El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó el pasado 26/09/2014 una sentencia de la que se han hecho eco varios medios judiciales especializados, en los asuntos acumulados "Mascolo y otros, una "petición de decisión prejudicial" (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) del Tribunal regional de Nápoles sobre el caso de 9 profesores de colegios públicos italianos contratados por cursos o partes de cursos entre 5 y 11 años, y que consideraban que esta temporalidad excesiva es una situación de abuso de temporalidad según la Directiva Europea 2999/70/CE y demandaba la conversión en fijo,l conversión directa que está prohibida por la normativa italiana (se alcanza la condición de fijo por un proceso de concurso-oposición en la mitad de las plazas .
El Tribunal regional italiano preguntaba si el sistema de cubrir las plazas mediante sustituciones anuales, “a la espera de que concluyan los procesos selectivos para contratar personal docente titular sin indicar plazos concretos para la conclusión de los procesos selectivos" no es un sistema incompatible con las exigencia de la cláusula 5ª de la citada Directiva europea, que exige medidas y normas para limitar la temporalidad. o "razones objetivas" que justifiquen la ausencia de esas medias.