[Recordatorio de entrada publicada el 16/09/2024] La Mesa de la Cámara del Congreso de los Diputados acordó este 10/09/2024 calificar con nº 184/013053 la Pregunta al Gobierno de respuesta escrita que presentó la Chunta Aragonesista, vía su diputado en el Grupo Plurinacional SUMAR, Jorge Pueyo, sobre "las medidas que va a adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a la sentencia de 22/02/2024 del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] , que rechaza el concepto de indefinido no fijo", abriéndose un plazo de un mes (hasta e l09/10/2024) para que el Gobierno del Estado le de contestación.
Correspondientemente ha sido publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de este 16/09/2024
Según la exposición del texto de la pregunta dicha sentencia europea "rechaza el concepto de indefinido no fijo , indicando que los jueces nacionales deben modificar su jurisprudencia si ésta contradice los objetivos de la Directiva 1999/70/CE" y "da la razón al personal interino y temporal del sector público tras diez años de reivindicaciones y permite dar una solución justa de estabilidad a más de un millón de trabajadores públicos que se encuentra en una situación de abuso en su contratación temporal".
Recuérdese que el 13/06/2024, el TJUE dictó otra sentencia en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros reiterando que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. y que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en los casos de funcionarios internos considerados con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [23/06/2021] En
pregunta en el Congreso de Coalición Canaria sobre "la solución que va a
dar el Gobierno a la situación de fraude de ley por abuso de
temporalidad de los empleados públicos", el Ministro Iceta responde que
procesos de estabilización de concurso-oposición dando la posibilidad
adicional a las CCAA de concursos de méritos
- [20/09/2021] Finalizó
el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real
Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a
las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas
temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de
futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de
que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido
Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y
garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición,
proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga
superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos
propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la
antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y
oposición no eliminatoria para el resto
- [29/12/2021]
Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [23/01/2024] El último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública reconoce, a Julio de 2023, más de 1 millón 100 mil empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 38% de los empleados públicos. Se puede extrapolar que más de 800 mil puestos estarían en fraude de ley de temporalidad superior a 3 años. La C. de Madrid tiene temporales al 45% de sus empleados públicos, la mayoría en Sanidad, con un 53% de temporalidad en su sector de Administración General.
- [08/02/2024] Comparativa
del número de plazas a concurso de méritos de estabilización con las
cifras de temporales en los sectores de Administración General,
docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de
las propias CCAA a Julio de 2023 publicadas en Boletín Estadístico del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas : al menos 3/4 del
personal en abuso de temporalidad de esos sectores, más de medio millón
de empleados, no ha podido obtener fijeza por esos concursos de méritos
- [22/02/2024] El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [18/03/2024] Coalición Canaria presenta una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia del Tribunal de justicia dela UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [15/04/2024] Retirada la Proposición No de Ley que presentó Coalición Canaria para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia de 22 de Febrero del Tribunal de Justicia de la UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [13/06/2024] Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [02/08/2024] Chunta Aragonesista presenta una Pregunta en el Congreso sobre las medidas qué va a adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de justicia de la UE de 22 de Febrero de 2024, que "da la razón al personal interino" y "permite dar una solución de estabilidad a más de un millón" de trabajadores públicos en abuso de temporalidad
25 comentarios:
Se sabe cuándo responderá el el gobierno? aunque sea para decir cualquier chorrada como el antiguo ministro...
Europa los va a poner firmes, sí señor, y cada vez queda menos. tic tac, tic tac, vuestro crédito está agotado, veremos las próximas urnas, que igual se llevan una sorpresita.
Algunos, mientras, nos ponen en la calle...En Castilla y León, se han amortizado RPT, o sea, puestos de trabajo, y nos comunican un cese inmediato, hoy, 1 de Octubre, sin despido e indemnización ninguna. Nos pasan a la Lista de Interinos, es profesión sanitaria, y a esperar alguna jubilación o plaza temporal, en este caso, ya de 3 años el contrato. Así es esto¡¡¡¡. En mi caso, 11 años de tiempo de funcionario interino.
Apiscam . IMPORTANTE.
Hola. Para el compañero que ha dicho en innumerables ocasiones, que ha hecho trabajos que no le correspondían siendo interino, Y PARA TODOS.
Bien por eso abogado, q lo pasó mal y que SE CANSÓ de AGUANTAR.
https://elpais.com/economia/2024-10-01/un-funcionario-logra-una-indemnizacion-de-150000-euros-por-sobrecarga-de-trabajo-continuada.html
https://elpais.com/economia/2024-10-01/un-funcionario-logra-una-indemnizacion-de-150000-euros-por-sobrecarga-de-trabajo-continuada.html
Ojo.
"Se ha vulnerado el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Y considera que toda esta situación ha generado un riesgo para la integridad física y la salud del trabajador, debido a que la Administración no ha cumplido con sus obligaciones de protección y prevención que recoge el artículo 15 de la Constitución"
A qué os suena?
Pues eso. Menos artículo 23 y sucedáneos , y más artículo 15.
Daños. 150.000 euros por 9 años. Más de 1300 euros al mes.
Cuando nos den 33 días + 2000 por Falta grave de LISOS, acordaros de los 1300 al mes durante 9 años.
A 1 de octubre de 2024, 9:40: te lo dicen en la entrada, el Gobierno tiene de plazo para contestar la pregunta hasta el 9/10/2024
Quë vergüenza que un Gobierno Progresista, el mejor de la historia, creo, no aplique la directiva de 1999 y todas las sentencias del TJE sobre estabilización de interinos en abuso. Saben que estás resoluciones estàn por encima de la Constitución por ser Derecho Europeo. Qué coño esperan,???El corrupto PP y sus jueces ya vemos que se niegan. Cumplan con la normativa Europea de una puta vez!!!!
