martes, 6 de julio de 2021

[Confilegal] Reacciones de los senadores del Partido Aragonés , Unión del Pueblo Navarro y Compromís al plan de choque de reducción de la temporalidad pública acordada por Gobierno y Sindicatos. Coinciden en que no es adecuado ante la normativa europea y dará lugar a conflictividad

Informa ampliamente Confilegal este 06/07/2021 del  las reacciones de tres de los senadores que han destacado por plantear preguntas e iniciativas en la Cámara Baja para encontrar una solución al problema del abuso de temporalidad en la AAPP: Carlos Sánchez Garnica del Partido Aragonés,  Alberto Catalán de Unión del Pueblo Navarro, y, por último Carles Mulet, de Compromís.

Los tres coinciden en quel Ministro Iceta debe explicar en sede parlamentaria los términos de esta "solución" y que no es adecuada ante la normativa europea y que dará lugar a mucha conflictividad judicial, llegando a afirmar el senador de Compromís que se contará con "su oposición frontal"

 

[Confilegal] Reacción de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal al plan "de choque" de reducción de la temporalidad pública acordada por Gobierno y Sindicatos: habrá movilizaciones. Críticas del sindicato ELA

 Informa ampliamente Confilegal este 06/07/2021 del acuerdo de ayer entre Gobierno y sindicatos  CC.OO, UGT y CSIF para  un "Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP" ofertando todos los puestos temporales de más de 3 años en un último proceso de estabilización que es un concurso-oposición si bien esta vez con una pequeña indemnización, así como de las reacciones de la 

  •  Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal, que exige la retirada de este acuerdo avanzando que se va a centrar en realizar movilizaciones así como intentar convencer al os grupos parlamentarios para que no convaliden el Decreto Ley que se aprueba hoy incorporándolo , continuando con las iniciativas judiciales ; 
  • del abogado Javier Araúz quien afirma que la indemnización contemplada no es ni disuasoria ni  válida ante el  principio de reparación a las víctimas
  • el sindicato CSIF, firmante, a través de su comunicado en el que defiende las bondades del acuerdo
  •  del sindicato ELA que, miembro de la Mesa General de Empleados Públicos, no ha firmado el acuerdo , afirmando que "abre la puerta al despido de miles de trabajadores públicos temporales"

 

 

[TVE 1] Trabajadores públicos temporales contrarios al acuerdo entre Gobierno y los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF para reducir la temporalidad prolongada pública con oposiciones con sus puestos. Expertos en derecho señalan que las oposiciones no son solución válida según la justicia europea

 Informa La 1 de Televisión Española en su Telediario de las 15h este 07/06/2021 [audio íntegro] del acuerdo de ayer entre Gobierno y sindicatos  CC.OO, UGT y CSIF para  un "Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP"  que para resolver el problema de os cientos de miles que ya están en fraude de ley de abuso de temporalidad  acuerdan hacerlo mediante un último proceso selectivo con los puestos de ese  personal que pueden conllevar el cese del propio personal sólo con una pequeña indemnización , trasladando la opinión de varios de los afectados, que declaran que además de injusto este acuerdo es contrario a las recientes sentencias europeas y de un profesor de Derecho Constitucional que indica que esta solución no cumple con las exigencias de la normativa europea y las sentencias europeas que rechazan los procesos selectivos como solución y las indemnizaciones al cese y menos una de sólo 20 días por año [con tope de 12 mensualidades]

 

[Partido Aragonés] 'Sánchez-Garnica (PAR) pide que Iceta explique en el Senado el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones El parlamentario aragonés asegura que la iniciativa no castiga el abuso e incumple las sentencias europeas'

'El senador del Partido Aragonés (PAR) Clemente Sánchez-Garnica ha registrado hoy una iniciativa para que el ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, comparezca ante la Cámara Alta para explicar el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas que ha suscrito con los sindicatos UGT, CCOO y CSIF.

En opinión del senador aragonés, el plan de Iceta, que prevé la reforma del artículo 10 del Texto Refundido de Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), no solo no castiga el abuso de temporalidad que han venido cometiendo sistemáticamente las administraciones, sobre todo las autonómicas y locales, sobre los interinos, sino que, además, “se olvida de todas estas personas que han venido desarrollando una labor fundamental en las administraciones, en muchos casos durante décadas”.

Pero, sobre todo, el plan “no cumple con lo estipulado por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 3 de junio de 2021”, según la cual un proceso de consolidación –como el que prevé el plan de Iceta– “no es la respuesta adecuada para sancionar el abuso de temporalidad”.

