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viernes, 22 de junio de 2018

Adjudicado a Fujitsu el nuevo contrato unificado de la unidad centralizada de administración de sistemas del SERMAS, CEDAS, que seguirá 100% externalizada , incluyendo las BBDD de las HCE de todos los hospitales y un Plan de Transformación TI de Hospitales para llevar también sus sistemas. Ni rastro del Gobierno TI con personal propio comprometido por el Consejero en 2016

El último Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 19/06/2018 ha acordado dar cuenta de la adjudicación a Fujitsu por 23  millones de euros en 45,5 meses y fecha de inicio prevista el 01/07/2018 del concurso  denominado "Gestión integral de los centros de proceso de datos [CPDs] del Servicio Madrileño de Salud", concurso del que ya informamos aquí , y que contaba inicialmente con un plazo de ejecución de 4 años de inicio el 1  de Mayo de 2018 , prorrogables a otro año, y un presupuesto base de más de 26 millones de euros para esos  4 años. El fin del contrato  antes de la primera posible prórroga se mantiene en el previsto 30/04/2022. Fujitsu ha sido la única empresa que ha presentado oferta

Este concurso absorbe los dos concursos  previos de mismo contenido e pero diferente ámbito, y que en ambos casos estaban adjudicados precisamente a Fujitsu:
  • para el ámbito de los Nuevos Hospitales inaugurados en 2008 : el concurso adjudicado por 8 millones/4 años , cuyo próximo fin de contrato previsto era Abril de 2018, sin posibilidad de prórroga ,tras haber ejecutado las prórrogas de hasta 2 años
  • para el ámbito de los Servicios Centrales (y  una infraestructura de virtualización en el ámbito de los hospitales tradicionales): el concurso adjudicado por 3 millones/año; y cuyo próximo fin de contrato previsto es  31/08/2018 tmbién sin más posibilidad de prórrogas tras haberse aprobado la segunda prórroga de 1 año permitida
y que sumados constituyen la externalización completa -como hasta ahora pero ya bajo un único contrato- de  la unidad de los Servicios Centrales de la Dirección. Gral de SSII del SERMAS denominada CEDAS (o Centro de Datos y Aplicaciones Sanitarias), que es  la unidad de administración de sistemas informáticos, bases de datos (incluidas las de pacientes) y centros de procesos de datos de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad.

Pero este concurso incluye una nueva vuelta de tuerca más a la privatización creciente de la informática en la Sanidad madrileña, que bajo la etapa de Cristina Cifuentes prosiguió de igual manera que con el gobierno anterior:  según revelan los propios pliegos de prescripciones técnicas, el objeto del contrato lo constituye, como decíamos, de forma ya unificada los servicios de la  CEDAS, que además no sólo continuará externalizada al 100% sino que extenderá su ámbito, (además de su gasto de 5 millones a casi 6 millones por año), a, posiblemente todos los sistemas de los hospitales del SERMAS, dado que el concurso incluye  los servicios informáticos de Administración, Gestión, Operación y mantenimiento de las infraestructuras básicas, redes, almacenamiento y backup (es decir "la administración de sistemas ") de

  • como antes, los sistemas informáticos de los Centros de Procesos de Datos centralizados del SERMAS ya existentes en la actualidad  y que se gestionaban con los dos contratos mencionados, sistemas que incluyen los de aplicativos "corporativos" o comunes a varios centros del SERMAS, como la HCE de Atención Primaria, AP-Madrid, la  HCE Selene de los Nuevos Hospitales inaugurados en 2008, el sistema de REceta Electrónica o el Visor Horus de HHCC entre centros
  • además  los sistemas, ubicados en los mismos CPDs centralizados, que alojan la nueva Historia Clínica Electrónica que se está instalando en los hospitales tradicionales: HCIS , y que está previsto sustituya en este 2018 a todos los antiguos sistemas de gestión de pacientes, de urgencias, informes clínicos y de enfermería que hubiera en su caso en cada hospital (generalmente administrados por personal informático propio de sus servicios de informática) como ha sido el caso en días pasados del Hospital Ramón y Cajal y será en las semanas próximas el del Hospital La Paz
  • además, como novedad,  los sistemas de aplicativos "departamentales" (de laboratorio, farmacia, anatomía patólógica, etc) que se vayan aprobando homogeneizar y ubicar en los mismos CPDs centralizados dentro de la denominada Fase III del Proyecto Athenea que se  informa ya ha dado comienzo (de actualización tecnológica de los hospitales, que consiste en la homogeneización y centralización  de sus aplicativos)
  • y, por último, como novedad importante, también los sistemas informáticos que queden en los hospitales que así se decida según  un Plan de Transformación de TI que se aprobará en cada centro, y cuyo modelo propondrá precisamente el adjudicatario de este concurso, es decir, Fujitsu