10:32 Gracias! Me suena a los 17 años de abusos laborales sufridos en una Administración pública, no sólo en la temporalidad, pues asumí el trabajo de todas las vacantes que se sucedieron, sin reparar en que eran todos de superiores niveles y cuerpos al mío, correspondientes a los compañeros que se jubilaban o concursaban, por supuesto.
Pues 11.49. Contacta con la redactora del Pais y/o abogado, para dar caña. Lo vas a hacer? Yo sí. Recomiendo a todos hacer lo mismo.
Si a todos nos tuvieran que recompensar, con 125.000 euros, ya verás como se lo repensaban (gobierno y Jueces).
Raquel Pascual
Otro foco de litigios para las administraciones públicas ....Un funcionario logra una indemnización de 150.000 euros por sobrecarga de trabajo continuada https://t.co/NqX7Wrr7ia vía @el_pais
Nuestra sobrecarga es consecuencia de la "desprotección" (que cada uno diga de donde viene la misma) que tenemos... , y "desprevención" asociada.
Quien "se ha comido" las consecuencias nefastas, de la inexistencia de cobertura de vacantes, como consecuencia de la Tasa de Reposición? Quiiiieeeennnn?
Una vez abusados, todo vale. Si rechistas rápido te sueltan el "haber aprobado, además da gracias que tienes trabajo". Son todo obligaciones, ningún derecho. Con cobrar la nómina nos tenemos que dar por satisfechos.
Enhorabuena a la periodista del Pais. Esto es de hace 1 semana.
https://www.abogacia.es/actualidad/noticias/condenan-al-ayuntamiento-de-leon-a-indemnizar-a-un-abogado-con-casi-150-000-euros-por-sobrecarga-laboral/
Con cobrar el salario sin complementos.
Si quieres carrera profesional en las mismas condiciones que un funcionario de carrera, ves a juicio.
Sumar, lo tiene fácil. Si no se cumple la Directiva europea y las sentencias del TJUE y el gobierno no legisla contra el abuso continuado de los interinos no se votan los presupuestos. Si uno se llama de izquierdas tiene que estar al lado de los trabajadores abusados.
Pues el Feijoo hoy propone ya la semana de 4 dias y no se cuantas medidas más para la conciliación. Lo mismo le da un repentino ataque de sensibilidad social y se acuerda de los interinos abusados y de que en España deben cumplirse las sentencias europeas. Si lo hace, tiene mi voto asegurado, que nunca lo ha tenido.
Importante.Apiscam
Lo que sí que podría decirse de una forma rotunda es que la temporalidad
se ha convertido en un problema endémico de nuestras instituciones. De
forma que, si relacionamos el Objetivo 8 con el 16 de la Agenda 2030,
podemos afirmar que con tan altísimas tasas de temporalidad y con tan
altísimas tasas de judicialización de las controversias de nuestro sistema, la
solidez, la objetividad y la imparcialidad de nuestras Administraciones
podrían quedar en entredicho de cara a un futuro no muy lejano. Cuestión
esta que no sería de recibo en una sociedad avanzada y democrática como
la nuestra inserta ya en pleno siglo XXI.
Fuente. No es Feijoo! Ni Ayussi..!! Lo q hay q leer. 🤥🤣🤣🤣
Jorge Baquero Aguilar. Un 20 de Diciembre del 21.
https://ejcls.adapt.it/index.php/rlde_adapt/article/view/1084/1296
Partiendo de esa base, a modo de definición, y combinando los términos
trabajo y decente, se viene considerando el trabajo decente como aquel
trabajo digno, como aquel empleo decente que es realizado con respeto a
los principios y derechos laborales sin discriminación de cualquier tipo y
con la debida protección social, además de con la participación del diálogo
social, etc. Para la OIT, el trabajo decente forma parte esencial de la vida
de las personas asegurando un bienestar individual al generar un ingreso
que, a su vez, facilitará el progreso social y económico que redundará en las
sociedades en general. En ese línea, para la OIT «El trabajo decente
sintetiza las aspiraciones de las personas durante su vida laboral»,
significando el mismo «la oportunidad de acceder a un empleo productivo
que genere un ingreso justo, la seguridad en el lugar de trabajo y la
protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo
personal e integración social, libertad para que los individuos expresen sus
opiniones, se organicen y participen en las decisiones que afectan a sus
vidas, y la igualdad de oportunidades y trato para todos, mujeres y hombres.
No, con estos parámetros el trabajo en realizado en la CAM no era decente, los ingresos nunca se correspondieron con la responsabilidad y el trabajo realizado, la seguridad y la protección social fueron peor que inexistentes, pues abusaron de nuestra frágil e incierta situación. Dispusieron de nosotros como quisieron, nos exprimieron, y en pleno aturdimiento y con más de 50 años nos echaron a la calle. Fin.
19:47 Bien ;-) , por leerlo y desahogarte. Para eso lo puse ...
Recomiendo al resto lo mismo.
Pero , claaaaro, ponte a decirle a los de rrhh, lo que es un trabajo decente. Esos son los directivos ( profesionales (ejem)), que tenemos en las aapp.
Y luego , vas y se lo cuentas a Arauz,o al abogado de turno, pa que se lo cuente a los jueces que hacen un corta y pega de su dichosa jurisprudencia.
PD. A alguien de un sindicato, ni se lo menciones, q solo saben ponerse detrás de una pancarta.
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