viernes, 6 de mayo de 2022

[M15F] Manifestación estatal el 7 de Mayo en Madrid contra el abuso de temporalidad en la Administración Pública. Los trabajadores temporales públicos en abuso se manifiestan nuevamente para mostrar su total disconformidad con las soluciones adoptadas por el gobierno para la reducción de la temporalidad abusiva, exigir la aplicación, 22 años después, de la normativa europea al respecto y la paralización de los ceses de los trabajadores en abuso.'

'Los empleados públicos temporales de toda España, se manifiestan de nuevo en Madrid el próximo sábado 7 de mayo, convocados por la Plataforma Estatal de Temporales Públicos en Fraude de Ley MI#15F y con el apoyo de casi 90 plataformas de trabajadores temporales públicos [TTPP] de todas las Comunidades Autónomas con el lema “Contra el abuso de la temporalidad en la Administración Pública”. Y lo hacen PARA DENUNCIAR EL USO ABUSIVO DE LAS CONTRATACIONES TEMPORALES que sufren por parte de sus administraciones empleadoras, QUE INCUMPLEN, SIN SANCIÓN, la Legislación Laboral Española y el Derecho Comunitario que protege a TODOS los trabajadores y que previene y sanciona el uso abusivo de los contratos de duración determinada.

Ni el gobierno ni la administración nos pueden considerar plazas sino PERSONAS. El abuso de temporalidad debe contemplarse como tal en las personas, que son las víctimas del abuso, no en las plazas.

La ley 20/21, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada hace escasos meses, aún siendo un avance que podría permitir estabilizar a estos trabajadores, sigue sin cumplir con la Directiva Europea. Esta ley NO se tramitó para estabilizar a los TTPP en abuso, sino por ser necesaria la reducción del porcentaje de temporalidad para cobrar los Fondos Europeos Next Generation. Y ahora el Gobierno de España está pervirtiendo el espíritu de la ley e intentado perpetuar con este nuevo marco legal la precariedad que ya mantenía incumpliendo las leyes anteriores y en varias administraciones están despidiendo a miles de empleados públicos sin aplicarles siquiera los escasos nuevos derechos que esta Ley les confiere.

Con esta manifestación se reivindica:

El Ministerio de Sanidad abre audiencia pública al Anteproyecto de Ley del Gobierno de modificacion de la Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, limitándose a trasladar las recientes modificaciones del Estatuto Básico del Empleado Público del RDL 14/201 yla Ley 20/2021

 El Ministerio de Sanidad acaba de abrir este 5 de mayo trámite de  audiencia pública al  Anteproyecto del Gobierno de la futura Ley de modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, para , entre otras cosas, adaptarse a las modificaciones del Estatuto Básico del Empleado Público aprobadas el año pasado por el Real Decreto-Ley 14/2021 de Julio, que daba plazo hasta el 7 de Julio, y finalmente la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre, que mantuvo el plazo.

La fecha de finalización de envío de aportaciones es el 13 de mayo de 2022, siendo el buzón para el envío de aportaciones, informacion.publica@mscbs.es, mediante correo electrónico con asunto "DG/27/22 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA".

[El Mundo] El Colegio de Médicos de Madrid da por bueno el compromiso de la Consejeria de elevar al "máximo número posible" las plazas de facultativos especialistas para el proceso excepcional de concurso de méritos de la ley estatal 20/2021 sin suprimir de los concursos-oposiciones publicados el mayor número de plazas de larga duración ya incluidas. Los colectivos de profesionales siguen con la huelga convocada para el martes 10 de Mayo

Informa esta madrugada del 06/05/2022 que el Colegio de Médicos de Madrid, tras reunirse con la Consejería de Sanidad, "ha dado por bueno" el compromiso de la Consejería de Sanidad de "elevar al máximo número posible" las plazas de facultativos especialistas para incluir en el proceso excepcional de estabilización por concurso de méritos [que obliga la nueva Ley de  28/12/2021 de reducción de temporalidad con todas las plazas temporales o de temporales desde antes de 2016] , informando el medio que la cifra se elevaría en torno a 1.000 [para el medio centenar de categorías de médicos facultativos especiales, y con respecto a las 600 inicialmente computadas por el SERMAS trasladadas a la Mesa Sectorial.