Es decir, a diferencia de la Atención Primaria, no se plantea el cierre de los centros de procesos de datos de todos los hospitales tradicionales, pero sí que sus sistemas pasen a ser administrados por la unidad centralizada CEDAS en un modelo totalmente externalizado en un único proveedor en detrimento del personal informático propio actual que  está llevando los sistemas en dichos hospitales, y, en un contexto  preocupante: 

martes, 19 de junio de 2018

NOTICIA IMPORTANTE: juzgado de Madrid cuestiona ante el Tribunal de Justicia Europeo que convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias. También cuestiona la figura del indefinido no fijo: "se cambia temporalidad por temporalidad" y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza ya en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficentemente importante en caso contrario

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una nueva e importante cuestión prejudicial a Europa , es decir una consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], que se suma a la previa y todavía pendiente sobre si hacer fijo a un personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad ,  que podría tener además de consecuencias favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas.

El juzgado madrileño, por el procedimiento judicial P.A. 125/2017 de 5  Facultativos Especialistas de Odontología del Servicio Madrileño de Salud,  que presentaron la demanda con el despacho Araúz de Robles  a iniciativa del sindicato médico AMYTS, traslada  al Tribunal Europeo , entre varias importantes cuestiones, su cuestionamiento de si , como ha planteado el Gobierno del Estado tras el acuerdo sindical nacional y también defiende la Comunidad de Madrid, que se convoquen a Ofertas de Empleo Público Temporal "convencionales" los puestos estatutarios de temporales de más de 2 o 3 años pueda considerarse la medida adecuada que la ley europea exige debe existir para "sancionar" a la administración y compensar al personal en situación de abuso de temporalidad , como es evidentemente la situación de estos odontólogos estatutarios temporales en el mismo puesto en su Centro de Salud entre 12 y 18 años, con nombramientos tanto interinos de vacante, de sustitución o eventuales (en un caso, ¡concatenando 227 nombramientos!) sin mediar proceso selectivo alguno hasta un concurso-oposición en 2015, donde además primaba la fase de oposición.

El letrado, Javier de Araúz de Robles , el mismo que lleva la demanda de la cuestión prejudicial previa sobre fijeza ya en el TJUE, solicitaba también en este caso a la justicia madrileña que trasladara al Tribunal Europeo que se reconociera a los demandantes una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  así como el resto de condiciones de trabajo (incluyendo carrera profesional, posibilidad de participar en concurso de traslados,etc) , excluyéndolos por tanto del cese por OPEs convencionales, es decir, una demanda de fijeza, como la compensación adecuada que exige una normativa básica europea que España sigue sin trasponer al empleado público, -la famosa Directiva 1999/70/CE-, ante situaciones como ésta de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente mediante contratos temporales sin convocar procesos selectivos en el número y plazos establecidos por la ley española.

La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad, y tampoco lo está siendo en cuando a conceder fijeza al personal empleado público de relación "laboral"]

lunes, 18 de junio de 2018

Concurso de méritos en la Universidad de Granada para alcanzar la condición de empleado público laboral fijo , categoría de Técnico Auxiliar de Limpieza

El pasado 28 de Marzo se publicaba en el BOE la convocatoria para cubrir 30 plazas de Personal Laboral fijo en turno libre de la categoría de Técnico Auxiliar de Limpieza en la Universidad de Granada, con la importante particularidad de que el sistema selectivo elegido es el del concurso de méritos puro, es decir, para alcanzar la condición de personal fijo sin fase de oposición, algo contemplado  como posibilidad directa para  puestos de régimen laboral por el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]. Para los puestos con vinculación de empleo bajo  régimen administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios de los Servicios de Salud también lo contempla el EBEP en su artículo 61.6 pero "en virtud de ley" (es decir, requiere que se aprueba una ley , algo que es sólo competencia del Estado o la CCAA.

Los méritos valorados en estas convocatoria con fase de concurso de méritos únicamente se reparte en un 75% por antigüedad y experiencia (con puntuación especial para el desempeño en idéntico puesto de contrato laboral con la Universidad de Granada) y un 25% por formación.

En la propia convocatoria se menciona que este proceso "respeta los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad" así como el Estatuto Básico del Empleado Público, (máxima normativa nacional para todos los empleados públicos y que contempla la posibilidad de concursos de méritos en su artículo 61)


[CCOO Sanidad nacional] 'La Audiencia Nacional rechaza paralizar la OPE extraordinaria ' [Secr. Gral de Sanidad: 'Lo que hemos firmado es lo único posible']

'La Audiencia Nacional ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL) para desestimar la OPE extraordinaria, propuesta liderada por CCOO y aprobada tras el pacto entre sindicatos y el Gobierno central. Así, la Audiencia desestima la petición de suspender todas las oposiciones hasta que se falle definitivamente acerca de la cuestión.

