[Recordatorio de entrada publicada el 02/08/2017] Traslada ABC y La Vanguardia
la información de la agencia EFE de 31/07/2017 sobre la sentencia del
Juzgado de lo Social nº 36 de Madrid en la demanda de una investigadora
de la Fundación de Investigación
Biomédica del Hospital La Paz, que llevaba encadenando desde 2008
contratos laborales temporales por
obra [eventuales"] y en la que el juez ha estimado que se debe convertir
en relación indefinida aplicando el artículo 15.3 del Estatuto de los
Trabajadores que establece que "se
presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en
fraude de ley", como reconoce el juez que se da en este caso, al
utilizarse un contrato temporal para
"satisfacer una necesidad no puntual sino permanente del empleador" como
queda demostrada por su duración en el tiempo.
CCOO estima que el 87% de los 1225 trabajadores de las 10 fundaciones de investigación de los hospitales [empresas públicas] son eventuales y que el hospital ha manifestado al comité de la empresa que no recurrirá la sentencia.