'El problema de los empleados públicos interinos en España ha
persistido durante años, planteando desafíos tanto a nivel nacional como
en el marco del derecho comunitario. A pesar de los esfuerzos
legislativos nacionales para resolver esta situación, como la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el conflicto sigue vigente, y su resolución
parece cada vez más ligada a la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y su jurisprudencia sobre la Directiva 1999/70/CE.
Esta directiva, concebida para limitar el abuso de los contratos de
trabajo de duración determinada, exige soluciones más efectivas de las
que se han implementado hasta ahora en España.
La Ley 20/2021 pretende estabilizar a los empleados interinos, pero
no ha logrado aplacar las críticas del TJUE, que considera estas medidas
insuficientes y contrarias a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE. En la sentencia del 13 de junio de 2024,
el TJUE declaró que la estrategia de estabilización española no ofrece
soluciones proporcionadas ni disuasorias que garanticen la plena
eficacia del derecho comunitario. De hecho, mantiene en situación de
temporalidad a muchos empleados, lo que perpetúa el abuso que la
directiva pretende evitar.
Ante esta insuficiencia, el TJUE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos
fijos. Si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva,
esta conversión puede ser la única vía para garantizar la estabilidad de
los trabajadores y el cumplimiento de los objetivos de la normativa
comunitaria.