La decisión de la Audiencia llega después de que el Tribunal Supremo admitiera la causa presentada por la asociación y los sindicatos mayoritarios, como CCOO, presentaran su correspondiente recurso.


sábado, 16 de junio de 2018

[Redacción Médica/Consalud] La Audiencia Nacional rechaza la solicitud de paralización de las OPEs extraordinarias de "estabilización" de los puestos de empleados públicos de 3 años solictada por ANIL en su demanda al Acuerdo sindical nacional previo de la que se derivan

Informan Redacción Médica y Consalud que, ante la, ante la demanda interpuesta por ANIL al acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público que habilita a las Administraciones Públicas [AAPP] a convocar en Ofertas de Empleo Público convencionales ["OPEs"] los puestos de los empleados públicos de Sanidad, Educación y otros sectores de la AAPP con más de 3 años de temporalidad sin reconocer ningún derecho de los establecidos por la normativa europea ante abuso de temporalidad personal [dado que el acuerdo no fija que sean procesos de concurso de méritos de lso contemplados por el  Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] artículos 61.6 y 617 o que se haga alguna nueva disposición transitoria con rango de ley como la 4ª del propio EBEP sobre procesos "de consolidación" ni tampoco fija indemnización de ningún tipo para los temporales que acaben cesados si no superan la oposición de su puesto ante el resto de muchos aspirantes],  la Audiencia Nacional ha desestimado la solicitud de suspensión cautelar de todas las OPEs extraordinarias "de estabilización" y procesos selectivos en curso [como las presumiblemente inminentes convocatorias del SERMAS] derivadas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 , que trasponía a ley el mencionado acuerdo sindical.


La Audiencia Nacional considera que "no concurren los presupuestos necesarios para acceder a la suspensión interesada, pues sí se aprecia claramente la existencia de 'periculum in mora'  [en caso de acordar la suspensión] y no hay elementos de convicción de entidad bastante como para dilucidar que la apariencia de buen derecho está del lado" de ANIL.

En todo caso, la Audiencia Nacional afirma que lo que plantea ANIL “afecta a cuestiones de fondo que requieren un examen detenido de la cuestión”, es decir, que habrá que esperar al "juicio" en sí, que por otra parte sigue pendiente, mientras las OPEs no quedan paralizadas por esta instancia judicial [sin perjuicio de que sí lo pudieran hacer los Tribunales competentes ante recursos similares a los propios Decretos de OPE o a la sresoluciones de las convocatorias -algo que parece  más difícil tras esta "jurisprudencia" de la Audiencia nacional- o, naturalmente, de la paralización por parte de la propia AAPP]


viernes, 15 de junio de 2018

Concurso de méritos en la Autoridad Portuaria de Alicante para alcanzar la condición de laboral fijo

El pasado 29 de Mayo se publicaban las bases para cubrir en régimen de laboral fijo una plazas de la categoría de Responsable de Dominio Público  de la Autoridad Portuaria de Alicante  del ente público Puertos del Estado del Ministerio de Fomento, con la particularidad de que el sistema selectivo elegido es el del concurso de méritos puro en turno libre, es decir, alcanzar la condición de personal fijo sin fase de oposición, algo contemplado  como posibilidad directa para  puestos de régimen laboral por el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] . Para los puestos con vinculación de empleo bajo  régimen administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios de los Servicios de Salud también lo contempla el EBEP en su artículo 61.6 pero "en virtud de ley" (es decir, requiere que se aprueba una ley , algo que es sólo competencia del Estado o la CCAA).
Los méritos valorados en estas convocatoria con fase de concurso de méritos únicamente se reparten principalmente así:
  • 50 puntos por antigüedad, hasta 30 de ellos por experiencia en la Autoridad Portuaria de Alicante y 20 adicionales en el mismo tipo de puesto que se convoca
  • 20 puntos de formación
  • 30 puntos de entrevista
En la propia convocatoria se menciona que este proceso "respeta los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad" así como el Estatuto Básico del Empleado Público.


Hace unos días publicábamos aquí una convocatoria de concurso de méritos para laboral fijo del Ayuntamiento de Getafe.

[AMYTS] Informe de la Mesa Sectorial Extraordinaria de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 11 y 14 de Junio 2018: se acuerdan las bases de las convocatorias con plazas de las OPE extra "de estabilización". AMYTS no vota al cuestionarla como negociación válida por las prisas y pide convocatorias con bases diferenciadas para las plazas "de estabilización" como el 60% o más peso de los méritos

Informa AMYTS  de la  reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid sobre las bases de las convocatorias de la OPE 2017, y por tanto de las primeras convocatorias en el SERMAS [y puede que en la Comunidad de Madrid] con plazas de las denominadas OPEs de "estabilización" [con, recordemos, hasta el 90% de los puestos de trabajo de más de 3 años de temporalidad a contar a fecha de 31/12/0216,  todos los de los anteriores a 2005 y todos los de los indefinidos no fijos por sentencia, tanto estatutarios como funcionarios como laborales, según se deriva  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público que no fijó que fueran procesos de consolidación (concurso de méritos por EBEP 61.6 y 7 o alguna nueva disposición transitoria como la 4ª del EBEP].