[La Moncloa] Consejo de Ministros hoy. Presumiblemente aprobará el "Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP" mediante un último proceso extraordinario de estabilización de plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020 con procesos selectivos de concurso-oposición indemnizado acordado ayer con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF . Dudas si la pequeña indemnización contemplada ahora tambien corresponderá para el personal cesado de larga duración por los procesos selectivos actuales

Según la Agenda del Gobierno, hoy hay Consejo de Ministros desde las 09:30, en el que está previsto se acuerde la aprobación del Decreto-Ley del "Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas" que incluya el acuerdo de ayer entre Gobierno y sindicatos  CC.OO, UGT y CSIF 

Está planificada a las 12:30 una rueda de prensa que se emitirá en directo  en este enlace

[Min de P.T. y Función Pública] 'El Gobierno acuerda con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas. Previamente, el secretario de Estado de Política Territorial y Funció Pública, Víctor Francos, ha presidido la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde están representadas las comunidades autónomas, la FEMP y los sindicatosSe realizará un último proceso de estabilización para los interinos que ocupen actualmente plazas de carácter estructural'.

 'El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, ha suscrito con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el acuerdo sobre el Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, que aprobará el Consejo de Ministros mañana a través de un Real Decreto-ley.

El secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, Víctor Francos, ha presidido previamente la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde están representadas las CCAA, la FEMP y los sindicatos.

A la firma del acuerdo, junto al ministro, han asistido el secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, Víctor Francos, el secretario general de Función Pública, Javier Rueda, y la directora general de Función Pública, Isabel Borrell. Por los sindicatos, han suscrito el acuerdo Francisco García Suárez, por CC.OO, Julio Lacuerda, por UGT, y Miguel Borra, por CSIF.

Reforma del TREBEP para evitar en el futuro elevadas tasas de temporalidad

El acuerdo recoge la reforma del artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) que especificará la causa y término del nombramiento del personal interino, solo por cuatro modalidades:

lunes, 5 de julio de 2021

[FESP UGT nacional] 'UGT firma el acuerdo para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas' [“en materia de estabilización, el avance es también muy sustancial” ]

 'UGT Servicios Públicos ha firmado hoy el Acuerdo Gobierno-Sindicatos en materia de temporalidad en las Administraciones públicas, con el que se busca rebajar a un máximo del 8% una tasa de empleo temporal estructural que ahora ronda el 30%. La reforma firmada apuesta por lo público, profesionaliza el modelo de empleo público, mantiene la figura del personal funcionario interino y vigila su adecuada utilización por parte de la Administración, al tiempo que establece un marco flexible de seguridad jurídica en el marco de las Administraciones estatal, autonómica y local. 

El proceso de estabilización, que deberá estar resuelto antes del 31 de diciembre de 2024, afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal y de manera ininterrumpida al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público de los años 2017 y 2018. 

UGT, como firmante de los acuerdos de 2017 y 2018, decidió que era indisociable para hablar de la estabilización del personal temporal el poder atajar las causas que provocan la temporalidad. El Secretario General de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda, ha subrayado que este acuerdo “adopta medidas preventivas y sancionadoras para evitar las irregularidades que convierten a nuestro país cíclicamente en un país en abuso de temporalidad”. 

[CCOO Área Pública] 'CCOO, junto con UGT y CSIF, firma un nuevo acuerdo para estabilizar el empleo en el sector público, compensar el abuso y evitar el fraude en la contratación. Los términos finales del Acuerdo son fruto de las propuestas de CCOO y de la firmeza con la que el sindicato las ha defendido.Aseguran un proceso de estabilización donde estén todas las plazas, indemnizaciones para todas las personas que no obtuvieran su puesto fijo, el rescate a través de las bolsas para las personas que no superen los procesos y mejoras en los procesos de concurso-oposición o concurso donde así esté establecido'

'Tras complejas e intensas negociaciones, el Área Pública de CCOO ha conseguido que los puntos clave que no se incluían en la propuesta inicial del Ministerio de Política Territorial y Función Pública se contemplen de forma bastante satisfactoria en el documento final.

El sindicato se ha mantenido firme en todo momento y desde el comienzo manifestó que este Acuerdo debía contener tres elementos esenciales: un nuevo acuerdo de estabilización en líneas con los anteriores suscritos en 2017 y 2018, pero con mejoras; la transposición de la Directiva Comunitaria 1999/70 en sus cláusulas 4 y 5, de no discriminación entre personal fijo y temporal, y medidas para evitar el abuso o fraude en la contratación; y un tercer apartado con compromisos de seguir negociando el resto de materias pendientes en septiembre.

