'En vista de que ni el Estado ni las CCAA suspenden los procesos de oposiciones, un gran número de trabajadores están solicitando el poder sumarse a las acciones que estamos llevando a cabo a través del bufete Navas&Cusí en Bruselas. por ello, y con autorización del bufete, informamos que se mantendrá el plazo de adhesión abierto sin fecha de cierre y todo aquel que quiera unirse se añadirá su documentación a los procesos ya emprendidos.'
Blog de APISCAM
jueves, 5 de agosto de 2021
[EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’] Se mantiene abierto el plazo para adherirse a la acción colectiva con el gabinete de Navas y Cusí de denuncia masiva ante la Comisión Europea por incumplimiento de España de la normativa y jurisprudencia de la UE sobre abuso de temporalidad pública y, en caso de que no actúe con el procedimiento ya abierto, recurso ante el Tribunal Europeo por inacción de la Comisión
[FeSP UGT Madrid ] 'La Comunidad de Madrid miente a la población, y la pone en contra de los maltratados trabajadores y trabajadoras de Atención Primaria'
'Según la Real Academia de la Lengua REFORZAR es:
- Engrosar o añadir nuevas fuerzas o fomento a algo.
- Fortalecer o reparar lo que padece ruina o detrimento.
- Animar, alentar, dar espíritu.
Pues bien, en la Comunidad de Madrid no saben o no quieren conjugar ninguna de las acepciones de esta palabra en relación a la Atención Primaria, pero se jactan de hacerlo, en un cruel acto de hipocresía frente a la población.
Llevamos desde el principio de la pandemia escuchando promesas reiteradamente incumplidas, viendo cómo se destinan a Atención Primaria presupuestos irrisorios que no llegan a cubrir siquiera las necesidades previas a la pandemia. Pero leer en la nota de prensa emitida hoy por la Comunidad de Madrid el verbo reforzar conjugado en presente, como si realmente hubiesen hecho algo para dar fuerza o siquiera alentar o dar espíritu a la Atención Primaria es sencillamente indignante e intolerable.
[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid refuerza los canales de detección para saber cómo actuar en caso de resultado positivo tras un test de autodiagnóstico '
En caso de no tener síntomas o de que estos sean leves, el usuario debe contactar con el Centro de Atención Personalizada (CAP), en el teléfono 900102112. El CAP aplicará un cuestionario definido por la Gerencia de Atención Primaria y, en función de las respuestas del ciudadano, el sistema derivará el caso a las Unidades de Atención Covid (UACov) de Atención Primaria o, en el caso de que detecte que se trata de un caso grave, al SUMMA112.
miércoles, 4 de agosto de 2021
[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid dota con 4.000 ordenadores portátiles a los funcionarios y personal estatutario de la Administración de Justicia. Se trata de la primera inversión que se realiza con los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea Durante la pandemia más del 70% de los empleados públicos ha teletrabajado gracias a los 86.000 dispositivos portátiles facilitados por Madrid Digital'
'La Comunidad de Madrid va a dotar a lo largo de este
año con 4.000 ordenadores portátiles a los funcionarios y personal estatutario de
la Administración de Justicia madrileña como medida para seguir desarrollando
la implantación del puesto de trabajo en remoto y avanzar en la digitalización del
sector público en nuestra región.
Para ello, el Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un gasto de 3.028.222 euros
en concepto de incremento presupuestario de la Agencia para la Administración
Digital de la Comunidad de Madrid. Esta cuantía procede de los fondos que la
Comisión Europea transfiere a los estados miembros de la UE para poner en
marcha diferentes proyectos, entre ellos, los del ámbito de la transición digital.
Se trata de la primera inversión que realizará la Comunidad de Madrid con esta
inyección presupuestaria procedente del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, uno de los pilares sobre los que se articula el programa Next
Generation de la UE.
[EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’] 'Bruselas abrió expediente sancionador contra España por el abuso de la temporalidad de los empleados públicos El expediente es del 2013, pero la Comisión no ha avanzado en el asunto. Por eso el despacho Navas & Cusí ha iniciado acciones que obliguen a la Comisión a manifestarse o que sea el Tribunal de Luxemburgo quien juzgue su inactividad. Luxemburgo resolvió el pasado 3 de junio que desde el punto de vista práctico la normativa española no tiene mecanismos para evitar -y en su caso sancionar- el abuso de la temporalidad.' .