La reunión tuvo lugar durante los días lunes 11 y ayer jueves 14 de Junio. AMYTS  aporta su habitual amplio resumen, temporalmente de forma restringida a sus afiliados, resumen del que destacamos [con comentarios nuestros en cursiva entre corchetes]:
  • se acuerda el texto con el que se notificará a todos los afectados, tanto estatutarios, como a los funcionarios y laborales [por descontado que esto incluye a los indefinidos por sentencia]
  • RRHH SERMAS había enviado borradores con muy poca antelación para las versiones a discutir en la reunión de las primeras categorías estatutarias que se convocarán : las incluidas del SERMAS en la OPE 2017 (ninguna de facultativos), con la bases del sistema selectivo en sí, en principcio comunes a todas las pendientes
  • AMYTS "cuestiona la forma en la que se plantea la negociación" por la importancia del tema, "entiende que esta reunión no puede tratarse de una verdadera negociación", sino de "una reunión de debate y toma de posturas", pidiendo que se realice la aprobación en otra Mesa y se acaba absteniendo de participar en las votaciones del acuerdo, limitándose a aportar sus alegaciones
  • AMYTS alega que hay categorías que no han tenido convocatoria previa y "un gran número" las ha tenido pero "con plazas muy limitadas" y propone un sistema selectivo diferenciado de dos convocatorias una para las plazas provenientes de tasa de reposición y otra para las plazas del proceso de "estabilización", esta segundo con un peso del concurso de méritos del 60% o mayor

[UGT] 'Aprobadas las Bases en Mesa Sectorial: Convocatoria inmediata' [para las categorías de la OPE 2017]

'UGT consigue un gran acuerdo en Mesa Sectorial sobre las bases que han de regir las convocatorias de la OPE de ESTABILIZACION, respetando los principios legales de igualdad, capacidad, publicidad y méritos permitiendo el reconocimiento máximo de los servicios prestados en las Instituciones Sanitarias por el personal temporal.

La negociación ha sido ardua y prolongada en reuniones maratonianas llegando en la sesión de hoy, como continuación de la Mesa Sectorial extraordinaria convocada el pasado día 11, a un acuerdo que recoge la totalidad de las propuestas y alegaciones efectuadas por la UGT al despropósito de textos presentados por la Administracion.

jueves, 14 de junio de 2018

La Mesa Sectorial de Sanidad acuerda las bases de las convocatorias de los puestos de los temporales del SERMAS de más de 3 años: concurso-oposición, contando un 35% la experiencia

Los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad están informando a sus afiliados que en el día de hoy se ha alcanzado un acuerdo sobre las bases de las convocatorias en el SERMAS de las OPEs extraordinarias de "estabilización" del 90% de los puestos de trabajo de más de 3 años de temporalidad del SERMAS [a contar a fecha de 31/12/2016, más de 22 mil según el SERMAS], según se deriva  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémicoy previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público o "ACUERDAZO I" ,  ley que habilita a las CCAA en los Servicios de Salud (y en otros sectores como Educación) a ofertar de 2017 a 2019 en OPEs convencionales  esos puestos , ocupados en su inmensa mayor parte por personal que tiene más de 3 años de temporalidad propia y. por tanto, en "fraude de ley" por abuso de temporalidad,  y sin fijar ni en el acuerdo sindical ni en la ley estatal que las convocatorias fueran procesos de consolidación por méritos u otro tipo ni que se conceda indemnización alguna a los temporales que no superen los respectivos procesos con oposición.

Las bases que se han acordado en la Mesa Sectorial de hoy consisten en:
  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • oposición eliminatoria que se superaría con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas,
  • fase de concurso: máximo 35 de los 50 puntos por experiencia profesional y máximo 15 puntos por formación
Estas bases se utilizarían en las convocatorias que se anuncian se publicarán en torno al 25 de Junio de las categorías que ya tenían  Oferta Pública de Empleo publicada   con plazas de "estabilización"  y fechas de examen "comprometidas" entre varias autonomías:
  • Enfermería 12/05/2019
  • Fisioterapeutas 17/02/2019
  • Matronas 03/02/2019
  • TCAE 28/04/2019
  • Auxiliares Administrativos 07/04/2019
  • Celadores 10/03/2019
Está por ver si las plazas incluidas en estas bases son todas las derivadas de la Ley de PGE 2018, y en especial las de los interinos anteriores a 2005, con las que el SERMAS podría incumplir sus obligaciones d erivadas de la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público a las que la Ley de presupuestos 2018 las vinculaba.

