Mostrando entradas con la etiqueta judicial. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta judicial. Mostrar todas las entradas

viernes, 11 de octubre de 2019

Recordatorio. Cuestionado ante el Tribunal de Justicia Europeo que la interinización en vacantes de temporales no ya interinos de vacante de duración excesiva pueda ser una solución suficiente ante la normativa europea -en contra de lo establecido por el Supremo recientemente- , por el caso de un recurso de los sindicatos CGT y SUSH de anulación de proceso de interinización de estatutarios eventuales del SERMAS por la exclusión de otros temporales. El juzgado se suma a las cuestiones ya en el Tribunal europeo sobre si conceder fijeza es la solución y no las convocatorias que son el fin de estas interinizaciones

[Recordatorio de entrada publicada el 02/10/2019]


Gracias  a la entrada publicada el pasado 25/09/2019 en el blog del profesor universitario Eduardo Rojo Torrecilla, hemos conocido que el  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid interpuso el pasado 11/02/2019  [ver auto judicial] una nueva  serie de cuestiones prejudiciales , es decir de consultas vinculantes,  al Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] relacionadas con el abuso de temporalidad en el empleo público español (nuevamente por casos del Servicio Madrileño de Salud), serie de cuestiones que tendrán que ser dirimidas por el Tribunal europeo al ser publicada este 23/09/2019 en el Diario Oficial de la Unión Europeo como asunto C-103/19 y que se suma en sus planteamientos a las previas series de cuestiones prejudiciales, planteadas por la misma jueza, Ana Monreal desde distintos juzgados  de los contencioso-administrativo, a los dos asuntos

  1. el asunto "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 del caso de nuestro informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años nuestro informático estatutario interino de vacante más de 17 años en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª ante la falta de medidas válidas en el ordenamiento legal y jurídico español,siendo las preguntas del juez nacional, entre otras:
    • si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí (mientras que el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid han defendido que no en el juicio)

      ,
    • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que sí sería (defendiendo el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid que en el caso de considerar el Tribunal europeo que a este caso debe aplicarse la cláusula 5ª del abuso, ya existe una solución acorde que son las OPEs llamadas de "estabilización" por decisión con rango de ley del Gobierno del Estado y con acuerdo de los sindicatos)
  2.  el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros" ,  que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad , del caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también tras la misma demanda con el mismo gabinete[ver aquí más información]), sumando estas importantes cuestiones adicionales  a las anteriores:





    • si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad acorde a la exigencia de la Directiva (defendiendo la jueza que no)
    • idem si conceder la figura del "indefinido no fijo" asentada en la jurisprudencia nacional para personal público laboral pero rechazada por el Supremo para el personal funcionarial), entendiendo la jueza que tampoco al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
    • en caso de que la respuesta del Tribunal europeo a la pregunta de la fijeza fuera negativa,  si  sería una medida acorde y suficiente una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Recordemos que el juicio oral de ambos asuntos acumulados ya tuvo lugar el pasado  15 de Mayo,  tras haber finalizado en meses anteriores la fase de juicio por escrito, en los que, además de preguntar a las partes, el Tribunal Europeo había recogido las preceptivas observaciones de la Comisión Europea  -favorables a los interinos- y las opcionales del Estado Español,  -contrarias a los interinos- y que está pendiente del preceptivo informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea -anunciado para el próximo 17 de Octubre- y, por fin, después de la sentencia del Tribunal. Estos asuntos acumulados actuales en el TJUE han  saltado por fin a los medios generales de forma masiva .