La Comunidad de Madrid  afirma que, según la Abogacía de la propia Comunidad de Madrid  no puede suprimir  las casi  5 mil plazas de médicos especialistas  que cumplirían con esa antigüedad al estar ya computadas e incluidas en  procesos selectivos con oposición de las anteriores OPE "de estabilización" [que el SERMAS convocó días antes de entrada en vigor de la nueva ley. Es decir, el propio SERMAS estaría reconociendo cerca casi 6 mil médicos especialistas de los 7.700 temporales  con antigüedades superiores a 6 años, ofreciendo un concurso de méritos con mil plazas en lugar de las al menos casi 6 mil que tendrían si diera marcha atrás a esas concurso-oposicion convocadas pero todavía sin lista de admitidos publicados]

[CSIT-UP] 'La Administración madrileña continúa con su desprecio hacia su propio personal y no cumplirá la Ley de Temporalidad máxima'

'CSIT UNIÓN PROFESIONAL prosigue con las movilizaciones, el próximo martes, 10 de mayo, a las 17:00 h, frente a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, para exigir la negociación de un verdadero proceso de estabilización de empleo en la Admón. Autonómica, de manera que se incorpore coherencia y homogeneidad en los criterios selectivos de los tres procesos aprobados hasta ahora, dando mayor valoración a la experiencia adquirida en la CM, frente a la adquirida en otra Admón. Publica.

Con esta nueva concentración, ante la sede del gobierno regional, reclamamos a la Comunidad de Madrid, la urgente necesidad de paralizar las convocatorias publicadas, así como la renegociación de los criterios generales aplicables a los procesos selectivos de Estabilización de Empleo, Promoción Interna y Funcionarización de personal laboral, al objeto de situar la temporalidad en la Administración Autonómica, del 40% que existe a fecha de hoy, en un máximo del 8% del personal,  tal y como recoge la Ley 20/21, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

[APRISCAM/Solidaridad Obrera SESCAM] 'El gobierno de García Page permitirá que la ley de interinos no se cumpla en el SESCAM'

'El Sescam, de la mano de su Director de Recursos Humanos, D. Íñigo Cortázar, su Directora Gerente, Dª Regina Leal y por extensión el Gobierno Regional con García Page a la cabeza bordean una presunta prevaricación al no contemplar el uso de la Ley 20/2021 y no aplicar los mecanismos que de forma extraordinaria prevé la citada Ley en cuanto a la reducción de temporalidad.

A pesar de que dicha ley obliga a convocar por concurso de méritos las plazas con más de 5 años de antigüedad y por concurso-oposición especial a las de más de 3 años en la última mesa técnica, celebrada el pasado martes 3 de Mayo, el Sescam ha presentado a los sindicatos su intención de no aplicar dicha Ley. En su lugar el responsable de Recursos Humanos del servicio de salud regional ha planteado aplicar sólo parte del articulado de manera arbitraria, la relativa al artículo 2.1, en la que se establece un proceso selectivo especial basado en un concurso oposición sin fase eliminatoria para las plazas de más de 3 años.

En los últimos meses hemos asistido a cómo el Sescam no quiso anular las convocatorias no desarrolladas pendientes de la OPE 2018 para incorporarlas a una nueva oferta de empleo público aplicando la Ley 20/2021 y poder así resarcir del abuso de temporalidad que están sufriendo cientos de trabajadores y trabajadoras con acumulación de hasta 30 años de interinidades.

[Poder Judicial] 'El juez propone juzgar al exdirector del Canal de Isabel II por blanqueo y archiva la causa para el expresidente de la Comunidad de Madrid '

'El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha puesto juzgar por un delito de blanqueo de capitales en la pieza separada 5 del ‘caso Lezo’ al exdirector gerente del Canal de Isabel II Ildefonso D.M. y ha archivado la causa para el expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio G. y otras tres personas.