[CSIT-UP Sanidad] 'Aclaración sobre lo establecido para la OPE' ["Hasta que hoy no se celebre reunión de Mesa que dé continuidad a la del lunes, no podemos dar por válido ningún criterio o información"]

[13/06/2018] 'Ante las diferentes informaciones y filtraciones de documentación relativa a los criterios que regirán las convocatorias de las plazas para la Oferta Pública de Empleo de personal del SERMAS, CSIT UNIÓN PROFESIONAL quiere aclarar:

  • Los grupos de trabajo llevan meses elaborando alegaciones y cerrando acuerdos sobre criterios muy concretos que luego han de aprobarse en la Mesa Sectorial de Sanidad.
  • La reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad celebrada este lunes, ha permitido que desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL planteemos todas las alegaciones y aclaraciones a la documentación que la Administración nos había trasladado unos días antes y que no incluía todas las cuestiones que ya habíamos ido cerrando en los grupos de trabajo durante los últimos 4 meses.
  • Al retomar documentos de trabajo de hace 4 meses, la Administración no solo está echando por tierra todo el trabajo realizado por los representantes de los trabajadores y por los de la propia Administración, sino que también, retrasa el calendario previsto y paraliza por el momento, cualquier avance en los acuerdos que se deberían producir para el establecimiento de criterios de desarrollo de esta OPE.

Por lo tanto y hasta que mañana [HOY] no se celebre la reunión de Mesa que dará continuidad a la del lunes, no podemos dar por válido ningún criterio o
información.


Proceso de consolidación de Estatuto Básico del Empleado Público en el Ayuntamiento de Getafe para plaza de funcionario interino anterior a 2005 inlluye pruebas con las funciones del puesto y méritos de antigüedad en el propio puesto que se convoca. El SERMAS podría incumplir obligaciones con los interinos anteriores a 2005 si se aprueban bases únicas en las OPEs extraordinarias

Ayer nos hacíamos eco en este medio que el Ayuntamiento de Getafe había optado por un sistema de concurso de méritos en las convocatorias de acceso libre para alcanzar la condición de laboral fijo en su categoría de animador juvenil , recordando que esta posibilidad está contemplada "excepcionalmente" como posibilidad directa para los puestas de régimen laboral por el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] . En cambio para cubrir de forma fija puestos con vinculación de empleo bajo régimen administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios de los Servicios de Salud también el EBEP permite en su artículo 61.6 el sistema de concurso de méritos pero requiere que se aprueba una ley  que lo habilite, algo que es sólo competencia del Estado o la CCAA, y como exige  la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP (regionales y  de entidades locales) en la Comunidad de Madrid , tanto a la Asamblea de Madrid como al Gobierno de la Comunidad , para las plazas de sus empleados públicos en fraude de ley por abuso de temporalidad tras incumplir sus gobiernos reiteradamente la normativa europea de obligado cumplimiento sobre empleo temporal, y que, entonces, se convoquen procesos de consolidación del propio personal por concurso de méritos en todas las AAPP, tanto para funcionarios/estatutarios como laborales.


Este mismo ayuntamiento de Getafe , por otro lado ha publicado las bases para una plaza de funcionario fijo del cuerpo de Técnico Superior de administración especial de Medio Ambiente que está ocupada de forma interina desde antes del 1 de Enero de 2005, y, gracias a la Disposición Transitoria [DT] 4ª del EBEP, que sigue plenamente vigente desde 2007, opta por convocarla como el "proceso de consolidación" recogido en esa DT4ª del EBEP, es decir un concurso-oposición en el que la puntuación del concurso no puede superar a la de la fase de oposición pero en el que ha de contemplarse el punto 3 de dicha DT4ª EBEP:
  • "El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria."
  • "En la fase de concurso podrá valorarse [...] la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria".

Nótese que a falta de ley que lo habilite, el Ayuntamiento de Getafe no podía convocar a mero concurso de méritos este puesto por ser de ámbito funcionario, a diferencia de los puestos de laborales

De esta manera, el  sistema de selección finalmente elegido por Getafe para esta situación, y en acorde con el tipo de proceso de consolidación recogido en esa DT 4ª del EBEP consiste en un concurso-oposición especial en el que

miércoles, 13 de junio de 2018

Concurso de méritos en el Ayuntamiento de Getafe para alcanzar la condición de empleado público laboral fijo

El pasado 15 de Febrero se publicaba en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las bases para cubrir en régimen de laboral fijo cinco plazas de la categoría de animador del Ayuntamiento de Getafe  con la importante particularidad de que el sistema selectivo elegido es el del concurso de méritos puro en turno libre, es decir, alcanzar la condición de personal fijo sin fase de oposición, algo contemplado "excepcionalmente" como posibilidad directa para los puestas de régimen laboral por el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] . Para los puestos con vinculación de empleo bajo  régimen administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios de los Servicios de Salud también lo contempla el EBEP en su artículo 61.6 pero "en virtud de ley" (es decir, requiere que se aprueba una ley , algo que es sólo competencia del Estado o la CCAA).
Los méritos valorados en estas convocatorias se reparten principalmente así:
  • hasta 18 puntos por antigüedad en la misma categoría en un ayuntamiento de población superior a 150.000 habitantes (como Getafe), para otras AAPP la puntuación máxima es de 3 puntos
  • 2 puntos por haber superado el ejercicio de oposición en algún proceso selectivo público
  • 5 puntos en formación
Es decir, el peso máximo con mucha diferencia recae en la antigüedad de un puesto similar de categoría idéntica.