Ahora nos encontramos no con el caso de demanda personales de fijeza como sanción al abuso de duración de temporalidad personal, sino del recurso judicial (nº 207/2017 del Juzgado de lo CA nº 24 de Madrid) de los sindicatos SUSH y Sanidad de CGT, con el letrado Miguel Angel Santalices, a la  Orden 406/2017 de 8/05/20187 de la Consejería de Sanidad, por la que se dictaban instrucciones para el procedimiento extraordinario de transformación en nombramientos interinos por vacante del Servicio Madrileño de Salud exclusivamente a estatutarios eventuales de más de 2 años cuando hubieran vacante ya prevista en su centro, es decir, el que luego fuera denominada primera fase de regularización de eventuales  , demandando los sindicatos  la  nulidad de la orden por el personal temporal no interino de vacante de más de dos años excluido. Después el SERMAS acabaría realizando una segunda fase más amplia.




lunes, 7 de octubre de 2019

[Arauz] 'Suspensión de otra resolución hasta sentencia del Tribunal de Justicia Europeo' [Baleares deja en suspenso la respuesta a las reclamaciones administrativas de fijeza hasta que se conozca la sentencia europea del asunto #SanchezRuiz y otros]

Las Administraciones Públicas, como ya hiciera el Ministerio de Sanidad, siguen suspendiendo los procedimientos hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicte sentencia en los Asuntos Prejudiciales, planteados por los Juzgados de los Contencioso-Administrativo nº 8 y 14 de Madrid, reconociendo así el carácter vinculante de esta sentencia y, por tanto, su obligación de resolver las pretensiones de fijeza atendiendo a lo que decida o dictamine el precitado Tribunal Europeo en su sentencia.

En este sentido, con fecha de 24 de septiembre de 2019, la Conselleria de Administraciones Públicas y Modernización del Gobierno de Baleares suspende sendos procedimientos iniciados a raíz de reclamaciones presentadas por funcionarios interinos, en las que solicitaban su transformación en funcionarios de carrera, como sanción al abuso en su contratación temporal sucesiva incompatible con la Directiva 1999/70/CE.'


miércoles, 2 de octubre de 2019

Cuestionado ante el Tribunal de Justicia Europeo que la interinización en vacantes de temporales no ya interinos de vacante de duración excesiva pueda ser una solución suficiente ante la normativa europea -en contra de lo establecido por el Supremo recientemente- , por el caso de un recurso de los sindicatos CGT y SUSH de anulación de proceso de interinización de estatutarios eventuales del SERMAS por la exclusión de otros temporales. El juzgado se suma a las cuestiones ya en el Tribunal europeo sobre si conceder fijeza es la solución y no las convocatorias que son el fin de estas interinizaciones [ Asunto C-103/19 SUSH y Sanidad de Madrid CGT ]

Gracias  a la entrada publicada el pasado 25/09/2019 en el blog del profesor universitario Eduardo Rojo Torrecilla, hemos conocido que el  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid interpuso el pasado 11/02/2019  [ver auto judicial] una nueva  serie de cuestiones prejudiciales , es decir de consultas vinculantes,  al Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] relacionadas con el abuso de temporalidad en el empleo público español (nuevamente por casos del Servicio Madrileño de Salud), serie de cuestiones que tendrán que ser dirimidas por el Tribunal europeo al ser publicada este 23/09/2019 en el Diario Oficial de la Unión Europeo como asunto C-103/19 y que se suma en sus planteamientos a las previas series de cuestiones prejudiciales, planteadas por la misma jueza, Ana Monreal desde distintos juzgados  de los contencioso-administrativo, a los dos asuntos
  1. el asunto "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 del caso de nuestro informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años nuestro informático estatutario interino de vacante más de 17 años en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª ante la falta de medidas válidas en el ordenamiento legal y jurídico español,siendo las preguntas del juez nacional, entre otras:
    • si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí (mientras que el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid han defendido que no en el juicio)

      ,
    • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que sí sería (defendiendo el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid que en el caso de considerar el Tribunal europeo que a este caso debe aplicarse la cláusula 5ª del abuso, ya existe una solución acorde que son las OPEs llamadas de "estabilización" por decisión con rango de ley del Gobierno del Estado y con acuerdo de los sindicatos)
  2.  el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros" ,  que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad , del caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también tras la misma demanda con el mismo gabinete[ver aquí más información]), sumando estas importantes cuestiones adicionales  a las anteriores:




    • si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad acorde a la exigencia de la Directiva (defendiendo la jueza que no)
    • idem si conceder la figura del "indefinido no fijo" asentada en la jurisprudencia nacional para personal público laboral pero rechazada por el Supremo para el personal funcionarial), entendiendo la jueza que tampoco al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
    • en caso de que la respuesta del Tribunal europeo a la pregunta de la fijeza fuera negativa,  si  sería una medida acorde y suficiente una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Recordemos que el juicio oral de ambos asuntos acumulados ya tuvo lugar el pasado  15 de Mayo,  tras haber finalizado en meses anteriores la fase de juicio por escrito, en los que, además de preguntar a las partes, el Tribunal Europeo había recogido las preceptivas observaciones de la Comisión Europea  -favorables a los interinos- y las opcionales del Estado Español,  -contrarias a los interinos- y que está pendiente del preceptivo informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea -anunciado para el próximo 17 de Octubre- y, por fin, después de la sentencia del Tribunal. Estos asuntos acumulados actuales en el TJUE han  saltado por fin a los medios generales de forma masiva .

Ahora nos encontramos no con el caso de demanda personales de fijeza como sanción al abuso de duración de temporalidad personal, sino del recurso judicial (nº 207/2017 del Juzgado de lo CA nº 24 de Madrid) de los sindicatos SUSH y Sanidad de CGT, con el letrado Miguel Angel Santalices, a la  Orden 406/2017 de 8/05/20187 de la Consejería de Sanidad, por la que se dictaban instrucciones para el procedimiento extraordinario de transformación en nombramientos interinos por vacante del Servicio Madrileño de Salud exclusivamente a estatutarios eventuales de más de 2 años cuando hubieran vacante ya prevista en su centro, es decir, el que luego fuera denominada primera fase de regularización de eventuales  , demandando los sindicatos  la  nulidad de la orden por el personal temporal no interino de vacante de más de dos años excluido. Después el SERMAS acabaría realizando una segunda fase más amplia.


lunes, 30 de septiembre de 2019

Publicada el 17 de octubre como nueva fecha para el informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en los asuntos acumulados, Sanchez Ruiz y Fernandez-Alvarez y otros, en el Tribunal de Justicia europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de publicar en su calendario la nueva fecha de 17 de Octubre, hora 09:30 que comunicó días atrás al abogado del caso,  Javier Arauz, para la presentación del Informe de la Abogada General de la Unión Europea del  "asunto Sánchez Ruiz y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-. Ver aquí la nota informativa del retraso por parte de nuestro abogado en este caso.


Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General ya había decidido retrasar una primera vez esa fecha por carga de trabajo al 5 de septiembre y que este informe  de la Abogada General, fue nuevamente pospuesto., NO es la sentencia del Tribunal, que seguiría semanas después. En la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. El TJUE ya ha actualizado su calendario actualmente con agenda hasta el 20 de Septiembre (no apareciendo la presentación de este informe en este tramo).





Precisamente el mes pasado  este  asunto  saltó por fin a los medios generales de forma masiva - prensa, radios e incluso televisión- tras una rueda de prensa concedida por el abogado de las demandas -Javier Araúz-, el informático del caso principal - y presidente de nuestra asociación- junto con algunos empleados públicos en situación de abuso de duración de temporalidad dispuestos a visibilizar este problema que afecta a más de  medio millón de los 800 mil empleados públicos temporales reconocidos oficialmente. También desde el juicio han tenido lugar varias paralizaciones de Ofertas Públicas de Empleo de Administraciones Públicas  a la espera de la sentencia europea de este asunto  [ver sección PARALIZACIONES EN AAPP Y SOLICITUDES DE SINDICATOS o  A LA ESPERA DE  LAS SENTENCIAS  EUROPEAS O UN CONCURSO DE MÉRITOS en las entradas relacionadas al final de esta entrada].