A partir de ahora, en este procedimiento en el que se ha investigado la ocultación y afloramiento de capitales ilícitamente obtenidos, se da un plazo a las acusaciones de treinta días para que soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien soliciten el sobreseimiento. 

jueves, 5 de mayo de 2022

El Consejero de Sanidad responde a pregunta de Más Madrid en la Asamblea de Madrid sobre estabilización de los profesionales del SERMAS con las fórmulas de la nueva ley 20/2021: hay procesos selectivos de estabilización ya abiertos

Este jueves 05/05/2020 hubo Pleno  de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y entre muchos otros, contó en su orden del día, con la Pregunta de Contestación Oral en Pleno (nº 1508/22) del grupo Más Madrid al Gobierno sobre la "acciones que está tomando el Gobierno para estabilizar laboralmente a los profesionales en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud".

 Defendió la pregunta Esther Rodríguez por Más Madrid [vídeo en su cuenta de Twitter] :

  • "la Comunidad no puede escudarse enformes de su Servicios Jurídicos"
  • "¿qué opinan estos servicios jurídicos de tener a miles de temporales en fraude de ley, de no convocar OPE durante 10 años?"
  • "no podemos perder talento,"
  • "hagan este regalo a los madrileñas y madrileños " y "apliquen las fórmulas de consolidación que tiene la ley 20/2021"
 
Respondió la pregunta el propio Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero [ [ vídeo  en cuenta de Ttwitter del grupo del Partido Popular en la Asamblea de Madrid]:

El Gobierno de la Comunidad de Madrid respondió a Más Madrid, a pregunta sobre si habrá ceses por los procesos de estabilización, que "las plazas temporales pasarán a ser fijas" con los "aspirantes que superen dichos procesos selectivos"

El 10/09/2021, Eduargo Gutiérrez Benito del Grupo Más Madrid  registraba la pregunta al Gobierno de la Comunidad de Madrid de contestación por escrito ( nº1823/2021 (XII) ) sobre "si prevé  que se produzcan ceses o despidos de personal interino por sustitución derivados de los procesos de estabilización de empleo público temporal en la Comunidad de Madrid a raíz de la aprobación del Real Decreto-ley 14/2021".

La  Respuesta del Gobierno de la Comunidad de Madrid  de 18/02/2022, se publicó  en el   B.O.A.M. de 10/03/2022 (nº38 ),  página 9539

Pleno este 05/05/2022 de la Asamblea de Madrid con una pregunta de Más Madrid sobre la estabilización de los profesionales del SERMAS

Este jueves 05/05/2020 hay Pleno  de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y entre muchos otros, contará con este punto en su orden del día, relacionado con Sanidad o la temática de este blog:

  • la Pregunta de Contestación Oral en Pleno (nº 1508/22) de Javier Padilla Bálmez  por el grupo Más Madrid al Gobierno sobre la "acciones que está tomando el Gobierno para estabilizar laboralmente a los profesionales en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud"

[Gob. de la Com. de Madrid] 'Los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid avalan que Sanidad no puede desconvocar plazas de médicos ya publicadas en el BOCM . La Consejería de Sanidad va a trasladar al Colegio Oficial de Médicos de Madrid las conclusiones de los informes de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid en los que se razona que las plazas de facultativos ya publicadas en el Boletín Oficial regional (BOCM) no se pueden desconvocar, porque eso significaría vulnerar la legislación nacional vigente en esta materia'

'En contestación a un grupo de médicos interinos y eventuales que han convocado una huelga indefinida a partir del próximo lunes, en base a una interpretación incorrecta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la Consejería de Sanidad subraya la inviabilidad jurídica de suprimir plazas de las Ofertas de Empleo Público (OEP) ya que, según la normativa estatal, éstas tienen que seguir adelante.

No obstante, la Consejería de Sanidad también explicará al Colegio de Médicos que se incluirán en el proceso de estabilización extraordinario que determina la Ley anteriormente mencionada, por la modalidad de concurso, todos aquellos puestos que cumplan con los requisitos de temporalidad establecidos.