Precisamente, la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP (regional y entidades locales) en la Comunidad de Madrid exige  exige , tanto a la Asamblea de Madrid como al Gobierno de la Comunidad  , que habiliten una ley que permita convocar un proceso excepcional de consolidación por concurso de méritos por la vía de los art. 61.6 y 61.7 del  EBEP ya en todos los casos (funcionarios y laborales) para las plazas de empleados públicos de la administración regional y entidades locales en fraude de ley por abuso de temporalidad por parte de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos y otras Administraciones públicas regionales y locales tras incumplir sus gobiernos reiteradamente la normativa europea de obligado cumplimiento sobre empleo temporal. 
En esa situación se encuentran más de 50 mil empleados públicos en la Comunidad de Madrid
Y esta plataforma pide además que se suspenda la solución diseñada desde el Estado por su Gobierno y sindicatos : sacar a OPEs convencionales esas plazas en fraude de ley, lo que puede suponer un ERE de empleados públicos, masivo e ilegal, además de un incumplimiento de la normativa de la Unión Europea, cuyo Parlamento acaba de aprobar una importante resolución en la que insta a España y otros países a la conversión a fijo como medida ante este abuso de temporalidad , condenando el despido por este fraude de ley del personal afectado


martes, 12 de junio de 2018

[Diario de Cádiz] Juzgado de lo Contencioso niegan a un funcionario interino de 30 años cesado la condición de "indefinido no fijo" por no ser "laboral" así como cualquier indemnización pese a reconocer el fraude de ley en el abuso de la temporalidad


.Informaba el Diario de Cádiz el pasado 4/6/2018 de la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cádiz que ha negado  la condición de "indefinido no fijo" y la correspondiente solicitud de readmisión así como cualquier indemnización a un funcionario interino de 30 años de antigüedad del servicio de Emergencias 112 de Andalucía que había sido cesado tras la toma de posesión de un funcionario de carrera por un concurso [reservado a personal ya fijo] que incluyó el puesto del interino.

El juzgado reconoce que la prolongación del nombramiento del interino sin convocar el puesto a procesos selectivos durante años es "contrario a la ley" pero, amparándose en su vinculación jurídica "no laboral" [es decir, la relación de empleo de carácter administrativo que ostenta el personal funcionario y el estatutario de los servicios de Salud] argumenta que no le  puede conceder la condición de "indefinido no fijo", que el juez entiende está reservada para "laborales". [Nótese que ya está asentado en la jurisprudencia del ámbito laboral que el puesto del personal reconocido como "indefinido no fijo" por una sentencia no puede convocarse a procesos reservados a personal fijo (y sí a OPEs de turno libre), es decir, donde no  tenga oportunidad de alcanzar la fijeza el propio indefinido no fijo, dictándose sentencias en el ámbito laboral de readmisión o indemnizaciones de 45 días por despido improcedente ante ceses en esos casos]


lunes, 11 de junio de 2018

[AMYTS] Avance de la reunión de Mesa Sectorial del SERMAS [sobre las bases de las convocatorias de los puestos de los temporales longevos:: RRHH presenta bases diferentes que se seguirán debatiendo]

Informa AMYTS este 11/06/2018 de la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que ha tenido lugar este mismo lunes para definir las bases de las convocatorias en el SERMAS de las OPEs extraordinarias del 90% de los puestos de trabajo de más de 3 años de temporalidad del SERMAS [a contar a fecha de 31/12/2016, más de 22 mil según el SERMAS], inesperadamente larga al haber presentado el Director. Gral de RRHH del SERMAS una propuesta de borradores de bases que "eran muy diferentes a los ya vistos, valorados, y prácticamente cerrados en el grupo de trabajo que se creó para trabajar en ello", lo que ha conllevado "innumerables alegaciones" y que la mesa sectorial se tuviera que suspender por su duración para continuar el próximo día 14.




NOTA DEL EDITOR: Recordemos que esos macroprocesos  denominados de estabilización derivan en Sanidad  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras un polémico  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público o ACUERDAZO I ,  ley que habilita a las CCAA en los Servicios de Salud (y en otros sectores como Educación) a ofertar de 2017 a 2019 en OPEs convencionales  esos puestos , ocupados en su inmensa mayor parte por personal que tiene más de 3 años de temporalidad propia y. por tanto, en "fraude de ley" por abuso de temporalidad,  y sin fijar ni en el acuerdo sindical ni en la ley estatal que las convocatorias sean procesos de consolidación por méritos ni que se conceda indemnización alguna a los temporales que no superen los respectivos procesos con oposición.