Recordemos con más detalle que el asunto Sánchez Ruiz [asunto C-103/18 del TJUE] se trata del caso de un informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años del  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid (ver aquí  más información del caso) con preguntas del juez nacional, entre otras, de


  •  si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí,

    ,
  • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que lo sería.
Después el Tribunal de Justicia Europeo decidió acumular al asunto de nuestro informático el asunto C-429/18 o asunto Fernández-Alvárez y otros del  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid  (por el caso de 4 odontólogas también del SERMAS y también personal estatutario temporal, es decir,  no es personal bajo contrato laboral sino de carácter funcionarial, [ver aquí más información]), sumando estas importantes cuestiones adicionales (además de la de la fijeza que suscribe):


  • cuestiona si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad acorde a la exigencia de la Directiva
  • idem si conceder la figura del "indefinido no fijo" asentada en la jurisprudencia nacional para personal público laboral (pero rechazada por el Supremo para el personal funcionarial), al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
  • en caso de que la respuesta del Tribunal europeo a la pregunta de la fijeza fuera negativa,  si  sería una medida acorde y suficiente una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Nótese que la acumulación de los dos casos en uno solo es  importante, porque así quedan muchos menos resquicios de los que tendría cada caso por separado en su posterior "recepción" o recorrido nacional de las sentencias.


viernes, 27 de septiembre de 2019

[FeSP UGT Madrid - Sanidad] 'UGT gana por sentencia el reconocimiento de los períodos de eventual y laboral temporal para carrera profesional'

'UGT demanda y gana en los tribunales, tras la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto frente a la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se le asigna un nivel de carrera profesional, considerando que le corresponde un nivel superior de carrera profesional, ya que hay que computar le tiempo que prestó servicio como personal eventual y laboral temporal.

El fallo judicial dictamina estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a la resolución impugnada por no ser conforme a derecho declarando su nulidad.

Condenando a la administración a que el profesional sea incluido en el nivel superior reclamado de carrera profesional desde 2015, con los derechos inherentes a dicho nivel. Con imposición de costas a la Administración


miércoles, 25 de septiembre de 2019

17 de octubre, nueva fecha para el informe de conclusiones de la Abogada General en el asunto #SanchezRuiz en el Tribunal Europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo públicoe

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de comunicar al abogado del caso,  Javier Arauz, la nueva fecha de 17 de Octubr para la presentación d el Informe de la Abogada General de la Unión Europea del  "asunto Sánchez Ruiz y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-. Ver aquí la nota informativa del retraso por parte de nuestro abogado en este caso.




Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General ya había decidido retrasar una primera vez esa fecha por carga de trabajo al 5 de septiembre y que este informe  de la Abogada General, fue nuevamente pospuesto., NO es la sentencia del Tribunal, que seguiría semanas después. En la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. El TJUE ya ha actualizado su calendario actualmente con agenda hasta el 20 de Septiembre (no apareciendo la presentación de este informe en este tramo).

martes, 24 de septiembre de 2019

Recordatorio. [20/08/2019] Nuevamente pospuesta la fecha de presentación del informe de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz y otros" en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de demandas de fijeza como sanción al fraude de ley del abuso de temporalidad de nuestro informático y 5 odontólogas empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud. Estaba previsto para el 5 de Septiembre tras un primer retraso. Pendiente la comunicación de la nueva fecha. Este juicio europeo ha saltado a los medios generales recientemente y podría suponer un vuelco a la negativa jurisprudencia española, recientemente reducida más si cabe por el Tribunal Supremo, para las posibilidades de indemnizaciones o estabilidad real por sentencia de los empleados públicos en abuso de temporalidad

[Recordatorio de entrada publicada el 20/08/2019] Se nos acaba de comunicar por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se ha pospuesto -sin comunicar todavía nueva fecha- el Informe de la Abogada General de la Unión Europea previsto para el 5 de Septiembre del  "asunto Sánchez Ruiz y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-. Ver aquí la nota informativa del retraso por parte de nuestro abogado en este caso.




Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General ya había decidido retrasar una primera vez esa fecha por carga de trabajo al 5 de septiembre y que este informe  de la Abogada General, ahora nuevamente pospuesto, NO es la sentencia del Tribunal, que seguiría semanas después. En la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. El TJUE ya ha actualizado su calendario actualmente con agenda hasta el 20 de Septiembre (no apareciendo la presentación de este informe en este tramo).


