En la redacción final de la ley no hay ninguna normativa relativa a las Tecnologías de Información de Sanidad.Recordemos que esta Asociación, que representa los intereses del colectivo del personal informático propio del SERMAS , solicita desde hace tiempo solicitando que se realicen cambios normativos adecuados para tener alguna posibilidad de disponer de forma regularizada personal de las categorías TI estatutarias en los Servicios Centrales de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria [DGSIS] del SERMAS, por ejemplo, habiendo incorporado en la citada "Ley de Acompañamiento" las disposiciones necesarias para extender el ámbito actual de las categorías de informática (Ley 10/2009 de la CM) de "las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud" a todo el Servicio de Salud [1] (es decir, incluidos los servicios centrales del SERMAS) u otra normativa, que sea en la práctica, equivalente, con un doble objetivo:
- inminente: la regularización de la situación del personal informático propio que se incorporó -de manera funcional en la práctica pero no orgánica ni de otra forma regular- a las diversas unidades de los Servicios Centrales [SSCC] de la DGSIS procedente de las extintas Unidades de Informática de Atención Primaria
- a futuro: la continuación de los ya importante procesos de centralización de la función informática ya iniciados vengan acompañados de una cierta reordenación de las función TIC del personal propio para que no prosiga la situación actual de unos SSII de los SSCC de Sanidad que en la práctica funcionan bajo la fórmula de externalización total.