Se han conseguido superar las trabas existentes y, gracias al trabajo de CCOO, se ha podido llegar a un Acuerdo que incluye reivindicaciones fundamentales con las suficientes garantías.

[Gobierno del Estado/CCOO/CSIF/UGT] 'Acuerdo sobre Plan de choque para reducir la temporalidad en el empleo público' [Texto íntegro]

'REUNIDOS

De una parte, el Ministro de Política Territorial y Funcion Pública, D. Miquel Octavi Iceta i Llorens, en representación del Gobierno de España.

Y de otra parte, D. Francisco García Suárez en representacion del Area Pública de CC.OO, D. Julio Lacuerda Castelló, en representacion de UGT y D. Miguel Borra Izquierdo, en representación de CSIF.

MANIFIESTAN

En 2017 y 2018, ante los niveles de empleo temporal que se estaban alcanzando en las Administraciones Públicas, el Gobierno y los sindicatos mayoritarios CCOO, UGT y. CSIF incluyeron en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público una serie de medidas, en particular los procesos de estabilización de empleo temporal, con el objetivo de reducir la tasa de empleo temporal a unos porcentajes por debajo del 8%.

El desarrollo de estos procesos ha supuesto hasta el momento que más de 218.000 plazas se hayan incluido en Ofertas de Empleo Público de Estabilización, se encuentren convocadas mis de 154.000 y ya se hayan estabilizado más de 56.000 plazas.

Sin embargo, a pesar del desarrollo de estos procesos la evolución jurisprudencial, tanto nacional como europea respecto de la aplicación de la directiva comunitaria 1999/70, así como la evolución de las plantillas, de la temporalidad y de la propia gestión de personal en el seno de las Administraciones Públicas, han puesto de manifiesto la necesidad de impulsar un nuevo Acuerdo de estabilización y a de modificar el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Publico (TREBEP).

La finalidad es reforzar el carácter temporal de la figura de personal funcionario interino y su régimen de prestación de servicios y derechos, para dar seguridad jurídica tanto a gestores como al propio personal interino y en el mismo sentido para el personal laboral, así como introducir medidas disuasorias al mal uso de la figura del personal interino y garantizar la no discriminación ente el personal funcionario de carrera y el interino en aquello que le sea de aplicación.

La reforma parte de cuatro pilares: a) apostar por lo público, dotando a la Administración del marco jurídico necesario para prestar con garantía y eficacia los servicios públicos; b) profesionalizar el modelo de empleo público, con el centro en el personal funcionario de carrera,y la delimitación de los supuestos de nombramiento de personal temporal; c) mantener Ia figura de personal funcionario interino, estableciendo su régimen jurídico de cara a garantizar la adecuada utilización de esta modalidad de personal y; d) velar por la exigencia de responsabilidad de la Administración ante una inadecuada utilización de la figura de personal funcionario interino, contribuyendo por otra parte, a impulsar y fortalecer una adecuada planificación de recursos humanos.

Esta reforma, que tendr carácter básico, ha de servir tanto para evitar la mala utilización de la contratación o nombramiento temporal, como para proporcionar un marco de seguridad jurídica suficientemente flexible en el ámbito de todas las Administraciones Públicas, estatal, autonómica y local, para la gestión de la contratación o nombramiento temporal, manteniendo y garantizando la homogeneidad de las medidas en ella previstas con el resto de las normas en que se integra, el TREBEP, así como con el conjunto de la normativa en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Además de esta modificación normativa, quedando pendiente el compromiso de acometer el resto de desarrollo 0 mejoras del TREBEP, las partes acuerdan abordar un mero proceso de estabilización, en términos similares a los previstos en los Acuerdos de 2017 y 2018.

En este sentido, una vez negociado con las organizaciones sindicales más representativas del conjunto de las Administraciones Públicas en el marco del ámbito de negociación establecido en el TREBEP el contenido del presente acuerdo, las partes firmantes

ACUERDAN

A. Proceso de estabilización en el Empleo Público

PRIMERO. Con el objetivo de reducir la temporalidad por debajo del 8% de las plazas de carácter estructural en todas las Administraciones, se articulará un nuevo proceso de estabilización de empleo temporal.

Este proceso afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público de los años 2017 y 2018.