Precisamente el mes pasado  este  asunto  saltó por fin a los medios generales de forma masiva - prensa, radios e incluso televisión- tras una rueda de prensa concedida por el abogado de las demandas -Javier Araúz-, el informático del caso principal - y presidente de nuestra asociación- junto con algunos empleados públicos en situación de abuso de duración de temporalidad dispuestos a visibilizar este problema que afecta a más de  medio millón de los 800 mil empleados públicos temporales reconocidos oficialmente. También desde el juicio han tenido lugar varias paralizaciones de Ofertas Públicas de Empleo de Administraciones Públicas  a la espera de la sentencia europea de este asunto  [ver sección PARALIZACIONES EN AAPP Y SOLICITUDES DE SINDICATOS o  A LA ESPERA DE  LAS SENTENCIAS  EUROPEAS O UN CONCURSO DE MÉRITOS en las entradas relacionadas al final de esta entrada].

miércoles, 18 de septiembre de 2019

[Asoc. de Prof. de Informática Sanitaria de Castilla La Mancha] 'Ataque frontal del Sescam al colectivo de Profesionales Informáticos del Área de Tecnologías de la Información'

'Tras la reciente sentencia del Tribunal Contencioso-Administrativo de Cuenca del pasado día 9 de septiembre en la que declara, textualmente, "la contratación temporal abusiva, en fraude de ley" a tres trabajadores del Área de Tecnologías de la Información del Sescam y en la que igualmente se protege sus puestos de trabajo hasta que sean cubiertas "mediante el correspondiente procedimiento selectivo", el Director de Recursos Humanos del Sescam y la propia Consejería de Sanidad ha respondido en sendas declaraciones y nota de prensa tergiversando el significado de la sentencia, induciendo a error a la opinión pública y atacando con ello a este colectivo de profesionales que están defendiendo de forma legítima su situación laboral.

La Asociación de Profesionales de Informática Sanitaria de Castilla-La Mancha (APRISCAM) quiere salir en defensa de este colectivo y denuncia que se está incurriendo en numerosas inexactitudes además de obviar lo más importante, y es que el tribunal declara por primera vez una contratación abusiva en fraude de ley en el Sescam por una situación de interinidad de mas de 10 años. El propio titular de la nota de prensa es falso pues el tribunal efectivamente sí que considera que hace 10 años los demandantes fueron nombrados interinos legalmente, por supuesto, es absurdo negarlo, pero ahora en 2019 ese contrato es considerado contrario a la ley.

Hay además otras afirmaciones en esta nota de prensa equivocadas:
Primera: "No reconoce ninguna indemnización". Falso. El tribunal indica que en caso de cese el afectado podrá reclamar lo que considere oportuno.
Segunda: "No reconoce el derecho a la carrera profesional". Falso. El tribunal no se pronuncia sobre esto pues es una cuestión aparte que el afectado puede reclamar (como así han hecho algunos trabajadores).

Tercera: "No prohíbe a la administración cubrir la vacante por concurso de traslados o por promoción interna". Falso. El tribunal indica que se podrá cesar las plazas ocupadas por interinos "mediante la provisión de dichas plazas vacantes por personal titular tras la tramitación del correspondiente procedimiento selectivo", es decir, por concurso, oposición o concurso-oposición, algo distinto a promoción interna y movilidad (Art. 29 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y Art. 61 del Estatuto Básico del Empleado Público, EBEP).

Sí que es cierto que el tribunal no concede la fijeza pretendida por los demandantes apoyándose en sentencias del Tribunal Superior de Justicia, pero también es cierto que sobre este tema, muy discutido y nada claro, los tribunales españoles están a la espera de la inminente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que determinará esta cuestión.

