 magistrados "honorarios" tras el que pasen a ostentar una relación de empleo permanente dependiente como empleados del Ministerio de Justicia.


Según el medio, el procedimiento será un "procedimiento de evaluación obligatorio" de entrevista y prueba escrita, tal que quien no se presente o no lo supere perderá el trabajo teniendo el derecho a una indemnización por los servicios prestado no superior a 50 mil euros.

miércoles, 5 de enero de 2022

[SATSE/AMYTS/CCOO/CSIT/UGT Sanidad Madrid] 'El Defensor del Pueblo admite a trámite la solicitud de Amparo presentada por los Sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad' [para que intervenga ante la precariedad e inestabilidad de los contratos Covid]

'Tal y como informamos el pasado día 21 de diciembre, las cinco Organizaciones Sindicales que componemos la Mesa Sectorial de Sanidad presentamos solicitud de Amparo al Defensor del Pueblo respecto a la situación de precariedad e inestabilidad de los profesionales que tienen actualmente los llamados “contratos COVID”, por considerar que es contraria a lo establecido en el Estatuto Marco. Este problema afecta a unas 11.300 personas que son personal sanitario y no sanitario del SERMAS.

El Defensor del Pueblo ha comunicado su decisión de admitir a trámite la solicitud e iniciar el proceso, por lo que ha contactado con la Consejería de Sanidad solicitándole informe a este respecto. Esperamos que la Consejería no haga lo que acostumbra, que es dilatar la contestación, para que este asunto se pueda resolver lo antes posible.

viernes, 19 de noviembre de 2021

Según los datos el Instituto Nacional de Estadística hay 1 millon 100 mil empleados temporales en el sector público, casi el 70% mujeres

Según esta consulta pública de  datos del Instituto Nacional de Estadística sobre "asalariados del sector público con contrato o relación laboral temporal por duración del contrato, sexo y grupo de edad", se obtienen 1 millón 100 mil empleados temporales en total .

 

Si se rellena el campo "duración del contrato o relación laboral" [temporal] con los valores "3 años o más" y "No se sabe pero más de un mes",   se obtiene que:

  1. saben  que hay 83 mil con contrato temporal de más de 3 años 
  2. medio millón que "no se sabe pero más de un mes".





El dato es de especial relevancia ante el hecho de que España ha comprometido reducir la temporalidad de sólo 300 mil empleados públicos más ante la Unión Europea, para poder recibir los fondos de recuperación COVID, a sumar a los puestos "ya estabilizados" que ayer la propia Ministra de Función Publica en su comparecencia cifró en 66 mil (eso sí en cuanto a la AAPP central y autonómica.

Destaca así mismo que , siempre según estos datos, el 68% de los empleados temporales del sector público son mujeres.

 

NOTA DEL EDITOR: segunda versión de la entrada tras corregir el error nuestro evidente a la vista de la gráfica de decir que 1 millón 100 mil son los empleados públicos temporales de más de 3 años cuando es el total


lunes, 4 de octubre de 2021

Recordatorio. El Consejero con la Función Pública de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta de Más Madrid, sobre qué van a hacer ante la reforma estatal en tramitación sobre la temporalidad de larga duración , que publicar todas las convocatorias pendientes [de procesos de estabilización entre ellas] porque esa reforma solo les afecta a futuro. Añade que no le "cuadra" hacer fijos sin opositar.

 [Recordatorio de entrada publicada el 20/09/2021] El pasado miércoles 15/09/2021 compareció en Comisión de la Asamblea de la Comunidad de Madrid el Consejero  de Economía, Hacienda y Empleo, y que tiene las competencias de Función Pública,  Javier Fernández-Lasquetty, para informar de las líneas generales de su departamento. 

En su exposición inicial no abordó el asunto, pero en su turno, el portavoz de Más Madrid, Eduardo Gutiérrez,  preguntó qué medidas  va a adoptar el Gobierno Regional  ante la situación de más de 60 mil empleados públicos temporales, muchísimos de ellos en situación de abuso de temporalidad, ante la reforma legal en marcha en el Congreso que abrirá vías para estabilizar al personal de larga duración.