[ComputerWorld ] Monográfico Especial Sanidad 2022 con la publicación en primicia del INDICE SEIS 2021 de inversión en TIC en Sanidad que elabora anualmente la Sociedad Española de Informática de la Salud y una entrevista al Secretario General de Salud Digital del SNS. El gasto TIC en Sanidad creción un 16% en 2021 pero todavía sigue en un bajo 1,36% sobre el total del gasto sanitarios

 La revista especializada en comunicación empresarial del sector de la  informática. ComputerWorld ha publicado este mes de Abril de 2022 un monográfico especial sobre Sanidad , en el que presenta en primicia la nueva edición del índice SEIS, el "que se ha convertido con los años en el barómetro “de facto” de las TIC en sanidad en nuestro país", según la propia Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] , quien lo  elaboral., 

 

En este especial , además se incluye una tribuna del Presidente de la SEIS, Luciano Sáez,quien destaca de los resultados del INDICE SEIS que se observa un notable crecimiento de la inversión en TIC en 2021 del 16% , siendo de un 14% el de la parte de las CCAA (la mayor) y de un 86% la del Ministerio, situándose en 938 millones de euros, sin embargo siendo todavía la el porcentaje de gasto TIC sobre el total sanitario sólo del 1,36%, lejos de otros sectores o el de otros países del entorno. También destaca el notable crecimiento del gasto en seguridad de las TIC en Salud y la falta de recursos humanos TIC, tanto en la industria como en los Servicios de Salud.

 

También incluye  una entrevista a Juan Fernando Muñoz Montalvo, el Secretario General de Salud Digital del Ministerio de Sanidad, quien valorar positivamente este crecimiento del gasto TIC en el sector y destaca que en estos momentos "la colaboración de todos los actores del ecosistema de salud es imprescindible", señalando en esa dirección la creación de la Comisión de Salud Digital y la reciente  publicación de la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud.

 

[CCOO Madrid - Sanidad]CCOO gana sentencia la sobre carrera profesional. Se reconoce que la exigencia de formación para los profesionales del ANEXO III fue discriminatoria

'CCOO obtiene sentencia que aplica la doctrina sobre carrera profesional del TSJ de Madrid por la que se reconoce que la exigencia de formación para los profesionales del ANEXO III fue discriminatoria porque a los del ANEXO I y II no se les exigió en la primera convocatoria extraordinaria.

Hasta la fecha ningún juzgado de lo contencioso-administrativo había aplicado la Sentencia de 8 de octubre de 2020 del TSJ de Madrid sobre la nulidad del apartado que exige la formacion en el Acuerdo de Carrera Profesional. Se declaró contrario a Derecho el Apartado 12° del Anexo III del Acuerdo de Carrera en cuanto a la exigencia de acreditación de los méritos incluidos en el apartado 9 de los modelos de carrera exigidos para el nivel que se solicita.

miércoles, 4 de mayo de 2022

[Confilegal] Nueva sentencia de fijeza del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 32 de Madrid a un estatutario interino -una médica interina de vacante 20 años- como sanción al abuso de temporalidad ante la ausencia de sanción en la ley española aplicando la jurisprudencia europea desde la sentencia de 19/03/2020. El magistrado afirma que la doctrina del Contencioso del Supremo ha sido "puntualizada" por las sentencias europeas.

Informaba el medio jurídico Confilegal este 30/04/2022 que el juez titular del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 32 de Madrid  , Luis Vacas García-Alós, ha dictado una nueva sentencia de fijeza (nº 224/2022, de 25 de abril) a  empleado público estatutario interino de vacante  - en este caso una médica del SERMAS interina desde 2002- como sanción al abuso de su  temporalidad en el empleo público , según  la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE, aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,

El medio informa que la médica estaba asistida por más por la Agrupación Sanitaria Española (ASAES), quien trabajó con el equipo juridico de Justicia y Equidad Legal, trasladando declaraciones de uno de los socios , Andrés Álvarez Matilla ,  quien comenta que utilizaron en su argumentación de la demanda la conocida sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros"  [recordemos que por casos del Servicio Madrileño de Salud siendo el asunto principal el de un informático nuestro], que el magistrado completa en su sentencia para concluir que no cabe más que sentenciar la fijeza teniendo en cuenta la  posterior jurisprudencia europea, de  la  sentencia del asunto IMIDRA de 03/06/2021 , la sentencia del 11/02/2021 en el asunto griego "Agios Nilkolaos" , la   sentencia del asunto IMIDRA de 03/06/2021 , la sentencia del asunto C-550/19 y la sentencia reciente de 13 de enero de 2022 asunto C-282/2019 [en el asunto de los profesores de religión italianos].

