jueves, 23 de noviembre de 2017

[Recordatorio] Presupuestos generales del Estado de 2017: subida del 1% sueldo empleados públicos y marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE extra de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición)

[Recordatorio de entrada publicada el 29/06/2017] El Boletín Oficial del Estado publicaba ayer (nº 153, de 28 de junio de 2017) la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, con entrada en vigor hoy mismo y que recoge los siguientes apartados de importancia para el personal de muchas Administraciones Púbicas [AAPP] y en especial el de Sanidad de la Comunidad de Madrid:
  • fija una subida máxima del  1% del sueldo de los empleados públicos para 2017 [subida concreta que luego tiene que decidir cada CCAA con respecto a sus AAPP]
  • [artículo 19.Uno.2] se sigue manteniendo un límite general a la tasa de reposición de las AAPP , fijándolo un año más en el 100% en Sanidad y otros sectores [esta tasa se computa como la diferencia entre el personal fijo que ha dejado en el ejercicio anterior de prestar servicios  y el que se ha incorporado no procedente de una oferta de empleo público o de un reingreso con reserva de plaza, y sirve de referencia para fijar el número máximo de plazas que puede ofertar la AAPP en su Oferta Pública de empleo convencional del año siguiente , en el caso de Sanidad, el 100% de la tasa de reposición por tanto]
  • [artículo 19.Uno.4] en todos los casos "no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial" [Nótese que si las plazas ofertadas en promoción interna son de puestos estructurales existentes ocupados por personal temporal, éste no puede presentarse a su puesto y en la práctica se reduce el número total de empleados sin aumentar el de fijos; y poder ofrecer los puestos de personal indefinido "no fijo" los convierte a estos efectos la práctica en interinos de vacante, por tanto , sin ninguna fijeza]
  • [artículo 19.Uno.6] además se da traslado del  acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público :
    • para Sanidad y algunos otros sectores "podrán disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016" , debiendo aprobarse las ofertas de empleo  correspondientes "en los ejercicios 2017 a 2019 y serán coordinados por los Departamentos ministeriales competentes" [nótese la inclusión de la coletilla adicional de "estando dotadas presupuestariamente" con respecto al texto del acuerdo y  a que la interpretación literal de aquél más bien parecía indicar que el límite por esta modalidad es que la cifra  superara el 90% de la temporalidad existente a fecha del acuerdo, y no la cifra más restrictivo 90% de los temporales de más de 3 años como ha quedado en la ley definitiva]
    • y además  en todos los casos "podrán disponer en los ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público [sobre Consolidación de Empleo Temporal] , estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal" [es decir, se habilita a las AAPP para que convoquen procesos de consolidación con el número que quieran, pudiendo ser todos, de los temporales antes de 2005]


  • [disposición adicional 34]: las AAPP "velarán para evitar cualquier tipo de irregularidad en la contratación laboral temporal que pueda dar lugar a la conversión de un contrato temporal en indefinido no fijo" y así mismo  "no podrán atribuir la condición de indefinido no fijo a personal con un contrato de trabajo temporal, ni a personal de empresas que a su vez tengan un contrato administrativo con la Administración respectiva, salvo cuando ello se derive de una resolución judicial" [es decir,  es una "prohibición" a los RRHH de las AAPP a que sigan realizando contrataciones temporales de más de 3 años para el caso de personal laboral -a la vista de que este tipo de personal está ganando fácilmente la condición de indefinido no fijo en la justicia]




  • [11/10/2016]  [Blog "El Criticón de Julián Ezquerra"] El concurso de méritos para ser fijo como solución a la temporalidad abusiva en el SERMAS
  • [11/10/2016]  El Estatuto Básico del Empleado Público también permite concursos de méritos para ser fijo y habilita explícitamente procesos de consolidación que el SERMAS no ha realizado
  • [18/01/2017] [CCOO Sanidad] 'El Ministerio de Sanidad y los sindicatos se reúnen por primera vez para abordar la temporalidad en el SNS' [Sanidad plantea medidas, entre ellas posible OPE extraordinaria de consolidación]
  • [24/03/2017]  [CCOO Sanidad] 'Los sindicatos del Ámbito de Negociación registran en el Ministerio de Sanidad sus propuestas sobre temporalidad en el SNS'
  • [29/03/2017]  Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
  • [12/06/2017]  [Redacción Médica] Reunión el 14 de Junio de la de la Comisión Delegada del Interterritorial: la temporalidad y las OPEs extraordinarias en el orden del día
  • [|2/06/2017] [Redacción Médica] Informe sobre la temporalidad y la OPE extraordinaria para la reunión del Interrterritorial del 14 de Junio [desecha que haya procesos de consolidación ]
  • [20/06/2017]  [Diario Médico] Los sindicatos nacionales de sanidad rechazan la mera consolidación del personal actual en la OPE extraordinaria conjunta de todas las CCAA posible tras el acuerdo estatal
  • [27/06/2017] [Acta Sanitaria] La ministra Montserrat prevé que la OPE extraordinaria rejuvenecerá el Sistema Nacional de Salud


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