'Desde el colectivo de ‘Empleados Públicos en Abuso’ EPA, estamos denunciando el abuso de la
temporalidad española ante la Comisión Europea, a través del despacho de abogados Navas
& Cusí, despacho español especializado en derecho europeo con sede en Bruselas.
Pasada casi una década desde que se abrió expediente sancionador en 2013, Bruselas no hatomado ninguna decisión. “Es una pasividad inadmisible cuando estamos hablando de un abuso
que afecta a 800.000 españoles, ciudadanos europeos y sus familias, por un incumplimiento de
la directiva sobre Trabajo de Duración Determinada de 1999”.
Hasta la fecha se han sumado ya cientos de trabajadores a esta acción jurídica. Y serán miles los
que se sumen porque estamos hablando de un problema que afecta a todos los cuerpos de la
administración: educación, sanidad, servicios sociales, ayuntamientos, ejército, secretarios e
interventores, magistrados, y un largo etc.
Este pasado mes de junio comenzaron las acciones para forzar a la Comisión a
manifestarse sobre el abuso de la temporalidad en los empleados públicos.
La Ley española permite prolongar la temporalidad hasta que finalicen los procesos
selectivos y establece un plazo de 3 años para organizarlos.
[FSC CCOO C. Valenciana] 'La FSC CCOO PV no puede avalar la suspensión de la negociación de los procesos de estabilización y consolidación que ya han salido a oferta pública La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO PV ha comunicado al Ayuntamiento de Valencia la obligación de realizar los procesos correspondientes a las OPE convocadas al amparo de la modalidad de estabilización de acuerdo con la disposición transitoria primera del RDL 14 ' [El Ayto de Valencia todavía no ha convoado ninguno de estos procesos procesos]
'La Federación ha registrado escrito dirigido a Joan Ribó, alcalde de Valencia y Luisa Notario, concejala de Personal para mostrar su disconformidad en la decisión del consistorio de suspender el desarrollo de las ofertas de empleo público ya convocadas.
El Real Decreto Ley 14/2021, aprobado en el Congreso, traspone los contenidos del acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, cuestión por la que el sindicato ha de hacer algunas consideraciones:
Se constata la vigencia del RDL 14/2021 que, en su disposición transitoria primera establece que: "Los procesos selectivos para la cobertura de plazas incluidas en las ofertas de empleo público aprobadas en el marco de los procesos de estabilización ... ... la convocatoria de las cuales hubiera sido publicada ... ... con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto ley, seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias ".
martes, 3 de agosto de 2021
Publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea la sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA que invalida la doble excusa que utilizaban ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La sentencia afirma que la normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo -vigente antes de esta sentencia- para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
El 19/07/2021 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea (nº C 289/7) el "fallo" de la importante sentencia al asunto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de número C-726/19 de nombre "Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo [Rural] Agrario y Alimentario" [IMIDRA], por el organismo de la Comunidad de Madrid de la empleadora demandante del caso, sentencia que tenía lugar sin que el Tribunal haya considerado necesario ni informe general de la Abogacía General de la Unión Europea ni "vista"(juicio oral) , seguramente porque vio tras las observaciones de las partes que podía dar respuesta reiterando lo ya dicho en otras sentencias o autos, sentencia de la que ya nos ocupamos ampliamente aquí en otra entrada.
Esta sentencia del Tribunal Europeo provocó una reacción inmediata de la Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo , la sala que lleva los asuntos del personal laboral público: sin ni esperarse a su publicación el DOUE cambió su doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE para pasar a considerar que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, si bien no cambiaba en esa reacción que la consecuencia al abuso sea solamente la de conceder la condición de indefinido no fijo. Por ahora, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la que lleva los asuntos del personal funcionario/estatutario, no ha mencionado esta sentencia euroepa, habiendo recibido también otro golpe en forma de Auto del 02/06/2021 del Tribunal Europeo a su doctrina que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público.
