Publica AMYTS este 14/11/2017 publica la resolución de 8 de Noviembre de la Dirección General de Recursos Humanos del Gobierno de la Comunidad de
Madrid de "la segunda fase de
nombramiento de interinos en plazas vacantes y de sustitutos por reserva
de plaza".
[NOTA DEL EDITOR: Según reza la propia nueva resolución, en la denominada
primera fase se habrían transformado eventuales con con más de dos años de
antigüedad en nombramientos estatutarios interinos en plaza vacante existente libre en
su hospital, pero se detectó que había más personal con "nombramientos
eventuales de más de dos años encadenando contratos, que responden a
necesidades estructurales y que no contaba con la correspondiente plaza
en la plantilla orgánica" en el centro respectivo.
Así, en esta nueva resolución RRHH afirma que ha generado la necesaria dotación de plazas vacantes "necesaria" en las distintas categorías y especialidades de los centros sanitarios" de Atención Hospitalaria y SUMMA para regularizar la situación de -presumiblemente todos- los eventuales de más de 2 años a fecha de 31/05/2017, bien mediante nombramiento interino en nueva vacante generado, bien mediante nombramientos de sustitución en aquellos centros donde se estaba empleando nombramientos eventuales para cubrir la ausencia del titular de una plaza con reserva ya existente pero no cubierta.
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Así, en esta nueva resolución RRHH afirma que ha generado la necesaria dotación de plazas vacantes "necesaria" en las distintas categorías y especialidades de los centros sanitarios" de Atención Hospitalaria y SUMMA para regularizar la situación de -presumiblemente todos- los eventuales de más de 2 años a fecha de 31/05/2017, bien mediante nombramiento interino en nueva vacante generado, bien mediante nombramientos de sustitución en aquellos centros donde se estaba empleando nombramientos eventuales para cubrir la ausencia del titular de una plaza con reserva ya existente pero no cubierta.
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- se nombrarán interinos por centro, categorías y especialidades a todos los eventuales de más de 2 años si hay nuevas vacantes para todos porque no se dé ese caso de reservas de plaza para personal fijo existentes
- en el caso de reservas de plazas se nombrará, en su caso, interinos en las posibles vacantes por el orden del listado de la primera fase, y al resto se nombrará en sustituciones de esas plazas con reserva de fijo
Los nombramientos se expedirán con efectos de 1 de Enero de 2008.
En el caso del personal informático con nombramientos eventuales en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información de más de 2 años de antigüedad en los hospitales que no pudieron regularizar en la primera fase por falta de vacantes en su centro en la respectiva categoría, por tanto, deberán ser nombrados todos interinos en ellas ahora, ante el hecho de la inexistencia de plazas fijas de estas categorías no cubiertas por su propio personal fijo].
En el caso del personal informático con nombramientos de sustitución en las categorías estatutarias de la Función Administrativa, si quedan vacante sen el centro de su categoría, se le deberá baremar y aparecerá en la lista ordenada pudiéndosele ofertar en su caso nombramiento interino en esa categoría de la Función Administrativa cuando debería ofrecerse a todos nombramiento interinio en las categorías de Ssitemas y Tecnologías de la Información, dando cumplimiento a lo prometido en Mesa Sectorial de 22/07/2016
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En el caso del personal informático con nombramientos de sustitución en las categorías estatutarias de la Función Administrativa, si quedan vacante sen el centro de su categoría, se le deberá baremar y aparecerá en la lista ordenada pudiéndosele ofertar en su caso nombramiento interino en esa categoría de la Función Administrativa cuando debería ofrecerse a todos nombramiento interinio en las categorías de Ssitemas y Tecnologías de la Información, dando cumplimiento a lo prometido en Mesa Sectorial de 22/07/2016
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