Siendo esta sentencia parcialmente estimada, en la nota de prensa publicada por la Consejería de Sanidad da la impresión de que no es así y que se deniega todo lo demandado, y en las explicaciones en palabras del propio Sr. Iñigo Cortázar parece menospreciar el que sea este el primer tribunal que falla en estos términos ¿acaso piensa que este tribunal y su resolución no son válidos? ¿acaso duda de la legalidad de esta sentencia? ¿acaso duda del propio tribunal? Esta sentencia no es firme y recurrible pero apunta en un sentido a todas luces lógico y coherente: La administración en general y el Sescam en particular ha abusado en la figura y uso de los interinos, convirtiendo en "habitual" nombramientos de 10, 15, 20 o 30 años sin ofrecer procesos selectivos. La sentencia es clara, no hay nada que interpretar: […] debo declarar y declaro la contratación temporal de la actora abusiva, en fraude de ley [...]



[Solidaridad Obrera SESCAM] 'Respuesta a la nota de prensa emitida por la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha sobre sentencias de fraude de ley en el SESCAM'

'El día 16 de septiembre de 2019, la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha publicado en su web y difundido en medios una nota de prensa sobre las recientes sentencias del Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca sobre el fraude de ley en el SESCAM, que fallan a favor de los trabajadores/as. Estas sentencias (el fallo de una ellas abre este texto) dictaminan claramente, sin ambages ni interpretaciones la contratación abusiva y en fraude de ley. La nota viene a minimizar la importancia de las sentencias, que se acogen a la actual jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 26/09/2018, donde se reconoce posibilidad de indemnización y re-admisión entre otras y que serán recurridas por los mismos demandantes para acogerse a la jurisprudencia europea en instancias superiores.

Efectivamente, son las primeras sentencias en este sentido, y no hay “visiones sesgadas”, es lo que en todo momento se ha difundido y es que justamente ahí radica su importancia, en el cambio de criterio. Las mismas demandas con el mismo gabinete de abogados se encuentran por decenas interpuestas en los juzgados de todas las provincias de la región, dada la enorme tasa de temporalidad en el personal del SESCAM (claramente demostrable con los propios datos del Servicio de Salud). Como dice el título de la nota de la Consejería, claro que el nombramiento de este personal es correcto, no es sobre ese asunto lo que sentencia el juzgado, sí sobre el abuso de la temporalidad (contrato temporal) y su mantenimiento durante tantos años.


lunes, 16 de septiembre de 2019

[Gob. Castilla La Mancha] 'A pesar de las informaciones aparecidas en los últimos días Los tribunales de justicia consideran que el personal temporal del SESCAM está correctamente nombrado'

'Los diferentes tribunales de justicia que se han pronunciado sobre el asunto consideran que el personal temporal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha está correctamente nombrado. De hecho, la inmensa mayoría de las sentencias emitidas consagra que la política de estabilidad laboral desarrollada por el sistema sanitario público regional se ajusta a la legalidad.

Así se ha pronunciado el director general de Recursos Humanos del SESCAM, Iñigo Cortázar, tras las informaciones aparecidas en los últimos días en relación a la sentencia emitida por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca, sobre los nombramientos temporales realizados por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) sobre personal informático interino.

Tal y como ha señalado Cortázar, se trata de la “primera y única sentencia hasta el momento en Castilla-La Mancha que interpreta un nombramiento interino como fraude de ley por el mero hecho del transcurso del tiempo”. Todas las demás sentencias, ha añadido, “dan la razón a la administración sanitaria en cuanto a su proceder, incluso alguna de ellas en un supuesto idéntico al juzgado por el Tribunal de Cuenca, como la del Juzgado número 3 de Toledo, de marzo de 2019”.

El director general de Recursos Humanos ha indicado asimismo que el fallo emitido por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca no es firme, ya que va a ser recurrido por los propios denunciantes “porque no les da la razón en ninguna de sus pretensiones”.

“Ni declara la fijeza del trabajador, ni reconoce ninguna indemnización, ni el derecho a la carrera profesional, ni tampoco prohíbe a la administración cubrir la vacante por concurso o por promoción interna”, ha afirmado Cortázar, quien ha añadido que, de hecho, la sentencia establece que la trabajadora debe continuar exactamente en la misma situación que ahora.

A este respecto, ha recalcado que “un nombramiento interino en plaza vacante no es coyuntural, es estructural en una plaza de plantilla orgánica hasta que, como dice la sentencia, se provea por el procedimiento reglamentariamente establecido”.