Con la publicación en el Diario Oficial se entiende comunicada oficialmente a todos los órganos judiciales nacionales y de obligado cumplimiento para los que establezcan las jurisprudencias nacionales (el Tribunal Supremo en el caso español).
Recordemos nuevamente con detalle que este asunto se trataba de una importante y demoledora petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (es decir, un órgano judicial nacional que lleva un caso plantean unas cuestiones al Tribunal europeo sobre aplicación de normativa europea, y cuya respuesta es vinculante para la resolución por la justicia nacional tanto de este caso como de otros casos donde sea de aplicación dichas cuestiones) de la Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la conformidad de la actual legislación española más la jurisprudencia actual de la Sala de la Social del Tribunal Supremo- la que dicta doctrina sobre los trabajadores públicos de contrato laboral- sobre el abuso de la temporalidad para el caso de los laborales interinos de vacante de larga duración de las Administraciones Públicas a la la luz de la ya famosa cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE y de la jurisprudencia europea al respecto.
XIX Reunión del Foro Salud Conectada de la Sociedad Española de Informática de la Salud del 22 al 23 de Septiembre en Barcelona y virtual, con sesión de comunicaciones. Plazo para presentarlas hasta el 5 de Septiembre
Del 22 al 23 de Septiembre tendrá lugar la XIX Reunión del Foro Salud Conectada o anterior Foro de Telemedicina, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] - en formato híbrido, presencial en Barcelona y virtual, modalidad gratuita para los socios de la SEIS y de precio muy moderado para los profesionales del Sistema Nacional de Salud- centrado un año más especialmente en las soluciones y proyectos de Salud Conectada acelerados ante las evidentes necesidades de conectar a distancia profesionales y ciudadanos mediante las TIC por la pandemia de COVID- 19.
[Faro de Vigo] La CUT consigue las 10 mil firmas necesarias para presentar una ILP en el Parlamento gallego para proceso extraordinario de consolidación del personal temporal público por concurso puro de méritos
lunes, 2 de agosto de 2021
[UGT Servicios Públicos -Admin Gral del Estado] No se convocarán los procesos de estabilización siguientes arcordados en la AGE hasta que se" estudie la incidencia que pueda tener" el Proyecto de Ley anunciado de modificación del Real-Decreto Ley de reducción de la temporalidad en el empleo público. "A UGT nos parece lamentable"
[...] ' ayer se nos informó que , de lo dicho referente a las plazas de estabilización, nada, que se convocará ni una sola.
Este nuevo bandazo de Función Pública en los procesos de estabilización de empleo temporal demuestra que el grado de improvisación en la gestión de los recursos humanos por parte de los actuales gestores. Parece que una de las primeras decisiones del nuevo Equipo de Función Pública ha sido paralizar, de un día para otro, la estabilización acordada con los Sindicatos y la Administración en la AGE. No es el mejor comienzo posible.
Podría decirse que ha entrado en juego "La Política" y que todo lo acordado en materia de estabilización quedará parado hasta que se estudie la incidencia que pueda tener sobre ello el trámite parlamentario , como Proyecto de Ley, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, acordado por los pelos el pasado 21 de julio, que ya veremos como se resuelve , previsiblemente en el mes de octubre.
[Valencia Plaza] Acuerdo del Ayuntamiento de Valencia con los sindictatos de suspender la negociación de los procesos de la OPE de estabilización a la espera de la nueva normativa anunciada por el Estado
Informa Valencia Plaza este 02/08/2021 que el ayuntamiento de Valencia ha acordado con las secciones sindicales dejar en suspenso temporalmente la negociación de las bases generales que regirán los procesos de la OPE de "estabiliacizón" con los puestos de los puestos temporales más de 3 años antes de 2018 , de 931 plazas, a la espera de la normativa final del Estado, tras el anuncio del Gobierno del Estado durante la sesión de convalidación en el Congreso del Decreto de reducción de temporalidad, que éste va a ser modificado por proyecto de ley urgente para introducir la posibilidad de oposición no eliminatoria y la de concursos de méritos puro para personal temporal +10 de años en el mismo puesto estructural.