Recordemos que la Comunidad de Madrid ya había OPE 2017 publicado en la OPE 2017 un primer grupo de categorías con plazas para esos macroporcesos "de estabilización", pero que en todos los casos seguían pendientes de las convocatorias , que es donde se fijan las bases, y por tanto, el grado de  posibilidades de despidos de interinos longevos  cuyos puestos son los que se juegan y que deben superar la oposición ante el resto de aspirantes para poder seguir trabajando donde llevan años.





[El Boletín] 'Interinos y eventuales marchan hasta la sede del PP para revertir su situación en fraude de ley'


Informa El Boletín de la manifestación del sábado 9 Junio convocada por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid
para protestar por la situación de "abuso de temporalidad" en la que se encuentran miles de  empleados públicos de la Comunidad de Madrid y ayuntamientos en la región, situación que denuncian es "fraude de ley" que un incumple la normativa europea sobre trabajo temporal como precisamente esta misma semana el Parlamento Europeo ha constatado y que las oposiciones anunciadas  para cubrir sus puestos supondrá un "ERE" del colectivo, exigiendo al Gobierno de  Ángel Garrido un “un proceso excepcional de consolidación por concurso de méritos (Art. 61.6 y 61.7 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público) para las plazas en fraude de ley”.




Imagen: Plataforma de Temporales AAPP en la CM


[Antena3] Empleados públicos se manifiestan en Madrid para denunciar una situación de "abuso de temporalidad"


Informa Antena 3  de la manifestación del sábado 9 Junio convocada por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid
ante la sede del Partipo Popular de Madrid para exigir la estabilidad de estabilización de miles de  empleados públicos de la Comunidad de Madrid y ayuntamientos en la región que se encuentran en situación de "fraude de ley" por "abuso de temporalidad" incumpliendo su administración la normativa europea sobre trabajo temporal


viernes, 8 de junio de 2018

[Plat Pers TEmporal CM] 'Llamamiento a la movilización este sábado 9 de Junio a las 12h de todos los trabajadores de las administraciones públicas en la Comunidad de Madrid afectados por la temporalidad y el mal llamado proceso de estabilización '

'TU PUESTO DE TRABAJO ESTÁ EN EL AIRE

Los pasos para el despido de miles de empleados públicos de la administración siguen produciéndose de forma inexorable.

Desde las distintas instituciones europeas se insta a la Administración Pública española a resolver la situación de ABUSO POR TEMPORALIDAD que sufren los empleados públicos en nuestro país, a convertir al personal objeto de abuso en fijo como elemento compensador, a sancionar a las administraciones incumplidoras y condena que se despida a este personal reconocido en “fraude de ley” (personal con más de 3 años de antigüedad).

La solución que el GOBIERNO y los SINDICATOS con mayor representación en el ámbito de la Función Pública (CSIF, UGT y CC.OO.) han acordado para resolver esta situación no tiene en cuenta el FRAUDE DE LEY ni el ABUSO cometido, ni contempla compensaciones de ningún tipo para los trabajadores afectados. Lo que se acuerda es resolver la temporalidad con procesos selectivos de O.P.E. por oposición o concurso- oposición. Esto aboca al despido a miles de trabajadores con gran experiencia tras años  de servicio a la Administración, y su sustitución por trabajadores más nuevos y más baratos ¿Crees que a la empresa privada se le hubiera permitido semejante abuso de poder contra el trabajador? ¿No te parece indignante?


En estos últimos meses estamos viendo cómo distintos colectivos han salido a la calle para dar visibilidad al atropello del que estaban siendo objeto y se ha visto cómo esta presión ha hecho que los responsables reconsiderasen sus decisiones y modificasen sus posturas.


Nuestra fuerza está en el número. Tras tantos años de temporalidad cronificada por las AA.PP. de la Comunidad de Madrid se estima que más de 50.000 empleados públicos (unos 700.000 a nivel nacional) están afectados por esta O.P.E. Puedes quedarte en casa o salir a la calle y reivindicar que te tengan en cuenta, que valoren tu experiencia y el servicio prestado, y que eso se materialice en un proceso de estabilización de trabajadores y no de plazas ni puestos de trabajo, solicitando que se compense el abuso realizando la estabilización a través de un proceso selectivo de concurso de méritos, donde se le dé gran peso a la experiencia, que puede ser llevado a cabo en situaciones de excepcionalidad como la actual (artículos 61.6 y 61.7 del T.R.E.B.E.P.).


Si eres trabajador interino, eventual, laboral o temporal de cualquier tipo, estás directamente afectado por esta situación. Puedes asumirla y que administraciones y sindicatos continúen con su plan. PERO TAMBIÉN PUEDES SALIR A LA CALLE Y HACER VISIBLE UNA PETICIÓN QUE CONSIDERAMOS JUSTA Y DENTRO DEL MARCO LEGAL VIGENTE. La presión ciudadana puede inclinar la balanza. Por todo esto, LA PLATAFORMA DE PERSONAL TEMPORAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, REALIZA UN LLAMAMIENTO A LA MOVILIZACIÓN ESTE SÁBADO 9 DE JUNIO A LAS 12:00, para realizar una MANIFESTACIÓN desde la Plaza de Santa Bárbara a la sede del PP (actual partido en el gobierno en la Comunidad de Madrid) en la calle Génova.


