Hace una semana se publicaban en el BOE (nº 64, de 15 de marzo) las bases
comunes de las convocatorias de los procesos selectivos de las OPE de
"estabilización" de los cuerpos de funcionarios al servicio de la
Administración de Justicia (tanto del Estado y de las Comunidades Autónomas, como la Comunidad de Madrid), Por el momento, siguen pendientes las convocatorias
Recordemos
que no sólo las bases comunes de las convocatorias de cada AAPP (como pasa para
docentes de Educación), sino también la confección y publicación propias Ofertas Públicas de
Empleo [OPE] de este personal de Administración de Justicia, sea tanto
del Estado como de las CCAA, son competencia del Gobierno del Estado, y que el Estado ya había había incluido entre su OPE de 2017 y su OPE de 2018 un total de 5.093 plazas "de estabilización", siguiendo lo dispuesto en el artículo 19.Uno.6 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017
[PGE17], que trasladaba con rango de ley el primer acuerdo
estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público [o e la denominado por las plataformas de interinos "Acuerdazo 1"],
que habilitaba a todas las AAPP a publicar en OPEs sin límites de tasas
de reposición (y sin fijar que fueran procesos de consolidación por méritos) hasta el 90% de
los puestos estructurales temporales más de 3 años a 31/12/2016
(es decir, todos los puestos ofertados son de más de 5 años de temporalidad
ahora) del personal del sector de Administración de Justicia, personal
docente de Educación, personal de servicios de salud de Sanidad así
como algunos otros sectores, con la obligación de que la cifra de plazas ofertadas sea como mínimo
la necesaria para rebajar la temporalidad al 8% en el sector.