[FSC de CCOO - Sector Estatal] 'Paralización procesos estabilización personal laboral IV del Convenio único de la Administración General del Estado sin convocar: “Donde dije digo, ahora digo diego” ' [A la espera de las posibles modificaciones del RDL 14/2021 de reducción de temporalidad]
'En la reunión de la Comisión Paritaria del pasado martes 27 de julio de 2021, como os informamos en nuestra nota informativa pasada, la Administración informó de que están cerrando las convocatorias de 362 plazas de estabilización de personal laboral perteneciente al IV Convenio único de algunos departamentos/organismos y que son coincidentes, en general, con especialidades incluidas en las convocatorias de la OEP de 2018.
Sin embargo, Función Pública ha decidido paralizar de momento todos los procesos de estabilización que aún no se han convocado a la espera de que se estudie la posible afectación que pueda tener sobre estos procesos ya negociados el trámite del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobado el pasado 21 de julio. Aunque no compartimos dicha paralización, podríamos incluso llegar a entender dicho aplazamiento. Sin embargo, la manera en la que Función Pública está improvisando en la ejecución de estos procesos, menospreciando la representatividad de las organizaciones sindicales lo que demuestra la poca seriedad con la que últimamente negocian desde el gobierno.
domingo, 1 de agosto de 2021
Entradas más vistas de la semana 26/07/2021-01/08/2021 en este blog: Paralizada la publicación de más convocatorias de estabilización de la Administración General del Estado para esperar a los posibles cambios normativos, Juzgado de Vigo sentencia la condición de funcionaria de carrera a funcionaria interina como sanción por abuso de temporalidad, recurrido en la Audiencia Nacional el acuerdo sindical de 5 de Julio del plan de reducción de la temporalidas pública ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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'Ante la duda suscitada de cómo se plasmarán en la nueva ley las condiciones que se establezcan para la procesos de estabilización de e...
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Informa Faro de Vigo este 24/07/2021 que un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo ha dictado una sentencia pionera por la q...
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'La Comisión Promotora de la Asociación Ehun Ginen Justiziaren Alde Elkartea, comunica la interposición de RECURSO CONTENCIOSO-ADMIN...
viernes, 30 de julio de 2021
[Huelga TTPs Navarra] 'La Asociación Ehun Ginen Justiziaren Alde- Éramos 100 por la Justicia interpone recurso contencioso en la Audiencia Nacional frente al Acuerdo de 5 de julio de 2021, sobre el Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas, suscrito por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública'
'La Comisión Promotora de la Asociación Ehun Ginen Justiziaren Alde Elkartea, comunica la interposición de RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante la AUDIENCIA NACIONAL frente al Acuerdo de 5 de julio de 2021, sobre el Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas, suscrito por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública con Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores y Central Sindical Independiente de Funcionarios.
Se comunica igualmente que continúa el examen de las acciones legales para la investigación de las posibles responsabilidades (penales) ante el abuso en la contratación temporal en las Administraciones Públicas por el incumplimiento de la legislación comunitaria y las medidas de prevención y sanción exigidas por la Directiva 99/70 y la jurisprudencia del TJUE.
[Ignasi Beltrán] Juzgado de Barcelona, ante una demanda de fijeza, plantea una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo es temporal para la normativa europea y por tanto no es suficiente para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público
Informa en su blog este 30'/07/2021 el conocido profesor universitario Ignasi Beltrán que el Juzgado de lo Social nº 3 de Barcelona, ha planteado mediante Auto del 27/07/2021 una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea , en la que, ante un caso de demanda de fijeza por abuso de temporalidad de un empleado público laboral de la Universidad de Barcelona temporal desde 2002 y actualmente en contrato de interinidad de vacante, en la que pregunta si la figura española del laboral "indefinido no fijo" [figura indemnizatoria ante el futuro cese por una cobertura fija reglamentaria o amortización del puesto, es decir casi idéntica a la interinidad de vacante sólo que con una garantía de indemnización al cese , actualmente fijada por el Supremo en 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades-] debe entenderse según la terminología de la Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE sobre límites al empleo temporal,como un "contrato de duración determinada"-es decir temporal- o como un "contrato de duración indefinida" , es decir, realmente estable.