HAZ OÍR TU VOZ. TU PRESENCIA Y TU TRABAJO SON IMPORTANTES'



[AMYTS] Convocada Reunión Extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid este lunes sobre las bases de las OPEs extraordinarias con el 90% de los puestos de más de 3 años del SERMAS

Informa el sindicato AMYTS  que la Dirección Gral de RRHH del SERMAS ha convocado  Reunión  de la Mesa Sectorial de Sanidad para este miércoles 30/04/2018 con un único y muy importante  orden del día previsto:
1.-  "Convocatorias OPE correspondientes al ejercicio 2017"


opinando el sindicato que en esta reunión "se deberían aprobar las bases de las convocatorias de oposiciones de estabilización" recordando que afectarán al  90% de las plazas con más de 3 años de antigüedad a fecha 31 de diciembre de 2016 así como la postura de este sindicato al respecto [modificada [de exigir inicialmente el concurso de méritos para este personal a un concurso-oposición con peso importante de los méritos de antigüedad , tras una consulta a sus afiliad@s]


NOTA DEL EDITOR: Recordemos que esos macroprocesos  denominados de estabilización derivan en Sanidad  de la Ley de Presupuestos 2017 ,
tras un polémico  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público o ACUERDAZO I ,  ley que habilita a las CCAA en los Servicios de Salud (y en otros sectores como Educación) a ofertar de 2017 a 2019 en OPEs convencionales  esos puestos , ocupados en su inmensa mayor parte por personal que tiene más de 3 años de temporalidad propia y. por tanto, en "fraude de ley" por abuso de temporalidad,  y sin fijar ni en el acuerdo sindical ni en la ley estatal que las convocatorias sean procesos de consolidación por méritos ni que se conceda indemnización alguna a los temporales que no superen los respectivos procesos con oposición.

[El Boletín] Resolución del Parlamento Europeo contra el abuso de la temporalidad en el empleo público. Plataforma de Temporales de la Comunidad de Madrid exigen al Gobierno concurso de méritos

[Informaba el Boletín el pasado 6 de junio de 2018 de la importante  resolución del Parlamento Europeo  que   pide a España la conversión a fijo como medida ante abuso de temporalidad de sus empleados públicos recordando además que el  Tribunal de Justicia Europeo tiene pendiente e lcaso de un profesional del SERMAS interino más de 17 años haciéndose eco también de  la petición de la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid al Gobierno nacional y regional para que reconsidere las convocatorias a Ofertas Públicas de Empleo convencionales de los puestos de sus empleados públicos en fraude de ley por abuso de temporalidad, a la vista de la Resolución europea, y que así paralice dichas OPEs para aprobar en su lugar una ley de consolidación por concurso de méritos .

También comenta que los parlamentarios del Partido Popular votaron en contra o se abstuvieron

miércoles, 6 de junio de 2018

[Plat Pers Temp CM] 'Ante la noticia de que el Parlamento Europeo pide a la administración pública española que resuelva el abuso cometido con 700 mil empleados temporales convirtiéndolos en fijos (en vez de despedirlos mediante oposiciones como ocurrirá para miles por las OPEs extraordinarias de"estabilización") '


Ante la importante noticia de la resolución aprobada el 31/05/2018 en el  Parlamento Europeo contra el abuso cometido por la Administración Pública española con más de 700 mil de sus empleados (y de otros países) en la duración de los contratos temporales, violando la legislación superior de la Unión Europea sobre empleo temporal,  (donde destaca el abuso de la Comunidad de Madrid con más de 50 mil temporales de más de 3 años de antigüedad), y teniendo en cuenta que dicha resolución insta a España:
  • a convertir en personal fijo al personal temporal abusado
  • a sancionar a sus administraciones incumplidoras , como la Comunidad de Madrid y algunos ayuntamientos
  • y explicita que condena que se despida a este personal reconocido en "fraude de ley",


y ante la ley del Gobierno del Estado en 2017 tras un acuerdo con los tres sindicatos nacionales mayoritarios ("el Acuerdazo")  que insta a las CCAA y ayuntamientos a sacar en Ofertas Públicas de Empleo convencionales [OPE] precisamente los miles de puestos de esos trabajadores/as temporales de más de 3 años en fraude de ley:


esta Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid que recientemente realizó una concentración con más de mil de empleados públicos afectados ante la Asamblea de Madrid, exige:
  • a la Comunidad de Madrid y sus ayuntamientos que no prosigan con las OPE derivadas del "Acuerdazo" y otras previas que ofrecen los puestos del personal temporal de más de 3 años, por ser totalmente contrarias a la normativa europea al obligar al mismo personal temporal que Europa exige que se le convierta en fijo, que supere una oposición ante miles de aspirantes para poder seguir trabajando. Esto supondrá el despido de miles de estos empleados públicos temporales