Respondió el Consejero  que van a publicar las convocatorias pendientes, antes de fin de año las que corresponden,  afirmando que el Real Decreto-Ley era muy negativo (sin especificar en qué) aunque en todo caso ya solo les afectaba a futuro y que "no le cuadra" que se puedan hacer funcionarios sin pasar por una oposición. 

martes, 28 de septiembre de 2021

[ELA] 'ELA pide a los grupos parlamentarios de aquí que hagan públicas las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley de Iceta Estas enmiendas deben garantizar que se eliminen todos los obstáculos para la realización de procesos de consolidación garantistas para que las más de 70.000 (15.000 en Nafarroa y 55.000 en la CAPV) personas empleadas públicas temporales vean garantizados sus puestos de trabajo.'

'ELA pide a los partidos políticos de aquí que expliquen públicamente las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley para la reducción de la temporalidad del empleo público (Ley de empleo público de Iceta). Del contenido de las mismas va a depender el articulado final de la Ley y, por lo tanto, que se abra o no una vía para que las más de 70.000 personas trabajadoras temporales del sector público consoliden su empleo.

Como ya sabéis, este Proyecto de Ley se encuentra ahora en el trámite parlamentario, en el plazo de presentación de enmiendas. Plazo de enmiendas que ya ha sido prorrogado en tres ocasiones, a pesar de que este Proyecto de ley sigue el procedimiento de urgencia. Debido a estas prórrogas, el trámite de enmiendas finalizará –si no hay una nueva prórroga– el próximo 29 de septiembre.

Durante las últimas semanas ELA ha mantenido contactos con los diferentes partidos políticos para pedir que las enmiendas incluyan las siguientes medidas: 

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid amplía con 18 millones extra las ayudas para incentivar la contratación indefinida. Los beneficiados son trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado sin ánimo de lucro Ya se han destinado a este fin 37,3 millones a lo largo de 2021, casi 17 más de los que se invirtieron el año pasado' [Subvenciona la conversión en indefinidos de contratos temporales de más de 6 meses]

'La Comunidad de Madrid destinará 18 millones de euros más a las ayudas para incentivar la contratación indefinida en la región. De esta forma, con el nuevo acuerdo autorizado hoy por el Consejo de Gobierno, el Ejecutivo autonómico ya ha dado luz verde a un total de 37,3 millones de euros para esta medida, 16,8 millones más que los invertidos en el ejercicio anterior

Este programa de incentivos tiene una doble vertiente. Por un lado, subvenciona las contrataciones indefinidas iniciales y, por el otro, laconversión en indefinidos de aquellos contratos temporales o formativos de la región. 

lunes, 20 de septiembre de 2021

El Consejero con la Función Pública de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta de Más Madrid, sobre qué van a hacer ante la reforma estatal en tramitación sobre la temporalidad de larga duración , que publicar todas las convocatorias pendientes [de procesos de estabilización entre ellas] porque esa reforma solo les afecta a futuro. Añade que no le "cuadra" hacer fijos sin opositar.

 El pasado miércoles 15/09/2021 compareció en Comisión de la Asamblea de la Comunidad de Madrid el Consejero  de Economía, Hacienda y Empleo, y que tiene las competencias de Función Pública,  Javier Fernández-Lasquetty, para informar de las líneas generales de su departamento. 


En su exposición inicial no abordó el asunto, pero en su turno, el portavoz de Más Madrid, Eduardo Gutiérrez,  preguntó qué medidas  va a adoptar el Gobierno Regional  ante la situación de más de 60 mil empleados públicos temporales, muchísimos de ellos en situación de abuso de temporalidad, ante la reforma legal en marcha en el Congreso que abrirá vías para estabilizar al personal de larga duración.

Respondió el Consejero  que van a publicar las convocatorias pendientes, antes de fin de año las que corresponden,  afirmando que el Real Decreto-Ley era muy negativo (sin especificar en qué) aunque en todo caso ya solo les afectaba a futuro y que "no le cuadra" que se puedan hacer funcionarios sin pasar por una oposición. 

lunes, 13 de septiembre de 2021

Recordatorio. [Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal] 'Denuncia el Real Decreto-ley 14/2021 (Icetazo) ante la Comisión Europea' [Guía por Internet]

 [Recordatorio de entrada publicada el 13/07/2021

[CEPPT] 'Os presentamos una guía para denunciar el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, ante la Comisión Europea. Para hacerlo, hay que rellenar el Formulario de denuncia por infracción del Derecho de la UE en https://ec.europa.eu/assets/sg/report-a-breach/complaints_es/ siguiendo los siguentes pasos:

1. Presento esta reclamación:

en mi propio nombre