 

[Poder Judicial] 'El Tribunal de Justicia de la UE estima una cuestión prejudicial que planteó el TSJCyL y reconoce a médicos y enfermeros que han trabajado en los Estados Miembros el tiempo de prestación de servicios a efectos de antigüedad y de carrera administrativa En sus razonamientos, el Tribunal se basa en la libre circulación de personas que tiene por objeto facilitar a los ciudadanos europeos el ejercicio de cualquier tipo de actividad profesional en el territorio de la Unión'

'El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha estimado una cuestión prejudicial que planteó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL en Valladolid y por la que se va a poder reconocer a los médicos/as y enfermeros/as que han trabajado en los Estados Miembros el tiempo de prestación de servicios a efectos no solo de antigüedad sino también de carrera administrativa.  

La resolución del TJUE responde a la cuestión prejudicial planteada por la Sala y señala que la experiencia profesional adquirida por una enfermera en el servicio público de salud del Hospital de Santa María de Lisboa debería computarse en el reconocimiento no solo de los trienios por antigüedad sino también en lo que se refiere a la carrera profesional en el Servicio de Salud Autonómico.     

El Tribunal de Justicia Europeo responde con auto, ante la claridad de la respuesta, a la cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona: la figura del indefinido no fijo que se concede como sanción judicial al abuso de temporalidad del empleado público laboral español no deja de ser un temporal más según la normativa europea. No entra a valorar si puede valer como sanción al abuso: no se le preguntaba aquí

Gracias a la incansable labor de recopilación en su blog por parte del profesor Ignasi Beltrán, hemos conocido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado respuesta finalmente mediante Auto de 26/04/2022 (fórmula rápida  que emplea cuando es clara la respuesta por haberse tratado con anterioridad o por su obviedad), a la cuestión prejudicial que  un Juzgado de Barcelona elevó en Julio de 2021, y por la que  preguntaba únicamente si la figura del "indefinido no fijo" español, que se concede por la jurisprudencia actual del Supremo como la sanción para el abuso de temporalidad del empleado público laboral temporal, profusamente explicada por el Juzgado en su auto, no debería considerarse un "contrato de duración determinada", un temporal, a los ojos de la normativa europea , en concreto del Acuerdo marco contenido en la Directiva 1999/70/CE (con la evidente intención por parte de ese juzgado de si el Tribunal europeo ratificara que es temporal pues no considerar el juzgado el indefinido no fijo una figura  utilizable como sanción ante un abuso de temporalidad,en el caso en cuestión: un temporal de la Universitat de Barcelona durante 17 años , actualmente en una interinidad de vacante y que demanda la fijeza por abuso de temporalidad)

El asunto finalmente fue admitido y recibió como número de asunto C-464/21, siendo resuelto por la vía de Auto más rápida, sin pasos previos de publicación previa de la admisión en el Diario Oficial, ni vista ni informe de la Abogacía general. Están pendiente la publicación del Auto en la web del asunto y del fallo en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El Tribunal de Justicia europeo se limita en su breve auto a responder exclusivamente la cuestión planteada, y, como era de esperar, afirma tajantemente que "quien se halle en la situación del demandante" -17 años en contratos laborales temporales- "está comprendido en el ámbito de aplicación del Acuerdo Marco", es decir , es un temporal según la Directiva europea 1999/70/CE , siendo "irrelevante" para esta cuestión del carácter de temporalidad si esa relación se convierte en "indefinida no fija" por sanción judicial, como indica la actual doctrina del Supremo.. Es decir, el empleado público que se le concede la figura  del  indefinido no fijo  por sanción a un abuso de  temporalidad del laboral público no deja de ser un temporal ante la normativa europea, reiterando lo que ya dijo el Tribunal europeo en el auto León Medialdea.