[CSIF] 'CSIF firma un acuerdo con Función Pública que restringe y sanciona la contratación temporal en las Administraciones Públicas. Más de 300.000 plazas estructurales se convertirán en fijas antes del 31 de diciembre de 2024.La experiencia adquirida se valorará un 40 por ciento en todos los ámbitos y los interinos que no superen la prueba también recibirán una compensación económica por los años en situación de abuso de temporalidad'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha firmado un acuerdo con el Ministerio de Política Territorial y Función Pública para poner coto de una vez por todas al abuso de la contratación temporal en este ámbito, que se sitúa ya en el 30 por ciento, casi diez puntos por encima del sector privado.

El acuerdo responde a la llamada de atención a la administración española realizada desde la UE, a través de diferentes pronunciamientos del TJUE y otras instituciones comunitarias, además de adaptarse a la reciente doctrina del Tribunal Supremo.

En este sentido, se contempla una reforma de la normativa básica en materia de empleo público. Por regla general, los contratos temporales tendrán una duración máxima de 3 años y esas plazas tendrán que incorporarse a ofertas de empleo público (el interino además tendrá asimismo garantía de permanencia en su puesto de trabajo siempre y cuando esté en marcha el proceso selectivo).

Por su parte, las administraciones deberán indemnizar al personal afectado con 20 días por año de servicio y hasta 12 mensualidades cuando extiendan los contratos temporales más allá de los tres años y se extinga su relación laboral. Además, todo acto administrativo que suponga el incumplimiento de estos plazos máximos será nulo de pleno derecho y se exigirán las responsabilidades que procedan (en materia disciplinaria, civil o incluso penal) a los gestores, como siempre ha defendido CSIF.

[FESP UGT/Gabinete Técnico] Documento explicativo: 'Acuerdo sobre medidas en materia de temporalidad en las Administraciones Públicas'[ "nuevo proceso de estabilización", "novedoso con respecto a los proceso anteriores", "ofrece segurida djurídca", "prevé una compensación económica", "supone latransposición de la Directiva 1999/0/CE"]

 'ASPECTOS DE CARÁCTER GENERAL

1º.- Es novedoso con respecto a procesos anteriores, pues no se limita a dar respuesta a la situación actual (300.000 interinos), también intenta impedir la posible generación en el futuro de nueva temporalidad injustificada, mediante la modificación de la legislación básica que regula al personal temporal.


2º.- La Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas recupera el protagonismo de las relaciones laborales en las Administraciones Públicas frente a la excesiva judicialización de la materia.


3º.- Ofrece seguridad jurídica al problema, ofreciendo mediante una solución legal de carácter básica, política y sindical, conforme al actual marco normativo y jurisprudencial existente, tanto europea (TJUE) como nacional (TS).

4º.- Tipifica por primera vez en las Administraciones Públicas el nombramiento y contratación temporal irregular. También, por primera vez, prevé una compensación económica para el empleado público objeto de la irregularidad.
 

5º. Supone la transposición de la Directiva 1999/70/CE del consejo de 28 de junio de 1999 relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (clausulas 4ª y 5ª, relativas a la no discriminación del personal temporal y limitación temporal de los contratos/nombramientos).


6º.- Da cumplimiento al Componente 11 del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia. Compromiso ineludible del Gobierno para la percepción de los fondos estructurales

[ABC] Acuerdo entre Gobierno y sindicatos para realizar con los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2020 un proceso masivo de oposiciones con indemnizaciones para los interinos de ḿas de 3 años en el no superen el mismo

Informa ABC este 05/07/2021 entre varios medios que la  reunión esta tarde de la mesa general de negociación de las AAPP  ha acabado con un acuerdo entre el Gobierno y sindicatos  para realizar "plan de choque" contra la temporalidad pública mediante procesos selectivos con los puestos estructurales ocupados por interinos durante más de 3 años a 31/12/202  que no estén ya en procesos selectivos convocados por las OPEs de estabilización de los acuerdos/leyes de 2017 y 2018 , esta vez exigiendo que sean convocatorias con concurso-oposición "con una valoración de la fase de concurso de un 40%, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate en el marco de la negociación colectiva establecida en el art. 37.1 c) del TREBEP" y con una indemnización de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades, para los temporales de más de 3 años de antigüedad que no supere el proceso de libre concurrencia y acabe cesado. Además se limita la duración futura de las nuevas interinidades de vacante a 3 años.

