lunes, 10 de marzo de 2025

La Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, se reúne este jueves 13 con el Ministro español de Función Pública, Óscar López. Su dirección general de Empleo mantiene dos procedimiento de infracción contra España por los empleados públicos temporales

Según consta en la agenda de los comisarios de la Comisión Europea, este jueves 13 de Marzo, Roxana Mînzatu, la nueva vicepresidenta y comisaria europea de Derechos Sociales, Capacidades, Trabajo de Calidad y Preparación recibirá al Ministro español de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López.

Nótese que  Mînzatu es la comisaria  responsable de los procedimientos de denuncia múltiple y de infracción abiertos contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público así como del procedimiento de infracción abierto sobre discriminación del empleado público temporal, mientras que Óscar López es el ministro español responsable de la normativa sobre los empleados públicos, y por tanto, es el receptor de la carta de Emplazamiento adicional a ESPAÑA  que envío  la Comisión Europea el pasado 3 de Octubre, instándole a que impida el abuso de temporalidad en el empleo público , afirmando que las nuevas normas nacionales, incluida la última ley de procesos de estabilización 20/2021-  "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dando un plazo a España de dos meses para presentar alegaciones.

La Comisión europea también  envió el pasado verano otra carta de emplazamiento por la discriminación de las condiciones de empleo de ciertos empleados públicos temporales.

Es de imaginar que este tema formará parte de la reunión o al menos asomará.

 

Recordemos que la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  este verano enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",

  2. y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno aprobó en  la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva

La Coordinadora Estatal de Trabajadores Públicos Temporales presentó ante la Comisión Europea un informe para este  Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público que desmonta las tesis  del Estado español sobre la temporalidad ilícita de Empleados Públicos, solicitando el paso a Dictamen Motivado del procedimiento.  
 
Recordemos que el Ministerio de Función Pública vende como un éxito suficiente los 300 mil puestos temporales de larga duración "estabilizados" por cualquier proceso de estabilización , incluyendo los procesos con oposición sin indemnización de las leyes de 2017 y 2018 de Montoro, mientras que los datos estadísticos permiten deducir una cifra superior a 800 mil empleados públicos en abuso de temporalidad, que al menos medio millón ya sólo en las CCAA no han obtenido fijeza por procesos por méritos de la nueva ley 20/2021  (por no incluir suficientes plazas o por el baremo elegido) mientras que  el Tribunal de Justicia de la UE sentenció el 13/06/2024 que no valen como sanción al abuso de temporalidad los citados procesos de estabilización, incluidos lo de la ley 20/2021.
 
 

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra el procedimiento de infracción INF(2014)4334

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas

Nótese por otro lado que la  Sala de lo Contencioso ha decididoLa Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantener su doctrina de no conceder ninguna sanción ante el abuso de temporalidad del funcionario interino al no existir ninguna ley nacional que la recoja-

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22 comentarios:

Anónimo dijo...

Esa reunión debería grabarse en su totalidad y ser pública para ver cómo enmascara la realidad de los abusados el sr. Ministro.

Anónimo dijo...

Pues yo espero que le lea la cartilla, la verdad...
Es de empleo - función pública. Tienen que hablar de nosotros sí o sí.

Anónimo dijo...

Que desidia de España y Europa, 20 años sin transponer la directiva y aquí no pasa nada. Que vergüenza. Estamos agotados de esperar y esperar y nunca pasa nada. En fin

Anónimo dijo...

12:21. Opino lo mismo. Debería grabarse en totalidad y hacerse pública.
Este señor, lo que va hacer es mentir, y si no le plantea el tema, pues mejor que mejor.

Anónimo dijo...

Debería grabarse y ver y oír lo que habla. Incluso invitar a algún abogado o representante del personal en abuso.

Anónimo dijo...

Ale, otro plazo para alegaciones, venga... ya si eso...

Anónimo dijo...

El Ministro va a defender las alegaciones que puso por escrito por las que la Comisión debe cerrar ambos procedimientos de infracción.

Pero la Minzatu le va a decir que tiene informaciones de los propios afectados que no coinciden con lo que dice el ministro ...

Anónimo dijo...

La reunión se puede seguir en directo en algún sitio?

Anónimo dijo...

La sentencia del Supremo es pública y no hace caso a los mandatos del tjue. Europa ya ha criticado la ley 20/21. No veo que hayan tomado ninguna medida nueva después de todo lo dicho por Europa. Espero que la Comisiaria trate el tema y lo haga de una manera firme.

Anónimo dijo...

Esposado al penal

Anónimo dijo...

Y el Ministro irá sólo? o irá acompañado de la Secretaria de Función Pública?

Anónimo dijo...

14: 41. Pues sí, tendría que estar algún representante del personal en abuso.
Este tema debería de tratarse. Si se habla de ello, cómo sabemos las mentiras que va a soltar el ministro?

Anónimo dijo...

https://www.economiadigital.es/sociedad/propuesta-sumar-interinos.html

Anónimo dijo...

17,13. Esto qué es SUMAR? Sin qué se haya producido su cese? Y los cesados que? después de lo que hemos pasado. Qué se vayan a LPM!

Anónimo dijo...

Médicos de Murcia!?!!?!!
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/CRE-10-2025-02-11-INT-2017014853602_EN.html

Anónimo dijo...

Con todos los respetos, creo que si te cesaron, reclamaste por la vía judicial y no te hicieron caso, con esa sentencia en la mano, creo que tienes opciones, ahora bien 17,40 si te cesaron , no reclamaste creíste en la palabra de algún sindicato, y luego no emprendiste ninguna accion y se ha pasado el tiempo, no querrás pescar en aguas que no te corresponden??
Esta propuesta es para el millón de interinos, no para los cesados conformistas y cuyo plazo de reclamación lo tienen prescrito por la vía administrativa, resumiendo cuando el burro cae hay que levantarlo, no dejar que siga caído y si levanta a los años "El burro es mio" eso no es jugar limpio

Anónimo dijo...

Murcia. Burros... Y demás..
https://europa.eu/!TqTKYg

Anónimo dijo...

19,37. Pues si los he denunciado por todo en el juzgado. Solo me ha faltado, a mi juicio que evitaron la ley 20/21 y el Rdl 5/23 y ya veremos. Y si, estoy cesada. Lo que no entiendo es lo que dices lo de que si he recurrido me va a ir bien. Con la enmienda de sumar no veo nada bueno para nuestro caso y no les hubiera costado nada el habernos incluido a todos los cesados y hablar claro. Me parece una falta de sumar. Gracias.

Anónimo dijo...

Todavía no ha pasado nada, ni siquiera se han acordado de los interinos y para algunas propuestas que salen , nos ponemos a criticar a los Grupos Políticos que se acuerdan precisamente de los interinos, un cesado no es un interino, en todo caso es un interino cesado y cuando se llega a ese punto hay que coger un abogado que sea de los mejores y que te lleve la causa, no criticar a los pocos grupos Políticos que se acuerdan de los interinos, y después sera lo que diga la Justicia.-

Anónimo dijo...

21,46. Pues vaya argumento que esgrimes! Sólo espero que tengas suerte y que no se retrasen las cosas y no te tengan que cesar, que vas a pasar al otro lado sin comerlo ni beberlo y verás como opinas distinto cuando te quedes tirada sin ningún derecho. Ya verás como ves la enmienda de sumar, ya.

Anónimo dijo...

Disculpad que con tanta noticia ya ando perdida. Entonces la enmienda de SUMAR ya ha sido aprobada y se va a hacer fijos a extinguir a los que tengan más de 3 años el día que se publique la ley?
Y qué pasa si tu CCAA te cesa unos días antes de que publiquen la ley para que no se te aplique?

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo con 22,18 y 21,32. Yo estoy cesada, tengo reconocido el abuso judicialmente y he demandado por todo. En la enmienda de Sumar a los cesados sólo quitan el tope de los 12 meses de indemnización pero lo limitan al último contrato. Llevamos peleando un montón de años por la estabilidad, han regalado nuestras plazas y ahora les van a hacer fijos a los que están trabajando cuando con nosotros era más llamativo el abuso, por lo menos en mi administración? Si plantean algo para los cesados que lo pongan bien claro pero lo de Sumar no nos tiene en cuenta.