[EFE] Reunión esta tarde de la mesa general de negociación de las AAPP para firmar un acuerdo entre gobierno, CCAA y sindicatos de "plan de choque" contra la temporalidad pública mediante procesos selectivos con los puestos interinos más de 3 años y una indemnización de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades, para quienes no lo superen

Publican varios medios como Yahoo Noticias o El Diario.es la información de la agencia  EFE  que esta tarde del lunes 5 de Julio se reúne la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas , que reúne al Gobierno del Estado, CCAA y la FEMP, y los sindicatos de la mesa general de Función Publica, CCOO, UGT, CSIF, CIG y ELA,  para "firmar un acuerdo" de Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas mediante la convocatoria de las plazas estructurales ocupadas por interinos desde hace más de 3 años en procesos selectivos [libres] con la posibilidad de una indemnización de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades, para quienes no superen el proceso.

[MírameTV] Canarias al Día: Entrevista a Gerardo Pérez, profesor de Derecho Constitucional. Afirma que por normativa y jurisprudencia europea debe haber un sanción que compense a los trabajadores públicos en abuso de temporalidad y sólo puede ser indemnizarle o consolidarle en el puesto, pero ante la inexistencia por ahora de indemnización alguna en la ley la justicia sólo puede dar la fijeza al funcionario interino en abuso

Publica MirameTV en su canal de Youtube este 02/07/20201 la entrevista realizada en su programa "Canarias al Día" al  Profesor de derecho constitucional de la Universidad de la Laguna, Gerardo Pérez, estando dedicada la entrevista desde el minuto 8:12 hasta su finalización al abuso de la temporalidad en el empleo público y sus consecuencias jurídicas tras la reciente  sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo reconociendo el abuso en los contratos de interinidad por vacante de más de 3 años en el sector público tras una sentencia del Tribunal Europeo.


El profesor explica   los dos tipos de vinculaciones de los empleados públicos, la laboral bajo el orden jurídico de lo Social, y la que debería ser la habitual, la administrativa o funcionarial, bajo el orden jurídico de lo Contencioso-Administrativo en sus reclamaciones judiciales, la Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE que afecta también a estos empleados y que sigue sin trasponerse ya con 20 años de retraso y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea   ha establecido que debe haber una sanción ante el abuso de temporalidad ya cometido en el empleo público que debe compensar a los trabajadores en abuso de temporalidad, sanción que sólo puede ser  indemnizarle o "consolidarle" en el puesto.

 

El profesor señala que ante la inexistencia por ahora de indemnización alguna para las vinculaciones de tipo administrativo, la justicia contencioso-administrativa sólo puede conceder dicha "consolidación en el puesto" [la fijeza], mencionando el profesor como un ejemplo ya en ese sentido la recientísima sentencia del juzgado Central nº2 de lo Contencioso de fijeza a 4 funcionarios interinos y recordando que la  Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo tiene pendiente todavía pronunciarse sobre estos fundamentos , algo que previsiblemente hará próximamente.

Recordatorio:[ 02/03/2021 La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite tramitar en recursos de casación de estatutarios temporales del SERMAS ya interinos de vacante durante 8 a 20 años y que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, si teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 puede considerarse que hay abuso de temporalidad según la Directiva europea 1999/70/CE y cuáles deberían ser las consecuencias laborales y/o económicas para los demandantes. También admite la cuestiones de si el estatutario temporal tiene derecho a la movilidad vertical y a la horizontal por discriminación con el fijo según la misma Directiva Europea. El Tribunal Supremo admite los recursos por afectar a un gran número de situaciones que trascienden los casos de los procesos

[Recordatorio de entrada publicada el 02/03/2021] La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo admitió a trámite entre el  pasado 27/01/2021 y el 5 de Febrero de forma seguida un buen número  recursos de casación  de personal estatutario temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] (y de algún otro servicio de Salud, en concreto, del de Canarias)   interinos de vacante durante entre 8 y 20 años, que demandaban lo mismo que los estatutarios interinos del SERMAS,  con la asistencia jurídica del abogado Javier Araúz,  de los asuntos acumulados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "Sanchez Ruiz /Fernández Álvarez y otros" (el asunto principal el de un informático nuestro) que dieron lugar a  la famosa y esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020:

  1. el reconocimiento de situación de abuso de temporalidad y del carácter fijo o equiparado de su relación de servicio como sanción a dicho abuso  en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea sobre empleo temporal 1999/70/CE
  2. el derecho a la carrera profesional y  a la movilidad horizontal (participar en concursos de traslado, provisiones de vacantes) y a la movilidad vertical (promoción interna, ascensos y carrera administrativa) en base a la cláusula 4ª de no discriminación con el fijo de la citada Directiva